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Que, mediante Resolución Exenta CNTV N° 320 de fecha 10 abril de 2026, se aprobaron las bases administrativas, técnicas y anexos, y se dispuso el llamado público para servicios de adaptación inclusiva mediante lengua de señas chilena para CNTV Infantil, Programa de TV Cultural y Educativa; la cual fue publicada en Mercado Público con el ID 1016414-12-LE26;
Que, mediante Resolución Exenta N°350 de fecha 23 de abril de 2026, se designó a los integrantes y suplentes de la comisión evaluadora para la licitación ya individualizada;
Que, verificado el vencimiento del plazo para la recepción de las ofertas técnicas y económicas, la comisión realizó la apertura de las ofertas, recibiendo 4 propuestas correspondientes a las siguientes empresas:
RUT
PROVEEDOR
78.014.786-5
KUY SPA
78.315.627-K
ACCESEÑAS SPA
76.520.544-1
PUPA STUDIO CREATIVO
76.518.955-1
RIEL INDEPENDIENTE LIMITADA
Que, se revisó el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad de las ofertas, registrando como inadmisibles y rechazadas en el portal, las siguientes ofertas:
RUT
PROVEEDOR
RECHAZO
78.315.627-K
ACCESEÑAS SPA
No presenta anexos
76.520.544-1
PUPA STUDIO CREATIVO
No presenta el anexo 4, considerado esencial según lo dispuesto en el punto 8 de las bases administrativas.
Que, del mismo modo, se constató el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad, registrándose como aceptadas las siguientes ofertas;
RUT
PROVEEDOR
78.014.786-5
KUY SPA
76.518.955-1
RIEL INDEPENDIENTE LIMITADA
Que, de la revisión de los antecedentes de los 2 oferentes admisibles, la comisión determinó solicitar las aclaraciones a los oferentes con fecha de 04 de mayo de 2026, las que se exponen a continuación:
PROVEEDOR
PREGUNTAS
RESPUESTAS
KUY SPA
Se solicita adjuntar programa de integridad, correspondiente a lo señalado en el anexo 5.
Estimados, Buenas tardes, hago envío del programa de integridad, el cual fue distribuido a nuestro equipo de intérpretes. Quedo atenta a sus comentarios. Saludos cordiales, Marcela Muñoz Bravo Intérprete de Lengua de Señas Gestual de Inclusión Laboral + 56 9 7240 9610
RIEL INDEPENDIENTE LIMITADA
Se solicita adjuntar en anexo 6 copia de contratos u orden de compra como medios de verificación para acreditar la experiencia de la empresa, según lo señalado en el punto 11 letra A de las bases administrativas
Se adjuntan al final del documento anexo 6 las OC respectivas.
Que, la comisión evaluadora realizó la evaluación de las ofertas admisibles conforme a los criterios técnicos y económicos exigidos en las bases de la licitación. Dicha evaluación arrojó los siguientes puntajes para cada uno de los criterios de evaluación dispuestos en las bases de la licitación:
A. Experiencia de la empresa (15%)
Puntajes Obtenidos:
CRITERIO
REF
KUY SPA
RIEL INDEPENDIENTE LIMITADA
A. Experiencia de la empresa (30%)
Puntajes de Referencia
TOTAL A
TOTAL A
Tres o más experiencias acreditadas que cumplan con los criterios señalados.
100
0
0
100
30
Dos experiencias acreditadas que cumplan con los criterios señalados
75
Una experiencia acreditada que cumple con los criterios señalados.
50
No tiene experiencia suficiente y/o presenta información que no cumpla los requisitos y/o
no permite ser evaluada.
0
Observaciones:
OFERENTES
OBSERVACIONES
KUY SPA
No Acredita:
Las piezas audiovisuales "Aniversario 16 de Senadis" y "Convocatoria 2026 Fondo Nacional de Proyectos Inclusivos": Ambas piezas corresponden a una misma orden de compra, sin embargo tienen una duración menor a 10 minutos, por lo que no es posible validar la experiencia. Además, "Convocatoria 2026 Fondo Nacional de Proyectos Inclusivos" no corresponde a una adaptación inclusiva, según lo señalado en el punto 11. Letra A de las bases administrativas.
5.0 Los peatones: Pieza audiovisual no corresponde a una adaptación inclusiva, según lo señalado en el punto 11. Letra A de las bases administrativas.
Rol de la importancia de la OIRS: Pieza audiovisual tiene una duración inferior a 10 minutos.
6.5 Encuentros y adelantamientos: Pieza audiovisual no corresponde a una adaptación inclusiva, según lo señalado en el punto 11. Letra A de las bases administrativas.
