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Lo dispuesto en el D.F.L. Nº1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N°19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley Nº21.516, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2023; en la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente, fijada en el artículo segundo de la ley N°20.417, de 2010, que crea el Ministerio del Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, modificada por la Resolución Exenta N°564, del 29 de marzo del 2023 que “Fija Organización Interna de la Superintendencia del Medio Ambiente”; en la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N°250, de 2004 modificado por el Decreto Supremo N°821 del 21 de enero de 2020, del Ministerio de Hacienda; en la Resolución Exenta N° 298 de 18 de junio de 2014, por la que el Superintendente del Medio Ambiente delegó facultades en el Jefe del Departamento de Administración y Finanzas; en la Resolución Exenta RA N° 119123/77/2020 de 07 de abril de 2020, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que contrata a don Alejandro Ramírez Gossler para desempeñarse como Jefe del Departamento de Administración y Finanzas y su prórroga aprobada mediante Resolución RA 119123/132/2022, de fecha 30 de noviembre de 2022; en la Resolución Exenta N° 1426, de fecha 10 de agosto de 2023, mediante la cual se aprobaron las Bases Administrativas y Técnicas de Licitación Pública para la Adquisición de UPS, Equipos Computacionales y Monitores para la Superintendencia del Medio Ambiente; en la Resolución Exenta N°1488, de fecha 22 de agosto de 2023, mediante la cual se designó la Comisión Evaluadora para la Licitación Pública para la Adquisición de UPS, Equipos Computacionales y Monitores para la Superintendencia del Medio Ambiente; en la Resolución N°07, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y en la Resolución N°14, de 2022, de la Contraloría General de la República, que determina los montos en unidades tributarias mensuales, a partir de las cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda.
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1. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente es el servicio público creado para ejecutar, organizar y coordinar la fiscalización y seguimiento de los instrumentos de gestión ambiental que establece la ley, así como imponer sanciones en caso de que se constaten infracciones que sean de su competencia.
2. Que, por Resolución Exenta N° 1426, de fecha 10 de agosto de 2023, se aprobaron las Bases Administrativas y Técnicas de Licitación Pública para la “Adquisición de UPS, Equipos Computacionales y Monitores para la Superintendencia del Medio Ambiente”, dando origen a la Licitación ID 611669-20-LE23.
3. Que, por Resolución Exenta N°1488, de fecha 22 de agosto de 2023, se designó a la respectiva Comisión Evaluadora para la licitación pública referida en Considerando N°2.
4. Que, vencido el plazo para efectuar ofertas por los servicios requeridos para la Superintendencia del Medio Ambiente, se realizó, con fecha 22 de agosto de 2023, el acto de apertura electrónica de las ofertas, en el cual se verificó la presentación de veintitrés (23) ofertas por parte de los siguientes proveedores:
5. Que, la referida Comisión durante la etapa de admisibilidad de las propuestas verificó la entrega en tiempo y forma de la totalidad de los Anexos señalados como obligatorios en la cláusula 13°, “Contenido de la Oferta”, de las Bases Administrativas, constatando que no concurriera ninguna de las causales de inadmisibilidad que se establecen en las referidas Bases.
6. Que, realizado el análisis de admisibilidad, por parte de la Comisión Evaluadora, y de acuerdo a lo consignado en acta de evaluación de fecha 31 de agosto de 2023, las ofertas de los siguientes proveedores fueron declaradas Inadmisibles para las categorías que se indica, de acuerdo al siguiente detalle:
7. Que, realizado el análisis de admisibilidad, por parte de la Comisión Evaluadora, y de acuerdo a lo consignado en acta de evaluación de fecha 31 de agosto de 2023, las ofertas de los siguientes proveedores fueron declaradas Admisibles para las categorías que se indica, de acuerdo al siguiente detalle:
8. Que, habiéndose declarados Admisibles las ofertas individualizadas en Considerando N°7, y de acuerdo con lo establecido en la cláusula 20 “Evaluación”, se aplicaron los criterios de evaluación para el examen de las ofertas:
9. Que, aplicados los criterios de evaluación señalados, el resultado de la evaluación, para cada categoría, es el siguiente:
10. Que, según consta en el Acta de Evaluación de fecha 31 de agosto de 2023, una vez realizada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora constituida al efecto propone declarar Desierta la Categoría N°1 “UPS” de la Licitación Pública para la “Adquisición de UPS, Equipos Computacionales y Monitores para la Superintendencia del Medio Ambiente”, Id 611669-20-LE23, por no presentarse ofertas admisibles, según lo señalado en considerando N°6 del presente Acto Administrativo.
