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Que, según disponen los artículos 1° y 2º de la Ley 19.891, el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes es un servicio público autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio que tiene por objeto apoyar el desarrollo de las artes y la difusión de la cultura, contribuir a conservar, incrementar y poner al alcance de las personas el patrimonio cultural de la Nación y promover la participación de éstas en la vida cultural del país.
Que, en cumplimiento de dichos objetivos, este Organismo Público requiere la contratación del SERVICIOS DE GESTIÓN DEL NÚCLEO DE FACILITACIÓN E IMPLEMENTACIÓN LOGÍSTICA PARA EL PROGRAMA CENTROS DE CREACIÓN, QUE SE DESARROLLARÁ EN LA REGIÓN DE LOS LAGOS, PROVINCIA DE CHILOÉ, EN EL CENTRO DE CREACIÓN DE CASTRO, ENTRE LOS MESES DE MARZO A DICIEMBRE DE 2026, para cuyo efecto llevó a cabo el proceso de Licitación Pública ID N°4888-2-LP26, cuyas Bases Administrativas y Técnicas fueron aprobadas mediante Resolución Exenta N° 056 del 2026.
Que, en virtud de lo anterior, se ha formado una comisión evaluadora de acuerdo a lo exigido en las bases del presente procedimiento licitatorio, la cual evaluó las ofertas, elaborándose la respectiva propuesta de adjudicación con fecha 25 de febrero de 2026, la que es del siguiente tenor:
PROPUESTA DE ADJUDICACION DE LICITACION PUBLICA ID 4888-2-LP26 PARA SERVICIOS DE GESTIÓN DEL NÚCLEO DE FACILITACIÓN E IMPLEMENTACIÓN LOGÍSTICA PARA EL PROGRAMA CENTROS DE CREACIÓN, QUE SE DESARROLLARÁ EN LA REGIÓN DE LOS LAGOS, PROVINCIA DE CHILOÉ, EN EL CENTRO DE CREACIÓN DE CASTRO, ENTRE LOS MESES DE MARZO A DICIEMBRE DE 2026.
En Puerto Montt, a 25 de febrero de 2026 y de acuerdo a las ofertas recibidas de la licitación pública 4888-2-LP26, para la contratación de los SERVICIOS DE GESTIÓN DEL NÚCLEO DE FACILITACIÓN E IMPLEMENTACIÓN LOGÍSTICA PARA EL PROGRAMA CENTROS DE CREACIÓN, QUE SE DESARROLLARÁ EN LA REGIÓN DE LOS LAGOS, PROVINCIA DE CHILOÉ, EN EL CENTRO DE CREACIÓN DE CASTRO, ENTRE LOS MESES DE MARZO A DICIEMBRE DE 2026, cuyas bases fueron aprobadas mediante Resolución exenta N° 056 del 04 de febrero de 2026, de la Secretaria Regional Ministerial de la región de Los Lagos, se informa que se presentaron 2 ofertas, siendo ambas admisibles para su evaluación.
IDENTIFICACION DE LOS INTERESADOS
OFERENTE RUT
DITECSUR LIMITADA 76.062.012-2
CONSULTORA CRISTOHFER LEAL SIERRA EIRL 78.091.543-9
I. Admisibilidad presupuestaria
Para la contratación pertinente a este proceso de licitación, se tiene un presupuesto total disponible de $119.200.000.- impuesto incluido.
