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1. Que, mediante Resolución Exenta N°44E, de fecha 26 de agosto de 2024, se autorizó el llamado a licitación pública y aprueba bases administrativas y técnicas para la licitación simplificada denominada: “SERVICIOS APERTURA DEL PISO 7°, SEDE ALFONSO LETELIER LLONA”, para la contratación de los servicios de ejecución de obras, por un monto estimado de $3.500.000 IVA incluido.
2. Que, con fecha 03 de septiembre de 2024, se publicó en la plataforma electrónica www.mercadopublico.cl la licitación pública anteriormente referida, bajo el ID N° 5517-4-L124.
3. Que, conforme a la Resolución Exenta N°58 de fecha 10 de octubre de 2024, documento exento del control de legalidad según lo dispone el Decreto Universitario N°26321/2023, fue adjudicada la licitación pública denominada: “SERVICIOS APERTURA DEL PISO 7°, SEDE ALFONSO LETELIER LLONA”, bajo el ID: 5517-4-L124.
4. Que, dado el proceso de adjudicación virtual la plataforma electrónica www.mercadopublico.cl generó la Orden de Compra N°5517-441-SE24 al proveedor: SERVICIOS INTEGRALES LIMOTEC SPA, RUT: 77.924.745-7, por un monto de $ 2.366.767 IVA incluido, la cual se encuentra en estado guardado.
5. Que, con fecha 15 de octubre de 2024, proveedor: SERVICIOS INTEGRALES LIMOTEC SPA, RUT: 77.924.745-7, fue notificado virtualmente sobre su adjudicación del proceso de licitación pública anteriormente individualizado. Adicionalmente, proveedor fue notificado mediante correo electrónico en la misma fecha, según respaldo adjunto.
6. Que, en conformidad de las Bases de Licitación, Resolución Exenta N°44E, de fecha 26 de agosto de 2024, en su numeral VII, otras cláusulas, para efectos de suscribir el contrato, el proveedor o los proveedores deberán haber realizado su inscripción en el Registro de Chileproveedores dentro de los 20 días hábiles desde la fecha de notificación de su adjudicación. Asimismo, para efectos de ejecutar las obras respectivas en la Universidad, deberá encontrarse inscrito en el Registro General de Contratistas de esta Casa de Estudios, en los términos señalados en el Decreto Universitario N°001346, de 24 de marzo de 1993, que aprueba el Reglamento General de Contratistas de la Universidad de Chile. Por tanto, al momento de suscribir el contrato, el Contratista deberá estar inscrito en el Registro de Contratistas de la Universidad de Chile conforme a las siguientes categorías:
a) 1, 2, 3 ó 4º Categoría - del Rubro A, Edificación y Urbanización
b) 1 ó 2 Categoría- del Rubro B Obras Menores ó
c) 1 ó 2 Categoría- Categoría del Rubro de Especialidades a), b) y/o c).
Si por cualquier causa que no sea imputable a la entidad licitante, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, por desistimiento de la oferta o falta de inscripción en los registros señalados, se podrá readjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado o a quien le siga a éste en puntaje, sucesivamente, si tampoco se logra suscribir el contrato con aquél.
7. Que, el plazo de 20 días hábiles para cumplir; en particular con la inscripción en el Registro General de Contratistas de esta Casa de Estudios, en los términos señalados en el Decreto Universitario N°001346, de 24 de marzo de 1993, que aprueba el Reglamento General de Contratistas de la Universidad de Chile, expiró con fecha 14 de noviembre de 2024.
8. Que, en relación a lo señalado en las Bases de Licitación, Resolución Exenta N°44E, de fecha 26 de agosto de 2024, en su numeral VII, otras cláusulas, último párrafo, se expone: “Si por cualquier causa que no sea imputable a la entidad licitante, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, por desistimiento de la oferta o falta de inscripción en los registros señalados, se podrá readjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado o a quien le siga a éste en puntaje, sucesivamente, si tampoco se logra suscribir el contrato con aquél”,
9. Que, en relación a lo expuesto proveedor: SERVICIOS INTEGRALES LIMOTEC SPA, RUT: 77.924.745-7, se debe dejar sin efecto la adjudicación, dado que no se ajusta a las Bases de Licitación, Numeral VII, en particular lo referido a la inscripción en el Registro de Contratistas de la Universidad de Chile.
