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La ley 17.301, que crea la Junta Nacional de Jardines Infantiles y sus modificaciones; el Reglamento de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, establecido por D.S. N°1574, de 1971, del Ministerio de Educación Pública; en el Decreto 156, de fecha 20 de marzo de 2014, que designa en forma Transitoria y Provisional a doña Desirée López de Maturana Luna, como Vicepresidenta Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles; Resolucion Nº015/011 de 19 de Mayo de 2017 que aprueba y refunde en un texto único, delegación de facultades de Vicepresidenta Ejecutiva en funciones que indica; en la Resolución Exenta N° 015/027, de 2015, de la Junta Nacional de Jardines Infantiles que nombra en calidad de Directora de la Junta Nacional de Jardines Infantiles Región de Arica y Parinacota, a doña Sandra Flores Contreras; el Decreto con Fuerza de Ley N° 1-19.653 de 2000, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; el Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones; en la Ley Nº 20.981, de Presupuestos del Sector Público para el año 2017; en el Decreto Supremo N° 862, de 13 de Junio de 2017, del Ministerio de Hacienda, que identifica iniciativas de inversión en el presupuesto del sector público, Código BIP: 30467438-0; en la Resolución N°157, de 3 de septiembre de 2014, que aprueba Bases Administrativas Tipo, Anexo Complementario, Bases Técnicas, Anexos para la Licitación y Contrato Tipo de diseño de especialidades y Ejecución de Obras y Contrato tipo para la Construcción de Jardines Infantiles; y sus modificaciones introducidas por la Resolución N° 151 de agosto del 2015, Resolución Exenta N° 0270 de fecha 19 de junio de 2017 que hace el llamado a licitación pública para el proyecto de construcción del Jardín Infantil y Sala Cuna El Pedregal II, Arica; la Resolución N° 1600, de 2008 y su modificación en la resolución N°10 de 2017, ambas de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y, la demás normativa aplicable.
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Que, mediante Solicitud de Compras y Contrataciones N°31.782, aprobada con fecha 19 de Junio del 2017, la Unidad de Programa Meta Presidencial de la Dirección Regional de Arica y Parinacota, solicitó la contratación del Diseño de Especialidades y Ejecución de Obras para la Construcción del Jardín Infantil con Sala Cuna El Pedregal II, para la Junta Nacional de Jardines infantiles.
Que, mediante Resolución N° 157, de 3 de septiembre de 2014, se dispuso la aprobación de Bases Administrativas Tipo, Anexo Complementario, Bases Técnicas, Anexos para la Licitación y Contrato Tipo de diseño de especialidades y Ejecución de Obras y Contrato tipo para la Construcción de Jardines Infantiles, tomadas razón por la Contraloría General de la República, con fecha 22 de septiembre de 2014 y modificado por resolución N° 151 del 2015, con toma de razón 26 de agosto de 2015.
Que, por Resolución Exenta Nº0270 de fecha 19 de Junio del 2017 de la Dirección Regional de Arica y Parinacota, se autorizó el llamado a Licitación Pública, aprobó anexo complementario y ordenó utilizar las bases administrativas y técnicas tipo, señaladas en el numeral anterior, para la contratación del diseño de especialidades y ejecución de obras, Proyectos Códigos BIP N°30467438-0. y demás antecedentes tenidos a la vista.
