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Que, Mediante Res. D.R.V. O’HIGGINS Nº 261, de fecha 10 de marzo de 2020, que adjudica en primera instancia, la licitación, ID. 997-18-LE20 por 20 días de Excavadora con martillo hidráulico, para el apoyo al trabajo a realizar por la AADD en caminos I-400 Lo Moscoso, Cruce Ruta 90 (La Gloria) - I-810 La Cabreria, Cruce I-86 (San José de Toro)- Cruce I-826 (Puquillay),de la Provincia de Colchagua, Región del Libertador Bernardo O’Higgins”.
Que, mediante correo electrónico enviado por el Gerente Comercial, con fecha 18 de junio de 2020 la empresa adjudicataria: SOCIEDAD EXPLOTADORA DE ARIDOS Y MAQUINARIA TAMARENA LTDA., Rut 77.856.240-5, , desiste de prestar el servicio, aludiendo que debido a todas las contingencias en el país se hace imposible mandar dicha máquina a la obra.
Que, de acuerdo a lo informado en el párrafo anterior y, según se indica en el numeral 13.19, de la Resolución Aprueba Bases, corresponde readjudicar el servicio, a la segunda empresa más conveniente al interés fiscal, indicada en el Acta de Evaluación de Adjudicación.
Que, la segunda empresa más conveniente al interés fiscal, corresponde a la empresa SOCIEDAD COMERCIAL DE TRANSPORTE ICT LIMITADA, Rut 76.070.302-8
Que, la presente readjudicación cuenta con respaldo presupuestario
Que, la Empresa SOCIEDAD COMERCIAL DE TRANSPORTE ICT LIMITADA, Rut 76.070.302-8, se encuentra hábil para contratar con organismos del estado.
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1. DEJESE, nula la Resolución D.R.V. O'Higgins N° 261, de fecha 10 de marzo de 2020, que adjudica el servicio a la empresa SOCIEDAD EXPLOTADORA DE ARIDOS Y MAQUINARIA TAMARENA LTDA., Rut 77.856.240-5
2. ACÉPTASE, la oferta presentada por la empresa: SOCIEDAD COMERCIAL DE TRANSPORTE ICT LIMITADA, Rut 76.070.302-8.
3. READJUDICASE, a la empresa: SOCIEDAD COMERCIAL DE TRANSPORTE ICT LIMITADA, Rut 76.070.302-8 la contratación denominada, 20 días de Excavadora con martillo hidráulico, para el apoyo al trabajo a realizar por la AADD en caminos I-400 Lo Moscoso, Cruce Ruta 90 (La Gloria) - I-810 La Cabreria, Cruce I-86 (San José de Toro)- Cruce I-826 (Puquillay),de la Provincia de Colchagua, Región del Libertador Bernardo O´Higgins”, desde la fecha de la total tramitación de la presente Resolución administrativa que sanciona la Adjudicación.
4. CONTRATO
La Empresa SOCIEDAD COMERCIAL DE TRANSPORTE ICT LIMITADA, Rut 76.070.302-8 conforme al artículo Nº 65, del Reglamento de Compras Públicas, deberá firmar un contrato en un plazo de 15 días hábiles, a contar del día siguiente de la notificación de la presente resolución que será publicada en el portal www.mercado.publico.cl.
5. PLAZO DE LA CONTRATACION
El plazo de ejecución de la contratación es de 12 meses desde la fecha de la total tramitación de la Resolución administrativa que Sanciona el Contrato o hasta que se agote el monto contratado, en el periodo vigente.
6. DESIGNASE, Inspector Fiscal del arriendo a Don Oscar Lorca Navarro y en su ausencia como suplente, Don Cesar Pavez Aviles, responsables del cumplimiento del arriendo, según lo indicado en las Bases Técnicas y Administrativas que sustentaron la presente Licitación, además de la aplicación de multas si corresponde, facturas, y otros.
7. EL GASTO TOTAL, de la presente contratación, asciende a un monto de $13.090.000.- (trece millones noventa mil pesos) IVA incluido.
