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Lo dispuesto en la Ley N° 17.374, de 1970, que fija texto refundido, coordinado y actualizado del D.F.L. N° 313, de 1960, que aprueba la Ley Orgánica Dirección Estadística y Censos y Crea el Instituto Nacional de Estadísticas; el Decreto N° 1.062, de 1970, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba Reglamento del Instituto Nacional de Estadísticas; en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, modificada por la Ley N° 21.634, de 2023; en el Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y deja sin efecto el Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda; en la Ley N° 21.796, de Presupuestos del Sector Público para el año 2026; en el DFL 1-19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Resolución N° 7 de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; en la Resolución N°36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que determina los montos en unidades tributarias mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda; en la Resolución Exenta N° 118, de 2026, que autorizó el llamado a licitación pública y se aprobó las bases administrativas para la contratación del servicio de lavado interior y exterior de vehículo fiscal INE Magallanes; en las Directivas en Compras Públicas emitidas por la Dirección Chilecompra; en la Resolución TRA N°159/1490/2023, que nombra a don Zalo López Palavecino como director regional, grado 8° E.U.S, de la planta de Directivos, para desempeñarse como director regional del INE Magallanes y Antártica Chilena; en la Resolución Exenta N°3435, de 2023, que delega facultades en los cargos que indica, y deja sin efecto Resolución Exenta N°5393, de 2011, y sus modificaciones, complementada por la Resolución Exenta N° 3651, de 2023; y en la demás normativa aplicable
|
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1º
Que, mediante Resolución Exenta N° 118, de 2026, se autorizó el llamado a licitación pública y se aprobó las bases administrativas para la contratación del SERVICIO DE LAVADO INTERIOR Y EXTERIOR DE VEHICULO FISCAL. INE MAGALLANES, publicándose en la plataforma www.mercadopublico.cl, bajo el ID N° 750-2-L126, con fecha 06 de marzo de 2026.
2º
Que, con fecha 17 de marzo de 2026, finalizó la recepción de ofertas y luego se procedió a efectuar la apertura electrónica de las mismas el 18 de marzo del presente, dejándose constancia en el Acta de Apertura, la existencia de la siguiente oferta, correspondiente a las líneas que se indican a continuación:
N° PROVEEDOR RAZÓN SOCIAL RUT:
1
BBAM LTDA
COMERCIAL Y CONSTRUCCIONES BBAM LIMITADA
76.502.743-8
3º
Que, para efectos de admisibilidad, y de acuerdo con lo establecido en los artículos 4°, 5°y 6° de las bases administrativas, el informe de la Comisión Evaluadora consigna lo siguiente:
ADMISIBILIDAD Y PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN
INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS.
El INE podrá declarar inadmisibles las ofertas:
•
En caso de no presentar Anexo N°5: Oferta económica.
•
Cuando la oferta supere el presupuesto disponible para la presente contratación.
•
En caso de que la Oferta técnica no se ajuste a lo solicitado en las bases técnicas del servicio.
•
Si al revisar la propuesta por parte de la Comisión Evaluadora ésta detecta que existen incongruencias o modificaciones entre lo solicitado en las bases técnicas con lo ofertado por el proveedor, o cualquier otro tipo de incongruencia insalvable entre anexos y la información vertida en la plataforma electrónica.
•
La decisión respectiva deberá ser por resolución fundada y publicada en el portal www.mercadopublico.cl
•
La declaración de inadmisibilidad de una oferta no dará lugar a indemnización o pago algún respecto del proponente que haya presentado la oferta declarada inadmisible.
ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD POR EMPRESA.
1.
PROVEEDOR: BBAM LTDA RUT: 76.502.743-8 EL INE PODRÁ DECLARAR INADMISIBLES LAS OFERTAS EN LOS SIGUIENTES CASOS CUMPLE CON EL PUNTO SEÑALADO - SI/NO OBSERVACIONES
1
En caso de no presentar Anexo N°5: Oferta económica
SI
El oferente presenta oferta económica Anexo N°5 indicando un valor total de $ 2.379.905.- IVA incluido.
