|
Resolución de Acta de Adjudicación
|
Adquisición Nº
2667-7-LR26
Adjudicación Informada en portal el
11/3/2026 18:39
|
|
|
En
Vitacura,
11-03-2026
|
|
Nro de
Decreto
3/409
|
|
|
|
|
Vistos
|
|
1. La Sentencia de Calificación y Escrutinio de la comuna de Vitacura, de fecha 23 de noviembre de 2024 y el Acta Complementaria de Proclamación de fecha 29 de noviembre de 2024, ambos dictadas por el 2° Tribunal Electoral de la Región Metropolitana, en la cual consta la personería de doña Camila Merino Catalán, para actuar en nombre y representación de la Municipalidad de Vitacura, a partir del 06 de diciembre de 2024; y el Decreto SIAPER N°1650, de fecha 29 de diciembre de 2023, que establece el orden de su subrogancia.
2. La Ley N°19.880, de 2003, que establece Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
3. Lo dispuesto en la Ley Nº19.886, Sobre Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y sus modificaciones establecidas en la Ley N°21.634, y su Reglamento, aprobado por el D.S. N°661/2024, del Ministerio de Hacienda.
4. Decreto Alcaldicio Nº4/1726, de fecha 10 de agosto de 2023, que aprueba las Bases Administrativas Generales para el Suministro de Bienes, Prestación de Servicios y/o Ejecución de Obras, a través de Licitación Pública o Privada, y revoca actos que indica.
5. Decreto Alcaldicio N°3/145, de fecha 23 de enero de 2026, que aprueba las Bases Administrativas Especiales y Técnicas, y sus Anexos, designa comisión evaluadora, y autoriza el llamado a Licitación Pública “Servicio de Guardias de Seguridad para resguardar Dependencias, y Bienes Municipales y Públicos de la comuna de Vitacura”, ID 2667-7-LR26.
6. Decreto Alcaldicio N°18/287, de fecha 13 de febrero de 2026, que aprueba modificaciones a las Bases, y respuestas a las consultas realizadas en la Licitación Pública “Servicio de Guardias de Seguridad para resguardar Dependencias, y Bienes Municipales y Públicos de la comuna de Vitacura”, ID 2667-7-LR26, en los términos que señala.
7. Acta de Apertura de la Propuesta Pública, de fecha 27 de febrero de 2026, que consigna los antecedentes generales presentados por los oferentes en el contexto del proceso de Licitación Pública “Servicio de Guardias de Seguridad para resguardar Dependencias, y Bienes Municipales y Públicos de la comuna de Vitacura”, ID 2667-7-LR26.
|
|
Considerando
|
|
8. Acta Comisión Evaluadora e Informe Técnico de Evaluación de la Propuesta Pública “Servicio de Guardias de Seguridad para resguardar Dependencias, y Bienes Municipales y Públicos de la comuna de Vitacura”, ID 2667-7-LR26, de fecha 5 de marzo de 2026, donde se indica:
a. Oferente ARGENTO SERVICIOS INTEGRALES SpA, RUT 77.887.795-3, presenta garantía de seriedad de la oferta, a través de Certificado de Fianza N°F0085121, de la compañía ProGarantía S.A.G.R., la cual no cumple con la vigencia mínima exigida en Modificación N°2, del Decreto Alcaldicio N°18/287, de fecha 13 de febrero de 2026, que señala expresamente una vigencia mínima de 88 días corridos, siguientes a la fecha de cierre de recepción de ofertas, es decir, como mínimo al día 26/05/2026, como asimismo, en la Respuesta N°83, indicada en el citado Decreto Alcaldicio, y en la herramienta del Foro de Consultas de Mercado Público, donde también se indica la misma fecha de vigencia. Por lo tanto, su oferta será declarada inadmisible, de acuerdo con lo dispuesto en el Numeral 10.1 de las Bases Administrativas Especiales.
b. Oferente RITA DEL CARMEN RAMIREZ DÍAZ SERVICIOS PROFESIONALES DE LIMPIEZA Y AUT, RUT 76.207.238-6, EN UTP CON INVERSIONES Y SERVICIO GLOBAL PROTECTION LIMITADA, RUT 76.187.285-0, presenta Pólizas de Garantía N°1609687-1 y 1609707-1, de la compañía Renta Nacional, las que no incluyen “cláusula de inalterabilidad”, es decir, la prohibición de introducir modificaciones a los términos y condiciones de la misma, sin autorización previa y expresa, y por escrito, de la Municipalidad de Vitacura. Por lo tanto, su oferta será declarada inadmisible, de acuerdo con lo dispuesto en el Numeral 10.3 de las Bases Administrativas Especiales.
