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Lo dispuesto en la Ley Nº 18.989, en particular en su Título II sobre el Fondo de Solidaridad e Inversión Social; la Ley Nº 21.289 de Presupuestos del Sector Público para el año 2021; la Ley N° 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; el Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886 y sus modificaciones posteriores; la Resolución Nº 7, de 2019 que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón y en la Resolución N° 16, de 2020, que determina los montos en unidades Tributarias Mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda, ambas de la Contraloría General de la República; en la Resolución Exenta Nº 0140, del FOSIS, de 5 de febrero de 2021, que aprobó las bases de licitación pública para la contratación del “Sistema de Call Center para atención de Postulaciones 2021; la Resolución Exenta Nº 0166, de 18 de febrero de 2021, que aprobó una nueva fecha de adjudicación para la Licitación Pública y lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 075 de 19 de enero de 2021, que delega facultades que indica en los funcionarios que señala.
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1º.- Que, el Fondo de Solidaridad e Inversión Social es un servicio público funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es financiar en todo o parte planes, programas, proyectos y actividades especiales de desarrollo social, los que deberán coordinarse con los que realicen otras reparticiones del Estado.
2°. - Que, el FOSIS, es un servicio público cuya misión es “Contribuir a la superación de la pobreza y la vulnerabilidad social de personas, familias y comunidades”.
3°.- Que, mediante la Resolución Exenta Nº 0140, del FOSIS, de 5 de febrero de 2021, se aprobaron las bases de licitación pública para la contratación del “Sistema de Call Center para atención de Postulaciones 2021”, las que fueron publicadas en el portal www.mercadopublico.cl.
4º.- Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 21.289 de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2021, los órganos y servicios públicos del Gobierno Central, necesitarán autorización previa del Ministerio de Hacienda para adquirir a cualquier título, tomar en arrendamiento o convenir que les sean proporcionados, mediante cualquier tipo de contrato, toda clase de vehículos motorizados destinados al transporte terrestre de pasajeros y/o de carga, computadores,
licenciamiento de software, servicios de software o servicios de infraestructura digital, y servicios de telefonía móvil o banda ancha móvil.
5º.- Que, dicha autorización fue solicitada mediante Oficio Nº 023 de 20 de enero de 2021, del FOSIS.
6º.- Que, mediante Resolución Exenta Nº 0166, de 18 de febrero de 2021, se aprueba una nueva fecha de adjudicación para la Licitación Pública, destinada a la contratación del “Sistema de call center para atención de postulaciones FOSIS 2021”.
7º.- Que, la autorización de la DIPRES para el uso de los recursos, en las condiciones referidas en dicha comunicación, se otorga a través del Oficio Nº 0437, de 22 de febrero de 2021.
8°. - Que, en el acto de apertura de las ofertas, realizado con fecha 15 de febrero de 2021, se presentaron un total de 4 propuestas, siendo tres de ellas declaradas admisibles, según consta en el acta respectiva.
9°. - Que, los proveedores del rubro cuyas respectivas ofertas, fueron declaradas admisibles, son los siguientes:
CLO S.A. 76.324.900-k
Redvoiss 76.768.946-2
Soluziona Ltda 76.612.812-2
10°. - Que, los criterios de evaluación establecidos en las Bases de Licitación fueron los siguientes:
Criterio de evaluación / Ponderación
Oferta Económica del servicio / 40%
Calidad Técnica del oferente / 30%
Experiencia de la empresa en el rubro / 20%
Cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta / 10%
11°. - Que, el detalle y desglose de los criterios de evaluación técnica se consigna en la metodología de evaluación de las Bases de Licitación Pública.
12°. - Que, la Comisión Evaluadora, se conformó por los siguientes integrantes: doña Antonia Mayo, RUN N° 17.960.956-8, profesional de la Subdirección de Usuarios; doña Gerda Ebensperger, RUN N° 9.195.869-4, profesional de la Subdirección de Gestión de Programas y don Fabián Castillo, RUN N° 13.251.413-5, profesional de la Subdirección de Administración y Finanzas.
13°. - Que, el Informe Final de la Comisión Evaluadora, da cuenta del puntaje total obtenido por los proponentes, según se indica a continuación:
Proponente / Puntaje
CLO S.A. / 7,97
Redvoiss / 7,93
Soluziona Ltda / 10
14°.- Que, el Informe Final de la Comisión Evaluadora, a partir de la revisión y estudio de las ofertas admisibles presentadas por los proveedores que participaron del proceso y de la aplicación de los criterios establecidos en la metodología de evaluación de las bases de licitación, propone adjudicar la presente Licitación Pública al proveedor Soluziona, Servicios informáticos Soluziona Ltda., RUT N° 76.612.812-2, lo cual se ratifica por medio del presente acto administrativo, pues dicho oferente obtuvo la puntuación final, correspondiente a 10 puntos.
15°.- Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 63 del reglamento de la Ley de Compras Públicas, la contratación correspondiente al presente proceso licitatorio es superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM, por lo cual podrá formalizarse mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de la misma por parte del proveedor, en este caso, por tratarse de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación, pues corresponde a la adquisición de un bien intangible.
16º.- Que, según se dio cuenta en el memorándum DOI-274.1-5767, de 5 de febrero de 2021, de la jefa de Gestión Administrativa, de la Subdirección de Administración y Finanzas, se estima que, los intangibles materia de la presente licitación, corresponden a servicios de simple y objetiva especificación, toda vez que son provistos de forma remota a través de la red Internet, basada principalmente en un acceso a servicios informáticos y de programas informáticos usados por este servicio y que además aseguran un acceso igualitario a cualquier empresa del rubro, estos servicios se utilizan mediante accesos remotos y distribuidos que debe entregar el oferente adjudicado, para que con ello los postulantes a programas y funcionarios del FOSIS, utilicen el servicio de telefonía, situación que no reviste mayores complejidades.
17º.- Que, según lo dispuesto en el inciso final del artículo 10 del reglamento de la Ley de Compras Públicas, no se requerirá el otorgamiento de una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, al tratarse de una contratación inferior a 1.000 UTM.
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