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Resolución de Acta de Adjudicación
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Adquisición Nº
1057417-241-LR25
Adjudicación Informada en portal el
25/7/2025 12:00
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En
Los Angeles,
24-07-2025
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Nro de
Resolución
6245
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Vistos
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estos antecedentes, lo dispuesto en la ley N°19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley N°19.886 sobre Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N°661 de 03 de junio de 2024; la resolución exenta N° 821 de fecha 12 de agosto de 2003, del Director del Hospital Base “Dr. Víctor Ríos Ruiz”, que dispone la Incorporación al Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas a través del portal www.chilecompra.cl hoy www.mercadopublico.cl; el D.S. N°1.312 del 22.09.99 del Ministerio de Hacienda, que establece el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas; el D.S. N°826 del 10.10.2002, el Oficio Circular N°4 del 20.01.03 y el D.S. N°1.023 de febrero del 2003, todos del Ministerio de Hacienda, que complementan las regulaciones para el Sistema de Compras y Contrataciones Públicas; la ley N°21.722 de 13 diciembre 2024, que aprueba presupuesto del sector Público para el año 2025; la Resolución N°861 del 11.02.2015 la aplicación de criterios de sustentabilidad e Inclusión en Compras Públicas; la Resolución N° 36 de 2024 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; el D.L. 2763 de 1979; el D.S. 140 de 2004 del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; el Decreto Exento N°508/2007 del Ministerio de Salud modificado por el Decreto Exento N° 73/2008 del Ministerio de Salud; la resolución exenta N°2224 de 06 de marzo de 2024, que establece el orden de subrogancia como Director del Complejo Asistencial “Dr. Víctor Ríos Ruiz” de Los Ángeles; la Resolución Exenta RA 437/256/2025, del Servicio de Salud Biobío, de 05 de febrero de 2025, que dispone el nombramiento en cargo de Alta Dirección Pública como Director del Complejo Asistencial “Dr. Víctor Ríos Ruiz” Los Ángeles y las atribuciones que me confiere el Artículo 46 del citado D.S. 140/2004.
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Considerando
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1. Que, mediante Resolución Exenta N.º 4495 de fecha 03 junio 2025, se aprueban las Bases Administrativas y Técnicas de la Licitación Pública denominada “COMPRA DE SERVICIOS PARA PROTESIS DE RODILLAS” del Complejo Asistencial “Dr. Víctor Ríos Ruiz” Los Ángeles, identificada con el ID 1057417-241-LR25, en el Portal de Mercado Público.
2. Que, a través de Resolución Exenta N.º 4501 del 03-06-2025, se designa la Comisión Evaluadora de la Licitación Pública ID 1057417-241-LR25.
3. Que, se realizó propuesta pública a través del sitio web www.mercadopublico.cl, bajo la ID 1057417-241-LR25, publicándose el día 26 de mayo 2025, y cerrando la recepción de ofertas el día 05 junio 2025, periodo en el cual se recibió la oferta del prestador SERVICIOS MÉDICOS ARRAYÁN SALUD SPA.
4. Que, durante el periodo de preguntas de la Licitación ID 1057417-241-LR25, se recibieron las siguientes preguntas a través del foro:
N° Fecha y hora Preguntas ingresadas Fecha y hora Respuesta
1 09-06-2025 15:44 En el punto n° 22 letra c) dice que el prestador durante los primeros 7 días deberá enviar prefectura con las prestaciones realizadas durante el mes anterior con datos sensibles de los pacientes y de sus cirugías (incluidos en el protocolo operatorio), pero según la ley N° 20.584 dice específicamente quienes pueden acceder a esta información, dada la confidencialidad del paciente, en la cual no están consideradas personas ajenas a la prestación ni empresas que administren estos contratos, ¿cuál será la vía de acceso a esta información que entregará el Complejo asistencial para que podamos tener esos datos sin interferir con la ley?. En este caso, ¿el proveedor, no estaría incumpliendo la ley 20.580? 16-06-2025 18:00 Para la definición de cantidad de pacientes y tipo de prestaciones, se pueden obtener mediante la coordinación entre proveedor y Depto. Gestión Asistencial. Por otro lado, el personal que participa en la cirugía puede corroborar las prestaciones realizadas, para lo cual, el prestador está obligado a mantener el resguardo de la información de los pacientes, según el acuerdo de confidencialidad establecido en la presente licitación.
2 09-06-2025 15:44 “Validación” no indica el tiempo máximo del proceso de validación horaria del personal que sea funcionario del Complejo Asistencial, ¿podrían definir este punto? 16-06-2025 18:00 No es posible determinar el plazo de validación de las prestaciones ya que depende de los tiempos del personal involucrado, no obstante, se procura que sean acotados en lo posible.
3 09-06-2025 15:45 ¿Cuánto será el tiempo máximo que tenga el Complejo Asistencial en emitir la Orden de Compra y Recepción Conforme? 16-06-2025 18:00 No existe plazo máximo para la emisión de la orden de compra y la Recepción Conforme, ya que depende de los tiempos del personal involucrado, no obstante, se procura que sean acotados en lo posible.
