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a. Lo establecido en el artículo 9°, de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, publicada en el Diario Oficial, de fecha 05.12.1986, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue aprobado por el D.F.L N°1/19.653 y publicado en el Diario Oficial, con fecha 17.11.2001.
b. Lo dispuesto en la Ley N°19.886 sobre Bases y Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios; y, el Decreto N°661, del año 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
c. La existencia de una Persona Jurídica de Derecho Público, con patrimonio propio, distinta, separada e independiente de Carabineros de Chile, denominada Fondo para Hospitales de Carabineros de Chile.
d. Los objetivos previstos en el Artículo N°2, del Decreto con Fuerza de Ley N°1, del año 1981, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Carabineros, que crea el denominado Fondo para Hospitales de Carabineros de Chile.
e. La administración del mismo Fondo, confiada al Director de Salud, según lo preceptuado en el artículo N°4, inciso final, del Decreto con Fuerza de Ley N°2, del año 1968, del Ministerio del Interior.
f. La personería con que actúa el representante legal del Fondo para Hospitales de Carabineros de Chile, se encuentra estatuida en conformidad al actual artículo 4°, inciso final, del DFL N°2, de 1968, del Ministerio del Interior, que estableció el Estatuto del Personal de Carabineros de Chile (texto refundido, coordinado y sistematizado, contenido en el Decreto N°412, del año 1991, del Ministerio de Defensa Nacional); personería que actualmente es ejercida por quien suscribe, Jorge Joaquín Muñoz Soto, ascendido al grado de General de Carabineros, mediante Decreto N°300, de fecha 18.10.2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; y, designado como Director de Salud, mediante Orden N°001, de fecha 08.11.2024, de la Dirección General de Carabineros de Chile.
g. Lo establecido en la Resolución Nº36, de fecha 19.12.2024, de la Contraloría General de La República, que determina los montos en unidades tributarias mensuales, a partir de los cuales los actos administrativos que se individualizan quedaran sujetos a toma de razón y controles de reemplazo cuando corresponda.
h. La Orden General Nº2380, de fecha 03.12.2015, de la Dirección General de Carabineros, publicada en el Boletín Oficial Nº4632, de fecha 07.12.2015, que establece la creación de la Dirección de Salud de Carabineros y que suprime la Dirección de Salud y Sanidad.
i. La Orden General N°2487, de fecha 11.05.2017, de la Dirección General de Carabineros, publicada en el Boletín Oficial N°4709, de fecha 15.05.2017, que establece la directiva de organización y funcionamiento de la Dirección de Salud de Carabineros.
j. La Orden General Nº2962, de fecha 30.09.2022, de la Dirección General de Carabineros, que crea centro médico que indica; suprime algunos; eleva de categoría; modifica denominación y establece dependencia.
k. Los principios de eficacia, eficiencia y economicidad en la utilización de los recursos públicos, elementos contenidos en el titulo primero de la ley N°18.575 sobre Bases Generales de la Administración del Estado.
l. Las solicitudes SIAC N°2501582, de fecha 16.05.2025; y, SIAC N°2502249, de fecha 15.07.2025; gestionadas por el Departamento de Informática, de la Dirección de Salud de Carabineros.
m. Los certificados de disponibilidad presupuestaria, CDP N°469, de fecha 20.05.2025; y, CDP N°642, de fecha 18.07.2025, del Fondo para Hospitales de Carabineros.
n. Las bases administrativas, técnicas y anexos correspondientes, para la adquisición de una impresora multifuncional y 192 tóner para el Departamento de Informática, de la Dirección de Salud de Carabineros, aprobadas mediante resolución exenta N°1282, de fecha 24.09.2025, de la Dirección de Salud de Carabineros.
o. La resolución exenta N°1352, de fecha 02.10.2025, de la Dirección de Salud de Carabineros, que designó a los integrantes de la comisión evaluadora de la licitación pública ID 4642-126-LE25, para la adquisición en referencia.
p. El acta de apertura electrónica de ofertas, de la licitación pública ID 4642-126-LE25, de fecha 10.10.2025.
q. El informe de la comisión evaluadora ID 4642-126-LE25, de fecha 29.12.2025, elaborado por la Oficina de Evaluaciones, dependiente del Departamento de Abastecimiento.
r. Que, mediante la resolución exenta N°1.812, de fecha 19.12.2025, de la Dirección de Salud de Carabineros, se designó, en calidad de suplente, y se delegaron facultades de manera temporal en el General de Carabineros Sr. José Antonio Martínez Martínez, con motivo del feriado legal del Director de Salud, General Sr. Jorge Joaquín Muñoz Soto, por el período comprendido entre los días 22 de diciembre de 2025 y 20 de enero de 2026, ambas fechas inclusive.
