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VISTOS: Lo dispuesto en el D.F.L. N° 1/ 19.653 de 13 de diciembre de 2000, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, Decreto Supremo N° 250, de 09 de Marzo de 2004, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, ya citada; Ley 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; Ley N° 21.053 de Presupuestos para el Sector Público, correspondiente al año 2018; lo señalado en las letras g) y k) del artículo 7° y las letras f) y j) del artículo 20 de la Ley N° 19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación; Resolución Exenta N° 36, de fecha 29 de enero de 2018, del Director Nacional(S) que delega en los Directores Regionales las facultades que indica; Resolución Exenta UADM N° 352, de fecha 22 de noviembre de 2018, del Director Regional (S) de la Región del Bío Bío, que dispone llamado a licitación pública para contratación de servicios de ejecución de obras de mejoramiento y mantención en Oficina de Santa Juana, de la Dirección Regional del Biobío, del Servicio de Registro Civil e Identificación; Resolución Exenta UADM N° 367, de fecha 3 de diciembre de 2018, del Director Regional (S) de la Región del Biobío, que designa miembros de comisión evaluadora; Resolución Exenta UADM N° 376, de fecha 11 de diciembre de 2018, del Director Regional de la Región del Biobío, que declara inadmisible oferta que indica; Resolución Exenta UADM N° 377, de fecha 11 de diciembre de 2018, del Director Regional de la Región del Bío Bío, que adjudica la presente licitación Pública; y lo establecido en la Resolución N° 1.600 de fecha 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República; y
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CONSIDERANDO:
1.- Que mediante Resolución Exenta UADM 352, de fecha 22 de noviembre de 2018, del Director Regional (S) de la Región del Bío Bío, se dispuso llamado a licitación pública para contratación de servicios de ejecución de obras de mejoramiento y mantención en Oficina de Santa Juana, de la Dirección Regional del Biobío, del Servicio de Registro Civil e Identificación, ID N° 1349-16- LE18.
2.- Que mediante Resolución Exenta UADM N° 377, de fecha 11 de diciembre de 2018, del Director Regional de la Región del Bío Bío, se adjudicó a la empresa ARBOLEDA INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SPA. RUT N° 76.479.824-4, que obtuvo un puntaje 98.47, por un monto total de $11.880.777.-(once millones ochocientos ochenta mil setecientos setenta y siete pesos) IVA incluido, la licitación pública para contratación de servicios de ejecución de obras de mejoramiento y mantención en la Oficina de Santa Juana, de la Dirección Regional del Biobío, del Servicio de Registro Civil e Identificación, ID N° 1349-16- LE18.
3.- Que la empresa ARBOLEDA INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SPA. RUT N° 76.479.824-4, con fecha 14 de diciembre de 2018, presentó carta dirigida al suscrito, que se inserta en la presente resolución, y en la que manifiesta lo siguiente:
4.- Que en las bases de licitación específicamente en el punto 5.1 CELEBRACIÓN Y FIRMA DEL CONTRATO, se establece:
“Entre el SERVICIO y el ADJUDICATARIO se celebrará un contrato, el cual será redactado por el SERVICIO y suscrito con el ADJUDICATARIO, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la adjudicación.
Luego en el mismo punto agrega: En caso de que el contrato no se firme en el plazo estipulado por causas atribuibles al ADJUDICATARIO o se desistiere de aceptar la orden de compra o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la aceptación de los referidos documentos, el SERVICIO podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de treinta 30 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original o declararla desierta, sin perjuicio de hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta.
5.- Que conforme con los fundamentos manifestados por la empresa ARBOLEDA INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SPA. RUT N° 76.479.824-4, en su carta ya individualizada, se desprende claramente que el contrato respectivo, no se celebrará entre las partes y que las causas invocadas son atribuibles a su responsabilidad como adjudicatario de la presente licitación, toda vez que, antes de presentar su oferta debió analizar en forma concienzuda los recursos, medios y tiempo de que disponía para celebrar el contrato y cumplir fielmente las obligaciones contraídas; Lo que en la especie evidentemente no ocurrió.
