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1.- Que, mediante Decreto Alcaldicio N° 2050 de 3 de agosto de 2017, la I. Municipalidad de Valparaíso, llamó a licitación pública y aprobó las bases de la licitación pública para la ejecución del proyecto denominado “Diseño de Pavimentos N° 4-2017” ID Nº 2426-26-LE17.
2.- Que, según consta en el Acta de Apertura Electrónica de las Propuesta se presentaron los siguientes oferentes a la licitación:
Oferente RUT N°
Hugo Oportus Levancini 8.656.161-1
Grupo Incolex Spa 76.706.048-3
Ingeniería y Construcción Los Andes Spa 76.009.662-8
Moncada y Pedrals Ingeniería Ltda. 76.237.009-3
Ymt Ingeniería Ltda. 76.538.901-1
Eduardo Pérez Pulgar 9.933.171-2
VMC Consultores EIRL 76.065.194-K
Eduardo Nuñez Ingeniería EIRL 52.004.233-4
3.- Que, de acuerdo al Acta e Informe antes señalados, las ofertas presentadas por los proponentes Hugo Oportus Levancini; Grupo Incolex Spa; Ingenieria y Construcción Los Andes Spa; Moncada y Pedrals Ingeniería Ltda., e Ymt Ingeniería Ltda., no dieron cumplimiento a las exigencias establecidas en las bases de licitación, razón por la que se propone declararlas inadmisibles.
4.- Que, según consta en el Acta de la Comisión Evaluadora, y en el Informe de Adjudicación de la Secpla, la oferta presentada por el proponente Eduardo Pérez Pulgar obtuvo 45.26 puntos sobre 100; VMC Consultores EIRL obtuvo 49.14 puntos sobre 100 y Eduardo Nuñez Ingeniería EIRL obtuvo 85.02 puntos sobre 100, razón por la cual se propone adjudicar la propuesta a éste último.
5.- Que, conforme lo indicado en el artículo 9 de la ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, corresponde declarar inadmisible una oferta, cuando no cumple con los requisitos establecidos en las bases de licitación.
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I.- DECLARESE INADMISIBLES las ofertas presentadas por los proponentes HUGO OPORTUS LEVANCINI RUT 8.656.161-1; GRUPO INCOLEX SPA RUT 76.706.048-3; INGENIERIA Y CONSTRUCCION LOS ANDES SPA RUT 76.009.662-8; MONCADA Y PEDRALS INGENIERIA LTDA., RUT 76.237.009-3 e YMT INGENIERIA LTDA., RUT 76.538.901-1 en la licitación pública denominada “DISEÑO DE PAVIMENTOS N° 4-2017” ID Nº 2426-26-LE17, conforme lo indicado en los considerandos precedentes.
II.- ADJUDICASE, la propuesta antes señalada al oferente EDUARDO NUÑEZ INGENIERIA EIRL, RUT Nº 52.004.233-4, en los siguientes términos:
CONDICIONES GENERALES. El proyecto señalado será desarrollado conforme lo establecido en el correspondiente contrato, aclaraciones y respuestas a las consultas de la propuesta, en las bases de la licitación, en los documentos anexos, en la oferta y en los demás antecedentes presentados por el adjudicatario y todos aquellos documentos relacionados con el llamado a licitación, documentos que para todos los efectos legales, se entenderán formar parte de la correspondiente contratación.
PRECIO: Se pagará al proveedor antes individualizado, la suma total de $22.100.000.- exentos de impuesto.
PLAZO: el para la ejecución del diseño será de 130 días corridos contados desde la fecha de suscripción del contrato.
GARANTIAS:
Garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Atendida la naturaleza de la contratación y, a efecto de garantizar los intereses municipales involucrados en su ejecución, el oferente deberá presentar una boleta de garantía bancaria irrevocable, pagadera a la vista, de liquidez inmediata, vale vista o cualquier otro instrumento que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva y que cumpla con las condiciones señaladas, extendida a nombre de la Municipalidad de Valparaíso RUT. 69.060.900-2, al momento de la suscripción del contrato respectivo. El monto de esta garantía será el equivalente al 5% del monto total del contrato y deberá tener una vigencia igual al plazo ofertado más 90 días corridos contados desde la suscripción del respectivo contrato, dando cumplimiento al plazo de 60 días hábiles exigido por el art. 70 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
La glosa de la garantía debe indicar: “Para garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato ID 2426-26-LE17”.
