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1. Que, mediante Resolución Exenta N.º 4066 del 23-05-2025, se aprueban las Bases Administrativas y Técnicas de la Licitación Pública denominada “EQUIPO COMPLETO PARA CIRUGIAS DE HOMBRO” del Complejo Asistencial “Dr. Víctor Ríos Ruiz” Los Ángeles, identificada con el ID 1057417-221-LP25, en el Portal de Mercado Público.
2. Que, a través de Resolución Exenta N.º 4424 del 29-05-2025, se designa la Comisión Evaluadora de la Licitación Pública ID 1057417-221-LP25.
3. Que, se realizó propuesta pública a través del sitio web www.mercadopublico.cl, bajo la ID
1057417-221-LP25, publicándose el día 26-05-2025, y cerrando la recepción de ofertas el día 06-06-2025, periodo en el cual se recibieron ofertas de Servicios Médicos Arrayán Salud SPA RUT 76.842.382-2. Y Ampatagonia Servicios Médicos LTDA. RUT 99.578.780-6
4. Que, durante el periodo de publicación de la licitación ID 1057417-221-LP25. se recibieron las siguientes preguntas, las cuales fueron respondidas en el plazo comprometido
PREGUNTA RESPUESTA
¿El Complejo Asistencial entregará al proveedor clave de acceso a su sistema interno para extraer los datos de los pacientes? No es posible, dado que el sistema no permite un perfil sólo de observación.
En las bases de esta licitación, no indica el tema de la coordinación, ¿es el Complejo Asistencial quien se encargará de la coordinación de los equipos y las cirugías requeridas?, en caso de ser así, ¿bajo qué términos organizará los equipos quirúrgicos para ser equitativos entre el personal que participa? Desde Departamento de Gestión Asistencial se informará al prestador la cantidad de cirugías que serán requeridas, para lo cual el prestador debe organizar e indicar el personal que participará en la Cirugía.
En la página 13, el punto n° 22 letra b) dice que el prestador deberá enviar prefectura con las prestaciones realizadas durante el mes anterior con datos sensibles de los pacientes y de sus cirugías (incluidos en el protocolo operatorio), pero según la ley N° 20.584 dice específicamente quienes pueden acceder a esta información, dada la confidencialidad del paciente, en la cual no están consideradas personas ajenas a la prestación ni empresas que administren estos contratos, ¿cuál será la vía de acceso a esta información que entregará el Complejo asistencial para que podamos tener esos datos sin interferir con la ley?. En este caso, ¿el proveedor, no estaría incumpliendo la ley 20.580? Para la definición de cantidad de pacientes y tipo de prestaciones, se puede obtener mediante la coordinación entre proveedor y Departamento de Gestión Asistencial del complejo. por otra parte, el personal que participa en la cirugía puede corroborar las prestaciones realizadas, para lo cual, el prestador está obligado a mantener el resguardo de la información de los pacientes, según el acuerdo de confidencialidad establecido en la presente licitación.
En el punto 22 letra c, “Validación” no indica el tiempo máximo del proceso de validación horaria del personal que sea funcionario del Complejo Asistencial, ¿podrían definir este punto? No es posible determinar el plazo de validación de las prestaciones debido a que dependen de los tiempos del personal involucrado, no obstante, se procura que sean acotados en lo posible.
¿Cuánto será el tiempo máximo que tenga el Complejo Asistencial en emitir la Orden de Compra y Recepción Conforme? No existe plazo máximo para la emisión de la orden de compra y la Recepción Conforme, ya que procesos indicados dependen de los tiempos del personal involucrado, no obstante, se procura que sean acotados en lo posible.
En la página 33, en el punto 4.3 “validaciones y pago”, dice que no se pagarán los códigos adicionales en el mismo acto quirúrgico, y si se presentaran, se enviarán al departamento de Gestión Asistencial para su revisión y gestión de pago. Estos códigos, ¿se pagarán a la empresa adjudicada, en caso de ser acreditados? O ¿Cuál será la forma de pagarle a los funcionarios? (ya que estarán en sus funciones no como funcionarios del hospital) No se realizarán pagos por códigos adicionales, por lo cual, el valor de la cirugía es el mismo si la prestación incluye uno o más códigos, por otra parte, los códigos que no se encuentran adjudicados, serán enviados a Depto. Gestión Asistencial para su revisión y definición, toda vez que tales códigos no forman parte de este convenio.
