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Lo dispuesto en la Ley Nº 20.502 que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, de 2011; Ley Nº 20.641, de Presupuestos del Sector Público para el año 2014; Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, de 2003; su Reglamento contenido en el Decreto Supremo de Hacienda Nº 250, de 2004 y sus modificaciones; en el Decreto N° 831, de 20 de marzo de 2014, del Ministerio del Interior y Seguridad Público; en la Resolución Nº 1.600, de la Contraloría General de la República, de 2008 y en la Resolución Exenta Nº 530, de 10 de febrero de 2014, del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
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1.- Que, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, requiere contratar el servicio de mantención de áreas verdes y limpieza de ductos de humo de combustión lenta para las dependencias de la Dirección Regional de Aysén del Gral. Carlos Ibáñez del Campo, de SENDA.
2.- Que, para dichos efectos, se llamó a licitación pública a través del portal www.mercadopublico.cl, identificándose el proceso con el ID: 673627-2-L114, de conformidad a las Bases Administrativas y Bases Técnicas, aprobadas mediante la Resolución Exenta Nº 530, de 10 de febrero 2014, de este Servicio.
3.- Que, en la licitación pública antes individualizada se presentaron las siguientes ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl:
Oferentes RUT
Sandro Claudio Córdova Cabrera 9.067.424-2
Aseo y Servicios Integrales Arnaldo Eugenio Pedreros Guenante E.I.RL 76.253.029-5
4- Que, previo al proceso de evaluación de las ofertas, la División Jurídica de éste Servicio verificó el cumplimiento de las Condiciones Administrativas para ofertar, de conformidad a lo establecido en los N° 1, y 4.1 de las Bases Administrativas y Técnicas y sus anexos, según consta en el memorándum 11576/2013 suscrito por el abogado de la División Jurídica de éste Servicio Público don Rodrigo Lara Gatica, concluye que los oferentes anteriormente señalados dieron cumplimiento a los requisitos administrativos para ofertar establecidos en bases.
5.- Que, conforme a lo señalado en el punto 5.2 de las referidas Bases Administrativas, la Comisión Evaluadora conformada por los siguientes funcionarios: la Directora Regional de la Dirección Regional SENDA de la Región de Aysén, doña Andrea Machimán Águila, la Jefa de la División de Administración y Finanzas de la Dirección Regional SENDA de la Región de Aysén, doña María Angélica Cárdenas y el profesional don Carlos Jara Neguel, Gestor Territorial de la Dirección Regional SENDA de la Región de Aysén, con fecha 26 de marzo de 2014, se reúnen y se procedió a evaluar las ofertas técnicas y económicas, de los oferentes.
6.- Que, la Comisión Evaluadora revisó que las ofertas técnicas y económicas cumplieran las especificaciones y requisitos mínimos que establecen las bases, y en ese contexto, concluyó que la oferta de la Empresa Aseo y Servicios Integrales Arnaldo Eugenio Pedreros Guenante E.I.RL, no será objeto de evaluación según lo previsto en el numeral 4.3 “Ingreso de la Oferta Técnica” letra c) “Equipo Humano que ejecutará el servicio”, porque el oferente omite información con respecto a la trayectoria y experiencia de la persona natural que prestará el servicio, y respecto a la letra e) “Condiciones de empleo y remuneraciones” de numeral 4.3, el oferente omite información con respecto a la naturaleza de la contratación (contrato de trabajo u honorarios) y la remuneración bruta mensual de cada trabajador, por tanto la oferta deberá ser declarada inadmisible por no cumplir un requisito establecido en bases.
7.- Que, la Comisión Evaluadora, concluye a su vez que solo una de las ofertas cumplió con el requisito exigido en las bases en el número 4.3 “Ingreso de la Oferta Técnica” y número 4.4 “Ingreso de la Oferta Económica”, razón por la cual solo la oferta del Sr. Sandro Claudio Córdova Cabrera Rut 9.067.424-2, fue objeto de evaluación.
8.- Que en dicho contexto, según lo establecido en el artículo 41 del D.S. Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y conforme a lo señalado en el punto 5.3.1 letra a, de las Bases Administrativas, la Comisión Evaluadora aplicó los siguientes criterios técnicos de evaluación y ponderaciones:
Tabla de evaluación
a) Para los oferentes que no tienen trabajadores contratados bajo su dependencia, se aplicarán los siguientes criterios de evaluación:
Criterio Nota
4 o más años en servicios similares a los que se licitan 7
inferior a 4 años y superior a 3 años en servicios similares a los que se licitan 6
inferior a 3 años y superior a 2 años en servicios similares a los que se licitan 5
Experiencia
70% inferior a 2 años y superior a 1 año en servicios similares a los que se licitan 4
inferior a 1 año y superior a 6 meses en servicios similares a los que se licitan 3
El proponente posee experiencia en servicios similares a los que se licitan, pero esta es inferior a los 6 meses 2
2 El proponente no posee experiencia laboral en servicios similares a lo que se licitan 1
Presentación formal de las propuestas.
30%
Cumple con todas las formalidades requeridas.
7
No cumple con todas las formalidades requeridas.
1
9.- Que, luego de la aplicación de los criterios y ponderaciones señalados, el oferente evaluado obtuvo los siguientes puntajes técnicos, según lo señalado en el Acta de Evaluación de fecha 26 de marzo de 2014:
10.- Que, conforme a lo señalado en el punto 5.3.2 de las referidas Bases Administrativas, la Comisión Evaluadora conformada por los funcionarios señalados precedentemente procedieron a evaluar la oferta económica del oferente señalado, a través de la aplicación de la siguiente fórmula:
“Se evaluarán sobre la base de una escala de notas de 1 a 7. El menor precio obtendrá nota 7 y las demás propuestas serán calificadas con una regla aritmética de tres inversa. La propuesta que exceda al monto máximo presupuestado, establecido en las presentes bases, no será objeto de evaluación y será declarada inadmisible.”
11.- Que, según la fórmula señalada en el considerando precedente, la oferta económica del Sr. Sandro Claudio Córdova Cabrera Rut 9.067.424-2 obtuvo la siguiente puntuación:
5.3.2 OFERTA ECONOMICA (40%)
N° PROVEEDOR VALOR OFERTA OFERTA MAS ECONOMICA PUNTAJE PUNTAJE FINAL
1 Sandro Claudio Córdova Castillo $ 666.672 $ 666.672 7,00 2,80
12.- Que, finalmente, para el cálculo del puntaje final técnico económico, conforme lo señalado en el punto 5.3.3 de las Bases Administrativas, se utilizó la siguiente fórmula:
La nota final será la que resulte de la suma de las notas ponderadas obtenidas en la evaluación técnica y económica (60% evaluación técnica; 40% evaluación económica). El oferente que obtenga la más alta calificación será quien se adjudique la presente licitación.
13.- Que, según lo señalado precedentemente el puntaje técnico y económico final del oferente evaluado fue el siguiente:
N° PROVEEDOR EVALUACIÓN TÉCNICA 60% EVALUACIÓN ECONÓMICA 40% NOTA FINAL
1 Sandro Claudio Córdova Castillo 2,94 2,80 5,74
14.- Que, de acuerdo a lo señalado precedentemente, corresponde adjudicar el servicio de mantención de áreas verdes y limpieza de ductos de humo de combustión lenta para las dependencias de la Dirección Regional de Aysén del Gral. Carlos Ibáñez del Campo al oferente Sandro Claudio Córdova Cabrera, Rut 9.067.424-2.-, por cumplir su oferta con todos los requisitos establecidos en las bases y haber obtenido el puntaje requerido en su evaluación.
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