6.- Que las licitaciones públicas se encuentran regidas por los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, por lo que, una vez que las bases han sido aprobadas y presentadas las ofertas, son obligatorias para todos quienes participan en el proceso de licitación, en idénticas condiciones, y no pueden, por consiguiente, modificarse o dejarse de cumplir, salvo la ocurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor.
7.- Que de acuerdo a la evaluación realizada por la comisión evaluadora, en acta de fecha 10 de diciembre de 2018, el oferente siguiente mejor evaluado en el presente proceso de evaluación corresponde a la empresa SOCIEDAD CONSTRUCTORA C.G.M. LTDA., RUT N° 76.275.538-6, que obtuvo un puntaje de 93,99, en consideración a los siguientes resultados y fundamentos que constan en el acta y Resolución Exenta UADM N° 377, de fecha 11 de diciembre de 2018, del Director Regional de la Región del Bío Bío, ya citada, que se reproducen a continuación para todos los efectos legales:
7.1 Que mediante Resolución Exenta UADM N° 367, de fecha 3 de diciembre de 2018, del Director Regional (S) de la Región del Biobío, se designó la comisión evaluadora de la presente licitación, compuesta por los siguientes funcionaria(o)s: Sra. Carla Couchot Fernández, Periodista, Sra. Rosa Gayoso López, Administrativa de la Unidad de Finanzas, y Sr. Francisco Riveros Reyes, Abogado, todos ellos con desempeño en esta Dirección Regional.
Asimismo se designó en calidad de suplente al Sr. José Herrero Sepúlveda, Abogado, con desempeño en esta Dirección Regional.
7.2.- Que la licitación pública se cerró con fecha 3 de diciembre de 2018, a las 15:01 horas, recibiéndose en el portal www.mercadopúblico.cl cinco (5) ofertas;
• INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN
GUSTAVO RIQUELME ARIAS E.I.R.L. RUT N° 76. 606.695-K
• MARIANA CAROLINA CONCHA MUÑOZ RUT N° 10.209.003-9
• INCOCIV INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN LTDA. RUT N° 76.911.853-5
• SOCIEDAD CONSTRUCTORA CGM LTDA. RUT N° 76.275.538-6
• ARBOLEDA INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SPA RUT N° 76.479.824-4
7.3.- Que con fecha 3 de diciembre de 2018, se llevó a efecto la apertura electrónica de las propuestas.
7.4.- Que mediante Resolución Exenta UADM N° 376, de fecha 11 de diciembre de 2018, del suscrito, se declaró inadmisible en la oferta presentada por MARIANA CAROLINA CONCHA MUÑOZ, RUT N° 10.209.003-9, en licitación pública para contratación de servicios de ejecución de obras de mejoramiento y mantención en la Oficina de Santa Juana, de la Dirección Regional del Biobío, del Servicio de Registro Civil e Identificación, ID N° 1349-16- LE18, por no ajustarse a los requerimientos establecidos en las bases de licitación, por las razones que en la misma se indican.
