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La Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado; La ley 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; lo dispuesto en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 661/2024, del Ministerio de Hacienda; en y las facultades conferidas por el D.L. N° 2.763/79, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue aprobado por el D.F.L. Nº 1 de 2005, del Ministerio de Salud, Subsecretaría de Salud Pública; el D.S. Nº 136/2004, del Ministerio de Salud; las facultades conferidas a esta Secretaría Regional Ministerial por Resolución Exenta N° 259, de 13 de febrero de 2024, de la Subsecretaría de Salud Pública; la Resolución N° 36/2024, de la Contraloría General de la República, sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; y
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1° Que, mediante Resolución Exenta N° 12.259, de fecha 27 de junio de 2025, se llamó a licitación pública y se aprobaron las respectivas Bases Administrativas y Técnicas, las cuales fueron publicadas en el portal www.mercadopublico.cl, con el ID 924-25-LE25, para la adquisición de “CURSOS DE CAPACITACIÓN PARA LA SEREMI DE SALUD R.M.”;
2° Que, en dicho proceso licitatorio se presentaron los siguientes oferentes en el sistema de información:
• AGRO & FOOD INTEGRITY CHILE SPA, Rut 76.951.803-7.
• CAPACITACION PARA EL MEJORAMIENTO DE COMPETENCIAS LTDA, Rut 76.891.530-k.
• SERVICIOS DE GESTION DOCUMENTAL MARITZA FANNY BALBOA ZÚÑIGA E.I.R.L., Rut 76.677.239-0.
• ASESORIAS PROFESIONALES ETNOGRAFICAS LIMITADA, Rut 76.300.400-7.
• SOCIEDAD BASSO Y COMPAÑIA LIMITADA, Rut 78.503.480-5.
• CHILENERGIA SPA, Rut 77.326.098-2.
• SERVICIOS DE CAPACITACIONES HUELLAS OTEC SPA, Rut 76.199.438-7.
• LW CAPACITACIONES LIMITADA, Rut 76.559.960-1.
• CABRERA Y ANGUITA LIMITADA, Rut 77.587.860-6.
• SOC DE PROFESIONALES EN EDUCACION LIMITADA, Rut 77.703.600-9.
• PROYECCION Y COMPANIA LIMITADA, Rut 76.275.004-K.
• QUINTA CAPACITACIÓN SPA, Rut 76.532.024-0.
• UNIVERSIDAD MAYOR, Rut 71.500.500-K.
• VALERO SERVICIOS EDUCACIONALES LIMITADA, Rut 77.727.690-5.
3° Que, en el Acta de Evaluación, de fecha 24 de julio de 2025, la Comisión Evaluadora propone declarar inadmisibles las siguientes ofertas por los motivos que se indican:
• CHILENERGIA SPA: Proveedor no cumple con la totalidad de los requisitos de las Bases Técnicas (Anexo N°5) por lo que su oferta es declara inadmisible para las líneas: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8.
• SERVICIOS DE CAPACITACIONES HUELLAS OTEC SPA: Proveedor no cumple con la totalidad de los requisitos de las Bases Técnicas (Anexo N°5) por lo que su oferta es declara inadmisible para las líneas: 1 y 3.
• QUINTA CAPACITACIÓN SpA: Proveedor no cumple con la totalidad de los requisitos de las Bases Técnicas (Anexo N°5) por lo que su oferta se declara inadmisible para la línea 1 y 3.
• PROYECCIÓN Y COMPAÑÍA LIMITADA: Proveedor no cumple con la totalidad de los requisitos de las Bases Técnicas (Anexo N°5) por lo que su oferta se declara inadmisible para la línea 9.
Línea 7 curso: Manejo y Tratamientos de Agua Potable, Aguas Servidas, RILES y Lodos, Externalidades e Impacto en la Salud de las Personas: La propuesta presentada por el oferente QUINTA CAPACITACIÓN SpA., fue considerada no idónea, debido a que la relatora propuesta no cumple con el criterio técnico requerido. La profesional es Constructor Civil, y tanto su formación como las relatorías previamente realizadas no se relacionan directamente con la temática del curso solicitado, lo que impide su aceptación conforme a los criterios establecidos. Se informa, que se declara desierta esta línea por no existir más ofertas.
4° Que, en Acta de Evaluación señalada en considerando precedente se procedió a evaluar técnica y económicamente a los siguientes oferentes que cumplieron con los requisitos de admisibilidad establecidos en las bases de licitación:
• AGRO & FOOD INTEGRITY CHILE SPA, Rut 76.951.803-7, Línea 8.
• CAPACITACION PARA EL MEJORAMIENTO DE COMPETENCIAS LTDA, Rut 76.891.530-k, Líneas 1, 3 y 9.
• SERVICIOS DE GESTION DOCUMENTAL MARITZA FANNY BALBOA ZÚÑIGA E.I.R.L., Rut 76.677.239-0, Línea 4.
