|
a. Solicitud de Compra de Servicio de Traslado de Manifold para Gases Medicinales, solicitado por Jefe de Servicios Generales del Establecimiento mediante correo electrónico de fecha 24-05-2019.
b. Que, revisado el Catálogo Electrónico de Chilecompra no se encontraron convenios marcos suscritos por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas para el objeto de las presentes Bases de Licitación.
c. Que, surge la necesidad del Establecimiento de suscribir convenio por compra de Servicio de Traslado de Manifold para Gases Medicinales, debido a ampliación de Bodega para Unidad de Abastecimiento.
d. Que, mediante Resolución Nº 504 de fecha 17/05/2019 de Directora del CESFAM Violeta Parra, se aprobaron las Bases de la licitación ID. 1062448-22-L119.
e. Los siguientes criterios de evaluación establecidos en las bases de la licitación.
Criterios de Evaluación %
A) ECONÓMICOS 40
B) EXPERIENCIA 20
C) GARANTIA 15
D) PLAZO DE ENTREGA 20
E) CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 05
1. ECONÓMICO:
PRECIO (40%) Precio Menor/Precio evaluado X 100
2. EXPERIENCIA (20%). El puntaje se clasifica de la siguiente manera:
EXPERIENCIA DESCRIPCION PONDERACION PUNTOS
EXPERIENCIA DEL OFERENTE CON ENTIDADES PÚBLICAS EN Años 2018 Y 2019. 5 o más Mantenciones Preventivas, Reparativas o Instalaciones de Redes de Gases Clínicos Medicinales. 20% 100
Entre 3 a 4 Mantenciones Preventivas, Reparativas o Instalaciones de Redes de Gases Clínicos Medicinales. 60
Entre 1 a 2 Mantenciones Preventivas, Reparativas o Instalaciones de Redes de Gases Clínicos Medicinales. 30
No presenta documentación respecto a Mantenciones Preventivas o Reparativas. 0
3. GARANTÍA
GARANTIA (15%) DESCRIPCION PONDERACION PUNTOS
GARANTIA DEL OFERENTE POR SERVICIO REALIZADO 10 a 12 Meses de Garantía 15% 100
7 a 9 meses de Garantía 80
Entre 4 a 6 Meses Garantía 50
Entre 1 a 3 Meses 30
No indica Garantía por Mantenciones Preventivas o Reparativas. 0
4. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (5%)
Cumplimiento de requisitos formales (5%) PONDERACION PUNTOS
Presenta toda la información requerida en las bases en forma oportuna 5% 100
Omite documentación que debe ser solicitada posteriormente 0
5. PLAZO DE ENTREGA (20%). El puntaje se clasifica de la siguiente manera:
DESCRIPCION PONDERACION PUNTOS
Igual o menor a 48 horas 20% 100
Mayor a 48 horas y menor o igual a 72 horas
70
Mayor a 72 horas
0
f. El Informe de evaluación emitido por la comisión evaluadora de la Licitación Pública ID. 1062448-22-L119, de fecha 07/06/2019, que se adjunta a la presente Resolución, dicto la siguiente:
|
|
1.- ADJUDÍCASE la Licitación Pública ID. 1062448-22-L119: “TRASLADO DE MANIFOLD PARA GASES MEDICINALES”, a la Empresa INDURA S.A., Rut 76.150.343-K, domiciliado en Yerbas Buenas N° 351, Dpto. 308, Chillán, teléfono 991616775, por un valor total estimado de $1.799.200, impuestos incluidos, de acuerdo al siguiente detalle:
SERVICIO NOMBRE DE LA EMPRESA ADJUDICADA RUT
VALOR IMPUESTOS INCLUIDOS
TRASLADO DE MANIFOLD PARA GASES MEDICINALES
INDURA S.A.
76.150.343-K
$ 4.075.750
2.- DISPÓNGASE que los servicios deberán realizarse según lo detallado en las Especificaciones Técnicas presentadas en esta licitación y según los requerimientos de las Bases Administrativas y Técnicas, como también lo estipulado en el contrato.
3.- CONTRATO Y SUSCRIPCIÓN
El respectivo contrato deberá suscribirse dentro de los siete días corridos siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación. Si el plazo de vigencia de la oferta venciera antes de la fecha de suscripción del contrato, se entenderá que el adjudicatario la amplía por el período que falte.
Para suscribir el contrato el proveedor o los proveedores deberán acompañar la garantía de fiel cumplimiento del contrato respectivo.
Si por cualquier causa que no sea imputable a la entidad licitante, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá que hay desistimiento de la oferta. En este caso se podrá readjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado o a quien le siga a éste en puntaje, sucesivamente, si tampoco se logra suscribir el contrato con aquél.
También se entenderá como desistimiento de la oferta, si al momento de suscribir el contrato no se acompaña la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento respectiva, si fue exigida en las bases.
Para suscribir el contrato el adjudicatario deberá estar inscrito en Chileproveedores.