Si el oferente adjudicado no hace entrega oportuna de la garantía señalada, se dejará sin efecto su adjudicación, pudiendo adjudicarse la propuesta al siguiente oferente mejor evaluado conforme los resultados obtenidos en el Informe de adjudicación, previo acuerdo del Concejo Municipal, según corresponda.
Si el contrato es resuelto por alguna de las causales dispuestas en el numeral 11.1 de las Bases Administrativas, la garantía de fiel cumplimiento de contrato se hará efectiva y el consultor perderá el 100% del valor de ésta, cantidad que se considerará como clausula penal.
Si transcurrido el plazo total, esto es, el plazo ofertado más los 90 días, y no se hubiere cursado la aprobación de los diseños, cualquiera sea su motivo, el consultor se obliga a cambiar la garantía por un nuevo plazo de 60 días corridos y así sucesivamente hasta que se finiquite conforme lo contratado.
En aquellos casos excepcionales que resulte procedente efectuar una modificación del contrato, y que signifique un aumento en el plazo de ejecución, previo informe fundado de la Unidad Técnica que lo autorice, el contratista deberá prorrogar la vigencia de la garantía en igual cantidad de días en que se haya ampliado el plazo de ejecución, a menos que la Unidad Técnica informe que la garantía vigente cubre el nuevo plazo. En el caso de modificación del contrato que implique un aumento en los montos de inversión, la garantía deberá ser modificada en el mismo porcentaje del aumento del proyecto, con el objeto de mantener la suma establecida en Bases Administrativas.
En caso de incumplimiento del contratista de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, la Municipalidad podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
La presente garantía cauciona también el pago de las multas que puedan ser cursadas por la Unidad Técnica, conforme lo indicado en el procedimiento establecido para su aplicación en el número 7.2.3 de las Bases Administrativas.
Lo anterior, sin perjuicio de las acciones que la Municipalidad pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.
Asimismo, se procederá a su cobro si el adjudicado incumpliere alguna de las obligaciones contenidas en el correspondiente contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contratista.
En todo caso, el incumplimiento de la normativa laboral o previsional por parte del consultor, habilitará a la Unidad Técnica para dejar unilateralmente sin efecto el correspondiente contrato.
Esta Garantía será devuelta una vez aprobado el Estudio por los servicios correspondientes y entregada la Garantía por Correcta Elaboración de los Diseños.
Garantía de correcta elaboración de los diseños.
El adjudicatario deberá garantizar la correcta elaboración del diseño, para lo cual deberá presentar una boleta de garantía bancaria, irrevocable, a la vista, vale vista o cualquier otro instrumento que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva y que cumpla con las condiciones señaladas, extendido a nombre de la Municipalidad de Valparaíso RUT. 69.060.900-2, por un monto equivalente al 3% del precio contratado y, con una vigencia de 24 meses, contado desde la recepción conforme del diseño respectivo.
La glosa de la garantía debe indicar: “Para garantizar la correcta Elaboración del Diseño ID 2426-26-LE17”.
III. CONTRATO. Facúltese a la Dirección de Asesoría Jurídica, para la redacción del contrato respectivo. Todos los gastos derivados del señalado instrumento y su protocolización serán de cargo exclusivo del adjudicatario, el cual tendrá un plazo de 10 (diez) días hábiles, contados desde la fecha de notificación del presente decreto, para la suscripción del mismo.
IV. IMPUTACION. Impútese el gasto que irrogue la ejecución del proyecto a la cuenta 215.31.02.002.000.-
V. PUBLICACION. Publíquese el presente decreto a través del Sistema de Información Mercado Público, ID 2426-26-LE17.
Anótese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.
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