2
Cuando la oferta supere el presupuesto disponible para la presente contratación
SI
3
En caso de que la Oferta técnica no se ajuste a lo solicitado en las bases técnicas del servicio.
SI
4
Si al revisar la propuesta por parte de la Comisión Evaluadora ésta detecta que existen incongruencias o modificaciones entre lo solicitado en las bases técnicas con lo ofertado por el proveedor, o cualquier otro tipo de incongruencia insalvable entre anexos y la información vertida en la plataforma electrónica.
SI
5
La decisión respectiva deberá ser por resolución fundada y publicada en el portal www.mercadopublico.cl
SI
6
La declaración de inadmisibilidad de una oferta no dará lugar a indemnización o pago algún respecto del proponente que haya presentado la oferta declarada inadmisible.
N/A
Los resultados del análisis de admisibilidad se presentan en los siguientes cuadros:
N° PROVEEDOR RUT ADMISIBILIDAD ADMINISTRATIVA
1
BBAM LTDA
76.502.743-8
Admisible: oferta del proveedor cumple con los requisitos de admisibilidad.
4º
Que, de acuerdo con lo anterior, la propuesta del oferente para el SERVICIO DE LAVADO INTERIOR Y EXTERIOR DE VEHICULO FISCAL. INE MAGALLANES: BBAM Ltda. Rut 76.502.743-8, pasa a la etapa de evaluación y cumple con lo solicitado en bases, por lo que, la Comisión Evaluadora de Ofertas, propone declarar su oferta como admisibles.
5º
Que, por su parte, la propuesta presentada por el proveedor cumple con los requisitos de admisibilidad, por lo que pasa a evaluarse conforme los criterios
de evaluación establecido en el artículo 5° “Evaluación de las ofertas”, de las bases administrativas, obteniéndose los siguientes resultados:
EVALUACIÓN DE OFERTAS SEGÚN CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
Los criterios de evaluación están definidos en el Artículo 5°: “Evaluación de las Ofertas” de las bases de licitación que regulan el proceso de evaluación contenidos entre páginas N° 4 a N° 7 de Resolución exenta N° 118 del 06 de marzo de 2026, los cuales se resumen de la siguiente manera:
RESUMEN
A)
Evaluación de los Criterios Administrativos (5%)
(A.1.*0,90) + (A.2. *0,10) Criterio Ponderación
A.1. Cumplimiento de Requisitos Formales
90%
A.2. Programas de Integridad
10%
B)
Evaluación de las Ofertas Técnicas (50%)
(B.1. *0,15) + (B.2. *0,05) + (B.3. *0,3) Criterio Ponderación
B.1 Calidad de insumos (Impacto medioambiental)
15%
B.2 Igualdad de género o liderazgo de mujeres
5%
B.3 Experiencia del Oferente
30%
C)
Evaluación de las Ofertas Económicas (45%): Criterio Ponderación
Oferta Económica
(Precio Oferta mínima / Precio Oferta evaluada) *100
100%
La evaluación del puntaje final de las ofertas será de acuerdo con la siguiente fórmula, considerando 2 decimales: Fórmula General
Mejor Oferta = Evaluación administrativa (5%) + Evaluación técnica (50%) + Evaluación económica (45%)
Mejor Oferta = (A*0,05) + (B*0,5) + (C*0,45)
Mecanismo de Desempate
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje en la evaluación final, quedando más de uno en condición de resultar adjudicado, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje de
acuerdo con la secuencia de los criterios que resulten aplicables, siguiendo el siguiente orden de prelación:
1. Mejor puntaje obtenido en Criterio de evaluación Oferta Técnica (Quien obtenga el mejor puntaje en la suma de los subcriterios de la oferta técnica)
2. Mejor puntaje en subcriterio insumos sustentables
3. Mejor puntaje Experiencia del Oferente
4. Mejor puntaje en Igualdad de género Liderazgo de mujer.
5. Mejor puntaje obtenido en Criterio de evaluación Precio Total Bruto del Servicio.
En caso de persistir el empate entre los oferentes, se optará por el que primero haya ingresado su oferta
en el portal de www.mercadopublico.cl
EVALUACIÓN CRITERIOS Y SUBCRITERIOS DE EVALUACIÓN.