OFERENTE RUT ADMISIBILIDAD
DITECSUR LIMITADA 76.062.012-2 ADMISIBLE PRESUPUESTARIAMENTE
CONSULTORA CRISTOHFER LEAL SIERRA EIRL 78.091.543-9 ADMISIBLE PRESUPUESTARIAMENTE
II. Admisibilidades antecedentes legales
Se verifica el cumplimiento de las bases administrativas de acuerdo con lo señalado en la página 8 de la Resolución exenta N° 056 del 04 de febrero de 2026, que aprueba las bases de licitación, constatándose lo siguiente:
Razón Social Rut Declaración
Jurada UTP Certificado
vigencia Admisibilidad
DITECSUR LIMITADA 76.062.012-2 Presenta N/A Cumple ADMISIBLE
CONSULTORA CRISTOHFER LEAL SIERRA EIRL 78.091.543-9 Presenta N/A Cumple ADMISIBLE
III. Admisibilidad técnica
Las ofertas de los siguientes proveedores cumplen con lo solicitado en la oferta técnica, razón por la cual resultan ADMISIBLES:
OFERENTE RUT
DITECSUR LIMITADA 76.062.012-2
CONSULTORA CRISTOHFER LEAL SIERRA EIRL 78.091.543-9
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PONDERACIONES.
La comisión evaluadora revisará y analizará en forma privada, las ofertas presentadas de acuerdo con los siguientes criterios de ponderación:
Criterio Ponderación
1. Oferta Económica 20%
2. Oferta Técnica 30%
3. Experiencia del Oferente 40%
4. Experiencia del Equipo de Trabajo 10%
FORMATO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
CRITERIOS PONDERACIÓN
20 %
Oferta Económica:
ANEXO N°1
Valor total oferta más económica x 7
Valor total ofertado por el oferente
30%
Oferta Técnica:
Propuesta que contenga las especificaciones del servicio según Bases Técnicas.
ANEXO N°2
Nota 7: La propuesta técnica presentada según el formato ANEXO 2 - PROPUESTA TÉCNICA por el oferente, cumple con todos los requerimientos técnicos solicitados.
40%
Experiencia del oferente:
Podrá adjuntar contratos, facturas u órdenes de compra en estado de recepción conforme y cartas de recomendación debidamente timbradas y firmadas.
ANEXO N°3
Nota 7: El oferente ha realizado ocho (8) o más servicios de similares características a lo solicitado en bases, con acreditación adjunta.
Nota 5: El oferente ha realizado entre cinco (5) y siete (7) servicios de similares características a lo solicitado en bases, con acreditación adjunta.
Nota 3: El oferente ha realizado entre dos (2) y cuatro (4) servicios de similares características a lo solicitado en bases, con acreditación adjunta.
Nota 0: El oferente ha realizado uno (1) o menos servicios de similares características a lo solicitado en bases, con acreditación adjunta. La experiencia del oferente no corresponde a lo requerido. No presenta información que acredite experiencia.
Para estos efectos, se entienden por servicios similares, aquellos realizados por el oferente, respecto a servicios de educación, culturas y/o vinculadas a las artes; con experiencia comprobada en gestión, implementación, coordinación de proyectos, programas, convenios, entre otros, iguales o equivalentes a las características aquí mencionadas y que se hayan prestado en instituciones públicas o privadas. A fin de evaluar este criterio, será responsabilidad del oferente indicar en su propuesta (ANEXO N°3) información que contenga al menos: fecha de prestación del servicio, duración del servicio, descripción del servicio realizado, nombre de la Institución Pública o Empresa, en que se prestó o se presta el servicio similar, nombre, teléfono o correo electrónico de contacto de referencia, pudiendo adjuntar contratos, facturas u órdenes de compra en estado de recepción conforme y cartas de recomendación debidamente timbradas y firmadas.
10%
Experiencia del equipo de trabajo
ANEXO N°4 10% EXPERIENCIA DEL EQUIPO DE TRABAJO (ANEXO 4)
Se evaluará la experiencia, formación y pertinencia del equipo de trabajo propuesto, especialmente de las y los facilitadores, en relación con las áreas temáticas del proyecto, considerando la coherencia entre la trayectoria acreditada y las actividades a desarrollar con niños, niñas y jóvenes (NNJ), así como la calidad y suficiencia de los antecedentes presentados.
Para estos efectos, el oferente deberá proponer al menos un/a facilitador/a por cada área solicitada, debiendo identificar claramente en el Anexo correspondiente a la persona que desempeñará dichas funciones en cada área.
NOTA 7: Presenta CV de todo el equipo de trabajo. Los facilitadores cuentan con formación y experiencia directamente relacionada con las áreas de intervención propuestas.
