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Que, el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, es la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad, reconociendo y valorando las culturas de los pueblos indígenas, la diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la Ley N° 21.045.
Que, el Ministerio, cuenta con la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, la que tiene entre sus funciones proponer políticas al Ministerio y diseñar, ejecutar y evaluar planes y programas en materias relativas al arte, a las industrias culturales, a las economías creativas, a las culturas populares y comunitarias, incluyendo las demás asignadas en la Ley N° 21.045 y otras tareas que el Ministerio le encomiende.
Que, en cumplimiento de sus fines, la Secretaría Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, de la región de La Araucanía, a través de la Unidad de Ciudadanía Cultural, ejecuta el Programa Red Cultura, componente N°1 Planificación Cultural Participativa, para lo cual se ha aprobado el correspondiente Plan Anual de Trabajo de Gestión de sus diversos componentes.
Que, en cumplimiento de dichos objetivos, este Organismo Público requirió contratar Servicios Técnicos y Profesionales para Elaboración de los Planes de Gestión (PG) de Espacios Culturales Red de Espacios Artísticos Independientes der La Araucanía”, dependiente de la Unidad de Ciudadanía Cultural, para cuyo efecto se generó un proceso de licitación pública ID: 4887-14-L125, habiéndose aprobado sus Bases Administrativas y Técnicas, mediante Resolución Exenta N° 325 de fecha 20 de mayo de 2025.
Que en dicho procedimiento ID: 4887-14-L125, con fecha 09 de junio de 2025, a las 20:12 horas, se produjo el cierre de recepción de ofertas, constatándose la presentación de 5 (Cinco) ofertas, a través del portal www.mercadopublico.cl, que a continuación se detalla:
IDENTIFICACIÓN DE LOS INTERESADOS
OFERENTE RUT
CONSULTORA LEAL SIERRA 78.091.543-9
CONSULTORES LA ESTANCIA 13.022.090-8
INGEOP 76.317.056-K
SOCIEDAD CUATRO ELEMENTOS SPA 77.439.958-5
SOCIAL MEMORY 77.652.919-2
Que, de fecha 11 de junio de 2025, se fijó integrantes para evaluar las propuestas del proceso licitatorio ID: 4887-14-L125, siendo estos:
1. Karen Hueitra Quechupan, cédula de identidad: 17.653.188-6, calidad jurídica Honorario Permanente, Apoyo Profesional Programa Red Cultura, Unidad de Ciudadanía Cultural, Secretaría Regional Ministerial de La Araucanía, Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
2. Armando Vega Vega, cédula de identidad: 15.845.562-5, calidad jurídica contrata, Apoyo Administrativo Programa Red Cultura, Unidad de Ciudadanía Cultural, Secretaría Regional Ministerial de La Araucanía, Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
3. Yasna Hauri Opazo, cédula de identidad: 16.531.589-8, calidad jurídica contrata, Coordinadora Unidad Ciudadanía Cultural (S), Unidad de Ciudadanía Cultural, Secretaría Regional Ministerial de La Araucanía, Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Que los referidos funcionarios con fecha 11 de junio de 2025, iniciaron el proceso de evaluación de las ofertas presentadas a este proceso licitatorio, finalizando el proceso de evaluación con fecha 12 de junio de 2025, todo lo cual quedó consignado en el acta de evaluación, y siendo sus conclusiones las siguientes:
ADMISIBILIDAD
I. Admisibilidad Presupuestaria
Para la contratación pertinente a este proceso de Licitación, se dispone de un monto máximo de $ 5.500.000 (Cinco millones, quinientos mil pesos), impuesto incluido.