A.
CRITERIO ADMINISTRATIVO (5%)
A.1 Cumplimiento de los Requisitos Formales (90 %).
Para realizar esta evaluación el proveedor deberá presentar todos los documentos que se solicitan en el artículo Contenido de las Ofertas en el apartado Antecedentes Administrativos.
El proveedor deberá ingresar en la sección Antecedentes Administrativos del portal www.mercadopublico.cl, y completar la siguiente información:
Declaración Jurada Simple, debidamente firmada en el portal www.mercadopublico.cl al momento de ingresar su oferta.
En caso de que oferte una Unión Temporal de Proveedores (UTP), debe ingresar en www.mercadopublico.cl sección Antecedentes Administrativos, la escritura pública que contenta el documento de constitución y el Anexo N° 2 Individualización Unión Temporal de proveedores.
En caso de que se trate de una licitación inferior a 1.000 UTM la constitución de la Unión Temporal de Proveedores podrá materializarse por Instrumento Público o Privado. Para estos efectos, el Anexo N° 2 Individualización Unión Temporal de proveedores, establece un formato tipo de constitución de UTP.
La(s) oferta(s) que no adjunte (n) en tiempo los antecedentes administrativos solicitados en los números 1 (y 2 solo cuando se trate de una UTP) al momento de ofertar tendrán el puntaje que determine el respectivo criterio de evaluación o lo que señale el Artículo Inadmisibilidad de las ofertas, según corresponda.
ASIGNACIÓN DE PUNTAJE
100 puntos: Presentación de Antecedentes administrativos en la forma y en el plazo de presentación de las propuestas.
50 puntos: Oferente que omitió antecedentes de su oferta, incurrió en errores formales o bien presenta antecedentes vencidos, los adjunta en la oportunidad y forma requerida en el artículo Errores u omisiones formales de las ofertas.
0 puntos: En el caso que el oferente no presente los antecedentes administrativos en el plazo requerido y según las condiciones del artículo Errores u omisiones Formales de las Ofertas.
MEDIO DE VERIFICACIÓN
Medio de verificación: Acta de Apertura de Licitación entregado por la Unidad de Administración y Finanzas y revisión de antecedentes por parte de la comisión evaluadora.
A.2. Programa de Integridad (10%)
Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N° 1 “Programa de Integridad” y acreditado mediante el/los documento(s) que dé cuenta de ello.
Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga por objeto prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos dentro de la organización, promoviendo un cultura de cumplimiento y que conste que, tanto las personas naturales que estarán en contacto directo con la Administración durante la ejecución del contrato, como aquellas que realizarán directamente los servicios encomendados, se hayan capacitado en dicho sentido integridad o compliance.
En caso de que el oferente sea una persona natural, para efectos de la evaluación de este criterio, deberá acreditar la realización y aprobación de cursos, capacitaciones, diplomados, o acompañar otros documentos fidedignos en que conste que el personal con el que prestará el servicio se haya capacitado en integridad o compliance. ASIGNACIÓN DE PUNTAJE
100 puntos: Declara y acredita que cuenta con un programa de integridad que sea conocido por el oferente y su personal.
0 puntos: Declara no contar con un programa de integridad que sea conocido por él o su personal o lo declara, pero no presenta información de respaldo para acreditarlo.
MEDIO DE VERIFICACIÓN
Información solicitada en el Anexo N° 1 “Programa de Integridad” en conjunto con certificados de cursos, capacitaciones, diplomados u otros documentos fidedignos en que consten que tanto las personas naturales que estén en contacto directo con la Administración durante la ejecución del servicio, como aquellas que realizarán directamente el servicio, se hayan capacitado en integridad o compliance. En caso de no llenar el Anexo; no presentar la información o no acompañar los documentos de respaldo, el puntaje será 0.
