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El Decreto N°2.362, del 08 de Julio del 2025, que adjudica la Propuesta Pública N°45/2025, denominada: “BRECHAS ARRIENDO CAMIONETAS DESAM OVALLE”, ID 2710-53-LE25, a los oferentes que indica;
Memorándum Interno N° 132/2025, de fecha 04 de agosto de 2025, del encargado Unidad de adquisiciones, informa que se canceló orden de compra 2710-669-SE25 del proveedor: Arriendo de vehículos Paola Huanchicay E.I.R.L, RUT 78.129.413-6, lo anterior de licitación ID 2710-53-LE25, “BRECHAS ARRIENDO CAMIONETAS DESAM OVALLE”, el motivo de la cancelación de la orden de compra, proveedor hasta, no la había aceptado y por necesidad urgente de contar con el vehículo, se solicita readjudicar línea N°1 de la licitación, el oferente que le sigue en puntaje, según acta de evaluación a don Sergio Araya Bórquez, RUT 7.879.669-3, camioneta Marca ZNA Dongfeng, modelo DF6 DCAB GL2.5, año 2023, y valor diario a pagar bruto $71.400.- lo que indica;
Orden de Compra N°2710-669-SE25, estado comprador: Cancelada 04-08-2025, Isaac Herrera, Comentarios: Se solicita cancelación de orden compra 2710-669-se25 por no haber sido aceptada dentro del plazo legal, lo que indica;
Artículo N°26 Formalización de la Relación Contractual, de la licitación citada, en que señala que a partir de la emisión de la orden de compra, existe un compromiso válido y obligatorio del oferente adjudicado, en aceptar la orden de compra que se emita, en un plazo no superior a 5 días hábiles desde la emisión a través del portal www.mercadopublico.cl. La no aceptación de la orden de compra dentro del plazo señalado, sea por desistimiento o simple omisión, habilita a la Municipalidad de Ovalle, para readjudicar la licitación, lo que indica;
Artículo n°22 Readjudicación, de la licitación citada, en que se señala que se podrá readjudicar la licitación que se ha individualizado al oferente que siga en el orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido en el acta de evaluación en los casos que indica, siendo lo consignado en su letra b) Si no se acepta la orden de compra a través del portal www.mercadopublico.cl, en el plazo estipulado en las presentes bases, lo que indica;
Acta de evaluación correspondiente a la licitación citada, que indica como segundo mejor puntaje para la línea n°1, la propuesta de don Sergio Araya Bórquez, RUT 7.879.669-3;
Certificado de Disponibilidad Presupuestaria para Adjudicación N°0523, de fecha 04 de agosto de 2025, en que se certifica por la Encargada de Finanzas DESA, que a la fecha del presente documento, esta institución cuenta con el presupuesto para el financiamiento de los bienes y/o servicios indicados en informe razonado, solicitado por la unidad Jurídica del Depto. De Salud y que corresponde a Readjudicación Propuesta Pública N°45/2025, Licitación N° 2710-53-LE25 y solicitado por Unidad de Recursos Físicos del Depto. de Salud, lo que indica;
El Decreto Exento N°7.816, de fecha 09 de diciembre de 2024, que decreta la asunción al cargo de alcalde de la comuna de Ovalle; y, lo dispuesto en la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su Reglamento; y las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades;
CONSIDERANDO:
1.- Que, el Decreto N°2.362, de fecha 08 de julio del 2025, que adjudica la Propuesta Pública N°45/2025, denominada: “BRECHAS ARRIENDO CAMIONETAS DESAM OVALLE”, ID 2710-53-LE25, en su línea 1, a la sociedad ARRIENDO DE VEHÍCULOS PAOLA HUANCHICAY E.I.R.L.
2.- Que, conforme a lo consignado en la Orden de Compra N°2710-669-SE25, en concordancia con lo considerado en el “Artículo N°22, Readjudicación, de la licitación citada, que señala que se podrá readjudicar la licitación que se ha individualizado al oferente que siga en el orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido en el acta de evaluación, si no se acepta la orden de compra a través del portal www.mercadopublico.cl, en el plazo estipulado en las presentes bases.”, lo que ocurre con lo actuado por el adjudicado don ARRIENDO DE VEHÍCULOS PAOLA HUANCHICAY E.I.R.L, al no aceptar la oferta dentro del plazo estipulado, correspondiente a la línea N°1.
3.- Que, con lo evidenciado en el Acta de Evaluación correspondiente a la licitación citada, que indica como segundo mejor puntaje para la línea N°1, la propuesta de don Sergio Araya Bórquez, RUT 7.879.669-3, deberá esta ser la que se readjudique.
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1. 1 DEJESE SIN EFECTO, la adjudicación efectuada en la línea n°1, el oferente ARRIENDO DE VEHÍCULOS PAOLA HUANCHICAY E.I.R.L., RUT N° 78.129.413-6, quien no ha aceptado la orden de compra indicada en los vistos N°2710-344-SE25, dentro de los plazos establecidos, conforme a los antecedentes contenidos en vistos.
2.- READJUDÍQUESE, la Propuesta Pública N°45/2025, denominada: “BRECHAS ARRIENDO CAMIONETAS DESAM OVALLE”, ID 2710-53-LE25, correspondiente a la línea N°1, conforme a los antecedentes contenidos en vistos y considerando, relativos a la licitación citada, por ser la segunda oferta más ventajosa para esta línea, conforme al acta de evaluación citada, al oferente que indica, vehículo y monto correspondiente:
LÍNEA PROVEEDOR RUT ESPECIFICACIONES DEL PROVEEDOR VALOR NETO DIARIO MONTO BRUTO DIARIO
1 Sergio Araya Bórquez 7.879.669-3 Marca: ZNA Dongfeng, Modelo DF6 DCAB GL2.5, año 2023 $60.000 $71.400
La vigencia del Contrato de los Servicios será desde la fecha que indique la Ilustre Municipalidad de Ovalle en el Acta de Inicio de servicio, que para tal efecto lo levantará el inspector Técnico, lo que quedará en todo caso debidamente consignado y hasta el 31 de diciembre de 2025.
3.- Lo no modificado manténgase lo dispuesto en el decreto de adjudicación original.
4.- NOTIFÍQUESE al Inspector Técnico el presente decreto.
5.- EMÍTASE la Orden de compra correspondiente y publíquese asimismo el presente Decreto en el portal Mercado Publico, en la ID correspondiente.
ANÓTESE. - COMUNIQUESE Y REMITASE este Decreto y sus antecedentes a Alcaldía, Secretaría Municipal, Subdirección de Recursos Físicos y Financieros del Departamento de Salud e Higiene Ambiental y Unidad de Transparencia Municipal. - Archívese.
FRANCISCO VEGA NAVARRO HÉCTOR VEGA CAMPUSANO
SECRETARIO MUNICIPAL ALCALDE
HVC/FVN/ANM/EMJ/JOO/MVS/pcz.
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