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La Ley 18.744; el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 1989, del Ministerio de Educación; la Ley 18.575, Orgánica de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley 19.886, sobre Contratos Administrativos de Suministro y de Prestación de Servicios, y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo de Hacienda Nº 250, de 2004; el Decreto Universitario Nº 182, de 2014; el Decreto Universitario Exento Nº 1546, de 2009; Decreto Universitario Exento N° 01 de 2014; la Resolución Nº 1600, de 2008; de Contraloría General de la República; y
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1. DECLÁRANSE INADMISIBLES las ofertas presentadas por las empresas Comitec Spa RUT: 76.375.136-8 e Inspira IT Spa RUT: 76.102.992-4, por no indicar en el Formulario B, Descripción Técnica de los ítems ofertados, según Bases, por la empresa JPinformática Spa RUT: 76.499.537-6 y por don Pablo Marcelo Nahuel Huircapán RUT: 12.334.450-2, por no adjuntar ningún formulario requeridos en Bases.
2. ADJUDÍCASE la adquisición Nº 2704-144-L117 a la empresa Suministros Telefónicos y Computacionales Estec Ltda. RUT: 79.913.160-9 los ítems N° 1, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 11 y 12, a la empresa Salgado y Cía. Ltda. RUT: 78.833.980-1 los ítems N° 2 y 3 y a la empresa Enrique Naya Pérez Energía E.I.R.L. RUT: 76.025.667-6 el ítem N° 10, en las condiciones que se señalan en Cuadro de Evaluación 2704-144-L117.
3. El PRECIO que la Universidad del Bío-Bío pagará por la adquisición de materiales de redes a la empresa Suministros Telefónicos y Computacionales Estec Ltda. RUT: 79.913.160-9 por los ítems N° 1, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 11 y 12, será la suma única y no reajustable de $ 286.214.- (doscientos ochenta y dos mil doscientos catorce pesos) más impuesto, a la empresa Salgado y Cía. Ltda. RUT: 78.833.980-1 por los ítems N° 2 y 3, será la suma única y no reajustable de $ 61.848.- (sesenta y un mil ochocientos cuarenta y ocho pesos) más impuesto y a la empresa Enrique Naya Pérez Energía E.I.R.L. RUT: 76.025.667-6 por el ítem N° 10, será la suma única y no reajustable de $ 265.600.- (doscientos sesenta y cinco mil seiscientos pesos) más impuesto.
4. EL PLAZO DE ENTREGA, de los materiales de redes, indicado por la empresa Suministros Telefónicos y Computacionales Estec Ltda. RUT: 79.913.160-9 por los ítems N° 1, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 11 y 12, será 1 (un) día hábil, por la empresa Salgado y Cía. Ltda. RUT: 78.833.980-1 por los ítems N° 2 y 3, será 2 (dos) días hábiles y por la empresa Enrique Naya Pérez Energía E.I.R.L. RUT: 76.025.667-6 por el ítem N° 10, será de 10 (diez) días hábiles, contados desde recepcionada la orden de compra por parte del proveedor.
5. EMÍTANSE las órdenes de compra correspondientes a través de Sistema de Información a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, Portal www.mercadopublico.cl, a nombre de la empresa Suministros Telefónicos y Computacionales Estec Ltda. RUT: 79.913.160-9 por los ítems N° 1, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 11 y 12, a la empresa Salgado y Cía. Ltda. RUT: 78.833.980-1 por los ítems N° 2 y 3 y a la empresa Enrique Naya Pérez Energía E.I.R.L. RUT: 76.025.667-6 por el ítem N° 10, en las condiciones que se señalan en el Cuadro de Evaluación 2704-144-L117.
6. IMPÚTESE el gasto correspondiente al cumplimiento del presente Decreto al ítem 12262.08 “mantención y reparación de instalaciones” y al centro de costo 20202000-001, del presupuesto universitario vigente.
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