Resolución de Acta de Adjudicación
Adquisición Nº 2719-23-R121
Adjudicación Informada en portal el
4/3/2021 12:15

En Pirque, 25-02-2021
Nro de Decreto 118
Vistos
La Sentencia de Calificación y Proclamación de la Comuna de Pirque, del Segundo Tribunal Electoral de la Región Metropolitana de fecha 22 de noviembre de 2016. 2º. El Decreto Alcaldicio N° 942 de fecha 07 de diciembre de 2016, por el cual asume como Alcalde de la Comuna de Pirque don Cristián Balmaceda Undurraga. 3º. El Decreto Alcaldicio N°588 de fecha 7 de octubre de 2019 que establece subrogancia de las Direcciones Municipales. 4º. El Decreto Alcaldicio N° 389 de fecha 25 de septiembre de 2020 que designa Secretario Municipal Subrogante. 5º. El Decreto Alcaldicio N°640 del 3 de diciembre de 2020 que prorroga el mandato del señor Alcalde y los Honorables Concejales en ejercicio hasta el 23 de mayo de 2021. 6º. La Resolución N°120 de fecha 21 de junio de 2019, de la SUBDERE, la cual determina grupos de Municipalidades de acuerdo a su tipología Municipal Recursos correspondientes a las Municipalidades Beneficiadas por el Fondo de Incentivo al Mejoramiento de la Gestión Municipal, en cumplimiento a la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año 2019. 7º. El Decreto Alcaldicio Nº 874 del 11 de diciembre de 2019, que aprueba Bases Administrativas Generales y Especiales “Conservación Edificio Consistorial” y Especificaciones Técnicas y Formatos. 8º. El Decreto Alcaldicio N°97 del 6 de febrero de 2020 que revoca la Licitación Pública ID 2719-17-LP19: “Conserv. Edif. Consistorial Comuna Pirque”, debido a que el proyecto debe ser rectificado, considerando los requerimientos nuevos del edificio. 9º. El Decreto Alcaldicio N°375 del 14 de julio de 2020 que aprueba las Bases Administrativas Generales y Especiales “Habilitación ex CESFAM para Dependencias Municipales” y Especificaciones Técnicas y Formatos, y llama a Licitación Pública. 10º. El Decreto Alcaldicio N°460 del 31 de agosto de 2020 que declara inadmisible la oferta presentada por el proveedor Mario Alejandro Cisternas Díaz RUT: 10.619.668-0, en la Licitación Pública: “Habilitación ex CESFAM para Dependencias Municipales”, ID: 2719-18-LP20, del portal www.mercadopublico.cl, por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, ya que su oferta económica excede el presupuesto disponible informado en las bases. 11º. El Decreto Alcaldicio N°499 de fecha 24 de septiembre de 2020 que aprueba Bases Administrativas Generales y Especiales “Habilitación ex CESFAM para Dependencias Municipales”, Especificaciones Técnicas, Formatos y planos. Y llama a Licitación Pública. 12º. El Decreto Alcaldicio N°543 de 2020 que modifica la modificación a las Bases Administrativas Generales de la Licitación Pública 2719-23-LP20 “Habilitación Ex CESFAM en oficinas Municipales”. 13º. El Acta de Evaluación de fecha 10 de noviembre de 2020 que en el punto 3.1.2.- RESULTADOS DE PAUTA DE EVALUACIÓN: “Así, se puede trazar la jerarquía del resultado de la evaluación en el siguiente cuadro: EMPRESA Puntaje total lugar SOCIEDAD CONSTRUCTORA GYT SPA 96.4 1° CONSTRUCTORA CORDILLERA SPA 95.0 2° DARIO ANTONIO GOMEZ MARTINEZ 91.3 3° 14º. El Decreto Alcaldicio N°678 del 21 de diciembre de 2020 que adjudica la Licitación “Habilitación EX CESFAM para dependencia municipales” ID 2719-23-LP20, a la oferta de empresa SOCIEDAD CONSTRUCTORA GYT SPA RUT: 76.201.774-1, por un monto total $99.910.234 (IVA Incluido) y plazo de ejecución de 102 días corridos 15º. La Resolución de Acta de Adjudicación Adquisición N°2719-23-LP20 de fecha 12 de enero de 2021 que adjudica a la empresa SOCIEDAD CONSTRUCTORA GYT SPA RUT: 76.201.774-1. 