Las ofertas económicas presentadas por:
OFERENTE RUT Monto ADMISIBILIDAD
CONSULTORA LEAL SIERRA 78.091.543-9 $5.100.000.- ADMISIBLE EN CUANTO A PRESUPUESTO
CONSULTORES LA ESTANCIA 13.022.090-8 $3.900.000.- ADMISIBLE EN CUANTO A PRESUPUESTO
INGEOP 76.317.056-K $5.414.500.- ADMISIBLE EN CUANTO A PRESUPUESTO
SOCIEDAD CUATRO ELEMENTOS SPA 77.439.958-5 $4.165.000.- ADMISIBLE EN CUANTO A PRESUPUESTO
SOCIAL MEMORY 77.652.919-2 $4.660.000.- ADMISIBLE EN CUANTO A PRESUPUESTO
Se ajustan al monto máximo disponible, por lo que son ADMISIBLES para esta etapa de análisis.
II. Admisibilidad Antecedentes Legales y Requisitos Obligatorios
Se procede a verificar el cumplimiento de las Bases Administrativas. Se revisan los antecedentes legales ingresados, constatando que los oferentes:
1. CONSULTORA LEAL SIERRA; R.U.T N° 78.091.543-9. ADMISIBLE.
2. CONSULTORES LA ESTANCIA; R.U.T: 13.022.090-8. INADMISIBLE.
3. INGEOP; R.U.T N° 76.317.056-K. ADMISIBLE
4. SOCIEDAD CUATRO ELEMENTOS SPA.; R.U.T N° 77.439.958-5. ADMISIBLE
5. SOCIAL MEMORY; R.U.T. N° 77.652.919-2. ADMISIBLE
III. Admisibilidad Técnica
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PONDERACIONES
Criterio Ponderación
1. Oferta Económica 20%
2. Oferta Técnica 20%
3. Formación Académica del Equipo de Trabajo 20%
4. Experiencia Técnica en Elaboración y/o Actualización de Planes Municipales de Cultura y/o Plan de Gestión 25%
5. Presentación de Antecedentes en tiempo y forma 5%
6. Comportamiento Contractual Anterior 10%
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PONDERACIONES
Proveedor Oferta
Económica
Oferta Técnica
Formación Académica del Equipo de Trabajo Experiencia Técnica en Elaboración y/o Actualización de Planes Municipales de Cultura y/o Plan de Gestión Presentación de Antecedentes en tiempo y forma Comportamiento Contractual Anterior
Resultado
20% 20% 20% 25% 5% 10%
CONSULTORA LEAL SIERRA
RUT 78.091.543-9 $5.100.000.-
NOTA: 5,40
ADMISIBLE NOTA 7: La propuesta técnica cumple con lo solicitado en las bases técnicas y entrega algún servicio adicional superando lo solicitado en las bases asegurando la realización de los requerimientos identificados en las bases técnicas. Además, incorpora otro ítem (s) que tiene estricta relación con la naturaleza del servicio solicitado, los que no son considerados en la oferta económica. NOTA 5: La formación del equipo profesional de trabajo (cada uno de los integrantes), cumple satisfactoriamente con los requerimientos solicitados en bases técnicas y está debidamente acreditada. Nota 0: El oferente no acredita experiencia en gestión cultural en ámbito pública/privada o gestión municipal. Nota 7: Cumple con la entrega de antecedentes en tiempo y forma. Nota 7: La empresa posee un adecuado comportamiento contractual anterior y adjunta informe o pantallazo de página www.mercadopublico.cl que no refleja ninguna aplicación de multa. Se hace presente que la información fue corroborada a través de la página www.mercadopublico.cl 4,53
Ponderación 1,08 1,40 1,00 0 0,35 0,70
CONSULTORES LA ESTANCIA
RUT 13.022.090-8 No presento en su postulación el documento “Certificado de Vigencia de la Sociedad” el cual tiene carácter de obligatorio y esencial para la participación de esta licitación según lo expuesto en el punto N°10 “ANTECEDENTES LEGALES” en REX N°325 de fecha 20 de mayo que Aprueba las Bases Administrativas y Técnicas. Es por esto que la oferta se declara INADMISIBLE INADMISIBLE
Ponderación - - - - - -
INGEOP
RUT: 76.317.056-K $5.414.500.-
NOTA: 5,04
ADMISIBLE NOTA = 7
La oferta técnica presentada por el/la oferente cumple los requerimientos técnicos mínimos obligatorios de las bases técnicas, y además presenta suministros extras para fortalecer el servicio requerido, los excedentes dicen estricta relación con la naturaleza del servicio sin ser valorizados en la oferta económica. Se considera como extra el ofrecimiento de Capacitación en Mediación Artística y Formación de Audiencias. NOTA = 7
