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Resolución de Acta de Adjudicación
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Adquisición Nº
761-51-LE25
Adjudicación Informada en portal el
17/10/2025 14:52
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En
Santiago,
17-10-2025
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Nro de
Resolución
7161
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Vistos
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El artículo 9º de la LOC Nº18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó por el DFL Nº1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la Ley Nº18.359, que crea el cargo de Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo en el Ministerio del Interior; el D.F.L. Nº1-18.359, de 1985, del Ministerio del Interior, que traspasa y asigna funciones a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo; la Ley N°20.502, que crea el Ministerio del Interior; la Ley N°19.880, sobre Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de la Administración del Estado; la Ley Nº21.722 de Presupuestos del Sector Público de 2025; la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en el D.S. Nº661,de 2024, del Ministerio de Hacienda; la Resolución Exenta N° 5.857 de 03 de septiembre de 2025, que aprobó las bases y anexos de la licitación del servicio de suministro de pasajes nacionales e internacionales para la SUBDERE (E7787/2025) ID N°761-51-LE25; la Resolución Exenta N°6.350, de 24 de septiembre de 2025, de esta Subsecretaría, que designó a los miembros integrantes titulares y suplentes de la Comisión Evaluadora de ofertas; el D.S. Nº214, 16 de agosto de 2023, del entonces Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra a la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo; la Resolución Exenta Nº9.039, de 22 de julio de 2019, modificada por Resolución Exenta N°8.429, de 15 de octubre de 2021, ambas de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, que delega facultades para dictar actos y resoluciones exentos que indica; la Resolución Nº36 de 19 de diciembre de 2024 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre la exención del trámite de Toma de Razón.
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Considerando
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1. Que, mediante Resolución Exenta N°5857 de 03 de septiembre de 2025, la SUBDERE aprobó las bases y anexos de la licitación pública, bajo modalidad de adjudicación simple, por un monto igual o superior a 100 UMT e inferior a 1000 UTM para contratar el Servicio de Suministro de Pasajes Nacionales e Internacionales para la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo (E7787/2025), las que han sido publicadas en proceso ID N°761-51-LE25 en el sistema de información del portal www.mercadopublico.cl.
2. Que, vigente el período para recibir ofertas en el portal de mercado público y mediante Resolución Exenta N°6.350, de 24 de septiembre de 2025, de esta Subsecretaría, se designó a los miembros integrantes titulares y suplentes de la Comisión Evaluadora de ofertas, cuyas respectivas declaraciones juradas de ausencia de conflictos de interés, se emitieron luego de la liberación electrónica de las ofertas obrando en el expediente electrónico E7787/2025, y se adjuntan al presente acto formando parte integrante.
3. Que, vencido el plazo de presentación de ofertas establecido en el Cronograma de la Licitación el día 25 de septiembre de 2025, se procedió a su liberación electrónica, habiéndose presentado los siguientes oferentes con las ofertas económicas que se indican:
Nombre
RUT
Porcentaje de comisión por ticket adquirido a través del contrato (Anexo N°8)
Monto
Total (Anexo N°8)
SOUTHAMERICAN TOUR OPERADOR SPA
76.780.407-5
15%
$20.000.000
BLANCO VIAJES SPA
80.116.100-6
7%
$20.000.000.
SERVITECH CHILE SPA
77.151.258-5
No indica
$20.000.000
TRAVEL SECURITY S.A.
85.633.900-9
3,5 %
$20.000.000.
ASESORIAS EN TURISMO Y PASAJES AEREOS CPC SPA
76.902.195-7
10%
$20.000.000
TURISMO KAYLU SPA
79.871.330-2
1%
$20.000.000
4. Que, la oferta cumpliendo con los requisitos técnicos mínimos requeridos en las especificaciones técnicas de la licitación fue evaluada de conformidad a los criterios y factores de evaluación y mecanismos de asignación de puntaje establecidos en el Acápite IV Numeral 12.6 de las bases de licitación, cuyo tenor se transcribe a continuación:
"12.6. La Comisión evaluará las propuestas sobre la base de su adecuación a las Bases Técnicas, aplicando los factores y sub-factores de evaluación y el mecanismo de asignación de puntaje especificado más adelante. A cada propuesta adecuada a las Bases se le asignará un puntaje, según los criterios, factores e ítems de evaluación.