16º. El correo electrónico de profesional SECPLA de fecha 12 de enero de 2021 dirigido a la empresa SOCIEDAD CONSTRUCTORA GYT SPA RUT: 76.201.774-1, al correo electrónico construccionesgyt@gmail.com solicitando documentación para redacción de contrato. 17º. El correo electrónico de fecha 26 de enero de 2021 de yrivalero18@gmail.com, donde remite documentación solicitada para redacción de contrato. 18º. El correo electrónico de profesional SECPLA a empresa SOCIEDAD CONSTRUCTORA GYT SPA RUT: 76.201.774-1, al correo electrónico construccionesgyt@gmail.com, donde remite contrato para revisión y remitir firmado 19º. Correos electrónicos de Profesional SECPLA dirigidos a la empresa SOCIEDAD CONSTRUCTORA GYT SPA RUT: 76.201.774-1, al correo electrónico construccionesgyt@gmail.com, de diferentes fechas solicitando información respecto de la firma del contrato. 20º. Correo electrónicos de Profesional SECPLA dirigidos a la empresa SOCIEDAD CONSTRUCTORA GYT SPA RUT: 76.201.774-1, al correo electrónico construccionesgyt@gmail.com, de fecha 17 de febrero, citando a reunión en la Municipalidad de Pirque para el día 19 de febrero de 2021 a las 11:30 hrs, para tratar tema de firma de contrato pendiente. 21º. Correo electrónico de fecha 23 de febrero de 2021 de la empresa construccionesgyt@gmail.com dirigido a profesional SECPLA, donde remite carta de renuncio a proyecto. 22º. Carta de SOCIEDAD CONSTRUCTORA GYT SPA RUT: 76.201.774-1 de fecha 23 de febrero de 2021 donde informa que la empresa actualmente se encuentra con problemas financieros debido a distintos inconvenientes, y señala que no es viable a la fecha la ejecución del proyecto, es por esta razón que “… preferimos bajarnos del proyecto ya que no contamos con los recursos económicos para ejecutar de buena forma el proyecto.” Y solicita que se readjudique el proyecto.” 23º. Lo señalado en las Bases Administrativas generales artículo 65° CLAUSULA DE READJUDICACION: “La unidad técnica podrá readjudicar la licitación a otro proveedor en los siguientes casos, a saber: Punto N°3: Desista de la adjudicación. Punto N°4: La no firma de contrato por el oferente 24º. El Formato N°3 Propuesta Técnico- Económica de la licitación pública ID 2719-23-LP20: “Habilitación ex CESFAM para dependencias municipales” presentada por la empresa que obtiene el segundo lugar CONSTRUCTORA CORDILLERA SPA RUT: 77.041.248-K, por un monto total $98.074.973 (IVA Incluido) y plazo de ejecución de 102 días corridos. 25º. Lo señalado en las Bases Administrativas Generales artículo 32° inciso sexto: “En caso de incumplimiento del Contratista de las obligaciones que le imponga el Contrato, las Bases o los demás antecedentes de la licitación (incluido el incumplimiento de parte del Contratista de sus obligaciones laborales y previsionales con sus trabajadores o subcontratistas si los hubiere), el Mandante estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna.” 26º. Garantía correspondiente a Póliza N°POL120170111, presentada por la empresa SOCIEDAD CONSTRUCTORA GYT SPA RUT: 76.201.774-1, de fecha 14 enero de 2021 y vencimiento el 24 de octubre de 2021, correspondiente a Fiel cumplimiento del contrato, por un monto de $6.993.716, a nombre de la Municipalidad de Pirque. 27º. Lo establecido en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administración de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento. 28º. Lo establecido en la Ley N°19.880, que establece la Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado. 29º. Las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695 “Orgánica Constitucional de Municipalidades” y sus modificaciones, Art. 5, letra d, Art. 12, Art.63, Letra I).