Las siguientes piezas no califican ya que fueron realizadas antes del 1 de enero del 2020:
“Derechos y deberes de los Ciclistas - Mutual de Seguridad de la CChC en conjunto con Educleta”
“Consejos Básicos para Ciclistas - Mutual de Seguridad de la CChC en conjunto con Educleta”
“Nueva de Alimentos en Chile. ¿Sabes por qué existe?”:
“Nuestro Norte Sin Mosquito”
“Spot Campaña de Invierno Ministerio de Salud 2015”
RIEL INDEPENDIENTE LIMITADA
Acredita:
“CONTRATO LICITACION ID 1016414-15-LE20”
“CONTRATO LICITACION ID 1016414-13- LE23”
“CONTRATO LICITACION ID 1016414-8- LE24”
“CONTRATO LICITACION ID 1016414-10- LE25”
B. Equipamiento técnico (15%)
Puntajes Obtenidos:
CRITERIO
REF
KUY SPA
RIEL INDEPENDIENTE LIMITADA
B. Equipamiento técnico (15%)
Puntajes de Referencia
TOTAL B
TOTAL B
Presenta equipamiento técnico necesario para realizar las tareas de registro de intérpretes de señas, montaje y postproducción de video, de acuerdo a lo requerido en el punto 3.9 de las bases técnicas.
100
100
15
100
15
No presenta el equipamiento necesario o no presenta la información que permita evaluar.
75
C. Experiencia de los intérpretes de Lengua de Señas Chilena (LSCH) (30%)
Puntajes Obtenidos:
CRITERIO
REF
KUY SPA
RIEL INDEPENDIENTE LIMITADA
C. Experiencia de los intérpretes de Lengua de Señas Chilena (LSCH) (30%)
Puntajes de Referencia
TOTAL C
TOTAL C
El intérprete propuesto acredita experiencia en diez o más producciones
audiovisuales para público infantil.
100
0
0
100
30
El intérprete propuesto acredita experiencia en ocho o nueve producciones
audiovisuales para público infantil.
75
El intérprete propuesto acredita experiencia en seis o siete producciones
audiovisuales para público infantil, o diez o más para otros públicos.
50
El intérprete propuesto acredita experiencia en cuatro o cinco producciones
audiovisuales para público infantil, u ocho a nueve para otros públicos.
0
Observaciones:
OFERENTES
OBSERVACIONES
KUY SPA
Empresa oferente presenta a tres intérpretes de LSCH, de los cuales:
Marcela Muñoz Bravo: no cumple con el mínimo de tres producciones audiovisuales que duren un mínimo de 10 minutos, tal como se exige en las bases de licitación. Además, cinco de las producciones presentadas fueron realizadas antes del 1 de enero del 2020.
Mildren Reyes Olave: los medios de prueba y de verificación presentados sólo permiten acreditar 2 interpretaciones en producciones audiovisuales: "Mapuciencias" y "Extraordinarias". De esta última la profesional presenta cuatro capítulos de una misma serie, la que se considera como sólo una experiencia. En consecuencia, la intérprete no cumple con el mínimo de tres producciones audiovisuales que duren un mínimo de 10 minutos, tal como se exige en las bases de licitación.
Nicolás Vásquez Berríos: Presenta más de tres experiencias que cumplen con el mínimo de duración solicitado, pero no presenta los medios de verificación solicitados en las bases, tales como contrato o boleta de honorarios.
Por lo tanto, según lo señalado en las bases administrativas, punto 11 letra C: "Si uno de los intérpretes no cumple con alguna de estas condiciones, se asignará un puntaje total de 0 en el puntaje total obtenido en el criterio."
RIEL INDEPENDIENTE DE MEDIOS
Acredita:
Intérprete 1 (Andrés Herrera Ortiz)
“Reporteros 3.0”
“Me cuentas otro cuento”
“Conde Cálcula”
“Camaleón”
“¿Cómo se hace? (T2)”
“Geografía en 2 minutos (T1)”
“Camaleón y las naturales ciencias (T3)”
“Mi mejor amigo (T1)”
“Pichintun (T6)”
“Mira y Aprende (T1)”
“Preadolescencia de Pelos(T1)”
Intérprete 2 (Paulina Castro Araya)
“Bichitos”
“Yo lo puedo hacer”
“En la punta de la lengua”
“Las perriaventuras de Mica (T2)”
“Kiki sabe (T1)”
“Bichitos invisibles (T4)”
“Geografía en 2 minutos” (Temporada 1)”
“La historia de Chile según Berni” (Temporada 1)”
“Pancha, Rina y Zac“ (Temporada 2).
