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1. Que mediante Resolución Nº 137 del año 2001, el Servicio Nacional de la Mujer delegó en la persona que se encuentre ejerciendo el cargo de Directora Regional del SERNAM de la Segunda región, la facultad de acordar y /o realizar todos los actos y celebrar todos los convenios y contratos que fueren necesarios para la ejecución del respectivo presupuesto regional. Esta delegación incluye la facultad de dictar la resolución aprobatoria correspondiente.
2. Que por mandato de fecha 25 de Febrero de 2010, el Gobierno Regional de Antofagasta, le encomendó a la Dirección Regional del Servicio Nacional de la Mujer la gestión técnica y administrativa de la ejecución del proyecto denominado “REPOSICIÓN CENTRO DE LA MUJER MANANTIAL DE TOCOPILLA” (Etapa Diseño), Código BIP Nº 30085180-0 (Obra), por un monto total de $ 9.970.000.- (Nueve millones novecientos setenta mil pesos), con imputación al Fondo Nacional de Desarrollo Regional de la Región de Antofagasta para el año 2010. El monto adjudicado no estará afecto a reajustes, variación, ni intereses de ningún tipo. Dicho mandato fue aprobado mediante Resolución Exenta N° 243, de fecha 02 de Marzo de 2010, rectificada por Resolución Exenta Nº 255 de fecha 04 de Marzo de 2010 ambas del Gobierno Regional de Antofagasta y por Resolución Exenta N° 038 del 05 de Marzo de 2010, del Servicio Nacional de la Mujer, Dirección Regional de Antofagasta.
3. Que con fecha 07 de Junio de 2010, la Dirección Regional de Antofagasta del Servicio Nacional de la Mujer, en su calidad de mandataria del Gobierno Regional de Antofagasta, celebró un contrato de prestación de servicios con la empresa IN3 Proyectos e Ingeniería Limitada, aprobado por Resolución Exenta Nº 065 de fecha 07 de Junio de 2010.
4. Que según Memorándum Nº 361/2010 de fecha 09 de Agosto de 2010, se informa que la empresa IN3 Proyectos e Ingeniería Limitada mediante carta, de fecha 05 de Agosto de 2010, señala que por error agregó el IVA, al precio del contrato, para la confección de la respectiva orden de compra siendo que se encuentra exento de dicho impuesto, siendo el valor real la suma de $8.360.000.- y no de $9.948.400.
5. Que con consideración a lo antes expresado las partes modificaron el contrato ya individualizado en el Considerando Tercero de la presente Resolución Exenta.
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RESUELVO:
ARTÍCULO ÚNICO. Apruébese la modificación al contrato suscrito con fecha 07 de Junio de 2010, entre el Servicio Nacional de la Mujer, Región de Antofagasta y la empresa IN3 Proyectos e Ingeniería Limitada, cuyo tenor es el siguiente:
“En Antofagasta, a 09 de Agosto de 2010, entre el Servicio Nacional de la Mujer, organismo descentralizado del Estado, R.U.T. N° 60.107.000-6, en adelante el "SERNAM", representado por su Directora Regional, doña Marisol Salvo Meneses, Cédula Nacional de Identidad N° 7.528.897-2, ambos domiciliados en Antofagasta, Calle Almirante Latorre N° 2308, Antofagasta, e IN3 Proyectos e Ingeniería Limitada, R.U.T. Nº 76.970.860 – K, representada legalmente por don Erick Byron Bracamonte García, Cédula Nacional de Identidad N° 9.687.939 – 3, ambos con domicilio en Antofagasta, calle San Martín Nº 2815, Antofagasta, en adelante, "el ejecutor", quienes exponen que han convenido modificar el contrato de prestación de servicios suscrito, entre las partes, con fecha 07 de Junio de 2010 y aprobado por Resolución Exenta, del Sernam, Nº 065 de fecha 07 de Junio de 2010 del Sernam , según el siguiente tenor:
PRIMERO: El Sernam deja establecido que, por Mandato de fecha 25 de Febrero de 2010, el Gobierno Regional de Antofagasta, le encomendó la gestión técnica y administrativa de la ejecución del proyecto denominado “REPOSICIÓN CENTRO DE LA MUJER MANANTIAL DE TOCOPILLA” (Etapa Diseño), Código BIP Nº 30085180-0 (Obra), por un monto total de $ 9.970.000.- (Nueve millones novecientos setenta mil pesos), con imputación al Fondo Nacional de Desarrollo Regional de la Región de Antofagasta para el año 2010. El monto adjudicado no estará afecto a reajustes, variación, ni intereses de ningún tipo. Dicho mandato fue aprobado mediante Resolución Exenta N° 243, de fecha 02 de Marzo de 2010, rectificada por Resolución Exenta Nº 255 de fecha 04 de Marzo de 2010 ambas del Gobierno Regional de Antofagasta y por Resolución Exenta N° 038 del 05 de Marzo de 2010, del Servicio Nacional de la Mujer, Dirección Regional de Antofagasta.