A cada propuesta adecuada a las Bases se le asignará un puntaje.
El puntaje máximo que puede obtenerse es de 100 puntos, construyéndose el mismo a partir de la sumatoria de puntajes obtenidos en cada uno de los criterios de evaluación y ponderaciones que se indican a continuación:
CRITERIO DE EVALUACIÓN SUBCRITERIO PONDERACIÓN (%)
Oferta Técnica Años de Experiencia en el rubro de la provisión de pasajes aéreos 10%
Servicios Adicionales 20%
Tiempos de Respuestas 15%
Administrativos Cumplimiento requisitos formales de la Oferta 1%
Criterio de Sustentabilidad 3%
Pacto de Integridad 1%
Oferta Económica Oferta Económica 50%
TOTAL 100%
12.6.1. Evaluación de la Oferta Técnica: 45%
Experiencia en el rubro de servicio de provisión de pasajes aéreos nacionales: 10%
Para la evaluación de este criterio se considerará la información declarada por el proveedor en el Anexo N°7 “Años de experiencia en el rubro”, en donde quien oferte deberá acreditar sus años de experiencia en el rubro de servicios de provisión de pasajes aéreos nacionales.
Dicha experiencia deberá ser acreditada mediante una orden de compra, contrato o factura emanado del cliente (mandante de los servicios), según corresponda, además, los documentos deberán cumplir con las siguientes exigencias:
Que se trate de una orden de compra, contrato o factura, cualquiera de ellos que describa el servicio de provisión de pasajes aéreos nacionales e internacionales.
El documento debe haber sido suscrito, facturado o emitido con fecha posterior a la de iniciación de actividades en el Servicio de Impuestos Internos.
Sólo se debe presentar y declarar una experiencia para la evaluación de este criterio, en caso de presentarse más de un documento para la acreditación de los años de experiencia primará el documento con mayor antigüedad.
La SUBDERE verificará, a través de la página del Servicio de Impuestos Internos, que la fecha de inicio de actividades de quien oferta es igual o superior a la información declarada para el contrato, factura u orden de compra presentado.
El puntaje será asignado de acuerdo con la siguiente tabla:
Años de experiencia en el rubro de servicio de provisión de pasajes aéreos nacionales
Criterio Puntaje Ponderado
10 años o más de experiencia en el rubro 100 10
7 a 9 años de experiencia en el rubro 70 7
5 a 6 años de experiencia en el rubro 50 5
2 a 4 años de experiencia en el rubro 20 2
Un año o menos de experiencia en el rubro 0 0
Servicios Adicionales: 20%
Para la evaluación de este criterio se considerará la información declarada por el proveedor en el Anexo N°5 “Propuesta Técnica”, según los servicios adicionales que entreguen un valor agregado al servicio como por ejemplo:
Cambio de fechas de pasajes, se refiere a la gestión sin costo, necesaria para realizar el cambio de fecha de los pasajes.
Cambio de pasajeros, se refiere a la gestión sin costo, necesaria para realizar la reemisión de los pasajes.
Anulación de los pasajes, se refiere a la gestión sin costo, necesaria para realizar la anulación de un pasaje no utilizado.
