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Lo dispuesto en la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; Decreto Nº 250 de fecha 09 de Marzo de 2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886, modificado por el Decreto Nº 1410 publicado en el Diario Oficial el 12 de Mayo de 2015; DFL Nº 1 de 2005 del Ministerio de Salud que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2763 de 1979 y de las Leyes Nos. 18.933 y 18.469; DFL Nº 36 de 1980 del Ministerio de Salud, que establece normas que regulan los convenios que celebran los Servicios de Salud con otras entidades, relativos a acciones de salud que a dichos Servicios les corresponde ejecutar; Las facultades que me refiere el artículo 23 del Decreto Supremo Nº 38 de 2005 del Ministerio de Salud, que aprueba Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y de los Establecimientos Autogestionados en Red; Resolución Afecta Nº 41 de fecha 25 de Enero de 2016 del Servicio de Salud Maule, sobre nombramiento del Director del Hospital de Linares, y Resolución Nº 1600 de 2008 de la Contraloría General de la República, modificada por Resolución N° 10 de fecha 13 de Marzo de 2017, que establece las normas sobre exención del trámite de Toma de razón, dicto lo siguiente:
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1. La necesidad de contar con Médicos cirujanos especialistas para CR Emergencia y CR Médico, que sea capaz de cubrir turnos por feriado legal y compensatorio de médicos cirujanos con especialidad en Anestesiología (Dr. Diego Navarrete y Dra. Claudia Torres) y en Cirugía General (Dr. Marcelo Villarroel) en CR de Emergencia y por pasantía en Hospital Regional de Talca de médico especialidad Internista (Dra. Peggy Vergara Acosta) del Hospital de Linares, según requerimiento promovido por Don Nolasco Pérez Pérez, Director del Hospital de Linares, en su Memorándum Nº 49 de fecha 05 de abril de 2019 y Memorándum Nº 52 de fecha 09 de abril de 2019.
2. Resolución Exenta Nº197 de fecha 15 de abril 2019, que aprueba y autoriza la publicación de licitación ID 5184-65-LE19 denominada “TURNOS MÉDICOS PARA CR MÉDICO Y CR EMERGENCIA”.
3. Que, con fecha 23 de abril de 2019, se dicta Resolución Exenta Nº 212, que aprueba Acta de Adjudicación y se adjudican las respectivas líneas de la licitación ID 5184-65-LE19 “TURNOS MÉDICOS PARA CR MÉDICO Y CR EMERGENCIA” a los proveedores que se indican:
DR. ERIK DÁVILA ALCALÁ, RUT: 48.208.024-3.
YORDANIA REYES MONTINI, RUT: 25.216.166-K.
MARIO VICENTE SUANNO PAZ, RUT: 25.806.991-9.
ANTONIO BORONAT LA ROSA, RUT: 25.216.290-9
VICTORIA CAROLINA URDANETA GUZMAN, RUT: 23.155.534-8
ESNEHYDER CARDENAS MARTINEZ, RUT: 25.647.606-1
4. Que, la adjudicación dice relación con observación N°1, como se indica:
Observación N°1: “Se adjudica en relación a lo indicado en Informe de Evaluación entregado por la Dra. Clara León Ferrada, Médico Jefe CR Emergencia del Hospital de Linares”
Línea 15: Oferta de Proveedor: MARIO VICENTE SUANNO PAZ
Línea 16: Oferta de Proveedor: MARIO VICENTE SUANNO PAZ
5. Que, en informe de Dra. Clara Patricia León Ferrada, Médico Jefe C.R Emergencia, de fecha 24 de junio de 2019 manifiesta la necesidad de “re-adjudicar” línea 15 “TURNO MÉDICO PARA CRF EMERGENCIA ÁREA ANESTESIA MÉDICO DEL HOSPITAL DE LINARES FECHA 21.07.2019 HORARIO DE 09:00 A 20:00 HRS.” y línea 16 “TURNO MÉDICO PARA CRF EMERGENCIA ÁREA ANESTESIA MÉDICO DEL HOSPITAL DE LINARES FECHA DESDE 21.07.2019 HASTA EL 22.07.2019 HORARIO DE 20:00 A 08:00 HRS.” de Licitación ID 5184-65-LE19, debido a renuncia de Dr. Mario Suanno Paz, según lo señalado en carta adjunta en la que indica: “Junto con saludar, mediante la presente vengo a presentar a Ud. Mi renuncia a turnos que me fueron adjudicados mediante licitación pública, ID 5184-65-LE19, para el mes de Julio del presente año, los cuales se detallan a continuación:
21-07-2019 Por 24 horas
El motivo de mi renuncia no es otro que mi cambio de domicilio fuera de la región lo cual me imposibilita asistir a cumplir con lo acordado.”