Que, conforme lo señala el Acta de Evaluación, parte integrante de la presente licitación, emitida por la Comisión evaluadora, designada mediante Resolución Exenta N° 0270, de fecha 19 de Junio del 2017, citada en el visto, con fecha 27 de Junio del 2017, se realizó Visita a terreno, de carácter obligatoria, a la que asistieron las siguientes interesados:
Proyecto Código BIP N°30467438-0
N° Nombre Empresa Rut Empresa Nombre Representante
1 Pomerape 96.505.020-5 Andrés Álvarez
2 Constructora Proyecta Ltda. 76.264.771-0 Sebastián Gajardo
3 Constructora Silva y Vargas Ltda. 76.650.602-K Alexander Torres
4 Pencoop S.A 76.134.345-9 Carlos Vásquez
5 Alinco Ltda. 76.551.660-9 Cristian Alvarado
6 Inversiones Mirablau Ltda. 96.765.480-9 Claudio Muñoz
7 Loma Verde Inmobiliaria y Construcción Ltda. 77.486.070-3 Catalina Lizana
8 Constructora e Inmobiliaria Halsons E.I.R.L 76.660.987-2 Renato Leblanc
9 Socobargo E.I.R.L 76.119.872-6 Baryan Gomez
10 Bimoli 77.025.480-9 Marcelo Galaz
11 Inmobiliaria e Ingeniería Hight Chile Ltda. 76.509.732-0 Fabrizio Oliviari
12 Nexus Constructora 76.353.056-6 Marcos Díaz
13 Constructora El Pamaino E.I.R.L 76.119.784-3 Francisco Luque
14 RQB E.I.R.L 76.799.740-K Paul Kriz
15 Contec E.I.R.L 76.101.526-5 Gustavo Retamal
16 Constructora Piemonte S.A 79.838.960-2 Donato D´angelo
Que, según se desprende del Acta de Evaluación, señalada, se recibieron dentro del plazo establecido en las Bases de Licitación, las garantías de seriedad de la oferta de los siguientes proponentes:
Proyecto Código BIP N°30467438-0
NOMBRE RUT N° GARANTIA SEGÚN BBAA.
Inversiones Mirablau S.A 96.765.480-9 0171431 CUMPLE
Constructora e Ingeniería Nexus Ltda. 76.353.056-6 0015848 CUMPLE
Sociedad Industrial y Comercial Pomerape S.A. 96.505.020-5 337552-7 CUMPLE
Empresa Constructora Piemonte S.A 79.838.960-2 277967-1 CUMPLE
Loma Verde Ingeniería y Construcción S.P.A 77.486.070-3 519619 CUMPLE
Obras Civiles Guillermo Soto Reed E.I.R.L 76.101.526-5 0333590 CUMPLE
Mauricio Alejandro Lizana Zamudio 12.455.218-4 0175756 CUMPLE
Roberto Quintana Barbato Asesorías e Inversiones E.I.R.L. 76.799.740-K 0200243 CUMPLE
Constructora y Consultora Proyecta Ltda. 76.264.771-0 0005281 CUMPLE
Que, con fecha 20 de Julio del 2017, se procedió al Acto de apertura de ofertas recibiéndose las ofertas de los siguientes proponentes:
Proyecto Código BIP N°30467438-0
N° NOMBRE RUT
1 Sociedad Industrial y Comercial Pomerape S.A. 96.505.020-5
2 Loma Verde Ingeniería y Construcción S.P.A 77.486.070-3
3 Empresa Constructora Piemonte S.A 79.838.960-2
4 Obras Civiles Guillermo Antonio Soto Reed E.I.R.L 76.101.526-5
5 Inversiones Mirablau S.A 96.765.480-9
6 Constructora y Consultora Proyecta Ltda. 76.264.771-0
7 Roberto Quintana Barbato Asesorías e Inversiones E.I.R.L. 76.799.740-K
8 Inmobiliaria e Ingeniería Hight Chile Ltda. 76.509.732-0
9 Constructora e Ingeniería Nexus Ltda. 76.353.056-6
Que, consecuente con lo anterior, se continuó con el proceso de evaluación en relación a las ofertas presentadas por los siguientes proponentes:
Proyecto Código BIP N°30467438-0
N° NOMBRE RUT
1 Sociedad Industrial y Comercial Pomerape S.A. 96.505.020-5
2 Loma Verde Ingeniería y Construcción S.P.A 77.486.070-3
3 Empresa Constructora Piemonte S.A 79.838.960-2