8. IMPÚTESE, el gasto ascendiente a $ 13.090.000.-, con cargo a la Ley de Presupuesto año 2020 de la Dirección de Vialidad.
Imputación Presupuestaria: 31.02.004, BIP 40011054-0.
El saldo de la contratación que eventualmente se traspase para el año siguiente, quedará sujeto a la disponibilidad presupuestaria que se consulten en el respectivo presupuesto de la Dirección de Vialidad.
9. GARANTÍA, La empresa SOCIEDAD COMERCIAL DE TRANSPORTE ICT LIMITADA, Rut 76.070.302-8, para garantizar esta contratación, deberá presentar un Instrumento de garantía por el fiel cumplimiento del Arriendo expresada en pesos chilenos, ser pagadera a la vista e irrevocable, correspondiente al 5% monto total a contratar.
Este documento debe ser caucionado antes de la primera parcialidad a facturar del Arriendo. En caso que no se encuentre ingresada y la Empresa emita la factura será automáticamente reclamada ante el SII.
10. FACTURACIÓN: La empresa sólo podrá facturar, posterior a la recepción conforme por parte del Inspector Fiscal que tendrá a cargo la contratación, en caso contrario la factura será reclamada a SII, lo que implicará realizar nota de crédito y volver a facturar cuando corresponda.
11. CONDICIONES DE PAGO
El pago a la Empresa SOCIEDAD COMERCIAL DE TRANSPORTE ICT LIMITADA, Rut 76.070.302-8 se realizará dentro de los 30 días posteriores a la presentación de la factura, mediante transferencia electrónica, según lo formulado en el art. N°8 de la Ley N° 21.192 de Presupuesto de Sector Público para el año 2020, referido a que, “todos los pagos a proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo, incluidos aquellos relacionados a contratos de obra o infraestructura, que se realicen por parte de los órganos de la Administración del Estado, durante el año 2020, deberán realizarse mediante transferencia electrónica de fondos”.
Por lo tanto el adjudicatario antes de emitir la factura deberá tener ingresado en la Dirección de Contabilidad y Finanzas MOP, formulario denominado “autorización para pagos a través de bancos”, autorizado ante notario, de lo contrario, la factura será reclamada ante el SII.
Las facturas electrónicas al momento de su emisión deben ser enviadas al correo electrónico mop_dte@paperless.cl, indicando en las “Referencias” el código y la unidad de pago:
730 REG_06_DIRECCION_DE_VIALIDAD
El documento tributario debe ser extendido con los siguientes antecedentes:
Razón Social: M.O.P. DIRECCION DE VIALIDAD REGION DE O´HIGGINS
Dirección: Calle Bernardo Cuevas N° 530, primer piso, Ciudad de Rancagua
RUT: 61.202.000-0
12. PÁGUESE, la presente contratación, previa recepción conforme al reverso del documento tributario por el Inspector Fiscal o su subrogante en ausencia del primero.
13. AUTORÍZASE, a la Dirección de Vialidad, Región de O’Higgins, para establecer mediante acto administrativo totalmente tramitado de la autoridad competente, la imputación del gasto presupuestario de la presente contratación, para el año siguiente, en caso eventual que se traspase un saldo de lo contratado.
14. AUTORÍZASE, al Área de Abastecimiento de la Unidad de Gestión Presupuestaria para emitir la orden de compra correspondiente a través del portal Mercado Público.
15. ESTABLÉZCASE, que la presente contratación queda sujeta a las Bases técnicas y Administrativas, aprobadas mediante Resolución D.R.V. O’HIGGINS Nº 137/2020, en todo su contenido como es, multas, incumplimiento de contrato, etc.
16. COMUNÍQUESE, la presente Resolución, de acuerdo a lo indicado en la distribución.
17. PUBLÍQUESE, La presente Resolución en el Portal Mercado Público.
ANÓTESE Y ARCHIVESE,
MOF/ESM
Distribución:
I.F. Oscar Lorca Navarro
Depto. De Conservación y AA. DD.
Unidad de Gestión Presupuestaria.
Archivo y Partes
PROCESO Nº: 14106329.-
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