En la página 33, el punto 4.3 letra d) “no validación” dice que si un miembro del equipo no es validado, no se procederá al pago de dicha prestación a ningún miembro del equipo, esto no constituye enriquecimiento ilícito por parte del Complejo asistencial, ya que el resto del personal si prestó el servicio en su horario no funcionario y la prestación fue realizada y debe haber sido pagada a la institución es su totalidad? ¿ Porque queda sujeta hasta que se resuelva dicha situación? ¿y solo dejar pendiente al funcionario que no esta validado aun? Si la línea se encuentra adjudicada como equipo completo o equipo no médico, si uno de sus trabajadores no se encuentra validado, no se podrá pagar la prestación completa, dado que el valor adjudicado corresponde al total de todas las funciones. Para ello se devolverá al proveedor para que pueda revisar o entregar antecedentes de la no validación. El pago, se gestionará cuando se subsane la situación.
En el punto 22, letra b, Prefactura, se solicita al prestador enviar durante los primeros 7 días de cada mes una prefactura con las prestaciones ejecutadas durante el mes anterior. ¿De qué manera podremos acceder a esa información? ¿se nos dará acceso al sistema interno del complejo para acceder a esa información? Para la definición de cantidad de pacientes y tipo de prestaciones, se pueden obtener mediante la coordinación entre proveedor y Depto. Gestión Asistencial. Por otro lado, el personal que participa en la cirugía puede corroborar las prestaciones realizadas, para lo cual, el prestador está obligado a mantener el resguardo de la información de los pacientes, según el acuerdo de confidencialidad establecido en la presente licitación.
En el punto 22, de la ejecución del contrato, letra d, orden de compra, no se indica cuál será el plazo que el CAVRR tiene para realizar la emisión de dicho documento, dicho esto ¿cuál será el plazo establecido para la emisión de orden de compra? No existe plazo máximo para la emisión de la orden de compra, ya que proceso indicado dependen de los tiempos del personal involucrado, no obstante, se procura que sean acotados en lo posible.
En las bases administrativas y técnicas no se menciona cómo será la coordinación de los equipos quirúrgicos, ¿será el CAVRR quien disponga de una persona que se encargue de esta función de manera interna? Desde Departamento de Gestión Asistencial se informará al prestador la cantidad de cirugías que serán requeridas, para lo cual el prestador debe organizar e indicar el personal que participará en la Cirugía.
¿Cuáles son los criterios que regularán la evaluación contractual del proveedor? ¿Quedará a criterio de quien lo complete? Los criterios a evaluar son: eficacia en el servicio (60%) y nivel de cumplimiento en puntualidad de entrega (40%). La evaluación estará a cargo del Administrador de Contrato quien debe velar por el correcto cumplimiento de las obligaciones contractuales.
5. Que, la Comisión Evaluadora, se reunió para la revisión y evaluación de la propuesta; confeccionando ACTA DE EVALUACIÓN, que propone adjudicar el proceso licitatorio al director del Complejo Asistencial “Dr. Víctor Ríos Ruiz” Los Ángeles, de acuerdo a los criterios de evaluación, requerimientos técnicos y condiciones establecidas.
6. Que, la comisión evaluadora analizo las ofertas y genero informe técnico y económico que respalda la adjudicación de las ofertas que sobrepasan el 30% del presupuesto disponible, bajo los siguientes fundamentos.
LINEA PRESTACIÓN PRESTADOR VALOR OFERTADO VALOR PRESUP. DIFER. ($) DIFER. (%)
3 2° CIRUJANO PARA CIRUGÍA DE HOMBRO ARRAYAN SALUD $199.742 $151.824 $47.918 32%
1. ANTECEDENTES GENERALES
La presente licitación tiene como objeto la contratación de “COMPRA DE SERVICIOS PARA CIRUGIAS DE HOMBROS”, para satisfacer la demanda de prestaciones de salud otorgadas por el Complejo Asistencial “Dr. Víctor Ríos Ruiz” a sus pacientes.