7.5.- Que en virtud de lo anterior, la comisión referida, procedió a evaluar los antecedentes - Oferta Técnica y Económica, presentadas por los demás oferentes, conforme a la pauta de evaluación contenidas en las bases administrativas, según consta en acta de evaluación de fecha 10 de diciembre de 2018
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7.6.- Que de acuerdo a la evaluación realizada por la comisión evaluadora, conforme a la sección 4.7.3 Evaluación de Antecedentes, de las Bases Administrativas, se obtuvo el siguiente puntaje:
7.7.- Que de acuerdo a la sección 4.7.4 Evaluación Técnica, de las bases Administrativas, la Comisión evaluadora, determinó el siguiente puntaje:
7.8.- Que conforme a la a la sección 4.7.5 Evaluación Económica, se obtuvo el siguiente puntaje:
7.9.- Que conforme a la sección 4.8. Evaluación Final, de las Bases administrativas, el puntaje final, se obtiene sumando el resultado del puntaje ponderado de la Evaluación de Antecedentes más el puntaje ponderado de la evaluación Técnica y Evaluación Económica, tal como lo expresa el siguiente cuadro:
7.10.- Que de acuerdo a la evaluación realizada por la comisión evaluadora, el oferente ARBOLEDA INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SPA. RUT N° 76.479.824-4, obtuvo un puntaje 98.47., el oferente SOCIEDAD CONSTRUCTORA C.G.M. LTDA., RUT N° 76.275.538-6, obtuvo un puntaje de 93,99, el oferente INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN, GUSTAVO RIQUELME ARIAS E.I.R.L, RUT N° 76.606.695-K, obtuvo un puntaje de 93.33 y el oferente INCOCIV INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN LTDA., RUT N° 76.911.853-5, obtuvo un puntaje de 70.24.
8.- Finalmente, teniendo en consideración los criterios de eficiencia y economía en las contrataciones públicas, y en consideración a los antecedentes tenidos a la vista, el puntaje obtenido por los oferentes y a las facultades que me han sido concedidas;
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RESUELVO:
1.- DÉJESE SIN EFECTO, la Resolución Exenta UADM N° 377, de fecha 11 de diciembre de 2018, que adjudicó a la empresa ARBOLEDA INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SPA. RUT N° 76.479.824-4 la licitación pública para contratación de servicios de ejecución de obras de mejoramiento y mantención en la Oficina de Santa Juana, de la Dirección Regional del Biobío, del Servicio de Registro Civil e Identificación, ID N° 1349-16- LE18, por no cumplir los requerimientos establecidos en las base de licitación, de conforme a lo señalado en los considerandos de la presente resolución.
2.- Ejecútese el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta, correspondiente a un Depósito a la Vista N° 036068-8, de fecha 3 de diciembre de 2018, del Banco de Chile por el monto de $ 100.000.- (cien mil pesos), tomado por la empresa ARBOLEDA INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SPA. RUT N° 76.479.824-4 a nombre del Servicio de Registro Civil e Identificación.
3.- Adjudícase a la empresa SOCIEDAD CONSTRUCTORA C.G.M. LTDA., RUT N° 76.275.538-6, obtuvo un puntaje de 93,99, por un monto total de $ 12.313.121.-(doce millones trescientos trece mil ciento veintiún pesos) IVA incluido, la licitación pública para contratación de servicios de ejecución de obras de mejoramiento y mantención en la Oficina de Santa Juana, de la Dirección Regional del Biobío, del Servicio de Registro Civil e Identificación, ID N° 1349-16- LE18, plazo de ejecución 9 días corridos y plazo de garantía de 12 meses.
4.- Notifíquese a las empresas o personas naturales participantes lo resuelto en la presente resolución, mediante la plataforma de licitación de www.mercadopublico.cl .
5.- Publíquese en la Plataforma de Licitaciones de www.mercadopublico.cl, bajo el número de adquisición , ID N° 1349-16- LE18.
6.- El gasto que represente la contratación de para contratación de servicios de ejecución de obras de mejoramiento y mantención en la Oficina de Santa Juana, de la Dirección Regional del Biobío, del Servicio de Registro Civil e Identificación, ID N° 1349-16- LE18, se imputará a la asignación 22/06/001 del presupuesto vigente del Servicio de Registro Civil e Identificación.
ANÓTESE y REGÍSTRESE
POR ORDEN DEL DIRECTOR NACIONAL
CRISTIAN D. SAN MARTÍN CARRASCO
Director Regional, Región del Bío Bío
CDSC/AVC/RRA/PTN/DDG/CRR
Distribución:
Unidad Finanzas Regional
Unidad de Administración Regional
Unidad contratación y compras públicas Regional
Unidad de Operaciones Regional
Archivo Dirección Regional
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