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a. El Ordinario N° 4179 de fecha 30 de noviembre 2022 a División de Desarrollo Urbano del Ministerio solicitando Identificación Presupuestaria para proyectos de arrastre año 2023 en Subtítulos 31;
b. El Oficio N° 0747 de fecha 21 diciembre 2022 de Subsecretaria de Vivienda a Directora de Presupuestos del Ministerio de Hacienda solicitando Identificación Presupuestaria para el año 2023;
c. El Memorándum N° 06/2023 de fecha 09 de febrero de 2023 de la Encargada Depto. Programación Física y Control a Encargada Depto. Técnico remitiendo antecedentes varios y solicita proceder preparar Bases de Licitación del proyecto;
d. Decreto Identificatorio N° 23 de fecha 13 de enero 2023 y Tomado de Razón con fecha 15 de febrero del año en curso;
e. El Memorándum N° 025 de fecha 12 de mayo 2023 de Directora (S) Serviu Arica y Parinacota al Encargado (S) Depto. Técnico en el cual instruye Llamar a Licitación Pública el proyecto.
f. Resolución Exenta N° 0456 de fecha 15 de junio 2023 que Autoriza el Llamado a licitación y Aprueba Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos que regulan el proceso del llamado de la Propuesta Pública N°07/2023 DISEÑO “NORMALIZACIÓN DE CICLOVÍAS SUBESTÁNDAR EXISTENTES A ALTO ESTÁNDAR, ARICA”;
g. El llamado a Propuesta Pública Nº 07/2023 DISEÑO “NORMALIZACIÓN DE CICLOVÍAS SUBESTÁNDAR EXISTENTES A ALTO ESTÁNDAR, ARICA”; fue publicada con fecha 16 de abril de 2023, en el Portal Mercado Público bajo el ID 761984-12-LP23;
h. La Resolución Exenta electrónica N° 392 de fecha 22 de junio 2023 que Designa a los integrantes de la Comisión Evaluadora de la Propuesta mencionada en el considerando f., de la presente Resolución;
i. La Resolución Exenta electrónica N° 412 de fecha 29 de junio 2023 que Modifica Resolución Exenta N°0456 de fecha 15 de junio 2023 mencionada en el considerando f., de la presente Resolución;
j. La Resolución Exenta N° 0554 de fecha 10 de julio 2023 que Modifica Resolución Exenta electrónica N° 392 de fecha 22 de junio 2023 mencionada en el considerando h., de la presente Resolución;
k. El Acta de Apertura Electrónica de la Propuesta Pública Nº 07/2023 DISEÑO “NORMALIZACIÓN DE CICLOVÍAS SUBESTÁNDAR EXISTENTES A ALTO ESTÁNDAR, ARICA”, de fecha 10 julio 2023 de la Propuesta;
l. El Informe de Evaluación de Comisión Evaluadora de fecha 19 de julio de 2023, elaborado por la Comisión Técnica designada para tales efectos por las Resoluciones Exentas indicadas en el considerando h. y j., el cual describe y analiza la Oferta;
m. El Memorándum N° 1110 de fecha 20 de julio de 2023 del Encargado (S) del Depto. Técnico a la Directora (S) SERVIU Región de Arica y Parinacota, informando los resultados y solicita autorización para adjudicar la propuesta Pública N° 07/2023 DISEÑO “NORMALIZACIÓN DE CICLOVÍAS SUBESTÁNDAR EXISTENTES A ALTO ESTÁNDAR, ARICA”;
n. Acta de adjudicación de Propuesta Pública N° 07/2023 DISEÑO “NORMALIZACIÓN DE CICLOVÍAS SUBESTÁNDAR EXISTENTES A ALTO ESTÁNDAR, ARICA”, de fecha 20 de julio de 2023;
o. Los antecedentes presentados por la Consultora DUPLAUSTRAL CONSULTORES LTDA., RUT. N° 76.877.874-4, en el marco de la Propuesta Pública N° 07/2023, de acuerdo a lo exigido en las Bases Administrativas mencionadas en el considerando f.;
p. El Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N° 137/2023 de fecha 16 de mayo de 2023, elaborado por el Departamento de Administración y Finanzas de SERVIU Arica y Parinacota;
q. El Memorándum N° 1131 de fecha 24 julio 2023 de la Jefa Depto. Técnico al Departamento Jurídico, solicitando dictar el acto administrativo de adjudicación de la Propuesta Pública N° 07/2023 DISEÑO “NORMALIZACIÓN DE CICLOVÍAS SUBESTÁNDAR EXISTENTES A ALTO ESTÁNDAR, ARICA”;
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1.- ACÉPTASE, la Oferta presentada por la Consultora DUPLAUSTRAL CONSULTORES LTDA., RUT. N° 76.877.874-4, en la Propuesta Pública Nº 07/2023 DISEÑO “NORMALIZACIÓN DE CICLOVÍAS SUBESTÁNDAR EXISTENTES A ALTO ESTÁNDAR, ARICA”.