Se otorgará el puntaje de acuerdo con la siguiente tabla:
Requisitos
Criterio Puntaje Ponderado
Considera en su Oferta Técnica más de 4 servicios adicionales 100 20
Considera en su Oferta Técnica 3 servicios adicionales 75 15
Considera en su Oferta Técnica 2 servicios adicionales 50 10
No considera ningún servicio adicional 0 0
Tiempos de Respuestas: (15%)
Este factor contempla dos subfactores para su evaluación:
Tiempo de repuesta para cotización solicitada en días hábiles y horario laboral (10%)
El criterio de asignación de puntaje es el siguiente:
Requisito Puntos Ponderación
Hasta 2 horas corridas 100 puntos 10
Hasta 3 horas corridas 50 puntos 5
Hasta 4 horas corridas 0 puntos 0
Tiempo de repuesta para cotización solicitada en feriados o fines de semana o fuera de horario laboral (5%)
El criterio de asignación de puntaje es el siguiente:
Requisito Puntos Ponderación
Hasta 2 horas corridas 100 puntos 5
Hasta 3 horas corridas 50 puntos 2,5
Hasta 4 horas corridas 0 puntos 0
12.6.2. Oferta Administrativa: 5%
Cumplimiento de requisitos formales de la Ofertas: 1%
Se evaluará este criterio de acuerdo con la correcta presentación de la Oferta por parte de los proveedores, en los términos formales, respecto del cumplimiento en la entrega de documentos o especificaciones necesarias para la evaluación.
Los requisitos formales son los solicitados en las Bases de Licitación que dan cumplimiento a la correcta presentación de la Oferta, de acuerdo con lo señalado en el art. 56 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
La presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la Oferta serán evaluados dentro de este criterio, calificando con menor puntaje a aquellos oferentes a quienes se les solicito aclaración a través del foro inverso.
Este criterio se evaluará en virtud de la siguiente tabla:
Cumplimiento de Requisitos Formales
Criterio Puntaje Ponderado
El Oferente cumple con los requisitos formales establecidos en las Bases de Licitación. 100 1
El Oferente no cumple con los requisitos formales establecidos en las Bases de Licitación 0 0
Criterio de Sustentabilidad: (3%)
El oferente deberá declarar a través de Anexo N°3, porcentaje de su personal que cuenta con contrato indefinido.
El criterio de asignación de puntaje es el siguiente:
Modalidad de Contratación
Criterio Puntaje Ponderado
El oferente declara contar con el 80% o más de su personal con contrato indefinido. 100 3
El oferente declara que entre el 50% y menos del 80% de su personal se encuentra contratado bajo la modalidad de contrato indefinido. 66 2
El oferente declara que entre el 30% y menos del 50% de su personal se encuentra contratado bajo la modalidad de contrato indefinido. 33 1
El oferente declara contar con menos del 30% de su personal con contrato indefinido o no declara. 0 0
En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, cada miembro deberá presentar el respectivo Anexo N°3 y será ésta la que determinará la forma en la que se acreditará este requisito, en cuanto a si será la de uno, algunos o la de todos los integrantes de la UTP (Véase al respecto Directiva de Contratación pública N°22, de 2015).
Pacto de Integridad: 1%
El oferente debe declarar a través de Anexo N°2, si cuenta con programa/s de integridad que sea/n conocidos por su personal.
El criterio de asignación de puntaje es el siguiente:
Pacto de Integridad
Criterio Puntaje Ponderado
El oferente cuenta con programa/s de integridad que sea/n conocidos por su personal. 100 1
El oferente NO cuenta con programa/s de integridad que sea/n conocidos por su personal. 0 0
En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, cada miembro deberá presentar el respectivo Anexo N°2 y será ésta la que determinará la forma en la que se acreditará este requisito, en cuanto a si será la de uno, algunos o la de todos los integrantes de la UTP (Véase al respecto Directiva de Contratación pública N°22, de 2015).
12.6.3. Oferta económica: 50%
La Oferta Económica corresponderá al porcentaje de comisión sobre el valor por ticket adquirido.
Para realizar la Evaluación Económica se utilizará la siguiente fórmula, en función de la diferencia entre cada propuesta y el valor de la menor Propuesta Económica, según sea señalado en el Anexo Nº8.
Puntaje = V.P.M./V.P.E. X 50
Dónde:
V.P.M.: valor propuesto menor
V.P.E.: valor propuesto a evaluar
12.7. Puntaje Final
Es necesario precisar a todas las instituciones postulantes a la presente licitación que:
El oferente que alcance el mayor puntaje total ponderado obtenido de la evaluación del Criterio Oferta Técnica (POT) *0,45% más el puntaje total ponderado obtenido de la evaluación del Criterio Oferta Económica (POE) *0,50% más el puntaje total ponderado obtenido de la evaluación del Criterio Cumplimiento de los Requisitos Formales de la Oferta (PCRF) *0,01% más el puntaje total ponderado obtenido de la evaluación del Criterio de Sustentabilidad (PCS) *0,03% más el puntaje total ponderado de la evaluación del Criterio Pacto de Integridad (PPI)*0,01 será seleccionado como adjudicatario en la presente licitación.