c. Oferente REAL SEGURIDAD SpA, RUT 77.023.462-K, presenta Póliza de Garantía N°3012026225608, de la compañía AVLA, que no incluye "cláusula de inalterabilidad, es decir, la prohibición de introducir modificaciones a los términos y condiciones de la misma, sin autorización previa y expresa, y por escrito, de la Municipalidad de Vitacura; además, no excluye la cláusula de arbitraje" entre sus condiciones particulares. Por lo tanto, su oferta será declarada inadmisible, de acuerdo con lo dispuesto en el Numeral 10.3 de las Bases Administrativas Especiales.
d. Oferente RM SEGURIDAD CHILE SpA, RUT 76.424.979-8, no presenta garantía de seriedad de oferta. Por lo tanto, su oferta será declarada inadmisible, de acuerdo con lo dispuesto en el Numeral 10.1 de las Bases Administrativas Especiales.
e. Oferente ESERT SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD LIMITADA, RUT: 76.531.890-4, no presenta Anexo N°4, y tampoco detalla la Oferta Técnica según lo dispuesto en el literal i), del Numeral 5. de las BAE, el cual indica que “las ofertas que no acompañen la propuesta técnica o que ésta no cumpla con las exigencias individualizadas en el Numeral 2. y siguientes de las Bases Técnicas, serán declaradas inadmisibles”; por lo anterior, su oferta será declarada inadmisible.
f. Oferente FUSIÓN INDUSTRIAL SpA, RUT: 76.647.192-7, si bien presenta Nuevo Anexo N°7, en conformidad de lo dispuesto en la Modificación N°5, del Decreto Alcaldicio N°18/287, de fecha 13 de febrero de 2026, este incorpora una línea de oferta “Supervisor”, modificando así el mencionado Anexo, no dando estricto cumplimiento a lo establecido en el numerales 5° y 6° de las BAE. Por lo anterior, y acuerdo a lo estipulado en el párrafo séptimo, del numeral 9. de las BAE, su oferta será declarada inadmisible.
g. Oferente SOC. DE SERV. DE SEGURIDAD VILLABLANCA SpA, RUT: 76.799.890-2, no presenta el “Nuevo Anexo N°7” de Oferta Económica, según lo dispuesto en la Modificación N°5, del Decreto Alcaldicio N°18/287, de fecha 13 de febrero de 2026, por lo anterior, su oferta será declarada inadmisible.
9. Lo dispuesto en el inciso séptimo, Numeral 9., de las Bases Administrativas Especiales de la Propuesta Pública “Servicio de Guardias de Seguridad para resguardar Dependencias, y Bienes Municipales y Públicos de la comuna de Vitacura”, ID 2667-7-LR26, donde se establece que (…) “La Municipalidad declarará inadmisibles aquellas ofertas que no cumplieren los requisitos establecidos en las Bases”.
10. La Pauta de evaluación de las Bases Administrativas Especiales, Numeral 7.1.2 “Criterios de Evaluación”, la que pondera los siguientes factores:
ÍTEM CRITERIOS DE EVALUACIÓN PUNTAJES MÁX.
P.1 OFERTA ECONÓMICA 65 pts.
P.2 OFERTA TÉCNICA 12 pts.
P.3 CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIONES 10 pts.
P.4 EXPERIENCIA 10 pts.
P.5 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 02 pts.
P.6 POLÍTICAS DE INTEGRIDAD 01 pts.
11. Que, aplicada la Pauta de Evaluación precedente, el oferente SOCIEDAD INCAR SEGURIDAD SpA, RUT 76.049.666-9, obtiene el primer lugar en el orden de prelación, con un puntaje total de 93,96 puntos en la Pauta Final de Evaluación.
12. Que, en su conclusión, la Comisión Evaluadora propone a la Sra. Alcaldesa, adjudicar la Licitación Pública “Servicio de Guardias de Seguridad para resguardar Dependencias, y Bienes Municipales y Públicos de la comuna de Vitacura”, ID 2667-7-LR26, al oferente SOCIEDAD INCAR SEGURIDAD SpA, RUT 76.049.666-9, dejando constancia que dicha propuesta es la que resulta más conveniente y ventajosa para los intereses municipales, y además cumple con todos los antecedentes administrativos, técnicos y económicos solicitados en las Bases de Licitación; documento con el V°B° de la Sra. Alcaldesa al pie de página.
