|
D.F.L. (MSGP) N° 1/19.653, del año 2001, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; La Ley N° 19.880 de 2003, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; La Ley N° 18.928 de 1990,que fija Normas sobre Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas y su Reglamento contenido en Decreto Supremo (H) N°95 del año 2006; La Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en Decreto Supremo (H) Nº 661 del año 2024; La Ley N° 21.722, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año 2025; El Decreto Ley N° 1.263 de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado; El Reglamento Orgánico de la Dirección de Abastecimiento de la Armada, aprobado por Resolución D.G.S.A., Ordinario N° 6480/840/856 Vrs., de fecha 27 de octubre de 2022; El Manual de Adquisiciones y Contrataciones Públicas de la Armada N° 8-48/2, de fecha 01 de septiembre de 2016; La Resolución D.G.S.A. Ord. N° 4100/600/785 Vrs., de fecha 04 de septiembre de 2023, que delega facultades al Jefe de Departamento de Adquisiciones del Centro de Abastecimiento Valparaíso; La Resolución de la Contraloría General de la República N°E370752, de fecha 20 de julio de 2023; La Resolución N° 36, del 19 de diciembre de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas de Exención del Trámite de Toma de Razón; Las Bases de Licitación Nº 3086-10-LE26, y las demás disposiciones que rigen la materia.
|
|
Que, con fecha 20 de febrero de 2026 se publicó la Licitación Pública ID N° 3086-10-LE26 por la “Adquisición de Repuestos y Consumos para B.E ESMERALDA”.
2. Que, la apertura electrónica del proceso licitatorio antes mencionado se efectuó el día 03 de marzo 2026, a la que se presentaron las siguientes ofertas:
A) COMERCIAL ALLTRACK LIMITADA RUT N° 76.434.072-8
B) COMERCIALIZADORA COPROCK LIMITADA RUT N° 77.899.722-3
C) CIA TRATAMIENTOS DE AGUA Y COMBUSTION LTDA RUT N° 81.286.300-2
D) DICER S.P.A. RUT N° 76.329.426-9
E) DISTRIBUIDORA DE ARTICULOS MEDICOS PEREZ SPA RUT N° 89.752.800-2
3. Que, se efectuó la evaluación administrativa, técnica y económica de las ofertas presentadas, dando cumplimiento a los antecedentes requeridos en las Bases de Licitación, de acuerdo con la “Matriz de Decisión”, según los criterios que se indican:
1) Precio 60 %
2) Plazo de entrega 30 %
3) Cumplimiento requisitos formales 08 %
4) Programas de Integridad 02 %
5. Que, de acuerdo con lo anterior, y lo expuesto en la matriz de evaluación del proceso de licitación en comento, se propone las adjudicaciones de los Bienes y/o Servicios solicitados a los siguientes oferentes, según se menciona a continuación:
Ítem Proveedor Monto Neto adjudicado Puntaje
1 DICER SPA $2.385.880 100,00
2 DICER SPA $1.493.160 100,00
3 DICER SPA $377.280 100,00
4 COMERCIALIZADORA COPROCK LIMITADA $141.700 78,53
5 DICER SPA $226.666 85,26
6 COMERCIALIZADORA COPROCK LIMITADA $189.000 100,00
7 DISTRIBUIDORA DE ARTICULOS MEDICOS PEREZ SPA $9.930 100,00
8 COMERCIALIZADORA COPROCK LIMITADA $145.700 69,24
9 DICER SPA $224.000 100,00
10 COMERCIALIZADORA COPROCK LIMITADA $226.800 100,00
11 DICER SPA $5.100.000 100,00
12 COMERCIALIZADORA COPROCK LIMITADA $317.200 100,00
13 COMERCIALIZADORA COPROCK LIMITADA $317.800 100,00
14 COMERCIALIZADORA COPROCK LIMITADA $629.650 100,00
15 COMERCIALIZADORA COPROCK LIMITADA $100.200 90,30
16 COMERCIALIZADORA COPROCK LIMITADA $226.890 100,00
17 COMERCIALIZADORA COPROCK LIMITADA $15.000 100,00
18 COMERCIALIZADORA COPROCK LIMITADA $462.100 100,00
19 LINEA NO ADJUDICADA - -
20 LINEA NO ADJUDICADA - -
21 LINEA NO ADJUDICADA - -
22 LINEA NO ADJUDICADA - -
23 DICER SPA $193.333 100,00
24 DICER SPA $966.134 100,00
6. Que, se declara desierta la línea N°19, 20, 21, 22, por no recibir ofertas en apertura electrónica del proceso licitatorio.
7. Que, según la Resolución J.D.A.C.AB.(V.) N°4100/08/10A VRS, de fecha 23 de marzo de 2026, se procede con la adjudicación de la licitación pública 3086-10-LE26, según el detalle mencionado en el punto anterior.
8. Que, con fecha 23 de marzo de 2026 se envía la orden de compra 3086-244-SE26 al proveedor “COMERCIALIZADORA COPROCK LIMITADA”, por la adjudicación de las líneas N°4, 6, 8,10, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18.
9. Que, con fecha 24 de marzo de 2026, el proveedor mencionado en el punto anterior informa a través de la plataforma Mercado Publico que no cumplirá con la entrega de los artículos requeridos en la orden de compra 3086-244-SE26 por “QUEBRE DE STOCK EN UNO O MAS PRODUCTOS COTIZADO, SIN ARRIBO RAPIDO”, dejando la orden de compra en estado “No aceptada” a través del portal Mercado Público.
10. Que, de acuerdo a lo estipulado en el numeral 5, de la Cláusula “K. Adjudicación”, se procede adjudicar al oferente que le sigue en puntaje, de acuerdo a la matriz de evaluación, de acuerdo al siguiente detalle:
Línea Proveedor Monto Neto adjudicado
4 DICER S.P.A $226.666
6 DICER S.P.A $1.062.000
8 CIA TRATAMIENTOS DE AGUA Y COMBUSTION LTDA $71.000
12 DICER S.P.A $1.002.400
13 DICER S.P.A $901.866
15 DICER S.P.A $100.992
Subtotal $3.364.924
IVA $639.336
Monto Total adjudicado $4.004.260
12. Que, de acuerdo a la matriz de evaluación las líneas N°10, 14, 16, 17 y 18 quedan desiertas al no tener más oferentes.
13. Que, de acuerdo a lo indicado en el numeral 5, de la cláusula “K”. Adjudicación, se efectúa la adjudicación superando en más de un 30% el monto estimado de las líneas N°6, 12 Y 13 debido a la importancia de mantener la operatividad del Buque Escuela Esmeralda.
14. Que, de acuerdo a lo preceptuado en artículo 63° del Reglamento de la Ley N° 19.886, respecto de contratos y validez de la oferta, para formalizar las adquisiciones de bienes y servicios regidas por la Ley N° 19.886, se requerirá la suscripción de un contrato. Sin perjuicio de lo anterior, las adquisiciones menores a 100 UTM podrán formalizarse mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de esta por parte del proveedor. De la misma forma, podrán formalizarse las adquisiciones superiores a ese monto e inferiores a 1.000 UTM, cuando se trate de bienes y servicios estándar de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas bases de licitación.
15. Que, líneas que no fueron mencionadas en los puntos anteriores no presentaron inconvenientes al proceso de adjudicación, las cuales se encuentran en proceso de recepción, de acuerdo a plazo de entrega ofertado.
|