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1°) La Ley N°17.301; de 1970, del Ministerio de Educación Pública, que crea la Corporación denominada Junta Nacional de Jardines Infantiles; 2°) El Decreto Supremo N°1.574, de 1971, del Ministerio de Educación Pública, que aprueba el Reglamento de la Ley N°17.301, que crea la Junta Nacional de Jardines Infantiles; 3°) Ley Nº21.722, del Ministerio de Hacienda, “Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2025”; 4°) La Ley N°19.886, de 2003, del Ministerio de Hacienda, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; 5°) Ley N°21.634 que moderniza la Ley N°19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado 6°) El Decreto N°661, de fecha 12 de diciembre de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y deja sin efecto el Decreto Supremo Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda; 7°) El artículo 41 del Decreto con Fuerza de Ley N°1-19.653 del año 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; 8°) El Decreto Supremo N°01, del 04 de enero de 2023, del Ministerio de Educación, que nombra a doña Daniela Paz Triviño Millar en el cargo de Vicepresidenta Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles; 9°) Lo dispuesto en Resolución N°015/808 de fecha 29 de noviembre de 2023, de la Vicepresidenta Ejecutiva que aprueba y refunde en un texto único, delegación de facultades de la Vicepresidenta Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles”; 10°) La Resolución Exenta N°015/244, del 30 de abril de 2019, de la Vicepresidencia Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, que “Aprueba Manual de Procedimientos de Adquisiciones”; 11°) Resolución Exenta RA N°110790/336/2025 de fecha 14 de marzo de 2025 de la Vicepresidenta Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, que encomienda funciones directivas a doña MARY TRINY ALVAREZ GONZALEZ; 12°) La Resolución Exenta RA N°110790/337/2025 de fecha 14 de marzo de 2025 de la Vicepresidenta Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, que establece el orden de Subrogación en el cargo de Director Regional de la JUNJI Tarapacá; 13°) Lo establecido en la Resolución N°36 de 2024, modificada y complementada por la Resolución N° 8 de fecha 24 de marzo de 2025, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y establece materias afectas a toma de razón; y los demás antecedentes tenidos a la vista para su Resolución.
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Que, mediante Solicitud de Compras y Contrataciones N°57.549 de fecha 10 de abril de 2025, la Subdirección de Cobertura y Habilitación de Espacios Educativos de la Junta Nacional de Jardines Infantiles de la Región de Tarapacá, solicitó contratar el SERVICIO DE MANTENCIÓN DE JARDINES ALTERNATIVOS JUNJI REGIÓN DE TARAPACÁ.
Que, por Resolución Exenta N°15/210 de fecha 17 de junio de 2025, se autorizó el llamado a Licitación Pública para SERVICIO DE MANTENCIÓN DE JARDINES ALTERNATIVOS JUNJI REGIÓN DE TARAPACÁ, ID 845-17-LE25.
Que, con fecha 23 de junio de 2025 a las 15:35 horas se realiza reunión informativa, y además se adjunta en Ficha de licitación el siguiente link para descargar presentación:
https://junji-my.sharepoint.com/:v:/g/personal/rodolfo_diaz_junji_cl/EfKbemuyiz5Ks-zQVfGfeCYBb23LRIqvJxSTG_A0BEHUxA
Que, con fecha 01 de julio de 2025 a las 10:00 AM se realiza acto de apertura técnica y económica del proceso licitatorio ID 845-17-LE25, recibiéndose las ofertas del siguiente proponente:
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL
RUT
VICHUQUEN SERVICIOS SPA
76.769.358-3
Que, no se solicitan aclaraciones a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.