Durante la evaluación económica, se ha observado que la oferta presentada por el proveedor Arrayán Salud. supera en un 32% el monto referencial establecido. Sin embargo, dada la importancia de la prestación y la situación actual, se emite este informe que respalda la viabilidad de adjudicar dicha oferta.
2. CONDICIONES DE OFERTA Y DISPONIBILIDAD DEL MERCADO
Para el análisis de lo anterior se han considerado los siguientes factores:
• La oferta recibida corresponde a uno de los pocos prestadores disponibles con capacidad para realizar las cirugías.
• Actualmente, existe escasa disponibilidad de oferentes en el rubro, especialmente con cobertura inmediata y dentro del territorio provincial, lo que se ve reflejado en la cantidad de ofertas recibidas que permitan establecer un proceso o una evaluación económica comparativa.
• El valor ofertado corresponde a la única oferta recibida para estos servicios.
3. NECESIDAD DE LA INSTITUCIÓN
Desde el punto de vista asistencial, esta prestación es crítica para la continuidad del servicio, ya que:
• La lista de espera quirúrgica por patologías traumatológicas representa una necesidad prioritaria para pacientes con dolor crónico, pérdida funcional o riesgo de secuelas irreversibles.
• La falta de resolución dentro de plazos clínicamente aceptables afecta la calidad de vida de los usuarios, prolonga su rehabilitación e incluso puede derivar en situaciones clínicas más complejas que requieran de otras resoluciones.
• La institución no cuenta con capacidad suficiente para la resolución de estas patologías en horario institucional lo que hace imperativo la compra de servicios para resolver el volumen actual de pacientes en espera.
4. CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN
En base a los antecedentes expuestos y considerando la urgencia sanitaria, la baja disponibilidad de oferentes y la prioridad clínica de la intervención, se considera técnicamente procedente adjudicar la licitación al proveedor Arrayán Salud., pese a que su oferta supera en un 32% el valor referencial.
Dicha recomendación tiene por objetivo:
• Resolución quirúrgica de las complicaciones de los pacientes que requieran de esta cirugía.
• Reducir el impacto en la lista de espera quirúrgica.
• Cumplir con los estándares de acceso y oportunidad establecidos por la red de salud.
Por lo tanto, se recomienda aprobar la adjudicación conforme a las bases de licitación y normativa vigente.
7. Que, se debe tener especialmente presente el deber de dar efectivo cumplimiento al principio de continuidad de la función pública, previsto en el artículo 3° de la ley N°18.575, siendo imperativo mantener el normal funcionamiento del servicio en beneficio de la comunidad.
8. Que, de la oferta recibida se detecta que los trabajadores poseen la calidad de funcionarios de nuestro establecimiento.
9. Que, debido a circunstancias excepcionales, necesidades clínicas de nuestro establecimiento y a fin de dar continuidad a los servicios, en consideración a que es deber del Estado garantizar la ejecución de las acciones de salud, ya sea en el sistema público o privado; hacen necesario la contratación de estos servicios.
10. Que, por los antecedentes expuestos y dado que fueron las únicas ofertas recibidas se procede a la contratación del oferente Servicios Médicos Arrayán Salud S.P.A. Y Ampatagonia Servicios Médicos Ltda., según lo establece el Dictamen E464046/2024 de Contraloría General de la República, comunicando esta decisión al Servicio de Salud Biobío, Contraloría General de la República y Cámara de Diputados, según resuelvo Nº5.
11. Que, no se recibieron ofertas en la línea N°1 y N°5 de la presente licitación.
12. Que, se adjunta Certificado de Disponibilidad Presupuestaria firmado por Jefe Departamento Gestión Financiera del Complejo Asistencial para la contratación de los servicios requeridos.
13. Que, por el monto de la adjudicación, se firmará contrato entre el Complejo Asistencial “Dr. Víctor Ríos Ruiz” Los Ángeles y Servicios Médicos Arrayán Salud S.P.A. Y Ampatagonia Servicios Médicos Ltda
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