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1.- Que, mediante la Resolución Exenta N°00581/2025, de fecha 26 de febrero de 2025, de la Dirección General de
Promoción de Exportaciones, en adelante e indistintamente ProChile, se aprobaron las Bases de Licitación Pública para la
contratación de los servicios de conceptualización, diseño y producción de piezas gráficas y audiovisuales para redes
sociales, campañas digitales, eventos virtuales y presenciales, para apoyar la presentación de Chile en el marco de su
participación en la Exposición Universal 2025, Osaka, Kansai, Japón; las cuales fueron publicadas en el Sistema de
Información, portal www.mercadopublico.cl, bajo el ID Nº 1082957-18-LE25.
2.- Que, una vez concluido el plazo para la presentación de ofertas, se recibieron, a través del
portal www.mercadopublico.cl, las propuestas de los siguientes proveedores:
3 . - Que, con posterioridad a la Apertura Electrónica de Ofertas, realizada el 10 de marzo de 2025, el proveedor
COMUNICACIÓN PUENTE SPA, RUT N° 76.054.563-5, presentó un “Certificado de Indisponibilidad de la Plataforma”
emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, con fecha 10 de marzo 2025, para acreditar la imposibilidad
técnica para presentar su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl. Por tal motivo, con fecha 13 de marzo de
2025, se recibe la oferta del proveedor COMUNICACIÓN PUENTE SPA, y se procede a realizar la verificación del
cumplimiento con los requisitos establecidos en las Bases de Licitación, numeral 4 “Antecedentes para incluir en la oferta”.
Se declara “aceptada” y se remite junto con las otras 9 ofertas aceptadas para ser evaluadas por la Comisión Evaluadora
designada al efecto
4.- Que, mediante Memorandos N° 02613/2025 y N° 03087/2025, ambos de 2025, del Departamento de Compras, se
informó y publicó en el portal www.mercadopublico.cl, la ampliación del plazo de adjudicación, el cual vence el 11 de abril
de 2025.
5.- Que, según consta en el Acta de Evaluación de Ofertas contenida en el Memorándum N°03174/2025, de 8 de abril de
2025, del Departamento Dirección Marketing y Eventos, revisados los antecedentes de los oferentes aceptados, la
Comisión Evaluadora determinó que las ofertas de los siguientes proveedores no cumplen con las especificaciones
técnicas mínimas indicadas en el numeral 9.1. “Especificaciones Técnicas” de las respectivas Bases de Licitación, de
acuerdo al siguiente detalle:
INFLUENCER MARKETING SPA, RUT N° 77.777.198-1: Se rechaza la oferta por no cumplir con lo requerido en el
numeral 9.1.7. “EQUIPO DE TRABAJO” de las Bases de Licitación, ya que consigna como Director Creativo a un
Ingeniero Comercial y como Ejecutivo de Cuenta a un Ingeniero Civil Industrial, perfiles profesionales que no son
afines con las carreras de Publicistas, Periodistas o Diseñadores, solicitados en las referidas Bases.
SIMPLE SOLUCIONES SPA, RUT N° 77.762.076-2: Se rechaza la oferta por no cumplir con lo requerido en el
numeral 9.1.7. “EQUIPO DE TRABAJO” de las Bases de Licitación, ya que consigna como Ejecutivo de Cuenta a un
ingeniero comercial, profesión que no es carrera afín con las solicitadas en las Bases de Licitación, y como
Profesional del Área Audiovisual a alumno en práctica, que no cumple con el grado académico solicitado en las
referidas Bases.
PAMELA LISETTE DELGADO FERNÁNDEZ, RUT N° 16.557.442-7: Se rechaza la oferta por no cumplir con lo
requerido en el numeral 9.1.7. “EQUIPO DE TRABAJO” de las Bases de Licitación, ya que consigna como Ejecutivo
de Cuenta a una Profesora de Lenguaje y Comunicación, profesión que no es carrera afín con las solicitadas en las
Bases de Licitación.
COMUNICACIÓN PUENTE SPA, RUT N° 76.054.563-5: Se rechaza la oferta por no cumplir con lo requerido en el
numeral 9.1.7. “EQUIPO DE TRABAJO” de las Bases de Licitación, ya que no se presenta la documentación que
permita acreditar la formación profesional de Shirley Berndt, designada como Ejecutiva de Cuentas.
DUAL SPA, RUT N° 76.985.965-9: Se rechaza la oferta por no cumplir con lo requerido en el numeral 9.1.4.
“SERVICIOS REQUERIDOS” de las Bases de Licitación; específicamente, en el detalle de los productos ofertados,
no incluye los literales “I. Propuesta de diseño y diagramación de memoria”; “J. Banco de Imágenes”, y “K. Banco
de Música”.
ESTUDIO DE ANIMACION, DISENO Y OTROS LUIS SEBASTIAN FONTECHA JIMENEZ EIRL, RUT N°
76.080.289-1: Se rechaza la oferta por no cumplir con lo requerido en el numeral 9.1.7. “EQUIPO DE TRABAJO” de
las Bases de Licitación, ya que consigna dentro de sus integrantes como Ejecutivo de Cuenta a una Diseñadora
Gráfica, perfil profesional que no es afín con el solicitado en las Bases de Licitación.
