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1. Que, la Municipalidad de Coquimbo es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna, según lo dispone el artículo 1° de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
2. Que, al tenor de lo indicado en el artículo 4° letra i) de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, la Gestión del Riesgo ante Desastres en el territorio de la comuna, comprenderá especialmente las acciones relativas a las fases de mitigación y preparación de estos eventos, así como las acciones vinculadas a las fases de respuesta y recuperación frente a emergencias
3. Que, la Municipalidad de Coquimbo requiere para el Departamento de Gestión de Riesgos ante Desastres la adquisición raciones de alimentos preparados para sostener a individuos o familias durante circunstancias imprevistos cuanto los suministros de alimentos regulares puedan no estar disponibles.
4. Que, la Adquisición de 700 raciones de emergencia se encuentra inscrito en el Plan Anual de Compras 2025 con el Nº 3438-846-PC25. (Requerimientos para emergencias)
5. Que, en conformidad a lo prescrito en el artículo 35 nonies, de la Ley N°19.886, se tiene a la vista, e incorpora a expediente de gasto, declaraciones juradas simples suscritas por los funcionarios evaluadores de la licitación pública ID 2446-168-LE25.
6. Que Mediante Decreto Exento N°2393 de fecha 28 de mayo del 2025, que aprueba las bases administrativas y técnicas para la “ADQUISICIÓN DE RACIONES DE EMERGENCIA” mediante el cual se designa a los integrantes de la comisión evaluadora de acuerdo al siguiente cuadro:
NOMBRE RUT CARGO
Osvaldo Mosquera Jaime 9.115.649-0 Administrador Estadio Francisco Sánchez Rumoroso
Edward Brian Conley Candia 14.147.930-K Apoyo Profesional Secplan
Marcia Ivette González Rojo 10.686.519-1 Depto. Prevención de Riesgos
7. Dicha Comisión procedió a la evaluación de las ofertas técnicas, económicas y administrativas recibidas, conforme a lo establecido en la las bases de licitación y de acuerdo a los siguientes criterios de evaluación ahí establecidos:
Criterio Ponderación Descripción
PRECIO 50% (Menor precio ofertado/Precio Ofertado) x 100
PLAZO DE ENTREGA
25% (Plazo Mínimo ofertado/Plazo ofertado) x 100.
El plazo máximo a ofertar será de 15 días hábiles.
Las ofertas en las que no se indique plazo de entrega, serán declaradas inadmisibles. El plazo de entrega ofertado debe considerar el producto puesto en bodega municipal.
El plazo de entrega ofertado debe ser en días hábiles, quienes oferten en días corridos serán evaluados con 0 puntos.
El plazo de entrega que regirá la presente licitación será el ofertado por el adjudicado, considerando como plazo máximo el indicado en los criterios de evaluación. Cuando en su oferta un proveedor no especifique si el plazo ofertado es en días hábiles o corridos, se entenderá que la oferta se hace en días hábiles.
COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR 10% Proveedor Registra 5 o más Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 0 Puntos. Proveedor Registra entre 1 y 4 Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 50 Puntos. Proveedor No Registra Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 100 Puntos.
CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES 10% 100 Pts.: Oferta cumple con todos los requisitos de forma.
No se solicitaron correcciones, aclaraciones, modificaciones o acompañar documentación faltante, tampoco debió ser corregida de oficio la propuesta o alguno de sus documentos, ni por la comisión evaluadora en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora.
50 Puntos: Oferta no cumple con todos los requisitos de forma a) Debiendo el municipio solicitar correcciones, aclaraciones, o modificaciones, a la oferta, en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora, sin necesidad de acompañar documentación faltante b) La oferta o alguno de sus documentos debió ser corregida de oficio por la comisión evaluadora.
0 Puntos: Oferta no cumple con todos los requisitos de forma, debiendo el municipio solicitar acompañar documentación faltante en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora
Se deja expresa constancia que al tenor de lo señalado en el artículo 56 del DS 661/2024 No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
PROGRAMA(S) DE INTEGRIDAD Y COMPLIANCE 5% De acuerdo a lo señalado en el Dictamen Nº E370752/2023, de Contraloría General de la República, se evaluarán a los oferentes sobre la base de la información indicada en Anexo Programa(s) de Integridad y compliance. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar
y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Asignando puntaje como se indica a continuación:
El oferente cuenta con programas de integridad y compliance conocidos por su personal; adjuntando copia del señalado programa, y medios de verificación que acrediten ser conocidos por sus trabajadores. 100 Puntos
No acredita contar con programas de integridad y compliance y que estos son conocidos por su personal al tenor de lo solicitado en el presente criterio de evaluación 0 Puntos
8. Que, revisado el sistema de información www.mercadopublico.cl, a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se reciben las siguientes ofertas, según el siguiente detalle:
PROVEEDOR RUT TOTAL OFERTA NETO TOTAL OFERTA (IVA INCLUIDO)
DESARROLLO ALIMENTICIOS S.A 76.730.550-8 $4.543.000.- $5.406.170.-
PEKA SPA 77.323.716-6 $10.948.700.- $13.028.953.-
IMPORTADORA, COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS LTDA. 76.371.206-0 $4.389.000.- $5.222.910.-
9. Que, la comisión evaluadora procede a ponderar las ofertas recibidas de acuerdo a lo señalado en las bases administrativas y técnica, otorgando los siguientes puntajes:
Nombre Oferente Rut Precio Comp. Contractual Cumpl. Requisitos F. Plazo de Entrega Prog. Integridad Puntaje Final Lugar
DESARROLLO ALIMENTICIOS S.A 76.730.550-8 48.3 10.0 10.0 25.0 5.0 98.3 1°
PEKA SPA 77.323.716-6 20.0 10.0 10.0 25.0 5.0 70.0 3°
IMPORTADORA, COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS LTDA. 76.371.206-0 50.0 10.0 10.0 25.0 0.0 95.0 2°
10. Que, verificados por la comisión evaluadora los criterios y metodología de evaluación, consta en acta de fecha 11 de julio del 2025, que el proveedor DESARROLLO ALIMENTICIOS S.A, obtiene un puntaje ponderado de (98.3), que el proveedor PEKA SPA, obtiene un puntaje ponderado de (70.0) y el proveedor IMPORTADORA, COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS LTDA., obtiene un puntaje ponderado de (95.0).
11. El Acta de Evaluación de las ofertas de fecha 11 de julio del 2025, donde se propone adjudicar la Licitación Pública N°217/2025, ID 2446-168-LE25, al proveedor DESARROLLO ALIMENTICIOS S.A, RUT 76.730.550-8, en virtud de tener un puntaje ponderado (98.3), cumpliendo con los requisitos de adjudicación.
12. El Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°3974 de fecha 19 de junio 2025, que da cuenta de la existencia de la disponibilidad presupuestaria necesaria para la “ADQUISICIÓN DE RACIONES DE EMERGENCIA”. Esto cotejado con la Guía de Requerimiento N°663 de fecha 02 de abril de 2025 y Proyecto presupuestario año 2025.
13. Que, de conformidad al artículo 63 letra i) de la, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, al Alcalde le corresponde especialmente dictar resoluciones obligatorias de carácter general o particular.
14. Que, por Decreto N°1143 del 17 de mayo de 2024, en la cual se indica la subrogancia del Administrador Municipal.
15. Que, por Decreto N° 1788 del 12 de junio de 2025, número I Letra a) fue delegado el ejercicio de parte de las atribuciones del Alcalde al Administrador Municipal, en lo que respecta a materias de licitaciones públicas.
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