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Lo dispuesto en los artículos 3°, 5° N°s 1, 3, 4, 7 y 12 del Decreto Ley N° 2.465, de 1979; en el Decreto Supremo Nº 356 de 1980 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en el artículo 9º de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado fue aprobado por el D.F.L N° 1/19.653, de 2000 de Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley Nº 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones; en la Ley N° 21.640 de Presupuesto del sector público para el año 2024; D.F.L. N°29, de 2004, del Ministerio de Hacienda que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Estatuto Administrativo, aprobado por la ley Nº 18.834; en el Decreto Exento N° 35, de 2024, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en la Resolución Exenta N° 0757 del 10 de abril del 2024 de SENAME y en las Resoluciones N° 7 de 2019 y N°14, de 2022, ambas, de la Contraloría General de la República;
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1º. Que, mediante Resolución Exenta Nº 0757, de 10 de abril del 2024, del Servicio Nacional de Menores, se efectuó el llamado a licitación pública para la contratación del servicio denominado “IMPLEMENTACIÓN, MANTENCIÓN Y REPARACIÓN PARA LAS DEPENDENCIAS DEL CIP SAN JOAQUÍN” CENTRO DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA DEL SERVICIO NACIONAL DE MENORES, aprobándose las bases de licitación pública y sus anexos.
2º. Que, de acuerdo a lo establecido en las mencionadas Bases, el llamado a Licitación se publicó en el portal electrónico de la Dirección de Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico.cl), el día 11 de abril del 2024, bajo el ID Nº 731-17-LQ24.
3º. Que, de acuerdo a lo prescrito en las bases de licitación pública, el día 15 de mayo de 2024, se procedió a la apertura de las propuestas técnicas y económicas, informándose que en la plataforma de la Dirección de Chilecompra www.mercadopublico.cl, se presentaron las ofertas de los siguientes proveedores:
11 1 UTP ARGAL S.A. Y 21K CONSULTING S.P.A. RUT: 76.284.502-4 / RUT: 77.721.196-K
2 UTP CONSTRUCTORA AMB LIMITADA Y CONSTRUCTORA BALMACEDA LTDA. RUT: 76.967.636-8 / RUT: 78.587.670-9
3 DISEÑOS Y SERVICIOS STUDIO LIMITADA RUT: 76.226.398-4
4 J.F. CANAL S.P.A. RUT: 77.643.049-8
4º. Que, el Informe de Apertura de la Licitación Pública, de fecha 15 de mayo de 2024, realizado por la Comisión Evaluadora, efectúa el estudio de la documentación presentada por los oferentes “Antecedentes Administrativos, Documentos, Anexos y Formatos”, señalados en el numeral 9.1 de las Bases de la licitación Pública, concluyó que las siguientes ofertas presentadas deben ser declaradas admisibles:
- UTP ID 29643 Argal S.A, RUT: 76.284.502-4 y 21K Consulting S.P.A, RUT: 77.721.196-K.
- UTP ID 2947 Constructora AMB Limitada, RUT: 76.967.636-8 y Constructora Balmaceda LTDA, RUT: 78.587.670-9.
- Diseños y Servicios Studio Limitada, RUT: 76.226.398-4.
5º. Que, asimismo el Informe de Apertura de la Licitación Pública, de fecha 15 de mayo de 2024, realizado por la Comisión Evaluadora, determinó que la oferta presentada por J.F. Canal S.P.A, RUT:77.643.049-8 debe ser declarada inadmisible por no presentar Garantía de Seriedad de la Oferta.
6º. Que, sin perjuicio de lo anterior y posteriormente, en el Informe de Evaluación de Ofertas, de fecha 06 de junio del 2024, consta que las siguientes ofertas fueron declaradas inadmisibles, por no cumplir con los criterios contemplados en el punto 12.1.2 Riesgo en la ejecución del servicio (R.E) de las Bases de Licitación:
- UTP ID 2947 Constructora AMB Limitada, RUT: 76.967.636-8 y Constructora Balmaceda Limitada., RUT: 78.587.670-9.
- Diseños y Servicios Studio Limitada, RUT: 76.226.398-4.
7º. Que, la Comisión Evaluadora, constituida al efecto, procedió a examinar las propuestas, considerando todos los antecedentes técnicos y económicos, y los criterios de evaluación con los correspondientes puntajes y ponderaciones establecidas en las Bases de licitación respectivas, lo que consta en el Informe de Evaluación de Ofertas, de fecha 06 de junio del 2024, y en el siguiente cuadro resumen:
8º. Que, se expone en el documento “Informe de Evaluación de Ofertas”, de 06 de junio del 2024, la Comisión Evaluadora, propone adjudicar la licitación pública, a la UTP ID 29643 ARGAL S.A, RUT: 76.284.502-4 y 21K CONSULTING S.P.A, RUT: 77.721.196-K, por un valor neto de $241.920.000 (doscientos cuarenta y un millones novecientos veinte mil pesos) IVA incluido, con un plazo de ejecución de 730 días, toda vez que la propuesta presentada por el oferente señalado, satisface plenamente los intereses del Servicio, en atención a los criterios de evaluación establecidos en las Bases Administrativas de la presente Licitación Pública.
9º. Que, el artículo 41 del Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, señala que la entidad licitante se encuentra obligada a aceptar la propuesta más conveniente, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes, y ponderaciones establecidas en las bases.
10º. Que, el inciso segundo, del artículo 10°, de la Ley N°19.886, establece que “el adjudicatario, será aquel que, en su conjunto, haga la propuesta más ventajosa, teniendo en cuenta las condiciones que se hayan establecido en las bases respectivas y los criterios de evaluación que señale el Reglamento”.
11º. Que, este servicio cuenta con la disponibilidad presupuestaria, para sufragar el gasto que implique dicha contratación imputándose al subtitulo 22, ítem 08, asignación 999 “Servicios generales otros”, del programa 02, requerimiento 04, del presupuesto vigente del Servicio Nacional de Menores, 12 de marzo del 2024.
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