|
1. Que, él Hospital Psiquiátrico Dr. Philippe Pinel de Putaendo por Resolución Exenta N°3893 de fecha 28 de octubre de 2024, convocó y aprobó las bases de licitación pública para el Convenio de suministro de “CONVENIO DE SUMINISTRO ADQUISICION DE OXIGENO CLINICO, CARGA, RECARGA, FLUJOMETRO Y ARRIENDO DE CILINDROS PARA UNIDADES CLINICOS DEL HOSPITAL PSIQUIATRICO DR. PHILIPPE PINEL”., a través del portal Mercado Publico, con fecha 12 de noviembre de 2024, bajo el ID N°1057370-40-LE24.
2. Que, sobre la adjudicación, las bases de licitación indican que se adjudicara al oferente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y las ponderaciones establecidas en las presentes bases, a través de una Resolución que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
3. Que, para el convenio de suministro, en virtud de los puntajes finales y tras aplicar los criterios de evaluación, la comisión evaluadora propone al Hospital Psiquiátrico adjudicar al siguiente oferente, por cumplir con todos los requerimientos establecidos en las bases técnicas y administrativas.
4. Que, mediante Resolución Exenta N°4227 de fecha 26 de diciembre de 2024, se adjudicó la licitación publica y notificada a través de la plataforma www.mercadopublico.cl en el respectivo ID del proceso.
5. Que, con fecha 03 de enero del 2025 se recibió el incidente INC-1025680-H0H2 del reclamante LINDE GAS CHILE S.A, RUT 90.100.000-K, oferente no adjudicado en la licitación pública antes mencionada, relacionada con el resultado del proceso de evaluación, según el siguiente detalle:
Antecedentes:
a) El día 13/12/2024 se realizaron preguntas en el foro inverso a los proveedores de Indura y Linde Gas Chile S.A, el cual Linde Gas Chile S.A respondió a cabalidad las preguntas solicitadas por el Hospital, y como antecedente Indura no ingreso respuesta alguna.
b) El día 16/12/2024 el Hospital nuevamente ingresa preguntas en el foro inverso a los proveedores en participación, en el cual le otorga una segunda instancia a Indura para responder lo consultado, y pregunta a Linde Gas algo ya respondido en la pregunta anterior, es decir, en primera instancia solicitan la Resolución Sanitaria, la cual fue adjuntada en la primera pregunta del día 13/12/2024, pero el día 16/12/2024, solicitan nuevamente Resolución Sanitaria “VIGENTE” y de acuerdo a la normativa vigente en Chile, las Resoluciones Sanitarias no caducan, a no ser de nuevos cambios estructurales.
c) En el acra de evaluación nos señalan que nos restaron puntaje en el aspecto técnico, por no adjuntar la resolución sanitaria y no adjuntar documento de capacitación, este ultimo no aparece en las Bases, solo mencionan que el proveedor deberá realizar capacitaciones, pero no señalan o solicitan algún documento por adjuntar.
d) Volviendo a lo mencionado en la letra b), si mantienen el mismo criterio con el proveedor en competencia, a Linde le correspondía una segunda instancia de la pregunta de Resolución Vigente, la cual no fue realizada o siguiendo el mismo criterio, a Indura le correspondía restas de puntaje, dado que no respondieron en primera instancia.
6. Que, consta en Resolución adjudicataria Exenta referida en el considerando procedente, se adjudicó el proceso antes mencionado al oferente INDURA S.A, RUT N°76.150.343-K, por obtener el mayor puntaje de adjudicación.
7. Que, producto del análisis del incidente recibido, se revisan los antecedentes, y se observa que existe disconformidad en la aplicación de la rúbrica establecida en el numeral 10.2 de los Criterios de Evaluación, de las bases de licitación y que el reclamo presentado tiene sustento.
8. Que, sucedidos los hechos relatados, la comisión evaluadora procedió a realizar nuevamente la valoración económica y técnica de las ofertas presentadas por los proveedores INDURA S.A, RUT N°76.150343-K y LINDE GAS CHILE S.A 90.100.000-K, conforme a los criterios y ponderaciones contempladas en el numeral 10.2 de los Criterios de Evaluación, de las bases de licitación.