6. Que, el servicio consiste en “TURNOS MÉDICOS PARA CR MÉDICO Y CR EMERGENCIA” por 23 Horas.
7. Que, las Bases Administrativas de la licitación ID 5184-65-LE19 “TURNOS MÉDICOS PARA CR MÉDICO Y CR EMERGENCIA” establecen en el Punto Nº14, lo siguiente: “Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, o no acepta la orden de compra, no puede prestar el servicio o entregar los bienes adjudicados, no entrega los antecedentes legales para contratar, se desiste de firmar el contrato, o no se inscribe en www.chileproveedores.cl en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde notificada la adjudicación, la entidad licitante podrá, dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje al adjudicatario inicial, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la Licitación..”
8. Que, el Proveedor que obtuvo el segundo mayor puntaje en la línea 15 “TURNO MÉDICO PARA CRF EMERGENCIA ÁREA ANESTESIA MÉDICO DEL HOSPITAL DE LINARES FECHA 21.07.2019 HORARIO DE 09:00 A 20:00 HRS.” y línea 16 “TURNO MÉDICO PARA CRF EMERGENCIA ÁREA ANESTESIA MÉDICO DEL HOSPITAL DE LINARES FECHA DESDE 21.07.2019 HASTA EL 22.07.2019 HORARIO DE 20:00 A 08:00 HRS.” de Licitación ID 5184-65-LE19, según da cuenta acta de evaluación y resumen de licitación ID 5184-65-LE19 es YORDANIA REYES MONTINI, RUT: 25.216.166-K, con un valor hora de $30.000.- y un total de 100 puntos.
9. Acta y Resumen de Evaluación de Ofertas ID 5184-65-LE19
10. Que, el Hospital de Linares cuenta con recursos económicos para la contratación del servicio de “TURNOS MÉDICOS PARA CR MÉDICO Y CR EMERGENCIA”, según Certificado de Disponibilidad Presupuestaria.
11. Que, el proveedor YORDANIA REYES MONTINI, RUT: 25.216.166-K, según dan cuenta Certificados de Estado en Chile Proveedores, se encuentran “sin contrato vigente”, por lo que según lo señalado en Punto 1 de Bases Administrativas indica: “El oferente adjudicado en esta licitación deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores del portal www.mercadopublico.cl, o en su defecto, proceder a su inscripción en el plazo máximo de 5 días”.
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1. READJUDÍQUESE, la línea 15 “TURNO MÉDICO PARA CRF EMERGENCIA ÁREA ANESTESIA MÉDICO DEL HOSPITAL DE LINARES FECHA 21.07.2019 HORARIO DE 09:00 A 20:00 HRS.” y línea 16 “TURNO MÉDICO PARA CRF EMERGENCIA ÁREA ANESTESIA MÉDICO DEL HOSPITAL DE LINARES FECHA DESDE 21.07.2019 HASTA EL 22.07.2019 HORARIO DE 20:00 A 08:00 HRS.” de Licitación ID 5184-65-LE19 “TURNOS MÉDICOS PARA CR MÉDICO Y CR EMERGENCIA”, a Proveedor que a continuación se indican:
YORDANIA REYES MONTINI, RUT: 25.216.166-K
Se adjudica: (Línea N°4)
FECHA 21.07.2019 HORARIO DE 09:00 A 20:00 HRS.
FECHA DESDE 21.07.2019 HASTA EL 22.07.2019 HORARIO DE 20:00 A 08:00 HRS.
(Valor Hora $30.000.-) $690.000.-
(Seiscientos noventa mil pesos. -)
2. ESTABLÉCESE, que en consideración a la Readjudicación practicada, la licitación se individualiza bajo el ID 5184-65-R119 denominada “TURNOS MÉDICOS PARA CR MÉDICO Y CR EMERGENCIA”.
3. ESTABLÉCESE, que este servicio deberá ser prestado en CR Médico y CR Emergencia del Hospital de Linares, ubicado en Avda. Brasil Nº 753, Linares, en los días y horarios establecidos.
4. ESTABLÉCESE, que es condición esencial para proceder al pago, que la Unidad Técnica, certifique que el proveedor presto el servicio adquirido, cumpliendo los requerimientos y exigencias técnicas que le fueron promovidas.
5. IMPÚTESE, el gasto que representa esta Resolución, al ÍTEM presupuestario 22-12-999-016-01 “Compra de Consultas Médicas”, del presupuesto del Hospital de Linares 2019.
6. Se adjunta Certificado de Disponibilidad Presupuestaria para Licitación ID 5184-65-R119.
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