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1.- APRUEBA Acta de evaluacion de licitació Pública ID 1396-4-L114, por “Convenio Proveeduria de Pan” del Hospital de Yungay para el año 2014.
2.- ADJUDIQUESE a la Proveedora Sra. ILCE CABEZAS INOSTROZA, RUT Nº7.635.263-1, con domicilio en calle Huamachuco Nº280, de la ciudad de Yungay, el “CONVENIO DE PROVEEDURIA DE PAN”, para el Hospital de Yungay año 2014, de acuerdo a las condiciones establecidas en bases de licitación y las indicadas a continuación:
3.- OPERATORIA DEL CONVENIO:
3.1.- El Convenio operará a través de pedidos escritos diarios que emitirá la Nutricionista Encargada de la Central de alimentación. La proveedora entregará el servicio en forma diaria, emitiendo una guia de despacho con cada entrega.
3.2.- La facturación se realizará el último día hábil de cada mes, para lo cual deberá adjuntar las copias de las Guías de despacho que hizo llegar durante el periodo.
3.3.- El pago se efectuará mediante transferencia electrónica en un plazo de treinta días contados desde la recepción confome de la factura.
3.4.- El Hospital de Yungay, podrá reclamar en contra del contenido de la factura dentro del plazo de treinta (30) dias corridos desde la fecha de su recepcioón.
4.- DEJASE ESTABLECIDO QUE:
4.1.- El contrato tendrá una vigencia de 24 meses, contados desde la total tramitación de la presente resolución, que lo aprueba.
4.2.- El Hospital, con la antelación suficiente, procederá a licitar nuevamente este convenio. No obstante, por causas no imputables a él, el proceso se extendiese más allá de los tiempos previstos, podrá prorrogar este convenio de suministro de común acuerdo por seis meses, con el fin de otorgar continuidad y calidad al servicio, cuando la prórroga no supere las 1.000 UTM y siempre que exista disponibilidad presupuestaria y la calidad de los servicios hayan sido bien evaluada por la Nutricionista Jefe del Servicio de Alimentación o quien le subrogue en sus funciones.
4.3.- El valor unitario del kilo de pan es de $850.- (ochocientos cincuenta pesos) impuestos incluido.
4.4.- El precio se mantendrá sin variación por todo el período. No obstante lo anterior, el valor podrá ser reajustado para el período siguiente, previa comunicación de al menos quince días de anticipación a la fecha de incio del nuevo período de convenio.
4.5.- Durante la vigencia del convenio la Empresa Proveedora se compromete a mantener los servicios y condiciones más ventajosas para el Hospital, para ello el establecimiento podrá solicitar lo siguiente:
a) Agregar nuevos productos no ofertados.
b) Ampliar la cobertura ofrecida, para la totalidad de los productos adjudicados.
c) Mejorar las condiciones comerciales ofrecidas, por ejemplo, incorporar descuentos por volumen, incorporación de otros servicios adicionales sin costo adicional, etc.
4.6.- El Convenio podrá terminarse anticipadamente por el Hospital, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraidas por el adjudicatario.
c) La quiebra o el estado de notoria insolvencia del adjudicatario.
d) Si los representantes o el personal dependiente de los proveedores adjudicados no
observen los más altos niveles éticos o cometan actos de fraude, corrupción, soborno, extorsión, coerción y/o colusión.
Con todo, el Hospital podrá poner término anticipado al presente Convenio, unilateralmente, por escrito, con un aviso previo de treinta (30) días.
En todos los casos señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para el adjudicatario.
4.7.- Para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones que impone el presente contrato, el adjudicatario deberá entregar, dentro del plazo de siete días hábiles contado desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta a través de mercadopublico.cl, una Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, tomada por el mismo oferente en un Banco Comercial con oficinas en la ciudad de Yungay, la que deberá tener las características explicitadas en el punto Nº23 de las bases de licitación.
4.8.- Considerando que el monto de la contratación no supera las 100 UTM, el contrato se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor, a través del portal www.mercadopublico.cl. Con todo, el proveedor deberá firmar la presente resolución de adjudicación en señal de aceptación de lo que por su intermedio se le encomienda.
4.9.- Las partes fijan su domicilio en la ciudad de Yungay y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales.
5.- IMPÚTESE el gasto que genere este convenio al item 22-01-001 “Alimentos para personas del Hospital Comunitario de Salud Familar de Yungay, para el año 2014.
6.- PUBLIQUESE el texto de la presente Resolución en el Portal mercadopublico con el fin de dar cumplimiento a las exigencias establecidas en disposiciones legales.
ANOTESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE
“POR FACULTAD DELEGADA DEL DIRECTOR DEL SERVICIO DE SALUD ÑUBLE”
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