9. Que, las ofertas y la asignación de puntaje para cada criterio económico fueron las siguientes.
10. Que, la oferta presentada por INDURA S.A no presentó información por el ítem N°11 Equipo de Oxigenoterapia para tubos de 10 m3 y 0.7 m3 (Regulador con Flujómetro Tipo H), por lo que fue, consultado por foro inverso en dos instancias, siendo esta respondida con fecha 16/12/2024 ofertando un precio de $142.800 Impuesto incluido, sin embargo, dicha respuesta no fue considerada en la evaluación para no afectar el principio de sujeción a las bases y de igualdad a los oferentes.
11. Que, de acuerdo con el numeral 8.1 Presentación de las Ofertas indica que; el oferente interesado en presentar oferta deberá estudiar cuidadosamente las bases administrativas, técnicas, anexos obligatorios y todos los antecedentes que rigen la licitación. Cualquier omisión por parte del oferente, será su propio riesgo y solo él será responsable de los erros u omisión en que incurra.
12. Que, de acuerdo al numeral 10.1 de la evaluación indica que; El Hospital podrá solicitar a los oferentes, con posterioridad el acto de apertura electrónica de la propuesta, que salven errores u omisión formales detectadas durante el proceso de evaluación, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a los oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema www.mercadopublico.cl.
13. Que, posteriormente se procedió a realizar la evaluación de las ofertas correspondientes, de acuerdo con lo establecido en las bases de licitación, obteniendo los resultados que se detallan a continuación.
14. Que, a la empresa Linde Gas Chile S.A, se le asigno una evaluación técnica de un 20%, aunque en primera instancia se había restado porcentaje por no presentar documentos de Capacitación del Personal y Resolución Sanitaria, las Bases Técnicas señalan que La Empresa se obliga a entregar al inicio del contrato una capacitación en materia de operación y seguridad en el manejo de tubo de oxígeno para todos los funcionarios relacionados con el área de gases clínicos del Hospital. Esta capacitación debe ser dentro de los tres primeros meses posteriores a la adjudicación. Y con respecto a la Resolución Sanitaria indica que La Empresa adjudicada debe contar con todos los permisos emanados de la Autoridad Sanitaria, Dirección del Trabajo y todos los organismos pertinentes, para la venta, transporte y manipulación de los productos adjudicados.
15. Que, corresponderá la supervisión y coordinación del contrato el Enfermero Coordinador, Referente técnico del Hospital o quien lo subrogue que la empresa una vez adjudicada presente la documentación necesaria y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las Bases para el oportuno cumplimiento del contrato.
16. Que, la empresa Indura en su oferta presentada en Experiencia del Oferente adjunta un total de 20 órdenes de compra, sin embargo, presenta una OC N°1947-2860-SE22 con fecha 07/09/2022 y, la evaluación de este criterio solicitaba trabajos realizados durante los últimos 24 meses, por lo tanto, se considero un porcentaje del 10% en su oferta correspondiente al ingreso de 15 a 19 órdenes de compra.
17. Que, a la vista de los antecedentes, la comisión evaluadora recomienda Re adjudicar el contrato de suministro a la propuesta presentada por el oferente LINDE GAS CHILE S.A RUT 90.100.000-K, debido que cumple con los criterios y de acuerdo a las bases administrativas se adjudicara a un solo proveedor, quien debe contener el mejor puntaje de la suma total de los criterios de evaluación.
18. Que, como consecuencia de lo señalado en el considerando anterior, la oferta presentada por el oferente INDURA S.A RUT 76.150.343-K, no resulta adjudicada en la licitación referida, en atención al nuevo resultado de la evaluación ya descrito.
19. Que, se ha cumplido las formalidades exigidas por la normativa legal, reglamentaria y con las disposiciones establecidas en las respectivas Bases de Licitación Pública y se cuenta con el presupuesto necesario para financiar la contratación del servicio de suministro ya indicado.
2. Que, se consulta catálogo de Convenio Marco Chile y no se encuentran disponibles los productos requeridos.
3. Que, con fecha 21 de noviembre de 2024 mediante Resolución Exenta N°4045 se prorroga el convenio de suministro oxigeno medicinal e implementos según licitación N°1057370-43-21 desde el 01 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2024.
4. Que, mediante Resolución Exenta N°3627 de fecha 10 de Octubre de 2024 se aprobaron las bases administrativas especificaciones técnicas, anexos obligatorios y comisión evaluadora para la Licitación Pública 1057370-40-LE24, donde han presentado la oferta dos proveedores, por lo tanto, se evaluara a:
5. Que, encuentran inscrito en el registro de Chileproveedores y cumple con las habilidades señaladas en la Ley de Compras Públicas N.º 19886 y su Reglamento.