El puntaje total ponderado será definido según la siguiente fórmula:
(POT 45%) + (PCRF1%) + (PCS 3%) + (PPI 1%) + (POE 50%).
Donde:
POT = Puntaje Oferta Técnica.
PCRF: Puntaje Cumplimiento de los Requisitos Formales de la Oferta.
PCS: Puntaje Criterio de Sustentabilidad.
PPI: Puntaje Pacto de Integridad.
POE = Puntaje Oferta Económica.
12.8. Criterio de Desempate
En caso de producirse empate entre los puntajes obtenidos de dos o más oferentes, se atenderá a la Oferta Técnica que haya obtenido el mejor puntaje total ponderado en ese factor y, de persistir la igualdad, se tomarán en especial consideración el puntaje obtenido en los siguientes factores y sub-factores de evaluación en el orden de prelación que se indica:
Precio
Servicios Adicionales
Experiencia en el Rubro
Si aún persistiera el empate luego de aplicar los criterios precedentes en el orden de prelación indicado, preferirá la oferta del proveedor que haya ingresado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
12.9. Cualquier error de concordancia de la presente Pauta de Evaluación, será resuelto por la Comisión Evaluadora de la Licitación, sin modificar en lo sustancial la lógica de objetividad de los criterios de evaluación".
5. Que, concluido el proceso de evaluación y según consta en acta de evaluación de 02 de octubre de 2025, la Comisión Evaluadora propuso declarar la inadmisibilidad de las ofertas presentadas por los oferentes ASESORIAS EN TURISMO Y PASAJES AEREOS CPC SPA, RUT 76.902.195-7, SERVITECH CHILE SPA, RUT 77.151.258-5 y SOUTHAMERICAN TOUR OPERADOR SPA, RUT 76.780.407-5, habida consideración no acompañaron el certificado vigente del año, que lo acredita como agencia reconocida por la IATA (Asociación Internacional de Transporte Aéreo), resultando a su respecto aplicable la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 1.2. Anexos Técnicos de las Bases de Licitación, en específico, la letra a) Anexo N°5 la Propuesta Técnica, numeral 1.4 y 10 letra c) del Acápite V Bases Administrativas de Licitación y adjudicar la mencionada licitación pública al oferente “TURISMO KAYLU SPA”, RUT N°79.871.330-2, por la suma bruta, única y total de $20.000.000.- (Veinte millones de pesos) IVA incluido, pagadera en las condiciones establecidas en las bases de licitación pública, por estimar que su oferta resulta ser la más conveniente y ventajosa para los intereses de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, al obtener el mayor puntaje total ponderado y equivalente a 70 puntos, según consta en resumen o cuadro final del acta de evaluación, que se transcribe a continuación:
Oferente
Oferta Técnica 45%
Cumplimiento de requisitos formales de la Oferta
(1%)
Criterio de Sustentabilidad
(3%)
Pacto de Integridad (1%)
Oferta Económica (50%)
Total
Puntaje
Ponderado
BLANCO VIAJES SPA
25
1
3
1
7
37
TRAVEL SECURITY S.A
17
1
3
1
14
36
TURISMO KAYLU SPA
15
1
3
1
50
70
6. Que, mediante memorándum N°12148, de 08 de octubre de 2025, el Jefe (S) del Departamento de Administración, solicitó adjudicar la licitación pública en el sentido recomendado por la Comisión, acompañando el acta de evaluación firmada por todos sus integrantes, documento que se agrega a la presente resolución exenta formando parte integrante de los “Antecedentes” de la misma como una Unidad.
