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Lo establecido en la Ley N°18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado; La Ley N°19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno
y Administración Regional y sus modificaciones; La Ley N°21.516; La Ley No21.722
que determina el Presupuesto del Sector Público para el año 2025; La Ley No19.886
de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; La
Ley No21.634 que Moderniza la Ley N° 19.886 y Otras Leyes, para mejorar la calidad
del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir
principios de economía circular en las compras del Estado; El D.S (H) N° 661 de 2024
que Aprueba el Reglamento de esta y deja sin efecto el D:S (H) N° 250; El Decreto
Alcaldicio N°6.509 de fecha 24 de diciembre 2025 que aprobó el Presupuesto
Municipal Ordinario Vigente para el año 2026; en lo dispuesto en los artículos 1, 3, 4,
8, 56, 63 y 66 del D.F.L. N°1 que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de
la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; el Decreto Alcaldicio N°
6111 de fecha 09 de diciembre de 2024, por el cual don Juan Carlos Alfaro Aravena
asume el cargo de Alcalde de Andacollo; y las demás atribuciones que confiere la ley
las demás atribuciones que confiere la ley:
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La Municipalidad de Andacollo es una corporación autónoma de derecho público,
con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las
necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso social
y cultural.
Que, el Memorándum N°11 de fecha 07 de enero de 2026, emitido por doña Katina
Álvarez López, Jefe (S) Departamento de Aseo y Ornato, el cual solicitó la
adquisición de ADQUISICIÓN ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL, para
los funcionarios del Departamento de Aseo y Ornato.
Que, verificado en convenio marco por la dirección de administración y finanzas,
según informe que se adjunta, el costo de adquisición de los productos requeridos
es mayor en convenio marco y no se encuentran la totalidad de los mismos. De igual
manera, los productos requeridos tampoco se encuentran en el banner de economía
sustentable de mercado Público.
La necesidad de esta Municipalidad de realizar licitación conforme a las
especificaciones técnicas requeridas por el departamento de aseo y ornato.
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Que, mediante el Decreto Alcaldicio N° 1044 de fecha 13 de febrero de 2026. Se
aprobó las Bases Administrativas, las Especificaciones Técnicas y demás
antecedentes que regulan esta Licitación Pública ID N°4036-15-LE26, Propuesta
Pública N°18/2026 denominada “ADQUISICIÓN ELEMENTOS DE PROTECCION
PERSONAL”.
Que, según consta el acta de apertura de fecha 13 de marzo de 2026, se reunió la
Comisión Apertura y evaluadora de la Licitación Pública N°4036-15-LE26, en dicha
licitación se presentaron 7 ofertas, El primer oferente INVERSIONES AGR SPA,
RUT 77.201.637-9, NO ha dado respuesta satisfactoria según la comisión de
apertura, debido a que supera el presupuesto disponible. Por lo tanto, NO pasa a
ser evaluado, El segundo oferente COMERCIAL SAN FERNANDO EIRL, RUT
76.194.668-4, NO ha dado respuesta satisfactoria según la comisión de apertura,
debido a que supera el presupuesto disponible. Por lo tanto, NO pasa a ser
evaluado, El tercer oferente IVIAL SERVICIOS Y DESARROLLO, SPA, RUT
76.623.919-6, NO ha dado respuesta satisfactoria según la comisión de apertura,
debido a que supera el presupuesto disponible. Por lo tanto, NO pasa a ser
evaluado, El cuarto oferente MARYUN SEGURIDAD INDUSTRIAL SPA, RUT
77.084.730-3, NO ha dado respuesta satisfactoria según la comisión de apertura,
debido a que supera el presupuesto disponible. Por lo tanto, NO pasa a ser
evaluado, El quinto oferente SAFE TOP, RUT 78.209.706-7, ha dado respuesta
satisfactoria según la comisión de apertura. Por lo tanto, pasa a ser evaluado, según
los criterios de evaluación establecidos en el punto N°16 criterio de evaluación de
las bases administrativa, El sexto oferente CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS LYG
SPA, RUT 77.290.971-3, NO ha dado respuesta satisfactoria según la comisión de
apertura, debido a que supera el presupuesto disponible. Por lo tanto, NO pasa a
ser evaluado, El séptimo oferente SUMINISTROS NACIONALES SPA, RUT
77.030.658-2, NO ha dado respuesta satisfactoria según la comisión de apertura,
debido a que supera el presupuesto disponible. Por lo tanto, NO pasa a ser
evaluado.
Que, el Acta de Evaluación de fecha 08 de marzo de 2026, la comisión sugiere al
Sr. alcalde adjudicar la licitación “ADQUISICIÓN ELEMENTOS DE PROTECCION
PERSONAL” de según cuadro comparativo de evaluación:
- Proveedor: SAFE TOP
- RUT 78.209.706-7
- Monto: $ 12.312.000 ( doce millones trescientos doce mil pesos) IVA incluido
Que, el decreto alcaldicio N°1588 de fecha 18 de marzo del 2026, adjudicó al
proveedor SAFE TOP, según acta de adjudicación de igual fecha, se procedió a
emitir la orden de compra correspondiente O/C N°4036-170-SE26.
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Que, con fecha 23 de marzo del año en curso, vía telefónica el proveedor señaló que
existe un error en el valor de la orden de compra, considerando que el valor ingresado
en la oferta y en el formulario N°6 Oferta Económica es el valor neto.
Se revisan los antecedentes y efectivamente el formulario N°6 no especifica si debe
mencionar el valor neto o el valor con impuestos.
Por lo tanto, el proveedor canceló la orden de compra y el estado actual de la licitación
es adjudicada, por lo que corresponde retrotraer a estado cerrada.
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1. RETROTRÁIGASE A LA ETAPA CERRADA la Licitación Pública ID
N°4036-15-LE26, Propuesta Pública N°18/2026 denominada
“ADQUISICIÓN ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL”.
2. ADJUDÍQUESE, la Licitación Pública denominada “ADQUISICIÓN
ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL”, ID N°4036-15-LE26 al
proveedor que se menciona a continuación:
- Proveedor: SAFE TOP
- RUT: 78.209.706-7
- Monto: $14.651.280.- (catorce millones seiscientos cincuenta y un mil
doscientos ochenta pesos) IVA incluido.
3. EMÍTASE, la orden de compra correspondiente a la Licitación Pública
denominada “ADQUISICIÓN ELEMENTOS DE PROTECCIÓN
PERSONAL”, ID N°4036-15-LE25, a la Empresa SAFE TOP RUT:
78.209.706-7, por la suma de: $14.651.280.- con IVA incluido.
4. PUBLÍQUESE, esta resolución en el portal de mercado público
https://www.mercadopublico.cl/Home
Anótese, Comuníquese y Archívese.
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