“Pichintún” (temporada 5)
D. Propuesta Económica (18%)
Puntajes Obtenidos:
CRITERIO
REF
KUY SPA
RIEL INDEPENDIENTE LIMITADA
D. PROPUESTA ECONÓMICA (18%)
Puntajes de Referencia
TOTAL D
TOTAL D
100
100,00
18,00
93,75
16,88
0
Observaciones:
OFERENTES
OBSERVACIONES
%
KUY SPA
$15.000.000
100
RIEL INDEPENDIENTE LIMITADA
$15.999.999
93,75
E. Materias de Alto impacto social (15%)
Puntajes Obtenidos:
CRITERIO
REF
KUY SPA
RIEL INDEPENDIENTE LIMITADA
E.MATERIAS DE ALTO IMPACTO SOCIAL (1%)
Puntajes de Referencia
TOTAL E
TOTAL E
4 o más ítems
100
80
0,8
80
0,8
3 ítems
90
2 ítems
80
1 ítem
70
No informa o no acredita
0
Observaciones:
OFERENTES
OBSERVACIONES
KUY SPA
Acredita Sello Mujer y EMT.
RIEL INDEPENDIENTE LIMITADA
Acredita Sello Mujer y EMT.
F. Cumplimiento de Requisitos Formales (5%)
Puntajes Obtenidos:
CRITERIO
REF
KUY SPA
RIEL INDEPENDIENTE LIMITADA
F.REQUISITOS FORMALES (5%)
Puntajes de Referencia
TOTAL E
TOTAL E
El oferente cumple con los requisitos formales establecidos, presenta todos los documentos solicitados en el punto 8 y cualquier otro antecedente requerido en las bases administrativas y técnicas de la licitación dentro del plazo de cierre de presentación de ofertas en el portal.
100
50
2,5
50
2,5
El Oferente presenta todos los documentos esenciales solicitados en el punto 8, pero ha incurrido en errores u omisiones formales y/o se han omitido documentos no esenciales, certificaciones y/o antecedentes, y habiéndose solicitado la rectificación o aclaración de los mismos de acuerdo a lo dispuesto en las bases de la licitación, respondiendo en los plazos establecidos.
50
El oferente presenta todos los documentos esenciales solicitados en el punto 8, pero ha incurrido en errores u omisiones formales y/o se han omitido documentos no esenciales, certificaciones y/o antecedentes, y habiéndose solicitado su aclaración o subsanación no responde o lo hace fuera del plazo establecido.
0
Observaciones:
OFERENTES
OBSERVACIONES
KUY SPA
Se solicita adjuntar programa de integridad, correspondiente a lo señalado en el anexo 5. Empresa rectifica en el tiempo establecido.
RIEL INDEPENDIENTE LIMITADA
Se solicita adjuntar en anexo 6 copia de contratos u orden de compra como medios de verificación para acreditar la experiencia de la empresa, según lo señalado en el punto 11 letra A de las bases administrativas. Empresa rectifica en el tiempo establecido.
G.Programa(s) de Integridad (1%)
Puntajes Obtenidos:
CRITERIO
REF
KUY
RIEL
G.PROGRAMA DE INTEGRIDAD (1%)
Puntajes de Referencia
TOTAL G
TOTAL G
Posee un programas de integridad que sean conocidos por el personal
100
100
1
100
1
No posee programas de integridad que sean conocidos por el personal
0
Observaciones:
OFERENTES
OBSERVACIONES
KUY SPA
Adjunta Anexo Firmado, Programa de Integridad e indica cómo es conocido por el personal
RIEL INDEPENDIENTE LIMITADA
Adjunta Anexo Firmado, Programa de Integridad e indica cómo es conocido por el personal
El detalle de cada criterio de evaluación se encuentra contenido en el acta de evaluación de fecha 07 de mayo de 2026, la cual se aprueba en el presente acto administrativo y se entiende formar parte del mismo.
Que, efectuada la evaluación por parte de la comisión evaluadora, se realizó el cálculo del puntaje ponderado, aplicando los porcentajes indicados para cada criterio, obteniendo el siguiente resultado final:
CRITERIO
REF
KUY
RIEL
Puntaje total Ponderado
Puntaje total Ponderado
NOTA FINAL
37,3
96,2
Que, la oferta presentada por la empresa RIEL INDEPENDIENTE LIMITADA, RUT 76.518.955-1, es conveniente a los intereses del Consejo Nacional de Televisión y se ajusta a los requerimientos contenidos en las especificaciones técnicas y administrativas. Por lo demás, la empresa indicada obtuvo el puntaje total ponderado de 96,2;
Que, el puntaje total ponderado obtenido por RIEL INDEPENDIENTE LIMITADA, supera el ponderado mínimo para adjudicar de 65 puntos, conforme a lo dispuesto en el numeral 13. “Adjudicación.” de las bases de la licitación indicadas en el considerando 1. de la presente resolución;
Que, el Consejo Nacional de Televisión cuenta con disponibilidad presupuestaria para solventar el proceso licitatorio en cuestión, según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria emitido con fecha 11 de mayo de 2026 por la Unidad de Finanzas del Consejo Nacional de Televisión, por un monto total de $15.999.999.- exento de impuestos;
Que, las decisiones escritas que adopte la Administración del Estado, se expresarán por medio de actos administrativos, por lo que se procede a dictar la presente resolución;
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