Que, se continuó con el proceso de evaluación en relación con la oferta presentada por el siguiente proponente:
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL
RUT
VICHUQUEN SERVICIOS SPA
76.769.358-3
Que, de acuerdo con el Acta de Evaluación y Adjudicación de fecha 03 de julio de 2025, la que se adjunta y forma parte del presente acto administrativo, ha asignado los siguientes puntajes por oferta, de la Licitación SERVICIO DE MANTENCIÓN DE JARDINES ALTERNATIVOS JUNJI REGIÓN DE TARAPACÁ, ID 845-17-LE25:
ÍTEM
CRITERIO
PONDERACIÓN
1
OFERTA ECONOMICA
SUBCRITERIO PRECIO (70%)
SUBCRITERIO PORCENTAJES DE UTILIDAD MÁS GASTOS GENERALES (30%)
50%
2
EXPERIENCIA DEL OFERENTE
30%
3
COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR
5%
4
SELLO EMPRESA MUJER
5%
5
CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES
5%
6
PROGRAMA DE INTEGRIDAD
5%
TOTAL
100%
ÍTEM 1. OFERTA ECONOMICA
SUBCRITERIO PRECIO (ponderación 70%):
El oferente que posea la menor sumatoria de los precios netos ofertados obtendrá 10 puntos, el resto será calificado por la siguiente fórmula:
Puntos (2 decimales) = (menor sumatoria de precio neto / sumatoria de precio neto ofertado) x 10
SUBCRITERIO PORCENTAJES DE UTILIDAD MÁS GASTOS GENERALES (ponderación 30%):
Se evaluará la sumatoria de los porcentajes de utilidad más gastos generales informados en Itemizado Anexo Nº 5, el cual se expresará en dos decimales.
El oferente que oferte un menor porcentaje de utilidad más gastos generales, obtendrá nota 10, el resto será calificado por el resultado de la siguiente formula:
Puntos (2 decimales) = (menor porcentaje de utilidad más gastos generales/porcentaje de utilidad más gastos generales ofertados) x 10
La sumatoria de porcentajes de utilidad más gastos generales no deben superar un 30%, la oferta que supere este porcentaje será declarada inadmisible.
Para ambos subcriterios el medio de verificación es el Itemizado Anexo Nº 5.
Nota Asignada= {[Nota Precio x 70%] + [Nota subcriterio porcentajes de utilidad más gastos generales x 30%]}x50%
Nota Asignada= {[10 x 70%] + [10 x 30%]}x50%
OFERENTES
SUBCRITERIO PRECIO 70%
NOTA
SUBCRITERIO PORCENTAJES DE UTILIDAD MÁS GASTOS GENERALES (30%)
NOTA
NOTA FINAL
NOTA ASIGNADA
VICHUQUEN SERVICIOS SPA
15.672.436
10,00
20,00%
10,00
10,00
5,00
ÍTEM 2. EXPERIENCIA DEL OFERENTE
DETALLE
MEDIO DE VERIFICACIÓN
Obras de construcción, remodelación, reparación y/o mantención de obras de edificación ejecutadas.
TRAMOS (millones de pesos)
Puntaje
Documentos que acrediten las obras descritas en el (Anexo Nº 6) se encuentran ejecutadas durante los últimos 5 años.
Mayor a $90 M
10
Mayor a $60 M hasta $90 M
7
Mayor a $30 M hasta $60 M
5
Mayor a $10 M hasta $30 M
3
Mayor a $5 M hasta $10 M
1
La experiencia se calculará de la siguiente forma:
Experiencia = ∑ (Cantidad de contratos del tramo x Puntaje del tramo)
Obtendrá 10 puntos quien tenga la mayor experiencia, el resto de los oferentes se evaluará de la siguiente forma:
Puntos: (Experiencia ofertada/Mayor experiencia) x 10
Para efectos de cálculo se usarán 2 decimales.
El oferente que obtenga 0 puntos en el criterio experiencia su oferta será declarada inadmisible.
El oferente debe demostrar su experiencia en los últimos 5 años, siempre que se encuentren debidamente respaldadas mediante certificados.
La comisión evaluadora verificará que los certificados presentados por los oferentes contengan los siguientes antecedentes:
Indicar ejecución de obras de Construcción, Remodelación, Conservación, reparación y/o mantención en edificaciones, esto deja fuera obras de: vialidad, plazas, canchas deportivas, paraderos de locomoción o similares.
Debe indicar claramente que los trabajos fueron ejecutados y/o recepcionados conforme.
Indicar el monto del contrato.
El nombre y firma del mandante.
La fecha de contratación de los trabajos realizados (inferior a tres años desde el cierre de la presente licitación).
En el caso de que el certificado no contenga alguno de los puntos anteriores mencionados, debe complementarse con otro documento, ya sea orden de compra, contrato u otro que indique la información solicitada.