RESUMEN DE LA EVALUACIÓN CRITERIO ADMINISTRATIVO:
SERVICIO DE LAVADO INTERIOR Y EXTERIOR DE VEHICULO FISCAL. INE MAGALLANES 750-2-L126
N°
OFERENTE
RUT CRITERIOS ADMINISTRATIVO CRITERIO ADMINISTRATIVO PONDERADO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES 90% PROGRAMA DE INTEGRIDAD 10% ASIGNACION DE PUNTAJE
PTJE.
DECLARA QUE CUENTA ASIGNACION DE PUNTAJE
PTJE. 5%
1
BBAM LTDA
76.502.743-8 100 90 SI 10
100 5
2
B.
CRITERIOS TÉCNICOS (50%)
B.1 Calidad de insumos (Impacto medioambiental) (15%):
El proveedor cumple en calidad con insumos de sustentables.
Para realizar la evaluación de este criterio el proveedor deberá presentar la información requerida en el Anexo N°3 completo de acuerdo con el formato solicitado, además adjuntando en la oferta toda la documentación indicada, lo que será evaluado bajo la siguiente escala:
Asignación de puntaje: CRITERIO PUNTAJE
El Proveedor utiliza insumos sustentables que no generan impacto ambiental y adjunta fichas de cada uno de lo informado. mínimo de 2 productos.
100 puntos
El Proveedor utiliza 1 insumo sustentable, que no genera impacto ambiental y adjunta ficha
50 puntos
No presenta fichas ni productos con insumos sustentables. la pág. 14
0 puntos
MEDIO DE VERIFICACIÓN
Para evaluar este subcriterio, el proveedor debe completar el Anexo N° 3 y adjuntar la documentación solicitada en él.
B.2 Igualdad de género o liderazgo de mujeres (5%):
Este criterio evaluará las medidas que promuevan la igualdad de género y/o liderazgos de las mujeres dentro de su estructura organizacional, adoptadas por el oferente.
Para este criterio bastará el cumplimiento de uno de los dos aspectos para efectos de asignación del puntaje:
1.1. Igualdad de género
Para efectos de evaluación, se entenderán por medidas de promoción de la igualdad de género, aquellas políticas o prácticas del lugar de trabajo que reduzcan las brechas salariales fomenten contrataciones equitativas, la corresponsabilidad en los cuidados, y la reducción de la desigualdad de género, para lo cual, el oferente deberá adjuntar la documentación correspondiente que dé cuenta de dichas medidas.
1.2. Liderazgo de mujeres
Por su parte, se entenderán por medidas que promueven el liderazgo de mujeres dentro de la estructura organizacional, las condiciones significativas para influir en las prácticas comerciales, ocupando posiciones de liderazgo, para lo cual, el oferente deberá acreditar que la empresa es de propiedad de una mujer, ya sea por la totalidad o la mayoría de los derechos societarios o acciones en ella, o ejerza el control de la sociedad o sea la administradora de la empresa, lo cual se acreditará con el respectivo sello mujer en la ficha disponible en www.mercadopublico.cl.
Asignación de puntaje:
Para determinar el puntaje de cada oferta en este criterio se utilizará la siguiente escala de puntaje: ASIGNACIÓN DE PUNTAJE
100 puntos: Oferente adjunta documentación que permite verificar la adopción de medidas de promoción de igualdad de género y/o cuenta con el sello mujer en el registro de proveedores, al momento de la revisión por parte de la comisión evaluadora.
0 puntos: Oferente no adjunta documentación que permita verificar la adopción de medidas para la promoción de la igualdad de género o no cuenta con el sello mujer, al momento de la revisión por parte de la comisión evaluadora.
