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a. La Ley N°19.880, que establece Bases de los Pro-cedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, publicado en el Diario Oficial, de fecha 29.05.2003, del Ministerio Secretaría General de la Repúbli-ca.
b. Lo establecido en el artículo 3° transitorio de la Ley N°19.886, de Bases y Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
c. El artículo 4° transitorio, de la Ley N°21.634, que moderniza la Ley N°19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del estado.
d. Lo establecido en el artículo 9°, de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, publicada en el Diario Oficial, de fecha 05.12.1986, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue aprobado por el D.F.L N°1/19.653 y publicado en el Diario Oficial, con fecha 17.11.2001.
e. Lo dispuesto en la Ley N°19.886 sobre Bases y Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios; y, el Decreto N°250, del año 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
f. La existencia de una Persona Jurídica de Derecho Público, con patrimonio propio, distinta, separada e independiente de Carabineros de Chile, deno-minada Fondo para Hospitales de Carabineros de Chile.
g. Los objetivos previstos en el Artículo N°2, del De-creto con Fuerza de Ley N°1, del año 1981, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Carabineros, que crea el denominado Fondo para Hospitales de Carabineros de Chile.
h. La administración del mismo Fondo, confiada al Di-rector de Salud, según lo preceptuado en el artículo N°4, inciso final, del Decreto con Fuerza de Ley N°2, del año 1968, del Ministerio del Interior.
i. La Orden General N°2380, de fecha 03.12.2015, de la Dirección General de Carabineros, publicada en el Boletín Oficial N°4632, de fecha 07.12.2015, que establece la creación de la Dirección de Salud de Carabineros y que suprime la Dirección de Salud y Sanidad.
j. La Orden General N°2487, de fecha 11.05.2017, de la Dirección General de Carabineros, publicada en el Boletín Oficial N°4709, de fecha 15.05.2017, que establece la directiva de organización y funcionamiento de la Dirección de Salud de Carabineros.
k. La personería con que actúa el representante legal del Fondo para Hospitales de Carabineros de Chile, se encuentra estatuida en conformidad al actual artículo 4°, inciso final, del DFL N°2, de 1968, del Ministerio del Interior, que estableció el Estatuto del Personal de Carabineros de Chile (texto refundido, coordinado y sistematizado, contenido en el Decreto N°412, del año 1991, del Ministerio de Defensa Nacional); personería que actualmente es ejercida por quien suscribe, Jorge Joaquín Muñoz Soto, ascendido al grado de General de Carabi-neros, mediante Decreto N°300, de fecha 18.10.2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Públi-ca; y, designado como Director de Salud, mediante Orden N°001, de fecha 08.11.2024, de la Di-rección General de Carabineros de Chile.
l. Lo establecido en la Resolución Nº7, de fecha 26.03.2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre el trámite de toma de razón; y, Resolución Nº14, de fecha 29.12.2022, del mismo Órgano Contralor, que determina los montos en unidades tributarias mensuales, a partir de los cuales los actos administrativos que se individualizan quedaran sujetos a toma de razón y controles de reemplazo cuando corresponda.
m. La Orden General Nº 2573, de fecha 22.05.2018, de la Dirección General de Carabineros, publicada en el Boletín Oficial Nº 4765, de fecha 22.05.2018, que modifico la dependencia administrativa de los establecimientos que dependen del Hospital Institucional.
n. La Orden General Nº2962, de fecha 30.09.2022, de la Dirección General de Carabineros, que crea centro médico que indica; suprime algunos; eleva de categoría; modifica denominación y establece dependencia.
o. Las necesidades del servicio, tendientes a optimizar los controles en la gestión y operación, tanto del Hospital Institucional, como de los Consultorios y Centros Médicos y Dentales, actualmente dependientes de la Subdirección de red de Atención Mé-dica y Dental de Carabineros de Chile.
p. Los principios de eficacia, eficiencia y economici-dad en la utilización de los recursos públicos, elementos contenidos en el titulo primero de la ley N°18.575 sobre Bases Generales de la Administración del Estado.
q. La solicitud SIAC N°2483381, de fecha 10.09.2024, gestionada por el Departamento de Planificación y Desarrollo, de la Dirección de Salud de Carabi-neros.
r. El certificado de disponibilidad presupuestaria, CDP N°80582, de fecha 12.09.2024, del Fondo para Hospitales de Carabineros.
s. Las bases administrativas, técnicas y anexos co-rrespondientes, para la contratación de obras de reparación del inmueble de propiedad del Fondo para Hospitales, ubicado en Avenida Sucre N°2225, comuna de Ñuñoa, destinado al centro de dis-tribución logístico del Hospital de Carabineros, aprobadas mediante resolución exenta N°1891, de fecha 25.11.2024, de la Dirección de Salud de Carabineros (DISALCAR).
t. La resolución exenta N°1966, de fecha 06.12.2024, de la Dirección de Salud de Carabineros, que designó a los integrantes de la comisión evaluadora de la licitación pública ID 4642-132-LQ24, para la contratación en referencia.
u. El acta de apertura electrónica de ofertas, de la lici-tación pública ID 4642-132-LQ24, de fecha 19.12.2024.
v. El informe de la comisión evaluadora ID 4642-132-LQ24, de fecha 20.01.2025, elaborado por la Oficina de Evaluaciones, dependiente del Departa-mento de Abastecimiento.
w. El documento electrónico NCU 220776119, de fe-cha 26.12.2024, de la Dirección de Salud de Carabineros, a través del cual, se informa que, el Ge-neral Sr. José A. Martínez Martínez, asume la Dirección de Salud, en carácter de suplente
CONSIDERANDO:
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