NOTA 0: No presenta CV ni antecedentes.
Etapas de evaluación:
La nota mínima de adjudicación será la nota 7 en el criterio “Oferta Técnica”. Por lo tanto, si las ofertas presentadas no dan cumplimiento de los requerimientos técnicos exigidos en las presentes bases de licitación, la oferta será declarada INADMISIBLE, y los demás criterios de evaluación no serán aplicados. -
En caso de que las ofertas presentadas sumando los puntajes ponderados obtuvieran como resultado final nota inferior a 5,0 (cinco comas cero), se declararán desiertas por no resultar conveniente a los intereses del servicio.
De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9° de la Ley N° 19.886;” El Órgano Contratante declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases”.
En caso de empate en las evaluaciones entre dos o más oferentes, el criterio que definirá la adjudicación será la obtención de mayor puntaje en primera instancia “Experiencia del oferente”, en segunda instancia “Oferta Económica” y en tercera instancia “Persona que resida en la región donde se implementa el servicio”.
La Comisión dejará establecido en un acta cuál es la oferta más ventajosa de acuerdo con los criterios de evaluación, la cual deberá firmarse por los asistentes. En virtud de esta evaluación, propondrá adjudicar los servicios licitados mediante el acto administrativo correspondiente.
Asimismo, la Secretaría Regional se reserva el derecho de rechazar fundadamente todas las propuestas sin que ello otorgue derecho a los proponentes a indemnización alguna por los gastos incurridos en la presentación de la propuesta. De igual forma, se reserva el derecho de declarar desierta la licitación según la conveniencia o inconveniencia de las ofertas que se presenten.
IV. Evaluación de ofertas económicas
Proveedor Valor
ofertado Valor
Mínimo
ofertado Formula
Resultado
formula
Ponderación
Resultado final
DITECSUR LIMITADA $118.954.444 $117.900.000 F=117.900.000* 7
118.954.444 6.94 20% 1,39
CONSULTORA CRISTOHFER LEAL SIERRA EIRL $117.900.000 $117.900.000 F=117.900.000* 7
117.900.000 7 20% 1,4
V. Evaluación ofertas técnicas
DITECSUR LIMITADA, Rut.: 76.062.012-2
Criterio Subfactor Dimensión
Observaciones Puntaje ponderado
30%
Oferta Técnica:
ANEXO N°2 0.3 Nota 7: La propuesta técnica presentada cumple con todos los requerimientos técnicos solicitados. 2.1
40%
Experiencia del oferente
ANEXO N°3 0.4 Nota 7: El oferente ha realizado ocho (8) o más servicios de similares características a lo solicitado en bases, con acreditación adjunta. Se presentan 12 órdenes de compra en estado de recepción conforme. 2.8
10%
Experiencia del equipo de trabajo
ANEXO N°4 0.1 NOTA 7: Presenta CV de todo el equipo de trabajo. Los facilitadores cuentan con formación y experiencia directamente relacionada con las áreas de intervención propuestas. 0.7
CONSULTORA CRISTOHFER LEAL SIERRA EIRL, Rut.: 78.091.543-9
Se deja constancia de que, en el proceso de evaluación de la presente oferta de licitación, la funcionaria Roxana Muñoz Valderrama, Rut: 16.136.747-8, se abstuvo de participar en su análisis y calificación, en atención a que mantiene conocimiento previo y vínculo personal con una de las personas individualizadas como integrante del equipo de trabajo propuesto por el oferente.
En resguardo del principio de probidad administrativa, transparencia e imparcialidad que rigen los procedimientos de contratación pública, y con el objeto de evitar cualquier eventual conflicto de interés, real o aparente, la funcionaria estimó procedente inhabilitarse voluntariamente de dicha evaluación, dejando constancia formal de esta circunstancia para todos los efectos administrativos correspondientes.