La formación del equipo profesional de trabajo supera los requerimientos solicitados en bases técnicas y está debidamente acreditada, pues además de cumplir con los criterios de formación de pregrado acreditados cuenta con; diplomados y/o postítulo y/o magister y/o doctorado. NOTA= 7
El oferente acredita 5 o más experiencias laborales en elaboración o actualizaciones de Planes Municipales de Cultura y/o Planes de gestión de espacios culturales en La Araucanía o en otra región del país. Todos estos servicios debidamente acreditados, deberán ser concordantes, pertinentes y similares a los servicios requeridos en esta licitación pública. NOTA= 7
Cumple con la entrega de antecedentes en tiempo y forma. Nota 7: La empresa posee un adecuado comportamiento contractual anterior y adjunta informe o pantallazo de página www.mercadopublico.cl que no refleja ninguna aplicación de multa. Se hace presente que la información fue corroborada a través de la página www.mercadopublico.cl 6,60
Ponderación 1,00 1,40 1,40 1,75 0,35 0,70
SOCIEDAD CUATRO ELEMENTOS SPA RUT: 77.439.958-5 $4.165.000.-
NOTA: 6,55
ADMISIBLE NOTA 5: La propuesta técnica cumple con lo solicitado en las bases técnicas.
Lo ofertado como extra no es considerado un servicio adicional por ser parte de reuniones de coordinación. El punto N°1 es parte de las reuniones con el equipo de Red Cultura, Equipo Consultor y Contraparte de los Espacios Artísticos Independientes.
Punto N°2 y N°3 son parte del servicio requerido en esta Licitación. NOTA 5: La formación del equipo profesional de trabajo (cada uno de los integrantes), cumple satisfactoriamente con los requerimientos solicitados en bases técnicas y está debidamente acreditada. Nota 7: El oferente acredita 4 o más experiencias laborales en elaboración o actualizaciones de Planes de gestión de espacios culturales en La Araucanía o en otra región del país. Todos estos servicios debidamente acreditados, deberán ser concordantes, pertinentes y similares a los servicios requeridos en esta licitación pública. Al menos una de las experiencias acreditadas deberá haber sido realizada en la región. NOTA= 7
Cumple con la entrega de antecedentes en tiempo y forma. Nota 7: La empresa posee un adecuado comportamiento contractual anterior y adjunta informe o pantallazo de página www.mercadopublico.cl que no refleja ninguna aplicación de multa. Se hace presente que la información fue corroborada a través de la página www.mercadopublico.cl 6,11
Ponderación 1,31 1,00 1,00 1,75 0,35 0,70
SOCIAL MEMORY INVESTIGACIÓN SPA;
RUT: 77.652.919-2 $4.660.000.-
NOTA: 5,85
ADMISIBLE NOTA = 7
La oferta técnica presentada por el/la oferente cumple los requerimientos técnicos mínimos obligatorios de las bases técnicas, y además presenta suministros extras para fortalecer el servicio requerido, los excedentes dicen estricta relación con la naturaleza del servicio sin ser valorizados en la oferta económica. Se considera como extra los encuentros presenciales y las entrevistas en profundidad. NOTA 5:
La formación del equipo profesional de trabajo (cada uno de los integrantes), cumple satisfactoriamente con los requerimientos solicitados en bases técnicas y está debidamente acreditada. Nota 7:
El oferente acredita 4 o más experiencias laborales en elaboración o actualizaciones de Planes de gestión de espacios culturales en La Araucanía o en otra región del país. Todos estos servicios debidamente acreditados, deberán ser concordantes, pertinentes y similares a los servicios requeridos en esta licitación pública. Al menos una de las experiencias acreditadas deberá haber sido realizada en la región. NOTA= 7
Cumple con la entrega de antecedentes en tiempo y forma. NOTA 7:
La empresa posee un adecuado comportamiento contractual anterior y adjunta informe o pantallazo de página www.mercadopublico.cl que no refleja ninguna aplicación de multa. Se hace presente que la información fue corroborada a través de la página www.mercadopublico.cl 6,37