11. Que, según consta en el Acta de Evaluación de fecha 31 de agosto de 2023, una vez realizada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora constituida al efecto propone adjudicar la Categoría N°2 “Computador Portátil”, de la Licitación Pública para la “Adquisición de UPS, Equipos Computacionales y Monitores para la Superintendencia del Medio Ambiente”, Id 611669-20-LE23, al proveedor DISPROELEC SPA, Rut N° 76.876.186-8, por un total de $2.309.790 (Dos millones trescientos nueve mil setecientos noventa pesos), impuestos incluidos, si los hubiere.
12. Que, según consta en el Acta de Evaluación de fecha 31 de agosto de 2023, una vez realizada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora constituida al efecto propone adjudicar la Categoría N°3 “Monitores para Computador”, de la Licitación Pública para la “Adquisición de UPS, Equipos Computacionales y Monitores para la Superintendencia del Medio Ambiente”, Id 611669-20-LE23, al proveedor DISPROELEC SPA, Rut N° 76.876.186-8, por un total de $5.039.983 (Cinco millones treinta y nueve mil novecientos ochenta y tres pesos), impuestos incluidos, si los hubiere.
13. Que, el proveedor DISPROELEC SPA, Rut N° 76.876.186-8, se encuentra hábil en el Registro de Proveedores del Estado, según consta en Certificado de Habilidad Número de Folio: CED2023-q2H1t1tXjo, de fecha 04 de septiembre de 2023.
14. Que, considerando la cantidad de ofertas recibidas y la gestión administrativa que obedece todo proceso de licitación, se hace necesario, extender el plazo de adjudicación.
15. Que, la cláusula N°8 “Cronograma”, de las bases de licitación establecen que “En caso de ser necesario, la Superintendencia del Medio Ambiente podrá modificar cualquiera de los plazos contemplados en el cronograma, por razones fundadas, lo que será notificado a través del portal www.mercadopublico.cl”.
16. Que, se se hace necesario porrogar el plazo de adjudicación por máximo 3 días.
17. Que, de conformidad a lo señalado en los párrafos anteriores, se prorroga el plazo de adjudicación hasta máximo el día 07 de septiembre de 2023, a las 19:00 hrs.
18. Que, en base a las argumentaciones y disposiciones legales citadas, dicto lo siguiente:
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1º MODIFÍQUESE el cronograma de la licitación pública para la “Adquisición de Ups, Equipos Computacionales y Monitores para la Superintendencia del Medio Ambiente”, ID 611669-20-LE23, en particular la fecha de Adjudicación, prorrogándose hasta el día 07 de septiembre de 2023, a las 19:00 horas
2º DECLARA “Inadmisibles” las ofertas presentadas por los proveedores indicados en el Considerando 6 de la presente Resolución, por las razones ahí señaladas en detalle.
3º DECLÁRESE “Desierta” la Categoría N° 1 “UPS”, por no presentarse ofertas admisibles en el presente proceso licitatorio.
4º ADJUDÍCASE la Categoría N°2 “Computador Portátil”, y Categoría N°3 “Monitores para Computador”, de la Licitación Pública para la “Adquisición de UPS, Equipos Computacionales y Monitores para la Superintendencia del Medio Ambiente”, Id 611669-20-LE23, al proveedor DISPROELEC SPA, Rut N° 76.876.186-8, por un total de $7.349.773 (Siete millones trescientos cuarenta y nueve mil setecientos setenta y tres pesos), impuestos incluidos, si los hubiere.
5º FORMALÍCESE la presente contratación mediante la emisión de la respectiva Orden de Compra mediante la plataforma www.mercadopublico.cl y la aceptación de la misma por parte de DISPROELEC SPA, de acuerdo a lo establecido en el artículo 63 del Decreto Supremo N° 250, del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento de la Ley N° 19.886, sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
6º IMPÚTESE el gasto que demande la presente resolución al Subtítulo 29, Ítem 06, Asignación 001 del presupuesto vigente de la Superintendencia del Medio Ambiente para el año 2023, sujeto a disponibilidad presupuestaria.
7º PUBLÍQUESE la presente resolución exenta en el sistema de información y compras públicas.
8º PUBLÍQUESE el acta de Evaluación a que alude el presente acto administrativo en el Portal de Transparencia Activa de la Superintendencia del Medio Ambiente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 14° número 16° letra b) de la Ley Nº 21.516, de Presupuestos del Sector Público correspondiente para el año 2023.
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