MEDIO DE VERIFICACIÓN
1.1. Igualdad de género
Para la verificación de las medidas adoptadas por el oferente para la promoción de la igualdad de género, deberá presentar cualquier documento en el que conste las políticas o prácticas que reduzcan las brechas salariales, fomenten contrataciones equitativas, corresponsabilidad en los cuidados, y la reducción de la desigualdad de género, ya sea la estructura organizacional de la empresa o nómina de trabajadores, etc.
1.2. Liderazgo de mujeres
Para la verificación de medidas que promuevan el liderazgo de mujeres dentro de la estructura organizacional, se realizará por el respectivo Sello Empresa Mujer vigente otorgado por ChileCompra al momento de la revisión por parte de la comisión evaluadora, quienes tomarán una captura de la plataforma Mercado Público como medio de verificación.
BBAM LTDA RUT: 76.502.743-8
B.3 Experiencia del Oferente (30%)
La metodología de evaluación consistirá en proporcionar una escala de puntaje de acuerdo con cada experiencia positiva presentada por cada oferente, de acuerdo con la información que deberá completar según el Anexo N°4 de las presentes bases.
Para ello, deberán proporcionar una ficha completada y firmada por cada uno de sus clientes, de acuerdo con lo solicitado y contenido en el anexo N° 4 de las presentes bases. Dicho documento deberá ser completado y firmado por el cliente que el oferente presenta como experiencia, escaneado e ingresado como un archivo adjunto a su oferta, junto con la copia del contrato respectivo u orden de compra. La calificación de la experiencia como positiva, con observaciones o reparos, o como negativa se podrá efectuar en el Anexo N°4. La información proporcionada se podrá comprobar mediante el envío de correo electrónico a la persona que entrega la referencia, y no podrá tener una antigüedad superior a 90 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de presentación de los antecedentes.
Para efectos de evaluación de este criterio sólo se considerarán las experiencias que tengan una antigüedad no superior a 24 meses desde la fecha de publicación de las bases, incluyéndose aquellos contratos terminados no vigentes dentro del periodo señalado.
Toda información presentada que no esté conforme con lo requerido, o que constituya falsedad o falta de coincidencia podrá conllevar a que el documento no sea considerado, de acuerdo con lo expuesto por las presentes bases.
Nota: Para efectos de la evaluación solo se considerará una recomendación por contrato ASIGNACIÓN DE PUNTAJE
Para determinar el puntaje de cada oferta en este criterio se utilizará la siguiente fórmula:
100 puntos: Propuestas en que el oferente demuestre un número mayor o igual a 4 experiencias positivas. Con sus respectivos contratos u Orden de compra
50 puntos: Propuestas en que el oferente demuestre entre 2 y 3 experiencias positivas.
25 puntos: Propuestas en que el oferente demuestre 1 experiencia positiva.
O Punto: No acredite, no presenta la información o no llena Anexo N°4, o no presenta documentos.
MEDIO DE VERIFICACIÓN
Completar información solicitada en Anexo N°4 Experiencia del Oferente y adjuntar copias de contratos u órdenes de compra.
CUADRO COMPARATIVO OFERTA TECNICA.
SERVICIO DE LAVADO INTERIOR Y EXTERIOR DE VEHICULO FISCAL. INE MAGALLANES 750-2-L126
N°
OFERENTE
RUT CRITERIO TECNICO SUMATORIA CRITERIO TECNICO PONDERADO TOTAL PONDERADO CRITERIO TECNICO
A.1 Calidad de insumos (Impacto medioambiental) 15% A.2 Igualdad de género o liderazgo de mujeres 5% A.3 Experiencia del Oferente 30%
SI/NO PTJE. POND. N° PTJE. POND. COBERTURA OFERTADA
PTJE.