4 Obras Civiles Guillermo Antonio Soto Reed E.I.R.L 76.101.526-5
5 Inversiones Mirablau S.A 96.765.480-9
6 Constructora y Consultora Proyecta Ltda. 76.264.771-0
7 Roberto Quintana Barbato Asesorías e Inversiones E.I.R.L. 76.799.740-K
8 Inmobiliaria e Ingeniería Hight Chile Ltda. 76.509.732-0
9 Constructora e Ingeniería Nexus Ltda. 76.353.056-6
Que, la Comisión Evaluadora, designada mediante Resolución Exenta N° 0270, de fecha 19 de Junio del 2017, citada en el visto, procedió a la evaluación de las ofertas técnicas y económicas recibidas, conforme los siguientes criterios de evaluación establecidos en el punto 23 de las bases Administrativas de Licitación:
Criterios de Evaluación Técnica:
OFERTA TÉCNICA
(65%)
Experiencia profesional de los encargados de estudios y diseño de especialidades
Experiencia del profesional 1
(7,5%)
Más de 15 proyectos 10
desde 11 a 15 proyectos 6
desde 6 a 10 proyectos 3
De 0 a 5 proyectos 1
Experiencia del profesional 2
(7,5%)
Más de 15 proyectos 10
desde 11 a 15 proyectos 6
desde 6 a 10 proyectos 3
De 0 a 5 proyectos 1
Experiencia del oferente
Experiencia en Obras construidas
(30%) Más de 5.000 de m2 construidos ponderados 10
Desde 2.501 m2 hasta 5.000 m2 construidos ponderados 5
Desde 0 hasta 2.500 m2 construidos ponderados 1
Experiencia del Profesional Residente de Obra
(20%) Más de 5.000 de m2 construidos ponderados 10
Desde 2.501 m2 hasta 5.000 m2 construidos ponderados 5
Desde 0 hasta 2.500 m2 construidos ponderados 1
Criterio de Evaluación Económica:
OFERTA ECONÓMICA
(30%)
Presupuesto Ofertado
(30%) Mejor Oferta Económica 10
Resto de los oferentes Ptos=(Menor Precio.×10)/█(Precio ofertado@@)
Criterio de Evaluación Formal:
FORMALIDAD
(5%) Se asignará el máximo de puntaje al oferente que cumpla con la entrega de todos los antecedentes formales dentro del plazo según cronograma de licitación. 10
Los antecedentes o certificados solicitados fueron presentados dentro del plazo extraordinario otorgado según las bases. 3
Que, la comisión evaluadora determina no seguir evaluando los siguientes oferentes, declarando inadmisibles sus ofertas:
N° NOMBRE RUT MOTIVO
1 Sociedad Industrial y Comercial Pomerape S.A. 96.505.020-5 El Oferente no presenta anexo N°12 “Declaración jurada simple. Persona jurídica”, según punto 15 ANTECEDENTES QUE DEBEN PRESENTAR LOS OFERENTES de bases administrativas que indica que “los participantes podrán postular (ofertar) a la realización de uno o más proyectos, para ello deberán acompañar la totalidad de los antecedentes exigidos en las bases, por cada uno de los proyectos en que realice una oferta” y tampoco presenta análisis de precios unitarios de las partidas C.1.3, C.3.2 Y C.3.3, según lo indicado en el punto 32. PARTIDAS A SERIE DE PRECIO UNITARIOS en bases administrativas de la licitación. Se procede a dejar fuera de bases la oferta presentada.
2 Inversiones Mirablau S.A. 96.765.480-9 El Oferente no presenta Anexo N°6 “Nómina de contratos de obras de los últimos 5 años profesional residente de obra (proyectos ejecutados y en ejecución), y tampoco presenta análisis de precios unitarios de las partidas C.1.3, C.3.2 Y C.3.3, según lo indicado en el punto 32. PARTIDAS A SERIE DE PRECIO UNITARIOS en bases administrativas de la licitación. Se procede a dejar fuera de bases la oferta presentada.