2.- ADJUDÍCASE la Propuesta Pública N° 07/2023 DISEÑO “NORMALIZACIÓN DE CICLOVÍAS SUBESTÁNDAR EXISTENTES A ALTO ESTÁNDAR, ARICA”; a la firma de la Consultora DUPLAUSTRAL CONSULTORES LTDA., RUT. N° 76.877.874-4, con domicilio en Imperial N°655, oficina 4B, Puerto Varas, según su oferta presentada.
Nombre Proyecto Monto Contrato $
DISEÑO “NORMALIZACIÓN DE CICLOVÍAS SUBESTÁNDAR EXISTENTES A ALTO ESTÁNDAR, ARICA” 66.000.000.- Sesenta y seis millones de pesos.
• Plazo 150 días corridos
3.- DÉJESE ESTABLECIDO, que la presente resolución se formalizará a través de un Contrato celebrado entre el Director del SERVIU Región de Arica y Parinacota y la Consultora DUPLAUSTRAL CONSULTORES LTDA., RUT. N° 76.877.874-4, adjudicataria de la licitación, el que será suscrito ante Notario y aprobado mediante Resolución Exenta.
4.- DÉJESE ESTABLECIDO que en el plazo establecido en las Bases Administrativas, la Consultora DUPLAUSTRAL CONSULTORES LTDA., RUT. N° 76.877.874-4, deberá constituir la siguiente garantía:
Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la adjudicación en el Portal Mercado Público, el Consultor deberá entregar una garantía o caución para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, otorgada a través de cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, que sea pagadera a la vista y con carácter irrevocable, la que deberá ser extendida a la orden de SERVIU REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA, RUT 61.813.000-2 y contener la siguiente glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del Contrato de la Propuesta Pública Nº 07/2023 DISEÑO “NORMALIZACIÓN DE CICLOVÍAS SUBESTÁNDAR EXISTENTES A ALTO ESTÁNDAR, ARICA”. En caso que no pueda incluirse la glosa en el instrumento de garantía, se deberá adjuntar una declaración jurada simple según formato del Anexo N°12.
El SERVIU podrá dejar sin efecto la adjudicación si el proponente adjudicado no entregase dicha garantía dentro del plazo señalado.
La garantía deberá ser tomada por el oferente o por un tercero a su nombre, en una entidad con oficina en la ciudad de Arica. Se podrán aceptar garantías que sean tomadas de forma electrónica en una entidad con oficina en Chile, siempre que éstas puedan ser cobradas de forma digital a través de la página web o mediante correo electrónico. Además, éstas deberán ajustarse a la Ley Nº 19.799, sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
En caso que el Consultor corresponda a una Unión Temporal de Proveedores la garantía podrá ser otorgada por cualquiera de los integrantes que forman parte de esa Unión.
La garantía deberá ser tomada por una suma equivalente al 5% del monto contratado, y ser expresada en U.F. Para el cálculo del monto de garantía en U.F., como asimismo la adecuación de esta por modificaciones de contrato, se considerará el valor de la unidad de fomento (U.F.) de la fecha de la resolución de adjudicación.
El consultor deberá tomar una garantía con una fecha de vigencia que exceda como mínimo en 60 días corridos el plazo establecido en el punto 14.5 de las bases administrativas, considerando como inicio la fecha de la resolución de adjudicación. Si el estudio no ha terminado se deberá prorrogar la boleta de garantía por un plazo igual o inferior acorde a lo dispuesto por el Director del Estudio, el Consultor dentro de los 5 días hábiles siguientes de ser requerido al efecto, deberá renovar o prorrogar la garantía de manera de mantener debidamente caucionadas sus obligaciones durante toda la ejecución del Estudio, hasta la aprobación final del Estudio, pudiendo el SERVIU Región de Arica y Parinacota hacer efectiva la garantía, a manera de sanción, en caso de incumplimiento.
Con todo, si el plazo de ejecución del Estudio se suspendiera, el Consultor dentro de los 5 días hábiles siguientes de ser requerido al efecto, deberá renovar o prorrogar la garantía de manera de mantener debidamente caucionadas sus obligaciones durante toda la ejecución del Estudio, hasta la aprobación final del Estudio, pudiendo el SERVIU Región de Arica y Parinacota hacer efectiva la garantía, a manera de sanción, en caso de incumplimiento.
