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La Ley N° 21.045 que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; el D.F.L. N° 35 de 2017
y el D.F.L. N° 5.200 de 1929, ambos del Ministerio de Educación; la Resolución N° 7 del 2019, de la
Contraloría General de la República; la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de
Suministro y Prestación de Servicios; el D.S. N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento
de la Ley N° 19.886; y la Resolución Exenta N° 1465 de 2023 delega facultad para autorizar y suscribir
actos administrativos
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Que, mediante Licitación Pública ID Nº 1171234-10-L124, el Museo Nacional de Bellas Artes,
dependiente del Servicio Nacional de Patrimonio Cultural, licitó “SERVICIOS DE REALIZACIÓN
AUDIOVISUAL”.
2. Que mediante Resolución N°186 de 23 de septiembre de 2024, se aprueba la Adjudicación De Los
Servicios de Realización Audiovisual.
3. Que, mediante Resolución N°194 de 3 de octubre de 2024, se inicia proceso invalidatorio de
adjudicación de la licitación anteriormente identificada, debiéndose evaluar a los oferentes en una
nueva oportunidad.
4. Que, en cumplimiento de lo resuelto por la Resolución del considerando N°3, la referida licitación
se presentaron 10 oferentes, quienes pasan al proceso de evaluación los cuales se identifican a
continuación:
EMPRESA RUT MONTO
OFERTA
BACALAO AUDIOVISUAL SPA 76.701.114-8 $4.760.000.-
BONITA PRODUCCIONES LTDA 76.008.277-5 $4.799.999.-
CARLA SILVANA ASTUDILLO PEREIRA 14.347.596-4 $4.500.000.-
ELISABETH GENOVEVA ROJAS BARRALES 18.058.221-5 $3.900.000.-
PRODUCTORA AUDIOVISUAL Y CONT. DIGITALES
ENVIDIABLES 76.303.513-1 $4.500.000.-
ESTUDIO AUDIOVISUAL SPA 76.847.893-7 $3.000.000.-
FERIAPIXEL MARKETING LIMITADA 76.604.426-3 $4.284.000.-
FLORECE PRODUCCIONES SPA 77.749.679-4 $2.800.000.-
JUGLARES COMUNICACIONES LIMITADA 76.831.080-7 $3.448.000.-
PRDUCTORA AUDIOVISUAL SELEKFILMS SPA 77.980.481-K $3.500.000.-
5. Que, CARLA SILVANA ASTUDILLO PEREIRA RUT N° 14.347.596-4, se declara inadmisible de acuerdo
al Numeral N° V “Evaluación de ofertas y adjudicación” “Aspectos técnicos del portafolios” puesto
que no entrega Portafolio de acuerdo a lo señalado en bases de Licitación.
6. Que, ELISABET GENOVEVA ROJAS BARRALES RUT N° 18.058.221-5, se declara inadmisible de
acuerdo al Numeral N° V “Evaluación de ofertas y adjudicación” “Cumplimiento de requisitos
formales” puesto que no presenta Fotocopia de Iniciación de actividades en SII o documento
idóneo que así lo acredite de acuerdo a lo señalado en bases de Licitación. . Que, PRODUCTORA AUDIOVISUAL Y CONTENIDOS DIGITALES “ENVIDIABLES” RUT N° 76.303.513-1,
se declara inadmisible de acuerdo al Numeral N° V “Evaluación de ofertas y adjudicación”
“Cumplimiento de requisitos formales” puesto que no presenta Fotocopia de la escritura de
constitución de la persona jurídica y sus eventuales modificaciones, con constancia de su inscripción
en el Registro de Comercio, si correspondiere. De acuerdo a lo señalado en bases de Licitación.
8. Que, ESTUDIO VISUAL SPA RUT N° 76.847.893-7, se declara inadmisible de acuerdo al Numeral N°
V “Evaluación de ofertas y adjudicación” “Cumplimiento de requisitos formales” puesto que no
presenta Fotocopia de la escritura de constitución de la persona jurídica y sus eventuales
modificaciones, con constancia de su inscripción en el Registro de Comercio, si correspondiere. De
acuerdo a lo señalado en bases de Licitación.
9. Que, FERIAPIXEL MARKETING LIMITADA RUT N° 76.604.426-3, se declara inadmisible de acuerdo al
Numeral N° V “Evaluación de ofertas y adjudicación” “Cumplimiento de requisitos formales”
puesto que no presenta Fotocopia de la escritura de constitución de la persona jurídica y sus
eventuales modificaciones, con constancia de su inscripción en el Registro de Comercio, si
correspondiere. No presenta Fotocopia de la cédula nacional de identidad del representante legal.
No entrega Portafolio de acuerdo a lo señalado en bases de Licitación. No presenta link a videos
virales para redes sociales y otros trabajos audiovisuales realizados de exposiciones de arte, centros
culturales o espacios públicos.
10.Que, JUGLARES COMUNICACIONES LTDA RUT N° 76.831.080-7, se declara inadmisible de acuerdo
al Numeral N° V "Evaluación de ofertas y adjudicación” “Cumplimiento de requisitos formales”
puesto que no presenta Fotocopia de la escritura de constitución de la persona jurídica y sus
eventuales modificaciones, con constancia de su inscripción en el Registro de Comercio, si
correspondiere. No presenta Fotocopia de la cédula nacional de identidad del representante legal,
de acuerdo a lo señalado en bases de Licitación.
ue, realizada la evaluación correspondiente, según los requisitos establecidos en las bases de
licitación, y atendiendo al puntaje obtenido, se recomienda adjudicar la licitación adjudicar la
Licitación Pública ID N° 1171234-10-L124 “SERVICIOS DE REALIZACIÓN AUDIOVISUAL”, a la
empresa FLORECE PRODUCCIONES SPA Rut: 77.749.679-4, por la suma total de $2.800.000.- (dos
millones ochocientos mil pesos) Exentos de IVA, conforme al Acta de recomendación de
adjudicación que se adjunta a la presente resolución, cuyo resumen de la evaluación es la siguiente:
OFERENTES RUT Oferta
Económica
Oferta
Técnica
Requisitos
Formales
Calificación
Ponderada
Total
BACALAO AUDIOVISUAL SPA 76.701.114-8 22% 51.5% 6% 79.5%
BONITA PRODUCCIONES LTDA 76.008.277-5 22% 36.5% 5% 63.5%
FLORECE PRODUCCIONES SPA 77.749.679-4 38% 44% 6% 88%
PRDUCTORA AUDIOVISUAL
SELEKFILMS SPA 77.980.481-K 26% 41.5% 4% 71.5%
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