3 Constructora y Consultora Proyecta Ltda. 76.264.771-0 El Oferente no presenta fotocopia de título de profesional residente de obra, sólo presentando un certificado de examen de título, lo que no corresponde según punto 4.3 de las bases técnicas donde indica “El contratista deberá considerar que tanto el profesional de terreno como el administrador de obra, deberán ser profesionales del área de la construcción, tales como arquitecto, constructor, ingeniero constructor, ingeniero civil en obras civiles”. Se solicita aclaración a través de foro inverso.
El Oferente da respuesta en el portal, adjuntado certificado de examen de título y no fotocopia del título solicitado en el anexo complementario punto N°5. Se procede a dejar fuera de bases la oferta presentada.
4 Roberto Quintana Barbato Asesorías e Inversiones 76.799.740-K El Oferente no presenta anexo N°9 “Oferta económica”, lo cual forma parte de la propuesta técnica siendo de carácter obligatorio. Tampoco presenta anexo N°12 “Declaración jurada simple. Persona jurídica”, según punto 15 ANTECEDENTES QUE DEBEN PRESENTAR LOS OFERENTES de bases administrativas que indica que “los participantes podrán postular (ofertar) a la realización de uno o más proyectos, para ello deberán acompañar la totalidad de los antecedentes exigidos en las bases, por cada uno de los proyectos en que realice una oferta”. Y finalmente tampoco presenta análisis de precios unitarios de las partidas C.1.3, C.3.2 Y C.3.3, según lo indicado en el punto 32. PARTIDAS A SERIE DE PRECIO UNITARIOS en bases administrativas de la licitación. Se procede a dejar fuera de bases la oferta presentada.
Que, la Comisión de Evaluación a través del Acta de Evaluación y Adjudicación de fecha 26 de Julio del 2017, ha asignado los siguientes puntajes por oferta:
Proyecto Código BIP N°30467438-0
N° NOMBRE OFERTA TÉCNICA OFERTA ECONÓMICA FORMALIDAD TOTAL
65% 30% 5% 100%
1 Loma Verde Ingeniería y Construcción S.P.A 6.50 2.28 0.50 9.28
2 Obras Civiles Guillermo Antonio Soto Reed E.I.R.L 6.50 3.00 0.50 10.00
3 Inmobiliaria e Ingeniería Hight Chile Ltda. 6.50 2.61 0.50 9.61
4 Constructora e Ingeniería Nexus Ltda. 6.50 2.97 0.50 9.97
5 Empresa Constructora Piemonte S.A 6.50 2.92 0.15 9.57
Que, en relación al proyecto Código BIP N°30467438-0 la Comisión de Evaluación a través del Acta de Evaluación y Adjudicación de fecha 26 de Julio del 2017, la que forma parte integrante de la presente resolución, ha propuesto adjudicar al proveedor Obras Civiles Guillermo Soto Reed E.I.R.L., por ser la oferta mejor evaluada, y resultar conveniente a los intereses institucionales.
Que, conforme los antecedentes que se tuvieron a la vista y los hechos expuestos en los considerandos precedentes, se estima procedente adjudicar el presente proceso de licitación pública: en relación al proyecto Código BIP N° 30467438-0 a Obras Civiles Guillermo Soto Reed E.I.R.L., N° 76.101.526-5, en atención a que dio cumplimiento a los requisitos exigidos en las Bases de Licitación, obteniendo una calificación final de 10,00 puntos, respectivamente, la que resulta ventajosa teniendo en cuenta las condiciones y criterios objetivos de evaluación contenidos en las Bases de Licitación, a los que alude la norma contenida en el inciso segundo del artículo 10° de la Ley Nº 19.886 y el numeral 7, del artículo 22 de su Reglamento, ambos cuerpos normativos citados en el Visto.
Que según lo dispuesto en el punto 27 de las bases de licitación en relación al punto 8 del Anexo Complementario, ya citados, los oferentes podrán efectuar consultas respecto del presente acto, con el responsable del contrato, don Angel Baltazar Martinez, casilla de correo electrónico abaltazar@junji.cl
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