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Resolución de Acta de Adjudicación
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Adquisición Nº
848-33-LE25
Adjudicación Informada en portal el
4/8/2025 10:18
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En
Talca,
01-08-2025
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Nro de
Resolución
N°15715
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Vistos
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Ley N°18.575, de 1986, del Ministerio del Interior, “Ley Orgánica Constitucional de bases de la Administración del Estado”, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado está contenido en D.F.L. N°1/19.653, de 2000; Ley N°19.880, de 2003, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que “Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”; Ley N°17.301, de 1970, del Ministerio de Educación Pública, que “Crea Corporación denominada Junta Nacional de Jardines Infantiles”, Ley N°19.886, de 2003 y Ley Nº21.634, de 2023, ambas del Ministerio de Hacienda, “Ley de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”; Ley N°18.834, de 1989, del Ministerio de Interior, que “Aprueba Estatuto Administrativo”, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado está contenido en D.F.L. N°29, de 2005; Ley N°21.722, de 2024, del Ministerio de Hacienda, “Ley de Presupuesto del Sector Público correspondiente al año 2025”; Decreto Supremo N°1.574, de 1971, de Ministerio de Educación Pública, que “Aprueba Reglamento de la Ley N°17.301, que crea la Junta Nacional de Jardines Infantiles”, Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que “Aprueba Reglamento de la Ley N°19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de servicios”; y las necesidades del servicio; La Resolución N°015/808 de 29/11/2023 de la Vicepresidenta Ejecutiva de la JUNJI, que aprueba y refunde en un texto único, delegación de facultades de la Vicepresidenta Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles en funciones que indica, y deja sin efecto todos los actos administrativos que delegan facultades de la Vicepresidenta Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles en funcionarios determinados, la Resolución N°36 de 2024 de la Contraloría General de la República, que “Fija normas sobre exención del Tramite de toma de Razón”; Resolución N°08 del 24 de marzo de 2025 que Modifica y complementa Resolución Nº36 de 2024, de la Contraloría General de la República; Resolución Exenta N°015/0244, de 30 de abril de 2019, que aprueba Manual de procedimientos de compras y contrataciones públicas y la Resolución Exenta RA N°110790/72/2025, de fecha 15 de enero 2025 que establece orden de subrogación, ambas de la vicepresidencia ejecutiva de la JUNJI y demás normativas y antecedentes tenidos a la vista.
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Considerando
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1. Que, por Resolución Exenta Nº15632 de fecha 10 de julio de 2025, se aprobaron las bases de licitación para el servicio de control y erradicación de plaga de palomas para jardines infantiles, perteneciente a la Junta Nacional de Jardines Infantiles, Región del Maule.
2. Que, de acuerdo a la Ley N°19.886, se publicó la Licitación ID 848-33-LE25 en el Sistema de Compras y Contrataciones del Sector Público [http://www.mercadopublico.cl] con fecha 10 de julio 2025.
3. Que, durante el proceso de Licitación ID 848-33-LE25, se formularon consultas y estas junto a sus respectivas respuestas fueron publicadas en el portal de acuerdo con lo indicado en la licitación mencionada y posteriormente aprobadas mediante la resolución exenta N°15644 de 17 de julio de 2025.
4. Que, realizada la apertura de la Licitación ID 848-33-LE25, el día 22 de julio 2025, participaron como oferentes los siguientes proveedores:
PROVEEDOR RUT
SOCIEDAD AREA FUMIGADOR LIMITADA 76.568.926-0
MATABICHOS CONTROL DE PLAGAS LTDA 77.587.350-7
EMPRESA DE SERVICIOS DELFINA ESCOBAR SPA 77.972.898-6
5. Que, la oferta presentada por SOCIEDAD AREA FUMIGADOR LIMITADA, no es evaluada ya que no cumple con lo establecido en el punto 7.7 de las Bases Administrativas, donde se indica, “El oferente debe presentar copia de la resolución sanitaria que lo autoriza para aplicación de pesticidas de uso doméstico y sanitario. La resolución sanitaria debe estar vigente. En caso de que la Resolución Sanitaria sea anterior al año 2017, se debe adjuntar en la oferta técnica el Certificado de Vigencia emitido por la autoridad sanitaria". La Resolución de este proveedor es anterior al 2017 y no se adjunta certificado que valide su vigencia”, y este proveedor no presentó dicha certificación, aun cuando se le solicitó a través de foro inverso.
