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1. Que, el Título III, Párrafo 1° de la Ley N°21.040, establece que, los Servicios Locales de Educación Pública son órganos públicos funcional y territorialmente descentralizados, con personalidad jurídica y patrimonio propio, los que se relacionan con el Presidente de la República a través del Ministerio de Educación.
2. Que, en el marco de lo señalado en la citada Ley N°21.040, los Servicios Locales de Educación son los encargados de la provisión del servicio público educacional y deben implementar las acciones necesarias para alcanzar los niveles de calidad esperado para el conjunto del sistema educativo, así como su mejora continua.
3. Que, el artículo 18° de la Ley N°21.040, relativo a las funciones y atribuciones de los Servicios Locales de Educación Pública, en lo que importa, literal b), preceptúa que, éstos deben “Administrar los recursos humanos, financieros y materiales del servicio y los establecimientos educacionales de su dependencia, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles e inmuebles para el cumplimiento de sus fines”.
4. Que, en función del ámbito de su competencia territorial, el Servicio Local de Educación Pública – SLEP del Elqui, con objeto de dar cumplimiento a la normativa vigente en términos de disposiciones legales y regulaciones sanitarias, de seguridad y protección contra incendios en establecimientos educacionales y lugares de trabajo, requirió contratar el suministro para el servicio técnico de mantención, recarga, provisión e instalación de extintores, por ello, mediante Resolución Exenta N° 118/2025 de fecha 25/06/2025, se aprobaron las Bases Administrativas, Bases Técnicas, se designó comisión evaluadora y aprobaron los demás antecedentes de la Licitación Pública denominada “Convenio de suministro Servicio técnico de mantención, recarga, adquisición e instalación de extintores para establecimientos educacionales, jardines infantiles y dependencias del Servicio Local de Educación Pública del Elqui”.
5. Que, la referida Licitación contó con un presupuesto disponible para 18 meses de contratación de $60.500.000.- (sesenta millones quinientos mil pesos) IVA incluido, el cual, se desglosa de la siguiente manera: Unidades educacionales de La Higuera con un presupuesto de $3.000.000.- (tres millones de pesos) IVA incluido; unidades educacionales de La Serena y dependencias del SLEP en La Serena, con un presupuesto de $45.500.000.- (cuarenta y cinco millones quinientos mil pesos) IVA incluido; unidades educacionales de Vicuña con un presupuesto por $9.000.000.- (nueve millones de pesos) IVA incluido; y unidades educacionales de Paihuano con un presupuesto de $3.000.000.- (tres millones de pesos) IVA incluido. Tal licitación fue publicada con fecha 30/06/2025 en la plataforma www.mercadopublico.cl, según consta en la Ficha del proceso de Licitación ID 1461054-7-LE25, de dicho portal.
6. Que, estando publicado el proceso, y dentro del plazo establecido para aquello, se recibieron a través del portal Mercado Público tres preguntas relativas a la referida licitación, cuyas respuestas fueron publicadas dentro del plazo establecido con fecha 07/07/2025, y aprobadas mediante la dictación de la Resolución Exenta N°47/2025, de fecha 27/03/2025, dando cumplimiento al artículo 108 del Decreto N° 661, que aprueba reglamento de la Ley de Compras.