Considerando
La Sentencia de Calificación y Proclamación de la Comuna de Pirque, del Segundo Tribunal Electoral de la Región Metropolitana de fecha 22 de noviembre de 2016. 2º. El Decreto Alcaldicio N° 942 de fecha 07 de diciembre de 2016, por el cual asume como Alcalde de la Comuna de Pirque don Cristián Balmaceda Undurraga. 3º. El Decreto Alcaldicio N°588 de fecha 7 de octubre de 2019 que establece subrogancia de las Direcciones Municipales. 4º. El Decreto Alcaldicio N° 389 de fecha 25 de septiembre de 2020 que designa Secretario Municipal Subrogante. 5º. El Decreto Alcaldicio N°640 del 3 de diciembre de 2020 que prorroga el mandato del señor Alcalde y los Honorables Concejales en ejercicio hasta el 23 de mayo de 2021. 6º. La Resolución N°120 de fecha 21 de junio de 2019, de la SUBDERE, la cual determina grupos de Municipalidades de acuerdo a su tipología Municipal Recursos correspondientes a las Municipalidades Beneficiadas por el Fondo de Incentivo al Mejoramiento de la Gestión Municipal, en cumplimiento a la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año 2019. 7º. El Decreto Alcaldicio Nº 874 del 11 de diciembre de 2019, que aprueba Bases Administrativas Generales y Especiales “Conservación Edificio Consistorial” y Especificaciones Técnicas y Formatos. 8º. El Decreto Alcaldicio N°97 del 6 de febrero de 2020 que revoca la Licitación Pública ID 2719-17-LP19: “Conserv. Edif. Consistorial Comuna Pirque”, debido a que el proyecto debe ser rectificado, considerando los requerimientos nuevos del edificio. 9º. El Decreto Alcaldicio N°375 del 14 de julio de 2020 que aprueba las Bases Administrativas Generales y Especiales “Habilitación ex CESFAM para Dependencias Municipales” y Especificaciones Técnicas y Formatos, y llama a Licitación Pública. 10º. El Decreto Alcaldicio N°460 del 31 de agosto de 2020 que declara inadmisible la oferta presentada por el proveedor Mario Alejandro Cisternas Díaz RUT: 10.619.668-0, en la Licitación Pública: “Habilitación ex CESFAM para Dependencias Municipales”, ID: 2719-18-LP20, del portal www.mercadopublico.cl, por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, ya que su oferta económica excede el presupuesto disponible informado en las bases. 11º. El Decreto Alcaldicio N°499 de fecha 24 de septiembre de 2020 que aprueba Bases Administrativas Generales y Especiales “Habilitación ex CESFAM para Dependencias Municipales”, Especificaciones Técnicas, Formatos y planos. Y llama a Licitación Pública. 12º. El Decreto Alcaldicio N°543 de 2020 que modifica la modificación a las Bases Administrativas Generales de la Licitación Pública 2719-23-LP20 “Habilitación Ex CESFAM en oficinas Municipales”. 13º. El Acta de Evaluación de fecha 10 de noviembre de 2020 que en el punto 3.1.2.- RESULTADOS DE PAUTA DE EVALUACIÓN: “Así, se puede trazar la jerarquía del resultado de la evaluación en el siguiente cuadro: EMPRESA Puntaje total lugar SOCIEDAD CONSTRUCTORA GYT SPA 96.4 1° CONSTRUCTORA CORDILLERA SPA 95.0 2° DARIO ANTONIO GOMEZ MARTINEZ 91.3 3° 14º. El Decreto Alcaldicio N°678 del 21 de diciembre de 2020 que adjudica la Licitación “Habilitación EX CESFAM para dependencia municipales” ID 2719-23-LP20, a la oferta de empresa SOCIEDAD CONSTRUCTORA GYT SPA RUT: 76.201.774-1, por un monto total $99.910.234 (IVA Incluido) y plazo de ejecución de 102 días corridos 15º. La Resolución de Acta de Adjudicación Adquisición N°2719-23-LP20 de fecha 12 de enero de 2021 que adjudica a la empresa SOCIEDAD CONSTRUCTORA GYT SPA RUT: 76.201.774-1. 