7. Que, por el presente acto, se viene en adjudicar la licitación pública al oferente “TURISMO KAYLU SPA”, RUT 79.871.330-2, por la suma bruta, única y total de $20.000.000.- (Veinte millones de pesos) IVA incluido, para que preste el "Servicio de Suministro de Pasajes Nacionales e Internacionales para la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo", ID N°761-51-LE25 de conformidad a lo establecido en las bases de licitación que rigen esta contratación.
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Resuelvo
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ARTÍCULO 1°.- DECLÁRANSE INADMISIBLES las ofertas presentadas por los oferentes ASESORIAS EN TURISMO Y PASAJES AEREOS CPC SPA, RUT 76.902.195-7, SERVITECH CHILE SPA, RUT 77.151.258-5 y SOUTHAMERICAN TOUR OPERADOR SPA, RUT 76.780.407-5, habida consideración no acompañaron el certificado vigente del año, que lo acredita como agencia reconocida por la IATA (Asociación Internacional de Transporte Aéreo), resultando a su respecto se aplica la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 1.2. Anexos Técnicos de las Bases de Licitación, en específico, la letra a) Anexo N°5 la Propuesta Técnica, numeral 1.4 y 10 letra c) del Acápite V Bases Administrativas de Licitación.
ARTÍCULO 2º.- ADJUDÍCASE la licitación pública ID N°761-51-LE25, del Portal de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl, al siguiente oferente por el monto que a continuación se indica, en consideración a que su propuesta obtuvo el puntaje máximo total ponderado de 70 puntos, resultando ser la más conveniente y ventajosa para los intereses de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, según da cuenta el acta de evaluación que forma parte integrante de la presente Resolución exenta y queda agregada como documento anexo de la misma.
OFERENTE ADJUDICADO: “TURISMO KAYLU SPA”, R.U.T N°79.871.330-2, por la suma bruta, única y total de $20.000.000.- (Veinte millones de pesos) IVA incluido, representada legalmente por doña María Paz Couve Huici, cédula nacional de identidad N°6.211.100-3, ambos con domicilio en 6 1/2 Oriente 290, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso.
SERVICIO ADJUDICADO: “Servicio de Suministro de Pasajes Nacionales e Internacionales para la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo", ID N°761-51-LE25
MONTO Y FORMA DE PAGO: $20.000.000.- (Veinte millones de pesos) IVA incluido. El precio del servicio referido en las presentes Bases será expresado en pesos chilenos, y serán pagados dentro del plazo de treinta (30) días de emitida cada orden de compra y factura respectiva, sujeto, naturalmente, a la condición que existan recursos disponibles en la respectiva Ley de Presupuestos.
“TURISMO KAYLU SPA” deberá declarar todos los impuestos a los que se encuentra afecta su prestación de servicios; en caso de exención deberá señalarlo. La adjudicada solo podrá emitir la factura por los servicios y productos efectivamente prestados y entregados, luego que se informe por parte de SUBDERE la recepción conforme de los servicios en el sistema de información, emitida por la Administración del contrato o por quien la SUBDERE delegue en calidad de titular, subrogante o suplente. La SUBDERE rechazará oportunamente todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los productos y servicios contratados y la autorización expresa de facturar por parte del funcionario delegado.
La Recepción Conforme se realizará previa presentación de Certificado expedido por la Inspección del Trabajo respectivo, que acredite fehacientemente que la adjudicada no tiene reclamos pendientes por obligaciones laborales de los trabajadores ocupados en el servicio encomendado. Además, deberá constar a través de un Certificado expedido por la Inspección del Trabajo, que la empresa se encuentre al día en el cumplimiento de las imposiciones provisionales del personal empleado en las tareas encomendadas.
Para efectos del pago, la adjudicada emitirá la factura respectiva utilizando la plataforma de sistema de gestión de documentos tributarios y enviará el archivo XML al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com, indicando en el asunto “Servicio de Suministro de Pasajes Nacionales e Internacionales para la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo”, adjuntando, además, la respectiva orden de compra, la recepción conforme emitida por la SUBDERE, el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación) de la Dirección del Trabajo, que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, y en caso de que corresponda, un informe de aplicación de multas. La factura deberá cumplir con los siguientes requisitos:
1. Orden de Compra en estado “Aceptada”;
2. Señalar número de orden de compra en el campo 801 de la factura, y sin información adicional;
3. Glosa descriptiva del pago correspondiente;
4. Forma de pago Crédito;
5. Enviar en un plazo de 72 horas el documento XML de la factura respectiva al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com.
