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Lo consagrado en el artículo 118° de la Constitución Política de la República, que expresa que la administración local de cada comuna o agrupación de comunas que termine la ley reside en una municipalidad;
El Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado el 26 de julio 2006, que fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades;
La sentencia y acta de proclamación de Alcalde electo de la comuna de Peralillo, de fecha 28 de noviembre 2016, del Tribunal Electoral Regional Sexta Región Rancagua, según Rol 3.760;
El Acta de Constitución N° 001 del Honorable Concejo Municipal de Peralillo, de fecha 06 de diciembre 2016, donde toma juramento y asume alcalde titular Carlos Alejandro Omar Utman Goldschmidt;
La Resolución N° 1.600 de 30 de octubre del 2008 de la Contraloría General de la República, publicada en el Diario Oficial del 6 de noviembre 2008, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón;
La Resolución N° 15.700 de 16 de marzo 2012, de la Contraloría General de la República, que imparte instrucciones en materia de registro de decretos alcaldicios y especialmente sobre: el marco jurídico aplicable a los actos administrativos municipales afectos a registro; plazo y forma de remitir los decretos afectos al trámite de registro, excepciones, registro electrónico y cumplimiento de difusión de estas instrucciones;
El artículo 3° de la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado.
Las facultades que me otorga la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones.
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1. Que, es importante contar con insumos para entregar una atención de calidad a los usuarios que acceden atención odontológica en el CESFAM Peralillo.
2. Que es importante contribuir a mejorar la atención odontológica en Atención Primaria de Salud de los grupos más vulnerables y con alta de enfermedad bucal.
3. El Decreto Alcaldicio N° 0496 de fecha 24 de Febrero de 2020, que llama a licitación pública a través del Portal www.mercadopublico.cl, y conforma la comisión evaluadora de las ofertas.
4. Que el Proceso de licitación correspondiente a "Compra de Insumos Odontológicos" ID 3944-7-L120, según estimaciones presupuestarias no supera las 100 UTM.
5. El Presupuesto Municipal año 2020. Aprobado mediante Decreto Alcaldicio N° 3.945 de fecha 19 de Diciembre de 2019.
6. El Certificado de Disponibilidad Presupuestaria.
7. Decreto Alcaldicio Nº 4.078 de fecha 30 de diciembre del 2020, que delega la facultad para firmar, bajo la fórmula “Por Orden del Alcalde” a doña MARÍA ANGÉLICA VALDÉS SOTO, Jefe del Departamento de Salud Municipal, para que firme Decretos y documentación sobre materias municipales delegadas. Vigencia a partir del 01 de Enero 2020 hasta el 31 de Diciembre 2020 o hasta que desempeñe la función encomendada
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