SEGUNDO: Que según Memorándum Nº 361/2010 de fecha 09 de Agosto de 2010 se informa que el ejecutor mediante carta, de fecha 05 de Agosto de 2010, señala que por error agregó el IVA al precio del contrato, para la confección de la respectiva orden de compra, siendo que se encuentra exento de dicho impuesto, siendo el valor real la suma de $8.360.000.- y no de $9.948.400.-
TERCERO: Que en consideración a lo antes expresado las partes vienen en modificar Cláusula Quinta y parte de la Cláusula Sexta, según el siguiente tenor:
QUINTO: El ejecutor recibirá por concepto de honorarios la suma única y total de $8.360.000.- (Ocho millones trescientos sesenta mil pesos), monto que incluye todos los gastos que pueda involucrar el completo desarrollo del proyecto hasta su aprobación definitiva. Este contrato es a suma alzada, sin intereses, ni reajustes de ningún tipo.
SEXTO: La suma referida en la cláusula anterior, siempre que la resolución que apruebe este contrato se encuentre totalmente tramitada, será pagada al ejecutor, por el Gobierno Regional de Antofagasta, mediante tres estados de pago, de la forma que se detalla a continuación:
• PRIMER ESTADO DE PAGO (20% DEL MONTO CONTRATADO) $1.672.000.- (Un millón seiscientos setenta y dos mil pesos), contra la aprobación del Primer Informe de Avance.
• SEGUNDO ESTADO DE PAGO (40% DEL MONTO CONTRATADO): $3.344.000.- (Tres millones trescientos cuarenta y cuatro mil pesos), contra la aprobación del Segundo Informe de Avance.
• TERCER ESTADO DE PAGO (40% DEL MONTO CONTRATADO): $3.344.000 (Tres millones trescientos cuarenta y cuatro mil pesos), contra la aprobación del Informe Final.
CUARTO: Todas las disposiciones del contrato de fecha 07 de Junio de 2010 que no hayan sido expresamente modificadas por este instrumento continuarán vigentes.
El nombramiento de la Directora Regional de la Región de Antofagasta, del Servicio Nacional de la Mujer, doña Marisol Salvo Meneses, consta en Resolución N° 110, de 13 de Abril de 2010, y su facultad para comparecer suscribiendo el presente instrumento consta en mandato del Gobierno Regional de Antofagasta, de fecha 25 de Febrero de 2010, aprobado por Resolución Exenta Nº 243 de fecha 02 de Marzo de 2010, rectificada por Resolución Exenta Nº 255 de 04 de Marzo de 2010, ambas del Gobierno Regional y por Resolución Exenta Nº 038 de fecha 05 de Marzo de 2010 del Servicio Nacional de la Mujer, Región de Antofagasta.
La personería de don Erick Byron Bracamonte García, como representante de la sociedad “IN3 PROYECTOS E INGENIERÍA LIMITADA”, consta de escritura pública de constitución de sociedad de fecha 08 de Octubre de 2007, otorgada ante doña Alejandra Sofía Espinoza Zepeda, Notario Público Suplente del titular don Vicente Castillo Fernández e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta, a fojas 1109 vta., bajo el número 915 de fecha 16 de Octubre de 2007.
Los documentos aludidos anteriormente no se insertan por haberse tenido a la vista y ser conocidos de las partes.
QUINTO: La presente modificación de contrato se extiende y firma en cuatro ejemplares del mismo tenor y fecha, quedando tres en poder del Sernam y el restante en poder del Ejecutor./MARISOL SALVO MENESES-DIRECTORA REGIONAL-SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER-REGIÓN DE ANTOFAGASTA/ ERICK BYRON BRACAMONTE GARCÍA- REPRESENTANTE LEGAL-IN3 PROYECTOS E INGENIERÍA LIMITADA.”
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