16º. El correo electrónico de profesional SECPLA de fecha 12 de enero de 2021 dirigido a la empresa SOCIEDAD CONSTRUCTORA GYT SPA RUT: 76.201.774-1, al correo electrónico construccionesgyt@gmail.com solicitando documentación para redacción de contrato. 17º. El correo electrónico de fecha 26 de enero de 2021 de yrivalero18@gmail.com, donde remite documentación solicitada para redacción de contrato. 18º. El correo electrónico de profesional SECPLA a empresa SOCIEDAD CONSTRUCTORA GYT SPA RUT: 76.201.774-1, al correo electrónico construccionesgyt@gmail.com, donde remite contrato para revisión y remitir firmado 19º. Correos electrónicos de Profesional SECPLA dirigidos a la empresa SOCIEDAD CONSTRUCTORA GYT SPA RUT: 76.201.774-1, al correo electrónico construccionesgyt@gmail.com, de diferentes fechas solicitando información respecto de la firma del contrato. 20º. Correo electrónicos de Profesional SECPLA dirigidos a la empresa SOCIEDAD CONSTRUCTORA GYT SPA RUT: 76.201.774-1, al correo electrónico construccionesgyt@gmail.com, de fecha 17 de febrero, citando a reunión en la Municipalidad de Pirque para el día 19 de febrero de 2021 a las 11:30 hrs, para tratar tema de firma de contrato pendiente. 21º. Correo electrónico de fecha 23 de febrero de 2021 de la empresa construccionesgyt@gmail.com dirigido a profesional SECPLA, donde remite carta de renuncio a proyecto. 22º. Carta de SOCIEDAD CONSTRUCTORA GYT SPA RUT: 76.201.774-1 de fecha 23 de febrero de 2021 donde informa que la empresa actualmente se encuentra con problemas financieros debido a distintos inconvenientes, y señala que no es viable a la fecha la ejecución del proyecto, es por esta razón que “… preferimos bajarnos del proyecto ya que no contamos con los recursos económicos para ejecutar de buena forma el proyecto.” Y solicita que se readjudique el proyecto.” 23º. Lo señalado en las Bases Administrativas generales artículo 65° CLAUSULA DE READJUDICACION: “La unidad técnica podrá readjudicar la licitación a otro proveedor en los siguientes casos, a saber: Punto N°3: Desista de la adjudicación. Punto N°4: La no firma de contrato por el oferente 24º. El Formato N°3 Propuesta Técnico- Económica de la licitación pública ID 2719-23-LP20: “Habilitación ex CESFAM para dependencias municipales” presentada por la empresa que obtiene el segundo lugar CONSTRUCTORA CORDILLERA SPA RUT: 77.041.248-K, por un monto total $98.074.973 (IVA Incluido) y plazo de ejecución de 102 días corridos. 25º. Lo señalado en las Bases Administrativas Generales artículo 32° inciso sexto: “En caso de incumplimiento del Contratista de las obligaciones que le imponga el Contrato, las Bases o los demás antecedentes de la licitación (incluido el incumplimiento de parte del Contratista de sus obligaciones laborales y previsionales con sus trabajadores o subcontratistas si los hubiere), el Mandante estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna.” 26º. Garantía correspondiente a Póliza N°POL120170111, presentada por la empresa SOCIEDAD CONSTRUCTORA GYT SPA RUT: 76.201.774-1, de fecha 14 enero de 2021 y vencimiento el 24 de octubre de 2021, correspondiente a Fiel cumplimiento del contrato, por un monto de $6.993.716, a nombre de la Municipalidad de Pirque. 27º. Lo establecido en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administración de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento. 28º. Lo establecido en la Ley N°19.880, que establece la Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado. 29º. Las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695 “Orgánica Constitucional de Municipalidades” y sus modificaciones, Art. 5, letra d, Art. 12, Art.63, Letra I).