• ASESORIAS PROFESIONALES ETNOGRAFICAS LIMITADA, Rut 76.300.400-7, Línea 1.
• SOCIEDAD BASSO Y COMPAÑIA LIMITADA, Rut 78.503.480-5, Línea 6.
• CHILENERGIA SPA, Rut 77.326.098-2, Línea 9.
• SERVICIOS DE CAPACITACIONES HUELLAS OTEC SPA, Rut 76.199.438-7, Línea 9.
• LW CAPACITACIONES LIMITADA, Rut 76.559.960-1, Líneas 1, 2, 3 y 6.
• CABRERA Y ANGUITA LIMITADA, Rut 77.587.860-6, Líneas 6 y 9.
• SOC DE PROFESIONALES EN EDUCACION LIMITADA, Rut 77.703.600-9, Línea 5.
• QUINTA CAPACITACIÓN SPA, Rut 76.532.024-0, Líneas 2, 4, 5, 6, 7, 8 y 9.
• UNIVERSIDAD MAYOR, Rut 71.500.500-K, Línea 9.
• VALERO SERVICIOS EDUCACIONALES LIMITADA, Rut 77.727.690-5, Líneas 2, 5 y 9.
5° Que, en Acta de Evaluación señalada en considerando tercero se realizó la evaluación técnica y económica, en la cual la Comisión Evaluadora recomendó a este Secretario Regional Ministerial adjudicar a los oferentes señalados en la parte resolutiva de la presente resolución, según consta en el acta de evaluación y en el cuadro comparativo publicados conjuntamente con la presente resolución en el Sistema de Información;
6° Que, conforme a lo indicado en el artículo 57 del Reglamento de la Ley de Compras, la Comisión Evaluadora debe pronunciarse -entre otros aspectos- sobre la proposición de adjudicación a la autoridad; sobre las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o este reglamento; y sobre la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante;
7° El correo electrónico, de fecha 04 de agosto de 2025, del Subdepartamento Abastecimiento, a través del Encargado de la Unidad de Compras al Encargado del Área de Asesoría Legal Administrativa del Departamento Administración y Finanzas, solicitando la proyección de la presente:
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I.- DECLÁRANSE INADMISIBLES las ofertas presentadas por las empresas CHILENERGIA SPA, Rut 77.326.098-2, en las líneas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8, SERVICIOS DE CAPACITACIONES HUELLAS OTEC SPA, Rut 76.199.438-7, en las líneas 1 y 3, QUINTA CAPACITACIÓN SPA, Rut 76.532.024-0, en las líneas 1 y 3, además de la oferta por la empresa PROYECCION Y COMPANIA LIMITADA, Rut 76.275.004-K, en base a los fundamentos expuestos en los Considerando de la presente resolución.
II.- DECLÁRASE DESIERTA la línea 7 de la presente licitación, considerando que la única oferta presentada fue declarada inadmisible en el número I anterior.
Línea Curso por el cual postula Proveedor Monto Exento
1 Promoción Buen Trato y Prevención de Acoso Laboral, Sexual y Violencia en el Trabajo ASESORÍAS PROFESIONALES ETNOGRÁFICAS, Rut 76.300.400-7. $2.970.000.-
2 Herramientas de Power BI I VALERO SERVICIOS EDUCACIONALES LIMITADA, Rut 77.727.690-5 $2.980.000.-
3 Aplicación Norma ISO 9001: 2015 LW CAPACITACIONES LIMITADA, Rut 76.559.960-1 $2.106.000.-
4 Gestión documental y manejo de archivos SERVICIOS DE GESTIÓN DOCUMENTAL MARITZA FANNY BALBOA ZUÑIGA E.I.R.L., Rut 76.677.239-0. $2.500.000.-
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Redacción, gramática y ortografía VALERO SERVICIOS EDUCACIONALES LIMITADA, Rut 77.727.690-5 $2.550.000.-
6 Manejo del estrés para el personal que atiende usuarios, fiscalizadores y personal en terreno. SOCIEDAD BASSO Y COMPAÑIA LIMITADA, Rut 78.503.480-5 $2.850.000.-
8 Microbiología e inocuidad alimentaria. AGRO & FOOD INTEGRITY CHILE SPA, Rut 76.951.803-7. $3.360.000.-
9 Herramientas prácticas de Office 365 (Teams, Planner, Outlook). CABRERA Y ANGUITA LIMITADA, Rut 77.587.860-6. $1.764.000.-
III.- ADJUDÍCASE la presente licitación pública, individualizada en el portal www.mercadopublico.cl, ID 924-25-LE25, destinada a la adquisición de “CURSOS DE CAPACITACIÓN PARA LA SEREMI DE SALUD R.M.” a favor de los siguientes proveedores:
IV DÉJASE ESTABLECIDO, que para proceder a la adjudicación expresada en el número tercero anterior, se ha efectuado un análisis técnico y económico, aplicando los criterios de evaluación previamente definidos, considerándose las ofertas adjudicadas conveniente para los intereses institucionales.
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