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Lo dispuesto en la Ley 21.067, que Crea la Defensoría de los Derechos de la Niñez; el Decreto
Supremo N°15, de 5 de septiembre de 2018, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, publicado
en el Diario Oficial el 18 de marzo de 2019, que aprueba los Estatutos de Funcionamiento de la Defensoría
de los Derechos de la Niñez, la Ley de Presupuestos N°21.289, del año 2021; la Ley Nº19.886, de Compras y
Contratación Pública y su Reglamento, contenido en el Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda;
el Formulario de solicitud de compra N°107, de 26 de octubre de 2021; el Certificado de disponibilidad
presupuestaria N°24, de 02 de noviembre de 2021; la Resolución Exenta N°209, de 10 de noviembre de
2021, que aprueba bases administrativas, técnicas y anexos de la licitación pública para la contratación de
un estudio de opinión a niños, niñas y adolescentes bajo el cuidado del Estado por medidas de protección; la
Resolución Exenta N° 220, de 25 de noviembre de 2021, que aprueba modificación de Resolución N°209, de
10 de noviembre de 2021, que aprueba bases administrativas, técnicas y anexos de la licitación pública ID N°
1062018-26-LP21, para la contratación de estudio de opinión de niños, niñas y adolescentes bajo el cuidado
del Estado por medidas de protección para la Defensoría de los derechos de la Niñez; y,
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Que, mediante la Resolución Exenta N°N°209, de 10 de noviembre de 2021, que aprueba bases
administrativas, técnicas y anexos de la licitación pública para la contratación de un estudio de
opinión a niños, niñas y adolescentes bajo el cuidado del Estado por medidas de protección.
2. Que, dando cumplimiento a lo dispuesto en las normas legales que rigen los procesos de compras, el
concurso fue publicado con fecha 10 de noviembre de 2021, a través del Sistema de Información de
Compras y Contratación Pública, portal www.mercadopublico.cl, bajo el ID 1062018-26-LP21, esto en
conformidad a lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento de Compras Públicas.
3. Que, por Resolución Exenta N° 220, de 25 de noviembre de 2021, se aprueba modificación de
Resolución N°209, de 10 de noviembre de 2021, que aprueba bases administrativas, técnicas y
anexos de la licitación pública ID N° 1062018-26-LP21, para la contratación de estudio de opinión de
niños, niñas y adolescentes bajo el cuidado del Estado por medidas de protección para la Defensoría
de los derechos de la Niñez.
4. Que, con fecha 30 de noviembre de 2021, una vez cerrado el proceso de recepción de ofertas, se
procedió a realizar la apertura electrónica de las propuestas de acuerdo al calendario establecido en
las bases de licitación y, según da cuenta el Acta de Apertura Electrónica, se recibió a través del portal
www.mercadopublico.cl cuatro (4) propuestas tendientes a adjudicarse la presente licitación pública:
Razón Social RUT
CENTRO DE ESTUDIOS DE LA PRIMERA INFANCIA 65.077.008-0
ASESORIAS Y SERVICIOS GRUPO EDUCATIVO SPA 76.041.771-8
CONSULTORA A&R ADVISERS SPA 77.423.475-6
ECONOMIA Y GESTION PUBLICA CONSULTORES LIMITADA 76.121.832-8
5. Que, se realizó la revisión de admisibilidad de los documentos administrativos, específicamente de
constatar lo que involucra la revisión de los antecedentes administrativos, requisitos exigidos en la
cláusula décima acerca de “Contenido de las ofertas”, y se constató que el oferente ASESORÍAS Y
SERVICIOS GRUPO EDUCATIVO SPA adjunta anexo técnico N°5 sin firma del representante legal.
6. Que, con fecha 16 de diciembre de 2021, se solicita al oferente ASESORÍAS Y SERVICIOS GRUPO
EDUCATIVO SPA, por medio de “Aclaración de Ofertas”, que enviara Anexo N°5 firmado, dado que
fue subido y completado, pero no firmado.
7. Que, con fecha 21 de diciembre, se solicitó por segunda vez al oferente ASESORÍAS Y SERVICIOS
GRUPO EDUCATIVO SPA, a través del foro “Aclaración de Ofertas”, que envíe Anexo N°5 firmado,
pero nuevamente no hubo respuesta.
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8. Que, de acuerdo a la cláusula 15 de las Bases de licitación “La Comisión Evaluadora podrá rechazar las
ofertas que no se ajusten a las bases, de forma previa a la evaluación técnica y económica”.
9. Que, dado lo anterior, la oferta de lo oferente ASESORÍAS Y SERVICIOS GRUPO EDUCATIVO SPA, es
declarada inadmisible.