10. Que, a mayor abundamiento el Articulo N°41 del Reglamento de Compras Públicas, Decreto N°250 señala: “Si el adjudicatario se desistiere de firmar contrato, o aceptar la orden de compra que se refiere el inciso primero del Articulo N°63 del reglamento antes mencionado, o no se cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad podrá, junto con dejar sin efecto la original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, salvo que las bases establezcan algo distinto”. Dado lo anterior es posible readjudicar el proceso de licitación al segundo oferente mejor evaluado o en su defecto los siguientes.
11. Que, en el proceso de licitación mencionado se recibieron 3 ofertas, según cuadro comparativo adjunto:
OFERENTE PROVEEDOR RUT Programa de integridad 5% Cumplimento de requisitos formales 5% Plazo de entrega de obra 30% Precio 60% TOTALES % PJE % PJE % PJE % PJE % % OF N°1
HECTOR COLLAO Y COMPAÑÍA LTDA
78.784.450-2
100
5
100
5
80
24
68,9
41,34
75,34 OF N°2 SERVICIOS INTEGRALES LIMOTEC SPA 77.924.745-7
0
0
100
5
88,9
26
100
60,0
91,0 OF N°3 CONSTRUCTORA MORELLI LIMITADA 76.393.607-4
0
0
100
5
100
30
70,1
42,06
77,06
12. Que, de acuerdo al cuadro de evaluación corresponde readjudicar al segundo oferente mejor evaluado, el cual es: CONSTRUCTORA MORELLI LIMITADA, RUT: 76.393.607-4.
13. Que, la Facultad de Artes cuenta con los fondos para financiar la: “SERVICIOS APERTURA DEL PISO 7°, SEDE ALFONSO LETELIER LLONA”, bajo ID Nº 5517-4-L124 en mención, según consta en Certificado de Disponibilidad Presupuestaria adjunto. En consecuencia:
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1° DÉJASE SIN EFECTO la adjudicación efectuada mediante la Resolución Exenta N°58 de fecha 10 de Octubre de 2024, documento exento del control de legalidad según lo dispone el Decreto Universitario N°26321/2023 licitación pública: “SERVICIOS APERTURA DEL PISO 7°, SEDE ALFONSO LETELIER LLONA”, bajo ID Nº 5517-4-L124, al proveedor: SERVICIOS INTEGRALES LIMOTEC SPA, RUT: 77.924.745-7, cancelándose la Orden de Compra N°5517-441-SE24.
2° READJUDIQUESE la licitación pública: “SERVICIOS APERTURA DEL PISO 7°, SEDE ALFONSO LETELIER LLONA”, bajo ID Nº 5517-4-L124, al segundo oferente (77,06%) mejor evaluado: CONSTRUCTORA MORELLI LIMITADA, RUT: 76.393.607-4 por el monto total de $ 3.375.640 IVA incluido (Tres millones trescientos setenta y cinco mil seiscientos cuarenta mil pesos) IVA incluido.
3° DÉJASE CONSTANCIA que oferente readjudicado: CONSTRUCTORA MORELLI LIMITADA, RUT: 76.393.607-4, para para efectos de suscribir el respectivo contrato y emisión de la orden de compra, proveedor adjudicado deberá acreditar inscripción vigente en el Registro de Contratistas de la Universidad de Chile, por lo cual dispondrá de 20 días hábiles desde la fecha de adjudicación,
según lo dispone Numeral VII de las Bases administrativas.
4° IMPUTÁSE el gasto que irrogue la presente resolución al Título A subtitulo 2 ítem 2.6 Otros Servicios del presupuesto universitario vigente.
5° PÁGUESE a proveedor señalado en el Resuelvo 2°, de conformidad al procedimiento establecido en el Numeral VII de las Bases de Licitación, previa recepción conforme de los servicios adjudicados.
6° DÉJASE CONSTANCIA que el presente acto se encuentra exento del trámite de control de legalidad interno de la Universidad de Chile, en mérito a lo señalado en el Decreto Universitario N°0026321 de 2023.
7° PUBLÍQUESE la presente resolución en el sistema de información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, plataforma electrónica www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
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