Para acreditar la experiencia en el certificado o los otros documentos mencionados, se deben adjuntar Facturas u otros documentos tributarios que respalden ejecución de obras privadas; y órdenes de compra en respaldo de obras públicas. Si se presenta un Certificado de Obras Públicas, se deberá informar ID de Licitación o Número de Orden de Compra.
En caso de inconsistencia entre el certificado y los documentos tributarios que lo respalden, no se considerará la experiencia.
En los casos que los oferentes presenten facturas y/u órdenes de compra para validar sus certificados de experiencia, y estas en su conjunto no sumen el monto total de la obra informada (respaldan un monto inferior), la comisión evaluadora solo considerará el monto que los documentos tributarios logren acreditar.
En caso de tratarse de una "Unión Temporal de Proveedores", Se admitirá la experiencia que puedan acreditar todos los integrantes de ésta, de acuerdo con sus experiencias individuales, las que se imputarán íntegramente a la UTP. La experiencia de la UTP será la experiencia que sumen todos sus integrantes individualmente. Para dicho efecto, deberán acompañar el Anexo N°6 por cada uno de los proveedores componentes de ésta (individualizados en su Acuerdo de Unión Temporal), adjuntando para cada experiencia declarada la acreditación en los términos indicados en el presente numeral. La Unión Temporal de Proveedores deberá cumplir lo indicado en el punto 10.2 de estas bases de licitación.
Para experiencia bajo la figura de subcontratación, se deberá adjuntar el contrato, orden de trabajo o certificado emitido por la empresa contratante, la que deberá estar debidamente respaldada por la factura correspondiente. Esta documentación deberá presentar la descripción de los trabajos realizados, así como indicar claramente monto contratado de la experiencia presentada.
No serán considerados aquellos certificados que den cuenta de un trabajo a nombre de personas distintas al oferente, así como tampoco contrataciones donde se hubiese liquidado anticipadamente el contrato.
En caso de tratarse de persona natural, sólo se considerará la experiencia que este declare tener en forma directa con Organismo Públicos y/o privados.
En caso de tratarse de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (E.I..RL.), la experiencia de su titular, en calidad de persona natural, se computará como experiencia de la E.I.R.L.
OFERENTE: VICHUQUEN SERVICIOS SPA
De acuerdo con Informe Técnico del profesional de gestión Rodolfo Díaz, el resultado de los contratos ejecutados durante los últimos 5 años es el siguiente:
DETALLE
TRAMOS (millones de pesos)
Puntaje
Contratos
Nota por Tramo (Puntaje x Contratos)
Mayor a $90 M
10
5
50
Obras de construcción, remodelación, reparación y/o mantención de obras de edificación ejecutadas.
Mayor a $60 M hasta $90 M
7
0
0
Mayor a $30 M hasta $60 M
5
0
0
Mayor a $10 M hasta $30 M
3
0
0
Mayor a $5 M hasta $10 M
1
0
0
TOTAL
50
Fórmula asignación nota final:
Nota Final Asignada = [Nota por Tramo x 30%]
Nota Final Asignada = [10 x 30%] = 3.00
OFERENTES
CONTRATOS
NOTA
NOTA ASIGNADA
VICHUQUEN SERVICIOS SPA
Puntaje 50
10,00
3,00
ÍTEM 3. COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR:
Se evaluarán los oferentes que hayan tenido o no contrato con JUNJI en los últimos 5 años.
Oferente que no ha contratado con JUNJI:
10 puntos: No Presenta Multas y Reclamos en Ficha de Proveedor de Mercado Público o no tiene Registro en Ficha de Proveedores.
1 punto: Presenta Multas y Reclamos en Ficha de Proveedor de Mercado público.
Se adjunta Ficha de Proveedor para acreditar comportamiento.
OFERENTES
NOTA COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL
NOTA
NOTA ASIGNADA
VICHUQUEN SERVICIOS SPA
5/5 Incumplimiento dentro de 24 meses
1,00
0,05
Fórmula asignación nota final:
Nota Final Asignada = [Nota x 5%]
Nota Final Asignada = [1 x 5%] = 0.05
ÍTEM 4. SELLO EMPRESA MUJER:
Las empresas lideradas por mujeres son aquellas en las que estas tienen la propiedad o control de las operaciones. Para identificarlas en la plataforma [http://www.mercadopublico.cl], ChileCompra ha creado el Sello Empresa Mujer, que se asigna a las proveedoras que cumplan con al menos uno de los siguientes criterios:
Más del 50% de propiedad de mujeres.