7. Que, con fecha 11/07/2025, se realizó el cierre de recepción de ofertas y la apertura electrónica, tanto de los antecedentes técnicos y económicos de la Licitación Pública denominada “Convenio de suministros servicio técnico de mantención, recarga, adquisición e instalación de extintores para establecimientos educacionales, jardines infantiles y dependencias del Servicio Local de Educación Pública del Elqui”, ID 1305532-7-LE25, constatándose la recepción de 2 ofertas, según se detalla en la siguiente tabla:
EMPRESA RUT OFERTA IVA INCLUIDO
(TOTAL PRECIOS UNITARIOS) PLAZO DIAS
HABILES
INGENIERIA Y SERVICIOS FIRE N°77.135.328-2 LINEA 1: LA HIGUERA $2.608.141.- - Mantención hasta 50 unidades 1 día
- Mantención hasta 100 unidades 2 días
- Mantención más de 100 unidades 3 días
- Venta e instalación general 3 días
LINEA 2: LA SERENA $2.608.141.-
LINEA 3: VICUÑA $2.608.141.-
LINEA 4: PAIHUANO $2.608.141.-
SEAL FIRE SPA N°77.037.311-5 LINEA 1: LA HIGUERA $1.350.174.- - Mantención hasta 50 unidades 3 día
- Mantención hasta 100 unidades 4 días
- Mantención más de 100 unidades 5 días
- Venta e instalación hasta 50 unidades 3 día
- Venta e instalación hasta 100 unidades 4 días
- Venta e instalación más de 100 unidades 5 días
LINEA 2: LA SERENA $1.350.174.-
LINEA 3: VICUÑA $1.350.174.-
LINEA 4: PAIHUANO $1.129.310.-
8. Que, en el proceso de revisión de antecedentes, la comisión se reunió para análisis y evaluación del cumplimiento de documentos y formularios técnicos, administrativos y económicos solicitados, como también, sobre las causales para declarar inadmisible las ofertas sin derecho a ser evaluadas, las cuales, se encuentran contenidas en el artículo 11.2 de las bases administrativas, ergo, resulta pertinente señalar que, ambas oferta cumplen con todos los requisitos señalados como mínimos de admisibilidad, por cuanto, pasaron a la etapa de evaluación.
9. Que, de acuerdo con los fundamentos contenidos en el Acta de Evaluación de fecha 21/07/2025, la comisión evaluadora realizó el análisis de las ofertas, indicando la siguiente nota aclaratoria respecto a los montos ingresados en mercado público como oferta y lo indicado en el formulario N°3 de Oferta económica, señalando lo siguiente: “Los proveedores indicaron en el Portal, los valores netos total de las cuatro líneas ofertadas (sumatoria de precios unitarios netos de cada producto/servicio solicitado), en instancias que en las bases administrativas, artículo 8.4.1, letra i), se indicaba que debían ofertar en la plataforma mercado público por el total disponible por línea; del resultado del análisis documental por parte de esta comisión evaluadora, este hecho no se configura como una situación para declarar inadmisible las ofertas, las que se encuentran señaladas en el artículo 11.2 de las bases administrativas, puesto que, en el artículo 2 de las mismas bases, en lo relativo a "definiciones", el concepto "propuesta u oferta", indica que, ante discrepancias entre la oferta del portal y lo indicado en el formulario económico, prevalecerá la oferta del formulario, y considerando que, es un contrato de suministro, quienes se adjudiquen la licitación y posteriormente se contraten, se hará por el total disponible por cada línea para los 18 meses”.
10. Que, tras la revisión de los antecedentes de ambas ofertas que pasaron a la etapa de evaluación, la comisión determina aplicar los criterios dispuestos en el artículo 12.2.1 de las Bases Administrativas, ponderando los siguientes puntajes por cada criterio:
PUNTAJE LINEA 1: SUMINISTRO UNIDADES EDUCACIONALES DE LA HIGUERA:
CRITERIO INGENIERIA Y SERVICIOS FIRE SEAL FIRE SPA
Oferta Económica 23,3 45
Experiencia del proveedor 7,5 25
Impacto Local 6 6
Plazo de ejecución 8 8
Cumplimiento de Requisitos Formales 2,5 5
Programa de Integridad 0 2
PUNTAJE TOTAL 47,30 91
PUNTAJE LINEA 2: SUMINISTRO UNIDADES EDUCACIONALES DE LA SERENA:
CRITERIO INGENIERIA Y SERVICIOS FIRE SEAL FIRE SPA