Criterio Subfactor Dimensión
Observaciones Puntaje ponderado
30%
Oferta Técnica:
ANEXO N°2 0.3 Nota 7: La propuesta técnica presentada cumple con todos los requerimientos técnicos solicitados. 2.1
40%
Experiencia del oferente:
ANEXO N°3 0.4 Nota 7: El oferente ha realizado ocho (8) o más servicios de similares características a lo solicitado en bases, con acreditación adjunta. Se presentan 8 órdenes de compra en estado de recepción conforme y 2 certificados de experiencia debidamente timbrados y firmados. 2.8
10%
Experiencia del equipo de trabajo
ANEXO N°4 0.1 NOTA 0: No presenta CV ni antecedentes.
Si bien el proponente acompaña los currículum vitae de la totalidad del equipo de facilitadores propuesto, de la revisión técnica efectuada se advierte que parte de este equipo no acredita de manera suficiente y comprobable, experiencia específica en las áreas temáticas requeridas ni en trabajo con niños, niñas y jóvenes (NNJ), conforme a los requisitos expresamente establecidos en las bases de licitación, resguardando la integridad del proceso. 0
Conforme a la evaluación económica y técnica, se obtiene lo siguiente:
Oferentes Oferta económica (20%) Oferta técnica (30%) Experiencia del Oferente (40%) Experiencia del Equipo de Trabajo (10%) NOTA FINAL
DITECSUR LIMITADA 1.39 2.1 2.8 0.7 6.99
CONSULTORA CRISTOHFER LEAL SIERRA EIRL 1.4 2.1 2.8 0 6.3
CONCLUSION Y PROPUESTA DE ADJUDICACION
Conforme al análisis realizado a las ofertas obtenidas del portal y a la evaluación realizada, se propone, de acuerdo con las facultades establecidas en las Bases administrativas, lo siguiente:
Adjudicar el proceso de licitación pública ID 4888-2-LP26, para la contratación de los SERVICIOS DE GESTIÓN DEL NÚCLEO DE FACILITACIÓN E IMPLEMENTACIÓN LOGÍSTICA PARA EL PROGRAMA CENTROS DE CREACIÓN, QUE SE DESARROLLARÁ EN LA REGIÓN DE LOS LAGOS, PROVINCIA DE CHILOÉ, EN EL CENTRO DE CREACIÓN DE CASTRO, ENTRE LOS MESES DE MARZO A DICIEMBRE DE 2026, desde la emisión de la orden de compra hasta el 19 de diciembre de 2026, en 10 cuotas, al oferente DITECSUR LIMITADA, Rut: 76.062.012-2, por un monto en servicios permanentes de $118.954.444, IVA incluido.
Se deja constancia de que la funcionaria Roxana Muñoz Valderrama, Rut: 16.136.747-8, se abstuvo de participar en la evaluación del oferente CONSULTORA CRISTOHFER LEAL SIERRA EIRL, por mantener conocimiento y vínculo personal con una de las personas integrantes del equipo propuesto. Lo anterior, en resguardo de los principios de probidad, transparencia e imparcialidad, a fin de evitar cualquier eventual conflicto de interés, dejando constancia formal para los efectos administrativos pertinentes.
FUNCIONARIOS QUE EVALUARON LAS OFERTAS:
Cristina Elianette Sánchez Gallardo, Rut 14.086.692-K
Encargada Unidad Educación y Formación en Artes y Cultura
Roxana Andrea Muñoz Valderrama, Rut 16.136.747-8
Encargada Programa Fortalecimiento de la Identidad Cultural Regional
Marcela Fernanda Pacheco González, Rut 15.465.877-7
Profesional de Apoyo Fomento de las Artes y las Culturas
hay firmas.
TENIENDO PRESENTE:
La ley Nº 21.045 que crea el Ministerio de las Culturas las Artes y el Patrimonio; la ley Nº 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/19.653, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo Nº 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda; la ley Nº 21.772, que aprobó el Presupuesto del Sector Público para el año 2025; Resolución Nº 24, del 2018, que delega facultades en los respectivos Seremis; y lo dispuesto por la Resolución Nº 36 de 2024, de la Contraloría General de la República.
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