6. Que se han obtenido los siguientes antecedentes: Acta de apertura económica, comprobante de ingreso de las ofertas, anexos administrativos, económicos y técnicos, certificado de inscripción en Chileproveedores, acta e Informe de evaluación.
7. De acuerdo con lo estipulado en el punto 8 Contenido Documentos Administrativos de las Bases Administrativas Generales, se indica que todos los Oferentes debían completar y presentar en el portal www.mercadopublico.cl los siguientes anexos;
8. De acuerdo con lo publicado en el portal www.mercadopublico.cl, se evaluó la propuesta aplicando los siguientes criterios con la ponderación y escalas indicadas en el artículo 10.2 DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN de las Bases Administrativas Generales:
A. PRECIO (60%)
B. EVALUACIÓN TÉCNICA (20%)
C. EXPERIENCIA DEL OFERENTE (10%)
D. TIEMPO DE RESPUESTA (10%)
E. CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES (5%)
EVALUACION DE LAS OFERTAS
Los oferentes que participaron obtienen el siguiente puntaje según Acta e informe de Evaluación:
Factor Oferta Económica 60%
La oferta económica presentada por los oferentes es la siguiente:
Factor Evaluación Técnica 20%
De acuerdo con el informe de evaluación realizado por la subdirección Medica y Enfermera Coordinadora, según el cumplimiento de los antecedentes técnicos presentados se indica que:
• La empresa Indura S.A cumple con las especificaciones técnicas de los bienes y servicios y son altamente satisfactorias para las expectativas del Hospital, se le asigna el puntaje de 100 puntos, equivalente al 20%.
• La empresa Linde Gas Chile S.A no presenta información correspondiente a la capacitación del personal y tampoco ingresa Resolución Sanitaria estipulada por las bases técnicas por lo que se le asigna un porcentaje de 70 puntos, equivalente al 14%.
Factor Experiencia de los Oferentes 10%
De acuerdo con la información entregada por los oferentes se indica que:
El proveedor Indura Medica RUT 76.150.343-K, certifica que es una empresa con más de 70 años de experiencia en el mercado, adjunta 19 órdenes de compra de los últimos 24 meses y 1 OC correspondiente al periodo de 2022 (no se considera para la evaluación). Se le asigna una calificación de 70 pts. (7%)
El proveedor Linde Gas Chile S.A RUT 90.100.000-K, en su Anexo N°7 adjunta nómina de sus principales clientes, listado de órdenes de compra, certificado acreditación de clientes, contratos y facturas de los trabajos realizados de los últimos 24 meses. Se le asigna una calificación de 100pts (10%)
Factor Tiempo de Respuesta 05%
De acuerdo con la información recibida de los proveedores, se le asigna los siguientes puntajes:
El proveedor Indura Medica RUT 76.150.343-K indica un plazo de entrega de 3 días de entrega semanal los martes y jueves y en horario de 09:00 a 17:30 hrs.
El proveedor Linde Gas Chile S.A RUT 90.100.000-K indica un plazo de entrega de 3 días hábiles; días de entrega semanal: a convenir, con 72 hrs de anticipación, Horarios de entrega de 08: a 19 hrs.
• Se le asigna un porcentaje del 10% a cada oferente.
Factor Requisitos Formales 05%
De acuerdo con la información recibida de los proveedores, se le asigna los siguientes puntajes:
El proveedor Indura Medica RUT 76.150.343-K, hace ingreso de los anexos N°1 al N°6 solicitados. Se le asigna un porcentaje de 5 pts.
El proveedor Linde Gas Chile S.A RUT 90.100.000-K, hace ingreso de los anexos N°1 al N°6 solicitados. Se le asigna un porcentaje de 5 pts.
ADJUDICACIÓN DEL CONVENIO DE SUMINISTRO ADQUISICION DE OXIGENO CLINICAS, CARGA, RECARGA, FLUJOMETRO Y ARRIENDO DE CILINDROS PARA UNIDADES CLINICOS DEL HOSPITAL PSIQUIATRICO DR. PHILIPPE PINEL.
A continuación, Comisión Evaluadora recomienda adjudicar al oferente:
El Oferente seleccionado da cumplimiento a todos los requerimientos solicitados para el Convenio Adquisición de Oxigeno Clínico, Carga, Recarga, Flujómetro y Arriendo de Cilindros para Unidades Clínicas Del Hospital Psiquiátrico Dr. Philippe Pinel.
De acuerdo con las conclusiones indicadas anteriormente y conforme a las atribuciones que en mí confieren, vengo en dictar la siguiente
|