4.- GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El Consultorio exigirá al contratista adjudicado, una garantía equivalente al 10% (diez por ciento) del precio total del contrato con vencimiento mínimo de (180) días corridos a contar de la fecha de Recepción provisoria de los trabajos conforme y sin observaciones, esto, a objeto de cautelar los intereses del Consultorio, y como garantía del "fiel cumplimiento del contrato y buena ejecución de los trabajos" por parte del contratista adjudicado, de las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y en general, de todas las condiciones de la Adjudicación y/o contrato.
Esta garantía deberá extenderse al pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores de los contratantes, acorde con lo dispuesto en el artículo Nº 11 de la Ley Nº 19.886 modificad por la Ley Nº 20.238.
Esta garantía estará compuesta por Boleta de Garantía, Vale Vista Bancario, Certificado de Fianza (pagadero a la vista o a primer requerimiento), Póliza de Seguro, Depósito a Plazo o cualquier otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida, según calificación realizada por la entidad licitante. La falta de idoneidad de esta garantía hará procedente el cobro de la garantía de seriedad de la oferta.
Deberá ser tomada a nombre de: CONSULTORIO GRAL. URBANO VIOLETA PARRA, en un Banco con sucursal en Chile, equivalente al 10% del monto total del contrato. Las garantías generadas producto de la adjudicación de la presente Licitación y que guarden relación con el fiel cumplimiento del contrato y buena ejecución de los trabajos serán devueltas una vez realizada la Recepción definitiva conforme.
La licitación será adjudicada a través de la correspondiente resolución de adjudicación, la cual se entenderá notificada luego de transcurridas 24 horas desde la publicación en el Portal.
El contratista adjudicatario dispondrá de un plazo máximo de 5 días hábiles para hacer llegar a la Oficina de Partes de la Dirección del Consultorio esta garantía.
Si el contratista adjudicado no se encontrare inscrito en CHILEPROVEEDORES, dispondrá de un plazo de 15 días para realizar dicha inscripción, contados desde la fecha de notificación de la resolución de adjudicación.
Dicha garantía se podrá hacer efectiva en los siguientes eventos:
A: Si, a juicio del Consultorio, previo informe de la ITO, se considera que los trabajos ejecutados y los bienes suministrados no se ajustan a lo exigido en las especificaciones técnicas y antecedentes que componen la presente Propuesta. Frente a esta eventualidad, el Director del Consultorio, se reserva el derecho de rescindir el contrato y hacer válida la garantía.
B. Si la Empresa no da cumplimiento al plazo establecido para la ejecución de la Obra presentando un retraso superior al 50% del tiempo definido para la ejecución de los trabajos.
Si la(s) garantía(s) fuera(n) en soporte electrónico, se debe(n) presentar en el portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo antes indicado.
Cuando corresponda según el tipo de instrumento de garantía, ésta deberá indicar en su texto la siguiente glosa: "Para garantizar el fiel cumplimiento de Traslado de Manifold para Gases Medicinales"
5.- Modificación Monto del Contrato.
Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste.
6.- Cesión y Subcontratación
El Adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con el órgano comprador.
Durante la ejecución del contrato, y previa autorización por escrito de la institución, el proveedor sólo podrá efectuar aquellas subcontrataciones que sean indispensables para la realización de tareas específicas, todo lo cual será calificado por la Contraparte Técnica de la institución. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con la institución, y por los daños directos, previstos, imprevistos o perjuicios de cualquier naturaleza que se causen por él, sus dependientes o subcontratistas, sin perjuicio de lo establecido en la Ley N°20.123.-
No obstante todo lo anterior, y cada vez que la institución así lo requiera, el proveedor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento.
7.- De la facturación y forma de pago
Se deberá emitir Boleta de Honorarios a nombre del CONSULTORIO GRAL. URBANO VIOLETA PARRA; Rut: 61.931.800-5; Dirección: Francisco Ramírez Nº 150, Chillán; Giro: Consultorio.
Pago al contado en moneda nacional ($ chilenos), contra presentación de la respectiva factura, pagadera en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días (oficio circular Nº34/30.08.2011 del Ministerio de Hacienda), previa autorización y conformidad de la Contraparte Técnica. Lo anterior, salvo que esté mal extendida o no incorpore los antecedentes propios de los productos o servicios, lo que será causal de devolución, por tanto, el plazo regirá desde la fecha de presentación de la nueva factura y antecedentes propios requeridos.
El Establecimiento podrá reclamar del contenido de la factura o Boleta de Honorarios dentro de los 30 días corridos siguientes a su recepción. Si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega, momento a partir del cual se comenzará a contar el plazo de vencimiento de su pago.
8.- IMPÚTESE el gasto correspondiente al Ítem 22.06.001 “Mantenimiento y Reparación de Edificaciones” del presupuesto del Establecimiento año 2019.
9.- PUBLÍQUESE la presente resolución en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE, por facultad delegada del Director del Servicio de Salud Ñuble.
|