Tener una gerente general mujer.
Más del 50% de representantes legales mujeres.
El sello puede verificarse en [http://www.mercadopublico.cl] en la Ficha del Registro de Proveedores
10 puntos: Proveedor acredita certificado Sello Empresa Mujer.
1 punto: No acredita
Se adjunta Ficha de Proveedor para acreditar sello empresa mujer
OFERENTES
Acredita/No Acredita
NOTA
NOTA ASIGNADA
VICHUQUEN SERVICIOS SPA
Si Tiene Sello Empresa Mujer
10,00
0,50
Fórmula asignación nota final:
Nota Final Asignada = [Nota x 5%]
Nota Final Asignada = [10 x 5%] = 0.50
ÍTEM 5. CRITERIO DE EVALUACIÓN FORMAL:
FORMALIDAD
Se asignará el máximo de puntaje al oferente que cumpla con la entrega de todos los antecedentes formales dentro del plazo según cronograma de licitación.
10
Los antecedentes o certificados solicitados fueron presentados dentro del plazo extraordinario otorgado según las bases.
En caso de no presentar antecedentes solicitados, será declarado inadmisible.
1
OFERENTES
CUMPLIMIENTO
NOTA
NOTA ASIGNADA
VICHUQUEN SERVICIOS SPA
Si Cumple
10,00
0,50
Fórmula asignación nota final:
Nota Final Asignada = [Nota x 5%]
Nota Final Asignada = [10 x 5%] = 0.50
ÍTEM 6. PROGRAMA DE INTEGRIDAD:
Para la asignación de puntaje se considerará lo establecido en la siguiente tabla:
N°
Programa de Integridad
Puntaje
1
Oferente acompaña en su oferta Anexo 09, Programa de Integridad o de Compliance y su respectivo respaldo y si corresponde de que este es conocido por su personal y/o trabajadores, tales como un comunicado interno que conste en su página web, sea parte de su reglamento interno de orden, higiene y seguridad u otro.
10
2
Oferente no adjunta el Anexo N°09 o no acredita lo descrito en el punto Nº1.
0
OFERENTES
Acreditación
NOTA
NOTA ASIGNADA
VICHUQUEN SERVICIOS SPA
Adjunta Anexo 9 y Difusión
10,00
0,50
Fórmula asignación nota final:
Nota Final Asignada = [Nota x 5%]
Nota Final Asignada = [10x 5%] = 0.50
RESULTADO EVALUACIÓN
ÍTEM
CRITERIO
PONDERACIÓN
VICHUQUEN SERVICIOS SPA
1
OFERTA ECONOMICA
50%
5,00
2
EXPERIENCIA DEL OFERENTE
30%
3,00
3
COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR
5%
0,05
4
SELLO EMPRESA MUJER
5%
0,50
5
CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES
5%
0,50
6
PROGRAMA DE INTEGRIDAD
5%
0,50
TOTAL
100%
9,55
Que, conforme los antecedentes que se tuvieron a la vista y los hechos expuestos en los considerandos precedentes, se estima procedente adjudicar el presente proceso de licitación pública al proveedor VICHUQUEN SERVICIOS SPA, RUT 76.769.358-3; en relación a la Licitación SERVICIO DE MANTENCIÓN DE JARDINES ALTERNATIVOS JUNJI REGIÓN DE TARAPACÁ, ID 845-17-LE25, en atención a que dio cumplimiento a los requisitos exigidos en las Bases de Licitación, obteniendo una calificación final de 9,55 puntos, la que resulta ventajosa teniendo en cuenta las condiciones y criterios objetivos de evaluación contenidos en las Bases de Licitación, a los que alude la norma contenida en el inciso cuarto del artículo 10° de la Ley Nº19.886 y el numeral 8, del artículo 41 de su Reglamento, ambos cuerpos normativos citados en el Visto.
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