10. Que, posteriormente y de acuerdo a lo señalado en las bases administrativas, se procedió a la
evaluación técnico-económica de la oferta declarada admisible, de acuerdo a los criterios de
evaluación señalados en el numeral diecisiete del mencionado Capítulo “Evaluación Técnica y
Económica”, a saber:
Oferta Técnica: 90%
Oferta Económica: 10%
Evaluación de la oferta técnica (90%):
Factores de Evaluación Oferta Técnica Puntaje Ponderación
Factor 1: Formación académica del equipo de trabajo 0 a 100 15%
Factor 2: Experiencia profesional del equipo de trabajo 0 a 100 15%
Factor 3: Metodología 0 a 100 50%
Factor 4: Organización del trabajo a ejecutar 0 a 100 5%
Factor 5: Participación niños, niñas y adolescentes 0 a 100 15%
Total oferta técnica 100%
Evaluación económica (10%):
La oferta económica se compone de los siguientes factores de evaluación:
Factores de evaluación de la oferta económica Puntaje Ponderación
Factor 1: Precio bruto total 0 a 100 40%
Factor 2: Precio bruto por encuesta presencial 0 a 100 60%
Total 100%
a. Factor 1: precio bruto total
La oferta económica bruta (IVA incluido) se valorará de acuerdo a la siguiente fórmula matemática:
b. Factor 2: precio bruto por encuesta individual
Para cada una de las ofertas que cumplen con el puntaje mínimo técnico, se tomará el valor total de
la oferta económica y se dividirá por la muestra total que presente en la oferta técnica.
Para el cálculo del puntaje se asignará un puntaje (Pl) de cien (100) puntos al valor promedio por
encuesta más bajo (PM). La fórmula para determinar los puntajes (P) de las demás ofertas de los proponentes
calificados técnicamente, se calcularán como se indica:
P = 100 x PM / Pl
Donde:
P: es el puntaje de la oferta en consideración.
PM: es el valor promedio por encuesta más bajo entre todas las ofertas presentadas y que cumple con el
puntaje mínimo técnico.
Pl: el valor promedio por encuesta de la propuesta en consideración y que cumple con el puntaje mínimo
técnico.
11. Que, se constató que el oferente CONSULTORA A&R ADVISERS SPA, RUT N°77.423.475-6, no
presenta ninguna forma de participación de niños, niñas y adolescentes. Y de acuerdo a lo indicado
en la cláusula 10.3 “Oferta Técnica”, se considerarán inadmisibles las ofertas que no incorporen las
dos formas de participación de niños, niñas y adolescentes indicados en la cláusula 17 “Criterios de
Evaluación y factores de ponderación”. En consecuencia, el oferente CONSULTORA A&R ADVISERS
SPA, es declarado inadmisible.
12. Que, aplicados los factores de ponderación señalados precedentemente, la evaluación técnica arrojó
el siguiente resultado:
OFERENTE
FACTOR N°1:
FORMACIÓN
ACADÉMICA EQUIPO
DE TRABAJO
FACTOR N°2:
EXPERIENCIA
PROFESIONAL
EQUIPO TRABAJO
FACTOR N°3:
METODOLOGÍA
FACTOR N°4:
ORGANIZACIÓN DEL
TRABAJO
FACTOR N°5:
PARTICIPACIÓN
NNA
NOTA FINAL
EVALUACION
OFERTA
TÉCNICA
15% 15% 30% 5% 100%
CENTRO DE
ESTUDIOS DE LA
PRIMERA INFANCIA 80,0 47,5 73,8 55,4 60,0 67,8
ECONOMIA Y
GESTION PUBLICA
CONSULTORES
LIMITADA 90,0 30,0 100,0 100,0 100,0 88,0
13. Que, aplicados los factores de ponderación de la evaluación económica, el resultado es el siguiente:
OFERENTE FACTOR N°1: PRECIO BRUTO
TOTAL 40%
FACTOR N°2: PRECIO
BRUTO POR ENCUESTA
ALUMNO INDIVIDUAL
(60%)
PUNTAJE PONDERADO
CENTRO DE ESTUDIOS DE LA PRIMERA
INFANCIA 100,00 98,89 99,33
ECONOMIA Y GESTION PUBLICA
CONSULTORES LIMITADA 97,82 100,00 99,13
14. Que, en el siguiente cuadro se detallan los puntajes obtenidos por los oferentes, de acuerdo a los
criterios y ponderaciones de puntajes establecidos en las bases de licitación:
OFERENTE TÉCNICA
90%
ECONÓMICA
10%
NOTA FINAL
100%
CENTRO DE ESTUDIOS DE LA PRIMERA INFANCIA 67,8 99,3 71,0
ECONOMIA Y GESTION PUBLICA CONSULTORES LIMITADA 88,0 99,1 89,1
15. Que, de conformidad a lo expresado en el acta de evaluación, de fecha 28 de diciembre de 2021, ya
transcritos sus aspectos más relevantes, y que contiene un informe del examen administrativo,
técnico y económico de las propuestas válidamente presentadas, la Comisión Evaluadora propuso
adjudicar la licitación pública ID 1062018-26-LP21, para la contratación de “Estudios de opinión de
niños, niñas y adolescentes bajo el cuidado del Estado por medidas de protección, para la Defensoría
de los Derechos de la Niñez, al oferente ECONOMIA Y GESTION PUBLICA CONSULTORES LIMITADA,
RUT N° 76.121.832-8, por un monto de $78.900.000.- (Setenta y ocho millones novecientos mil
pesos) impuestos incluidos.
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