13. Certificados de Factibilidad Presupuestaria Municipal N°219 y 220; Certificado de Factibilidad Presupuestaria de Educación N°15; y Certificado de Factibilidad Presupuestaria de Salud N°42; todos emitidos por la Dirección de Administración y Finanzas, con fecha 6 de marzo de 2026.
14. Acuerdo N°7885, Sesión Ordinaria N°1229, del Concejo Municipal de Vitacura, de fecha 11 de marzo de 2026.
15. Y en uso de las facultades previstas en los artículos 56° y 63° de la Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.
|
|
Resuelvo
|
|
1.- Apruébese la siguiente acta de adjudicación para el ID: 2667-7-LR26, CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE GUARDIAS DE SEGURIDAD PARA RESGUARDAR DEPENDENCIAS Y BIENES MUNICIPALES Y PÚBLICOS DE LA COMUNA DE VITACURA, El objeto de la presente licitación es contratar a una persona natural o jurídica, para que brinde el servicio de guardias de seguridad para resguardar dependencias, bienes municipales y públicos de la comuna de Vitacura, y mantención de casetas y baños de guardias de la comuna de Vitacura, por un período de 48 meses, con la finalidad de dar continuidad al actual servicio y permitir el resguardo de las distintas dependencias y bienes municipales que requiere la Municipalidad de Vitacura, identificadas en el contexto de la presente licitación pública, debiendo asimismo, gestionar los respectivos permisos que resulten necesarios para la prestación de tales servicios, todo ello, conforme a lo dispuesto en las presentes BAE, BT y demás documentos que conforman el proceso licitatorio.
|
|
Acta Adjudicación
|
|
Organismo Demandante
|
|
Razón Social
|
I MUNICIPALIDAD DE VITACURA
|
|
Unidad de Compra
|
SECPLA
|
|
R.U.T.
|
69.255.600-3
|
|
Dirección
|
AVDA. BICENTENARIO N° 3800.
|
|
Comuna
|
Vitacura
|
|
Ciudad en que se genera la Adquisición
|
Región Metropolitana de Santiago
|
|
|
Datos del Contacto para esta Licitación
|
|
Nombre Completo
|
Rodrigo Ariel Vasquez Briceño
|
|
Cargo
|
Coordinador de contratos
|
|
Teléfono
|
56-02-22402494
|
|
Fax
|
--
|
|
E-Mail
|
|
|
|
Datos de la Adquisición
|
|
Número de Adquisición
|
2667-7-LR26
|
|
Nombre de Adquisición
|
CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE GUARDIAS DE SEGURIDAD PARA RESGUARDAR DEPENDENCIAS Y BIENES MUNICIPALES Y PÚBLICOS DE LA COMUNA DE VITACURA
|
|
Tipo de Adquisición
|
Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
|
|
Descripción
|
El objeto de la presente licitación es contratar a una persona natural o jurídica, para que brinde el servicio de guardias de seguridad para resguardar dependencias, bienes municipales y públicos de la comuna de Vitacura, y mantención de casetas y baños de guardias de la comuna de Vitacura, por un período de 48 meses, con la finalidad de dar continuidad al actual servicio y permitir el resguardo de las distintas dependencias y bienes municipales que requiere la Municipalidad de Vitacura, identificadas en el contexto de la presente licitación pública, debiendo asimismo, gestionar los respectivos permisos que resulten necesarios para la prestación de tales servicios, todo ello, conforme a lo dispuesto en las presentes BAE, BT y demás documentos que conforman el proceso licitatorio.
|
|
Tipo de Convocatoria
|
ABIERTO
|
|
Moneda
|
Unidad de Fomento
|
|
Fecha de Publicación
|
23/1/2026 15:49
|
|
Fecha de Cierre
|
27/2/2026 15:00
|
|
Tipo de Adjudicación
|
Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
|
|
Monto Neto Adjudicado
|
UF 139.620,0000
|
|
Monto Neto Estimado del Contrato
|
UF 139.620,0000
|
|
Análisis de valores de mercado
|
Este comprador declaró haber revisado que el acta de evaluación contuviese un análisis de precios de mercado para asegurar que se justifica el monto a pagar por el bien o servicio a contratar.
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Comisión Evaluadora
|
| 18934203-9 | NATALIA LÓPEZ GONZÁLEZ | PROFESIONAL DIRECCIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA |
| 15017332-9 | DANIEL SAAVEDRA LILLO | PROFESIONAL DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO |
| 17471030-9 | ABEL CARREÑO GÓMEZ | PROFESIONAL DIRECCIÓN DE SALUD Y EDUCACIÓN |
|
|
|
|
Resultado de la Adjudicación
|
|
| |
|
|
Total Línea |
UF 139.620,0000 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|