FELICIDAD SPA, RUT N° 76.365.430-3: Se rechaza la oferta por no cumplir con lo requerido en el numeral 9.1.4.
“SERVICIOS REQUERIDOS” de las Bases de Licitación; específicamente, en el detalle de los productos ofertados,
no incluye o detalla el literal “G. Producción y edición de piezas audiovisuales motion graphics” en el sentido de
desarrollar la producción de este tipo de piezas audiovisuales que deben considerar animación 2D/3D o motion
graphic, con locución femenina o masculina, música, subtítulos de ser necesario y en formato HD.
SERVICIOS AUDIOVISUALES SOFAN SPA, RUT N° 77.150.876-6: Se rechaza la oferta por no cumplir con lo
requerido en el numeral 9.1.4. “SERVICIOS REQUERIDOS” de las Bases de Licitación; específicamente, en el
detalle de los productos ofertados, no declara cumplir con el literal “D. Diseño de documentos en formato PDF”, ya
que no se refiere o detalla la elaboración de ese tipo de documentos (instructivos, estudios, presentaciones en PDF,
con resolución de 300 DPI).
6 . - Que, en función de lo señalado en el citada Acta de Evaluación de Ofertas, la Comisión Evaluadora procedió a
evaluar las propuestas técnicas y económicas presentadas por los oferentes aceptados: MERCA SPA y ARGUMENTAL
FILMS SPA, conforme a los criterios de evaluación: a) Oferta económica (10%), b) Calidad de la propuesta técnica (45%),
c) Experiencia del oferente (40%); d) Criterio sustentables e inclusivos (3%) y e) Programa de Integridad y ética
empresarial (2%), establecidos en las respectivas Bases de Licitación Pública.
7.- Que, como resultado de la evaluación, los oferentes evaluados obtuvieron la siguiente nota final, de un máximo de
4,00:
Lugar Nombre o razón social del oferente Nota Final
1° ARGUMENTAL FILMS SPA 2,96
2° MERCA SPA 1,76
8.- Que, en atención a las notas obtenidas, la Comisión Evaluadora recomendó adjudicar el presente proceso de
contratación a la oferta presentada por “ARGUMENTAL FILMS SPA”, RUT. N° 76.139.044-9; resultando ser, una
propuesta conveniente para los intereses de ProChile.
9.- Que, se han cumplido las formalidades exigidas por la normativa legal, reglamentaria y con las disposiciones
establecidas en las respectivas Bases de Licitación Pública y se cuenta con el presupuesto necesario para financiar la
contratación de los servicios ya indicados.
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febrero de 2025, de la Dirección General de Promoción de Exportaciones, para contratar los servicios de
conceptualización, diseño y producción de piezas gráficas y audiovisuales para redes sociales, campañas digitales,
eventos virtuales y presenciales, para apoyar la presentación de Chile en el marco de su participación en la Exposición
Universal 2025, Osaka, Kansai, Japón, al proveedor denominado “ARGUMENTAL FILMS SPA”, RUT. N° 76.139.044-9 ,
por un monto total de $ 42.720.000.- (cuarenta dos millones setecientos veinte mil pesos).
II.- DECLÁRANSE INADMISIBLES las ofertas presentadas por los proveedores INFLUENCER MARKETING SPA,
RUT N°77.777.198-1; SIMPLE SOLUCIONES SPA, RUT N°77.762.076-2; PAMELA LISETTE DELGADO FERNÁNDEZ,
RUT N°16.557.442-7; COMUNICACIÓN PUENTE SPA, RUT N°76.054.563-5; DUAL SPA, RUT N°76.985.965-9;
ESTUDIO DE ANIMACION, DISENO Y OTROS LUIS SEBASTIAN FONTECHA JIMENEZ EIRL, RUT N°76.080.289-1;
FELICIDAD SPA, RUT N°76.365.430-3 y SERVICIOS AUDIOVISUALES SOFAN SPA, RUT N° 77.150.876-6 , por no
cumplir con los requisitos señalados en las Bases de Licitación Pública, según se detalla en el Considerando Quinto de la
presente Resolución.
III.- DÉJASE ESTABLECIDO que, los antecedentes legales requeridos para efectos de la elaboración del contrato son
los definidos en los numerales 5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado y 9.14. Condiciones Contractuales, de
las Bases de Licitación, publicadas en el Sistema de Información, portal, www.mercadopublico.cl con el ID N°1082957-18-
LE25, los que son requeridos en un plazo máximo de 5 días hábiles.
IV.- PUBLÍQUESE esta resolución en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, portal
www.mercadopublico.cl, de acuerdo con lo establecido en los artículos 9, 58 y 108, literal a) numeral 8, del Reglamento de
la Ley N° 19.886, aprobado por el Decreto Supremo N° 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda.
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