Resuelvo
1.- Apruébese la siguiente acta de adjudicación para el ID: 2719-23-R121, Habilitación ex CESFAM en Oficinas Municipales, El Proyecto corresponde a modificaciones espaciales y o estructurales y de instalaciones para el uso del edificio denominado ex-CESFAM como oficinas para la Municipalidad de Pirque.
Acta Adjudicación
Organismo Demandante
Razón Social I MUNICIPALIDAD DE PIRQUE
Unidad de Compra MUNICIPALIDAD DE PIRQUE - SECPLA
R.U.T. 69.072.200-3
Dirección AVDA. CONCHA Y TORO 02548
Comuna Pirque
Ciudad en que se genera la Adquisición Región Metropolitana de Santiago
Datos del Contacto para esta Licitación
Nombre Completo Rosa Paz
Cargo Profesional Secpla
Teléfono 56-02-23858532
Fax --
E-Mail
Datos de la Adquisición
Número de Adquisición 2719-23-R121
Nombre de Adquisición Habilitación ex CESFAM en Oficinas Municipales
Tipo de Adquisición Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)
Descripción El Proyecto corresponde a modificaciones espaciales y o estructurales y de instalaciones para el uso del edificio denominado ex-CESFAM como oficinas para la Municipalidad de Pirque.
Tipo de Convocatoria ABIERTO
Moneda Peso Chileno
Fecha de Publicación 8/10/2020 10:56
Fecha de Cierre 28/10/2020 13:00
Tipo de Adjudicación Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
Monto Neto Adjudicado $ 82.415.944
Monto Neto Estimado del Contrato $ 83.958.180



Anexos a la Adjudicación
Sel.AnexoTipoDescripciónTamañoFecha de AdjuntoAcciones
DECRETO_118 ADJUDICACION.pdfResolución/Decreto AdjudicaciónDecreto de readjudicacion119 KB04-03-2021 12:12:08
07012021_ACTA EVALUACION EX CESFAM (1).pdfDOCUMENT_TYPE_ACTA_EVALUACION_ADJ_ATTACHMENTActa de evaluacion4133 KB04-03-2021 12:11:41

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Comisión Evaluadora
RutNombreCargo
12863361-8VALESKA MILLAR MUÑOZAdministradora Municipal
13916414-8GABRIEL DEL PINO CORREADIRECTOR DE TRANSITO Y TRANSPORTE PUBLICO
17086745-9JUAN FONTECILLA FIGUEROADIRECTOR DE SECPLA (S)
 
Resultado de la Adjudicación
 

1 Clasificación ONU : 72131501 Construcción de edificios y departamentos
Especificaciones del Comprador : El Proyecto corresponde a modificaciones espaciales y o estructurales y de instalaciones para el uso del edificio denominado ex-CESFAM como oficinas para la Municipalidad de Pirque.
Cantidad : 1
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
76.201.774-1 SOCIEDAD CONSTRUCTORA G & T S.P.A. SOCIEDAD CONSTRUCTORA GT SPA $ 83958180 0 0 No Adjudicada
12.310.852-3 DARÍO ANTONIO GÓMEZ MARTÍNEZ OFERTA NETA sin IVA incluido $ 84032992 0 0 No Adjudicada
77.041.248-K DISTRIBUIDORA CORDILLERA SPA SE ADJUNTAN DOCUMENTOS $ 82415944 1 82415944 Adjudicada

Total Línea

$ 82.415.944



Monto Total Adjudicado $ 82.415.944