4 09-06-2025 15:48 el punto 4.3 letra d) “no validación” dice que si un miembro del equipo no es validado, no se procederá al pago de dicha prestación a ningún miembro del equipo, esto no constituye enriquecimiento ilícito por parte del Complejo asistencial, ya que el resto del personal si prestó el servicio en su horario no funcionario y la prestación fue realizada y debe haber sido pagada a la institución es su totalidad? 16-06-2025 18:00 Si la línea se encuentra adjudicada como equipo completo o equipo no médico si uno de sus trabajadores no se encuentra validado, no se podrá pagar la prestación, dado que el valor adjudicado corresponde al total de todas las funciones. Para ello se devolverá al proveedor y pueda revisar o entregar antecedentes de la no validación. El pago, se gestionará cuando se subsane la situación.
5. Que, la Comisión Evaluadora, se reunió para la revisión y evaluación de la propuesta; confeccionando ACTA DE EVALUACIÓN, que propone adjudicar las Líneas 2 y 3 del proceso licitatorio al Director del Complejo Asistencial “Dr. Víctor Ríos Ruiz” Los Ángeles, de acuerdo a los criterios de evaluación, requerimientos técnicos y condiciones establecidas.
6. Que, no se recibieron ofertas para las Líneas N° 1 Equipo Completo para Cirugía de PTR- Prótesis de Rodilla, 4 Anestesista para Cirugía de PTR- Prótesis de Rodilla y 5 Equipo No Medico para Cirugía de PTR- Prótesis De Rodilla.
7. Que, se debe tener especialmente presente el deber de dar efectivo cumplimiento al principio de continuidad de la función pública, previsto en el artículo 3° de la ley N°18.575, siendo imperativo mantener el normal funcionamiento del servicio en beneficio de la comunidad.
8. Que, de la oferta recibida se detecta que los trabajadores poseen la calidad de funcionarios de nuestro establecimiento.
9. Que, debido a circunstancias excepcionales, necesidades clínicas de nuestro establecimiento y a fin de dar continuidad a los servicios, en consideración a que es deber del Estado garantizar la ejecución de las acciones de salud, ya sea en el sistema público o privado; hacen necesario la contratación de estos servicios.
10. Que, por los antecedentes expuestos y dado que fue la única oferta recibida se procede a la contratación del oferente Servicios Médicos Arrayán Salud S.p.A., según lo establece el Dictamen E464046/2024 de Contraloría General de la República, comunicando esta decisión al Servicio de Salud Biobío, Contraloría General de la República y Cámara de Diputados, según resuelvo Nº4.
11. Que, se adjunta Certificado de Disponibilidad Presupuestaria firmado por Jefe Departamento Gestión Financiera del Complejo Asistencial para la contratación de los servicios requeridos.
12. Que, por el monto de la adjudicación, se firmará contrato entre el Complejo Asistencial “Dr. Víctor Ríos Ruiz” Los Ángeles y el prestador Servicios Médicos Arrayán Salud S.P.A.
En mérito de los considerandos anteriormente enunciados,
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Resuelvo
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1.- Apruébese la siguiente acta de adjudicación para el ID: 1057417-241-LR25, COMPRA DE SERVICIOS PARA PRÓTESIS DE RODILLAS, La presente licitación tiene como objeto la contratación de “COMPRA DE SERVICIOS PARA PRÓTESIS DE RODILLAS”, para satisfacer la demanda de prestaciones de salud otorgadas por el Complejo Asistencial “Dr. Víctor Ríos Ruiz” a sus pacientes.
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Acta Adjudicación
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Organismo Demandante
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Razón Social
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COMPLEJO ASISTENCIAL DR.VICTOR RIOS RUIZ
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Unidad de Compra
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Bienes y Servicios
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R.U.T.
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61.607.301-K
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Dirección
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AVDA. LAS INDUSTRIAS Nº10445 (EX RUTA 5 SUR)
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Comuna
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Los Angeles
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Ciudad en que se genera la Adquisición
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Región del Biobío
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Datos del Contacto para esta Licitación
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Nombre Completo
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Karen Daniela Cid Burgos
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Cargo
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Profesional Administración de Contratos
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Teléfono
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56-43-2336027
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Fax
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--
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E-Mail
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Datos de la Adquisición
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Número de Adquisición
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1057417-241-LR25
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Nombre de Adquisición
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COMPRA DE SERVICIOS PARA PRÓTESIS DE RODILLAS
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Tipo de Adquisición
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Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
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Descripción
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La presente licitación tiene como objeto la contratación de “COMPRA DE SERVICIOS PARA PRÓTESIS DE RODILLAS”, para satisfacer la demanda de prestaciones de salud otorgadas por el Complejo Asistencial “Dr. Víctor Ríos Ruiz” a sus pacientes.
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Tipo de Convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Fecha de Publicación
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3/6/2025 13:23
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Fecha de Cierre
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7/7/2025 15:30
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Tipo de Adjudicación
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Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
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Monto Neto Adjudicado
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$ 237.317.064
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Monto Neto Estimado del Contrato
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$ 237.317.064
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Comisión Evaluadora
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| 14056868-6 | GONZALO SANZANA ARAYA | Jefe D.G.A. |
| 16.396.249-7 | MARIA FRANCISCA NOVOA AGUILERA | |
| 22857485-6 | William Sarmiento Quintero | Jefe (S) C.R. Indiferenciado de la Mujer |
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Resultado de la Adjudicación
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La línea de productos/servicios no tiene ofertas, por tanto esta desierta. |
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Total Línea |
$ 177.987.798 |
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La línea de productos/servicios no tiene ofertas, por tanto esta desierta. |
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La línea de productos/servicios no tiene ofertas, por tanto esta desierta. |
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