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1. Lo establecido en las bases administrativas, técnicas y anexos correspondientes, para la adquisición de una impresora multifuncional y 192 tóner para el Departamento de Informática, de la Dirección de Salud de Carabineros, aprobadas mediante resolución exenta N°1282, de fecha 24.09.2025, citada en el literal n. del acápite VISTOS.
2. Que, en el acta de apertura electrónica de ofertas, citada en el literal p. del acápite VISTOS, en relación con el Informe de la Comisión Evaluadora citado en el literal q. del mismo apartado, consta la presentación de ofertas, de los proveedores más abajo señalados, las cuales fueron aceptadas, según se indica:
3. Que, el proceso de evaluación fue realizado sobre la base del presupuesto autorizado por línea, globalizado en los certificados de disponibilidad presupuestaria, CDP N°469, de fecha 20.05.2025; y, CDP N°642, de fecha 18.07.2025, del Fondo para Hospitales de Carabineros, señalados en el literal m. del acápite VISTOS, según se muestra a continuación:
4. Que, el informe de la Comisión Evaluadora, citado en el literal q. del acápite VISTOS, da cuenta del cumplimiento o no, de las ofertas presentadas por los proveedores participantes, porque no cumple con la totalidad de los requerimientos técnicos definidos en las bases; o, porque presenta su Anexo N°11 (plazo de entrega y garantía) sin información, o porque, propuesta económica supera el presupuesto referencial, ello, según lo estipulado en el numeral 1.3.11.c, de las bases, no siendo conveniente para los intereses institucionales, según el siguiente detalle:
5. Que, de acuerdo al resultado de la evaluación, señalado en el informe indicado en el literal q. del acápite VISTOS, se sugiere la adjudicación de la licitación pública ID 4642-126-LE25, en las líneas de adjudicación N°1, 2, 3 y 4 a la oferta presentada por el proveedor habilitado COMERCIALIZADORA LIZETTE FAUNDEZ MARTINEZ EIRL; y, en la línea de adjudicación N°5 a la oferta presentada por el proveedor habilitado SOCIEDAD COMERCIAL ALCA LTDA., ya que, cumplen con la totalidad de las exigencias de las bases; obtienen el mayor puntaje (19,98 y 20 puntos, respectivamente) en la matriz de evaluación; y, sus ofertas económicas se enmarcan en el presupuesto disponible:
6. Según dan cuenta los certificados de disponibilidad presupuestaria, CDP N°469, de fecha 20.05.2025; y, CDP N°1038, de fecha 22.12.2025, que reemplaza al CDP N°642, de fecha 18.07.2025, señalado anteriormente, del Fondo para Hospitales de Carabineros, citado en el literal m. del acápite VISTOS, se cuenta con el presupuesto para la presente contratación.
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I. ADJUDÍQUESE, la licitación pública ID 4642-126-LE25, a las ofertas presentadas por los proveedores habilitados, señalados más abajo; en razón de cumplir con todos los requerimientos de las bases de licitación, tanto técnicos como administrativos, para la adquisición de una impresora multifuncional y 192 tóner para el Departamento de Informática, de la Dirección de Salud de Carabineros, según el siguiente detalle:
II. DECLÁRENSE INADMISIBLES, las ofertas presentadas por los proveedores, más abajo señalados; ya que, no cumple con la totalidad de los requerimientos técnicos definidos en las bases; o, porque presenta su Anexo N°11 (plazo de entrega y garantía) sin información, o porque, propuesta económica supera el presupuesto referencial, ello, según lo estipulado en el numeral 1.3.11.c, de las bases, no siendo conveniente para los intereses institucionales; según lo detallado en el numeral 4 del acápite CONSIDERANDO:
III. PROCEDA, el Departamento de Abastecimiento, a generar las órdenes de compra pertinentes a los proveedores adjudicados, a contar de la publicación del presente acto administrativo, con cargo al presupuesto del Fondo para Hospitales de Carabineros
IV. REMÍTANSE, una vez recepcionadas las facturas que entreguen los proveedores adjudicados, con las constancias de conformidad correspondientes, al Departamento de Finanzas, para su conocimiento y a objeto proceda a la tramitación contable respectiva.
V. APRUEBASE, en el presente acto administrativo, la publicación de las respuestas a las preguntas del foro del proceso, la que se detalla más abajo, conforme a lo establecido en el numeral 1.3.4, de las bases de licitación; en relación a lo consagrado en el artículo 108°, letra a) Licitación Pública, del Decreto N°661.
VI. Los Departamentos de Abastecimiento; Informática; y, Finanzas; todos dependientes de la Dirección de Salud, informarán a esta Jefatura Superior, respecto la tramitación de los antecedentes, conforme a su área de gestión.
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