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(...).
7. Que, mediante informe de estudio de propuesta pública, de fecha 31 de marzo de 2026, elaborado por la comisión de apertura y evaluación, que se anexa al presente decreto alcaldicio y propone Adjudicar Licitación ID 2495-2-LP26, para contrato de: “SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS Y FÓRMULAS LÁCTEAS PARA ABASTECER A FARMACIA COMUNITARIA”, a los proveedores que se indican.
8. Que, mediante providencia manuscrita de Don Carlos Gatica Villegas, Alcalde, en el Memorándum N° 114 de doña Paz Foitzich Sandoval, Directora de Desarrollo Comunitario, de fecha 01 de abril de 2026, que en uso de sus atribuciones ha determinado aceptar la sugerencia de la mencionada Comisión, y atendido lo dispuesto en las Bases Administrativas que rigieron el proceso licitatorio, dando su providencia para proceder a la adjudicación según informe de la comisión.
9. Que, los proveedores que se indican, se encuentra hábil en el registro de proveedores, según certificado de habilidad de fecha 08 de abril de 2026, que se anexa al presente decreto alcaldicio.
a) Novofarma Service S.A, Rut: 96.945.670-2.
b) Abbott Laboratorios de Chile Ltda, Rut 81.378.300-2.
c) Etex Farmacéutica Ltda, Rut 78.026.330-K.
d) Ethon Pharmaceuticals SPA, Rut 76.956.140-4.
e) Galenicum Health Chile SPA, Rut 76.285.229-2.
f) GlaxoSmithKline Chile Farmacéutica Ltda, Rut 85.025.700 – 0.
g) Laboratorio Chile S.A, Rut 77.596.940-7.
h) Laboratorios Andromaco S.A, Rut: 76.237.266-5.
i) Laboratorio Recalcine S.A, Rut: 91.637.000-8.
10. Que, no fue posible adjudicar licitación dentro de los plazos establecidos originalmente, debido a la gran cantidad de antecedentes administrativos, técnicos y económicos a revisar y evaluar por parte de la comisión de apertura y evaluadora, por lo tanto, es necesario dictar el acto jurídico administrativo respectivo de ampliación del plazo de adjudicación, según se establece en el numeral 10 de las Bases Administrativas, el cual señala: “En caso de que se requiera ampliar dicho plazo por más de lo estipulado anteriormente, se deberá dictar un decreto alcaldicio fundado y debidamente notificado que autorice dicha extensión”.
11. Que, la Municipalidad cuenta con disponibilidad presupuestaria para contrato de “SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS Y FÓRMULAS LÁCTEAS PARA ABASTECER A FARMACIA COMUNITARIA”, ID 2495-2-LP26, según Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°83 de fecha 08 de abril de 2026, emitido por el Departamento de Planificación Económica y Financiera, Municipalidad de Coyhaique, y firmado por don Marcelo Prambs Levín, Secretario Comunal de Planificación
12. Que, de conformidad con lo indicado en el Numeral 16. UNIDAD TÉCNICA “La Unidad Técnica, derivado del presente proceso licitatorio corresponderá a la DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO de la Ilustre Municipalidad de Coyhaique (….)” y Numeral 17. INSPECTOR TÉCNICO DE CONTRATO (ITC) “El Inspector Técnico del Contrato, en adelante ITC, corresponderá a un funcionario de la Unidad Técnica. Para todos los efectos de la presente contratación se entenderá por ITC, al funcionario perteneciente a la Unidad Técnica a quien la Municipalidad, mediante el decreto Alcaldicio respectivo le haya encomendado velar directamente por la correcta ejecución del contrato, y en general, fiscalizar el cumplimiento del mismo, en conformidad a las Bases y antecedentes de estas (…)”.
13. Que, mediante correo electrónico de fecha 07 de abril de 2026, doña Paz Foitzich Sandoval, Directora de Desarrollo Comunitario, instruye y designa a funcionarias como Inspector Técnico del Contrato.
14. Que, por lo anterior, es necesario dictar el acto jurídico administrativo respectivo, dicto lo siguiente:
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