POND. 50%
1
BBAM LTDA
76.502.743-8
SI 100 15 Políticas de igualdad 100 5 2
50
15
35 35
2
OBSERVACIONES CRITERIO TÉCNICO
BBAM LTDA
En el caso del punto A.1:
En el caso del punto A.2:
En el caso del punto A.3: Presenta 2 anexos con orden de compra
Evaluación subcriterio experiencia del oferente N° NOMBRE PROVEEDOR DESCRIPCIÓN PUNTAJE OBTENIDO PUNTAJE PONDERADO (30%)
1
BBAM LTDA RUT 76.502.743-8
Presenta 2 experiencias:
*Consejo Regional de la Cultura y las Artes.
*Subsecretaria Economía y Empresas de menor Tamaño.
50
15
RESUMEN DE LA EVALUACIÓN CRITERIO TÉCNICO:
C.
CRITERIO ECONÓMICO (45%).
El proveedor deberá ingresar en la sección Antecedentes Económicos del portal www.mercadopublico.cl, e ingresar su oferta económica:
Se debe considerar lo que sigue:
a) La oferta económica deberá expresarse en pesos, según lo solicitado en el Anexo oferta económica, donde se deberá informar el valor total de la tabla correspondiente, expresado en pesos y con impuestos. Sin perjuicio de lo anterior, en el formulario electrónico del portal www.mercadopublico.cl, se deberá informar el valor neto total de la tabla correspondiente expresado en pesos y sin impuestos. Debiendo ser este valor total neto concordante con el valor neto ofertado en el anexo.
b) El oferente deberá procurar que los montos indicados en su oferta económica sean plenamente concordantes con los postulados en portal mercado público, en caso de incongruencia primará lo señalado en el anexo para todos los efectos
c) Al momento de la evaluación se aplicará el valor total con IVA declarado por el oferente en el Anexo N°5.
Se asigna puntaje a los oferentes según la siguiente fórmula de cálculo =
(Precio Oferta mínima / Precio Oferta evaluada) *100
MEDIO DE VERIFICACIÓN
Anexo 5 Oferta Económica.
Evaluación criterio económico
SERVICIO DE LAVADO INTERIOR Y EXTERIOR DE VEHICULO FISCAL. INE MAGALLANES 750-2-L126
N°
OFERENTE
RUT OFERTA ECONÓMICA PRECIO OFERTADO PTJE. 45% TOTAL PONDERADO CRITERIO ECONÓMICO
1
BBAM LTDA
76.502.743-8 $2.379.905 100 45
2
RESUMEN DE LA EVALUACIÓN ECONÓMICO:
N° NOMBRE PROVEEDOR DESCRIPCIÓN PUNTAJE OBTENIDO PUNTAJE PONDERADO (45%)
1
BBAM LTDA RUT 76.502.743-8
Presenta Anexo N°5 y oferta un monto de $$2.379.905.-
100
45
CUADRO RESUMEN EVALUACIÓN DE LA OFERTA SEGÚN CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
6º
Que, de acuerdo con lo anterior, la Comisión Evaluadora sugirió adjudicar la licitación pública a la siguiente oferta:
1.-PROVEEDOR: BBAM LTDA
RAZÓN SOCIAL: COMERCIAL Y CONSTRUCCIONES BBAM LTDA.
RUT: 76.502.743-8
7º
Que, observado el artículo 10° de la Ley N° 19.886 y el artículo 58° del Reglamento de dicha norma, se concluye que la propuesta del oferente antes mencionado está conforme a las condiciones establecidas en las bases, se encuentra debidamente fundada, y además sería las más ventajosa, por haber obtenido el más alto puntaje, por aplicación de los criterios establecidos en las bases, por lo que corresponde entonces le sea adjudicada la presente licitación.
8º
Que, conforme el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°39, de fecha 2 de febrero de 2026, informado por la Unidad Administrativa y Financiera del Subdepartamento de Presupuestos, cuenta con los recursos destinados al efecto para realizar el desembolso por la presente licitación.
9º
Que, el oferente BBAM LTDA. RUT 76.502.743-8, se encuentran inscritos y figuran en estado “hábil” en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, www.chileproveedores.cl.
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