La ausencia de esta información en la factura configurará motivo de rechazo del documento. Dicho documento se pagará una vez cumplidas las condiciones antedichas y siempre que no haya sido objeto de reparo o consultas. El plazo de prestación de los servicios durará 12 meses, a contar del día siguiente hábil a aquel en que la adjudicada acepte la orden de compra en el sistema de información.
ARTÍCULO 3º.- EMÍTASE la correspondiente Orden de Compra por la prestación del servicio señalada en favor del proveedor “TURISMO KAYLU SPA”, R.U.T N°79.871.330-2, por la suma única, bruta y total de $20.000.000.- (Veinte millones de pesos). Aceptada esta Orden de Compra por parte del proveedor en el sistema de información, perfeccionará y formalizará la presente contratación, de conformidad a lo establecido en el artículo 117 del Reglamento de la Ley N°19.886 citada en los Vistos de la presente Resolución Exenta.
ARTÍCULO 4°: DESÍGNASE a doña Marina Troncoso Villalobos, profesional de la Unidad de Abastecimiento, contrata, Grado 11° E.U.S., como administradora del presente contrato en calidad de titular y a don Carlos Baeza Espinoza, profesional de la Unidad de Abastecimiento, Grado 9° de la E.U.S., como Suplente, ambos funcionarios del Departamento de Administración de la División de Administración y Finanzas de la SUBDERE, quienes se encargarán respectivamente de su seguimiento y gestión, de conformidad a lo establecido en el Título XI, artículo 13º numeral 21 y al Título XVI de la Resolución Exenta Nº3.539 de 25 de marzo de 2020, Manual de Adquisiciones de SUBDERE.
ARTÍCULO 5°.- IMPÚTESE el gasto que implique la contratación de los servicios materia de esta licitación pública, a la Partida 05, Ministerio del Interior - Capítulo 05, Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo - Programa 01, Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo - Subtítulo 22, Ítem 05, Asignación 004 -, del Presupuesto de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo para el año 2025.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PÚBLICA, www.mercadopublico.cl (ID 761-51-LE25)
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Acta Adjudicación
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Organismo Demandante
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Razón Social
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SUBSECRETARIA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO
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Unidad de Compra
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Ministerio del Interior - Subsecretaría de Desarrollo Regional
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R.U.T.
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60.515.000-4
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Dirección
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teatinos 92 segundo piso
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Comuna
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Santiago
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Ciudad en que se genera la Adquisición
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Región Metropolitana de Santiago
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Datos del Contacto para esta Licitación
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Nombre Completo
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ISABEL MUÑOZ
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Cargo
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ADMINISTRADOR
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Teléfono
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56-02-26363626
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Fax
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--
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E-Mail
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Datos de la Adquisición
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Número de Adquisición
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761-51-LE25
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Nombre de Adquisición
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SERVICIO PASAJES SUBDERE NAC. E INTER. E7787-2025
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Tipo de Adquisición
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Licitación Pública Entre 100 y 1000 UTM (LE)
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Descripción
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SERVICIO DE SUMINISTRO DE PASAJES NACIONALES E INTERNACIONALES PARA LA SUBDERE E7787-2025
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Tipo de Convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Fecha de Publicación
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3/9/2025 16:48
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Fecha de Cierre
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24/9/2025 15:30
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Tipo de Adjudicación
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Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
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Monto Neto Adjudicado
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$ 20.000.000
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Monto Neto Estimado del Contrato
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$ 20.000.000
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Comisión Evaluadora
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| 9979485-2 | NIEVES DURAN PINO | ENCARGADA OFICINA DE PARTES |
| 12580182-k | PAMELA VIZCARRIA PINTO | PROFESIONAL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION |
| 14302742-2 | ELVIS PARRAGUEZ VERGARA | PROFESIONAL DIVISION DE MUNICIPALIDADES |
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Resultado de la Adjudicación
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