6. Que, la oferta presentada por MATABICHOS CONTROL DE PLAGAS LTDA., no es evaluada ya que no cumple con lo establecido en el punto 4 de las Especificaciones Técnicas, donde se indica, “La empresa debe contar con capacitación certificada para la instalación del producto Flock off”, y este proveedor no presentó dicha certificación, aun cuando se le solicitó a través de foro inverso.
7. Que, la oferta presentada por EMPRESA DE SERVICIOS DELFINA ESCOBAR SPA, no es evaluada ya que su propuesta técnica para este servicio ingresada en el archivo "Propuesta Técnica Control de Palomas.pdf" no se ajusta a lo requerido en punto 4 de las Especificaciones Técnicas, donde indica, "No serán evaluados los proveedores que en su oferta indiquen como método de antiposamiento; pinchos, equipos de sonido, fibras tensadas, cetrería, etc. ya que todos estos producen acostumbramiento de las aves en un corto plazo".
8. Que, el artículo 9° de la Ley N°19.886 del Ministerio de Hacienda, establece que “se declarará desierto el procedimiento de contratación, cuando no se presenten ofertas, o cuando las ofertas presentadas no fueran convenientes a los intereses de la entidad licitante”. Luego dicha normativa dispone que “la declaración deberá ser por resolución fundada”.
9. Que, debe dictarse el acto administrativo de rigor, que declare desierta la Licitación Pública ID 848-33-LE25.
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Resuelvo
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1° DECLÁRENSE INADMISIBLES las ofertas de SOCIEDAD AREA FUMIGADOR LIMITADA, MATABICHOS CONTROL DE PLAGAS LTDA. y EMPRESA DE SERVICIOS DELFINA ESCOBAR SPA. de acuerdo al considerando Nº5, N°6 y N°7 de la presente licitación.
2º DECLÁRESE DESIERTA la Licitación Pública ID 848-33-LE25, para el servicio de control y erradicación de plagas de palomas para jardines infantiles, perteneciente a la Junta Nacional de Jardines Infantiles, Región del Maule, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°19.886.
3º PUBLÍQUESE, en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública: [http://www.mercadopublico.cl], modalidad Licitación Pública.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE
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Acta Adjudicación
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Organismo Demandante
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Razón Social
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JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
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Unidad de Compra
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Junji - VII Región
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R.U.T.
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70.072.600-2
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Dirección
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calle 1 norte # 541 oficina 201
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Comuna
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Talca
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Ciudad en que se genera la Adquisición
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Región del Maule
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Datos del Contacto para esta Licitación
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Nombre Completo
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Daniela Nuñez Mendez
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Cargo
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Analista de Compras
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Teléfono
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56-71-2516021
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Fax
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E-Mail
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Datos de la Adquisición
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Número de Adquisición
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848-33-LE25
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Nombre de Adquisición
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RRFF-Servicio de control y erradicación de palomas
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Tipo de Adquisición
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Licitación Pública Entre 100 y 1000 UTM (LE)
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Descripción
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E1O2RT9 SERVICIO DE CONTROL Y ERRADICACIÓN DE PLAGA DE PALOMAS PARA JARDINES INFANTILES, PERTENECIENTE A LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES, REGIÓN DEL MAULE
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Tipo de Convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Fecha de Publicación
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10/7/2025 15:22
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Fecha de Cierre
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22/7/2025 15:00
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Tipo de Adjudicación
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Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
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Monto Neto Adjudicado
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$ 0
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Monto Neto Estimado del Contrato
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$ 0
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Resultado de la Adjudicación
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