Con todo, si el plazo de ejecución del Estudio se suspendiera, el Consultor deberá seguir manteniendo vigente el documento de garantía, y si restando 30 días corridos para el vencimiento de la vigencia del documento de garantía, faltase el informe final, el Consultor deberá renovarla. En el caso de no hacerlo en el plazo señalado, el SERVIU estará facultado para hacer efectiva dicho documento de garantía.
Si existiera observaciones pendientes por parte de la Consultoría, y que no hayan sido corregidas, el Consultor antes de 10 días hábiles al vencimiento de la garantía, deberá renovar o prorrogar la garantía y ser entregada al SERVIU, de manera de mantener debidamente caucionadas sus obligaciones durante toda la ejecución de la Consultoría, pudiendo el SERVIU Región de Arica y Parinacota hacer efectiva la garantía, a manera de sanción, en caso de incumplimiento.
Asimismo, en caso de hacerse efectiva la garantía, el Consultor deberá reponerla por igual monto y plazo de vigencia, dentro de los 5 días hábiles siguientes de ser notificado del cobro de la anterior, sin perjuicio de las multas a aplicar.
Si el adjudicatario no constituyere, renovare o prorrogase la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en las oportunidades señaladas, SERVIU podrá terminar anticipadamente el contrato, junto con hacer efectiva, a manera de sanción, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
En caso de incumplimiento del Consultor de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, en el caso de contrataciones de servicios, la Entidad Licitante el SERVIU estará facultada para poder hacer efectiva la garantía de cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que la Entidad Licitante pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del Consultor.
Lo precedentemente expuesto, de conformidad al artículo 72 del D.S. 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda.
Devolución Garantías
La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, será devuelta cuando el Estudio cuente con el Acta de Aprobación del Informe Final del estudio y se haya realizado la liquidación del contrato.
5.- DÉJASE CONSTANCIA para todos los efectos legales, que las partes fijan como domicilio la ciudad de Arica, sometiéndose a la competencia y jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
6.- IMPÚTESE, el gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución correspondiente a la contratación de la Propuesta Pública Nº 07/2023 DISEÑO “NORMALIZACIÓN DE CICLOVÍAS SUBESTÁNDAR EXISTENTES A ALTO ESTÁNDAR, ARICA”, a la cuenta N° 31.02.002 consultoria, el presupuesto consta además en el Certificado de disponibilidad presupuestaria N° 137 de fecha 16 de mayo de 2023. Dicha disponibilidad presupuestaria se sustenta de acuerdo a los saldos del Decreto Identificatorio N°23 del 13 de enero de 2023, tomado razón el 15 de febrero de 2023.
7.- DIPÓNGANSE el pago a la Consultora DUPLAUSTRAL CONSULTORES LTDA., RUT. N° 76.877.874-4, con domicilio en Imperial N°655, oficina 4B, Puerto Varas, por el monto de $66.000.000.- (Sesenta y seis millones de pesos) de acuerdo con las condiciones establecidas en las bases de licitación ID 761984-12-LP23 de la Propuesta Pública Nº 07/2023 DISEÑO “NORMALIZACIÓN DE CICLOVÍAS SUBESTÁNDAR EXISTENTES A ALTO ESTÁNDAR, ARICA”. Ficha de Publicación Mercado Público ID 761984-12-LP23 de fecha 16 de junio 2023.
8.- PUBLÍQUESE en su oportunidad, la documentación respectiva al proceso de Adjudicación y Contratación a que se refiere la presente Resolución, en el Portal www.mercadopublico.cl.
9.- NOTIFÍQUESE a la Consultora DUPLAUSTRAL CONSULTORES LTDA., RUT. N° 76.877.874-4, con domicilio en Imperial N°655, oficina 4B, Puerto Varas, según su oferta presentada, a través del portal www.mercadopublico.cl.
10.- DESÍGNESE como Director Titular de la Propuesta Pública N° 07/2023 DISEÑO “NORMALIZACIÓN DE CICLOVÍAS SUBESTÁNDAR EXISTENTES A ALTO ESTÁNDAR, ARICA”, al profesional don Ernesto Moran Toledo, Rut N° 9.989.234-K, Ingeniero CIvil y como Director Subrogante al profesional don Guillermo Carpio Díaz, Rut N° 13.637.421-4, Arquitecto, todos funcionarios del Departamento Técnico del SERVIU Región de Arica y Parinacota.
11.- NOTIFÍQUESE a la Consultora DUPLAUSTRAL CONSULTORES LTDA., RUT. N° 76.877.874-4, con domicilio en Imperial N°655, oficina 4B, Puerto Varas, según su oferta presentada, sirviendo la presente Resolución como suficiente oficio remisor.
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