Ponderación 1,17 1,40 1,00 1,75 0,35 0,70
Ha
comisión
IV. CONCLUSIÓN Y PROPUESTA DE LICITACION ID: 4887-14-L125.
Conforme al análisis realizado de las ofertas obtenidas del portal, relativas a este proceso licitatorio, la Comisión propone, de acuerdo con las facultades establecidas en el Numeral 13 y 18 de las Bases Administrativas, y salvo mejor parecer de la autoridad, lo siguiente:
• PROPÓNGASE DECLARAR ADMISIBLES a los oferentes que cumplen con las Bases de licitación:
1. CONSULTORA LEAL SIERRA; R.U.T N° 78.091.543-9.
2. INGEOP; R.U.T N° 76.317.056-K.
3. SOCIEDAD CUATRO ELEMENTOS SPA.; R.U.T N° 77.439.958-5.
4. SOCIAL MEMORY.; R.U.T. N° 77.652.919-2.
• PROPÓNGASE DECLARAR INADMISIBLES al oferente que NO cumple con las Bases de licitación:
1. CONSULTORES LA ESTANCIA; R.U.T N° 13.022.090-8 OFERTA TÉCNICAMENTE INADMISIBLE.
Cabe señalar a este respecto que, las bases administrativas en su numeral 16, establecen que: Si el oferente no obtiene ninguna de las notas señaladas en el presente criterio, por haber presentado una oferta que no cumple con los requerimientos técnicos del servicio licitado, automáticamente quedará declarado/a como inadmisible por poner en evidente riesgo la correcta ejecución y calidad del servicio. En consecuencia, declarase inadmisible la oferta presentada. En consecuencia, declarase inadmisible la oferta presentada.
PROPUESTA:
En consideración a lo indicado en Bases de Licitación ID 4887-14-L125, aprobadas por Resolución Exenta Nº 325, del 20 de mayo de 2025, y en conclusión al proceso de análisis y evaluación de ofertas efectuado por esta Comisión Evaluadora, se propone al Secretario Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, Región de La Araucanía, Adjudicar la ejecución del CONTRATACIÓN DE SERVICIOS TÉCNICOS Y PROFESIONALES PARA ELABORACIÓN DE LOS PLANES DE GESTIÓN (PG) DE ESPACIOS CULTURALES RED DE ESPACIOS ARTÍSTICOS INDEPENDIENTES DE LA ARAUCANÍA, CORRESPONDIENTE AL COMPONENTE N°01 PLANIFICACIÓN CULTURAL PARTICIPATIVA, DEL PROGRAMA RED CULTURA, DEPENDIENTE DE LA UNIDAD DE CIUDADANÍA CULTURAL, DE LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO DE LA ARAUCANÍA correspondiente al año 2025,al oferente INGEOP, R.U.T N° 76.317.056-K, por un total de $ 5.414.500.- (Cinco millones, Cuatrocientos Catorce mil Quinientos pesos) impuestos incluidos. Lo anterior, para la realización de los servicios ofertados, y que deberán materializarse en el período que va desde la total tramitación del acto administrativo que aprueba la presente contratación y aceptada la orden de compra, hasta el 30 de octubre del presente año o hasta que se acabe el presupuesto disponible.