Oferta Económica 23,3 45
Experiencia del proveedor 7,5 25
Impacto Local 6 6
Plazo de ejecución 8 8
Cumplimiento de Requisitos Formales 2,5 5
Programa de Integridad 0 2
PUNTAJE TOTAL 47,30 91
PUNTAJE LINEA 3: SUMINISTRO UNIDADES EDUCACIONALES DE VICUÑA:
CRITERIO INGENIERIA Y SERVICIOS FIRE SEAL FIRE SPA
Oferta Económica 23,3 45
Experiencia del proveedor 7,5 25
Impacto Local 6 6
Plazo de ejecución 8 8
Cumplimiento de Requisitos Formales 2,5 5
Programa de Integridad 0 2
PUNTAJE TOTAL 47,30 91
PUNTAJE LINEA 4: SUMINISTRO UNIDADES EDUCACIONALES DE PAIHUANO:
CRITERIO INGENIERIA Y SERVICIOS FIRE SEAL FIRE SPA
Oferta Económica 19,48 45
Experiencia del proveedor 7,5 25
Impacto Local 6 6
Plazo de ejecución 8 8
Cumplimiento de Requisitos Formales 2,5 5
Programa de Integridad 0 2
PUNTAJE TOTAL 43,48 91,00
11. Que, de acuerdo a los puntajes obtenidos por los oferentes expuestos en la tablas precedentes, la comisión evaluadora propone adjudicar las 4 líneas que componen la licitación, a la empresa Seal Fire SpA., RUT 77.037.311-5, por un valor total de $60.500.000.- (sesenta millones quinientos mil pesos) IVA incluido, dado que, la oferta cumple con todos los requisitos mínimos de admisibilidad, presentando la combinación más ventajosa y obteniendo el puntaje total más alto entre las ofertas con un total de 91,00 puntos, según consta en el Acta de Evaluación de fecha 21/07/2025.
12. Que, para efectos de la adjudicación y posterior contratación, se cuenta con presupuesto según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria del Programa 01, N°111 de fecha 24/07/2025, emitido por un valor de $500.000.- (quinientos mil pesos) y Certificado de Disponibilidad Presupuestaria del Programa 02, N°30 de fecha 24/07/2025, que dispone de un presupuesto para los 18 meses de contratación de $60.000.000.- (sesenta millones de pesos) IVA incluido, comprometiendo $20.350.000.- (veinte millones trescientos cincuenta mil pesos) como presupuesto para los meses que restan de la presente anualidad, con cargo a la glosa presupuestaria 22.08.999 “Otros”.
13. Que, por otro lado, se consulta en la plataforma Mercado Público, la ficha del proveedor Seal Fire SpA., RUT 77.037.311-5, dando cuenta que, el proveedor se encuentra en estado Hábil para contratar con el Estado, contando con los requisitos de inscripción en el Registro de Proveedores, dando cumplimiento al artículo 4 de la Ley N°19.886.
14. Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley de Compras N°19.886, el contrato se adjudicará mediante resolución fundada de la autoridad competente comunicada al proponente, agregando además que el adjudicatario será aquel que, en su conjunto, haga la propuesta más ventajosa, teniendo en cuenta las condiciones que se hayan establecido en las bases respectivas y los criterios de evaluación que señale el reglamento.
15. Que, por otro lado, conforme a lo establecido en el artículo 16 de las bases administrativas, relativo a la contraparte técnica del SLEP Elqui, señala que, “El Servicio Local designará como Contraparte Técnica de la presente Licitación, e inspección técnica del servicio, a un profesional del Departamento de Servicios Generales e Inventario dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas del Servicio Local de Educación Pública Elqui, para la función de supervisar el fiel cumplimiento y correcta ejecución del servicio.”
16. Que, siendo por tanto, necesaria la contratación del servicio para dar cumplimiento a las disposiciones sanitarias, de seguridad y protección contra incendios en establecimientos educacionales y lugares de trabajo del SLEP Elqui, y habiéndose evaluado las ofertas conforme a lo dispuesto en las bases administrativas del proceso de Licitación Pública ID 1461054-7-LE25, corresponde adjudicar la oferta que presente la combinación más ventajosa; por ello, y en uso de las atribuciones que me confiere el cargo:
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