Hay firmas comisión evaluadora
Que conforme lo expuesto en los considerandos precedentes, específicamente lo propuesto por la comisión evaluadora, lo establecido en las bases administrativas y técnicas y sus respectivos anexos, aprobados por Resolución Exenta N° 325 de fecha 20 de mayo de 2025, de este Servicio Público, lo dispuesto en la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y en su Reglamento contenido en el Decreto Supremo Nº250 de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus posteriores modificaciones, se debe proceder a adjudicar la licitación pública ID N° 4887-14-L125 para la contratación de los CONTRATO DE “SERVICIOS TÉCNICOS Y PROFESIONALES PARA ELABORACIÓN DE LOS PLANES DE GESTIÓN (PG) DE ESPACIOS CULTURALES RED DE ESPACIOS ARTÍSTICOS INDEPENDIENTES DE LA ARAUCANÍA”, por lo que:
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLARASE INADMISIBLE al oferente según el análisis realizado de la documentación presentada por:
1. CONSULTORES LA ESTANCIA; R.U.T N° 13.022.090-8
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARASE ADMISIBLE a los oferentes según el análisis realizado de la documentación presentada por:
1. CONSULTORA LEAL SIERRA; R.U.T N° 78.091.543-9.
2. INGEOP; R.U.T N° 76.317.056-K.
3. SOCIEDAD CUATRO ELEMENTOS SPA.; R.U.T N° 77.439.958-5.
4. SOCIAL MEMORY.; R.U.T. N° 77.652.919-2.
ARTÍCULO TERCERO: ADJUDÍCASE, la Licitación Pública ID N° 4887-14-L125 para contratar el “SERVICIOS TÉCNICOS Y PROFESIONALES PARA ELABORACIÓN DE LOS PLANES DE GESTIÓN (PG) DE ESPACIOS CULTURALES RED DE ESPACIOS ARTÍSTICOS INDEPENDIENTES DE LA ARAUCANÍA”, dependiente de la Unidad de Ciudadanía Cultural, Programa Red Cultura, componente Planificación Cultural Participativa, a ejecutarse entre los meses de mayo de 2025, o desde que la Orden de Compra sea aceptada, y que finalizará el 31 de octubre del presente año o hasta que se acabe el presupuesto disponible, a la oferta presentada por INGEOP, Rut N° 76.317.056-K, quien cumple económica y técnicamente, por un monto total de $ 5.414.500.- (Cinco millones, Cuatrocientos Catorce mil Quinientos pesos) impuesto incluido.
El pago de los servicios se efectuará en 2 cuotas, la primera del 50% previa presentación del Informe de avance y la segunda del 50% contra entrega y aprobación del Informe Final, de acuerdo con lo establecido en el numeral 7.2 de las bases técnicas. Una vez entregados los servicios y previa recepción conforme emitida por la jefatura del Departamento de Ciudadanía Cultural, previa recepción conforme de cada uno de los servicios encomendados al proveedor, emitida por la Jefatura de la Sección Requirente, que certifique la correcta, oportuna y completa ejecución del servicio.
Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en el Punto N° 23 de las bases administrativas, correspondiente a la Resolución Exenta N° 325 de fecha 20 de mayo de 2025.
Si los productos son recibidos conforme, se procederá al pago dentro de 30 días corridos contados desde la recepción del respectivo documento tributario extendida a nombre de la Secretaría Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, de La Araucanía, domiciliado en la comuna y ciudad de Temuco, Phillippi N° 672 – C.
En todo caso, no procederá pago alguno mientras no se encuentra totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato respectivo.
ARTÍCULO CUARTO: EMÍTASE la orden de compra correspondiente, por el monto indicado en el artículo tercero respecto del proveedor adjudicado, en conformidad con lo preceptuado en el artículo 63 del Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
ARTÍCULO QUINTO: IMPÚTESE el gasto que demande la contratación que se refiere la presente resolución al Programa 04, Subtítulo 22, Ítem 11, Asignación 999, Programa Red Cultura, de la Ley N°21.722, de presupuesto del sector público, año 2025, dependiente de la unidad de Ciudadanía Cultural de la secretaria regional ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
ARTÍCULO SEXTO: PUBLÍQUESE la presente resolución en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, de acuerdo a lo establecido en el artículo 57 letra b) del Decreto Supremo Nº 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.
ANÓTESE Y COMUNÍQUESE
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