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Resolución de Acta de Adjudicación
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Adquisición Nº
2111-17-LR26
Adjudicación Informada en portal el
15/4/2026 11:36
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En
Santiago,
15-04-2026
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Nro de
Resolución
886
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Vistos
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VISTO:
1. El decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763 de 1979, y de las Leyes Nº 18.469 y Nº 18.933;
2. El decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;
3. La ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios;
4. Ley 21.634, que moderniza Ley 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado.
5. La ley Nº 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;
6. El Decreto Supremo Nº 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios;
7. El decreto supremo Nº 140, de 2004, del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud;
8. El decreto supremo N° 38, de 2005, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y de los Establecimientos de Autogestión en Red;
9. Lo señalado en la resolución N°36 de 2024 de la Contraloría General de la República y su modificación, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y determina los montos en unidades tributarias mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda, respectivamente;
10. La Resolución RA N°116675/419/2023, de fecha 21 de agosto de 2023, del Servicio de Salud Metropolitano Central, que designa Director del Hospital de Urgencia Asistencia Pública, desde el 14 de agosto de 2023, a don Patricio Barría Ailef.
11. La Resolución Exenta RA 116675/92/2024, de 30 de enero de 2024, que modifica la Resolución Exenta RA 116675/419/2023, del Servicio de Salud Metropolitano Central, que nombra en calidad de titular el cargo de Director del Hospital de Urgencia Asistencia Pública;
12. La Resolución Exenta N°3195, del 31 de diciembre de 2024, que establece jefaturas, determina orden de subrogancia para los cargos de Director, Subdirector, Jefes y Encargados de Unidades y deroga Resolución Exenta N°1898 de 01 de septiembre de 2023;
13. Las Bases Administrativas, Documentos Anexos y la Comisión Evaluadora para el “SUMINISTRO DE APÓSITOS”, aprobadas mediante Resolución Exenta N°357 de fecha 06 de febrero de 2026, y su modificación mediante Resolución Nº397 de fecha 12-02-2026, del Hospital de Urgencia Asistencia Pública.
14. El Acta de Apertura Electrónica de las Ofertas ID 2111-17-LR26, de fecha 16 de marzo de 2026;
15. El Acta de Comisión Evaluadora de fecha 08 de abril de 2026;
16. Certificados de Disponibilidad Presupuestaria N°297, N°298, N°299 y N°300 autorizados por Christian Echeverría Aburto, Subdirector Administrativo y Financiero del Hospital de Urgencia Asistencia Pública, con fecha 08 de abril de 2026.
17. Preguntas y respuestas del foro de licitación ID 2111-17-LR26.
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Considerando
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CONSIDERANDO:
1. Que, mediante la Resolución Exenta N°357 y su modificación mediante Resolución Nº397 de fecha 12-02-2026, citada en el numeral 13. de los Vistos, se aprueban las Bases Administrativas y Documentos Anexos y se designa la Comisión Evaluadora de la Licitación Pública, para el “SUMINISTRO DE APÓSITOS”, para el H.U.A.P.
2. Que, en relación al foro de preguntas y respuestas, si ingresaron preguntas para esta licitación, dentro del plazo establecido. Citadas en el visto N°17:
3. Que, se procede al Acta de Apertura Electrónica de las Ofertas con fecha 16.03.2026, según acta citada en el numeral 14. de los vistos.
4. Que, según lo consignado en el Acta de Apertura Electrónica de las Ofertas, citada en el numeral 14. de los vistos, en relación con el Acta de Evaluación citada en el numeral 15. De los Vistos, en la cual consta la presentación de las ofertas realizadas por los proveedores que a continuación se individualizan:
Apertura Administrativa
Con fecha 16-03-2026, se realiza la apertura electrónica de la licitación, recibiendo doce (12) ofertas de los siguientes proveedores:
N° R.U.T PROVEEDOR
1 76.054.237-7 IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA BBC CHILE S.A
2 96.910.280-3 BIOCLIN S.A.
3 77.899.722-3 COMERCIALIZADORA COPROCK LIMITADA
4 59.106.780-K GLOBAL HEALTHCARE CHILE LP
5 78.233.420-4 HOSPITALIA PRODUCTOS MÉDICOS SPA
6 77.726.170-3 IMPORTACIONES Y DISTRIBUCIÓN ADIOFFICE LTDA
7 84.609.600-0 MADEGOM SPA
8 76.390.967-0 IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA MEDICPRO LTDA
9 76.930.423-1 SASF COMERCIAL LTDA
10 77.634.551-2 STOREMED SPA
11 78.238.490-2 TEXTIL SUPER LTDA
12 76.209.015-5 VIVIRSALUD LIMITADA
5. Que, de acuerdo a lo consignado en el Acta Apertura Electrónica de las Ofertas, citados en el numeral 1. de los vistos, en relación con el Acta de Evaluación citada en el numeral 15. de los Vistos, en la cual consta la presentación de las ofertas realizadas por los proveedores, determinando así si las ofertas son aceptadas o declaradas Inadmisibles, según se detalla a continuación:
• Se rechaza la oferta para las líneas 1, 2, 3, 4 y 5, del proveedor COMERCIALIZADORA COPROCK LIMITADA, Rut: 77.899.722-3, debido a los siguientes motivos:
a) El proveedor no presenta Garantía de Seriedad de la Oferta. Según lo estipulado en los Requisitos de Admisibilidad numeral 4.2.4.2, letra a), de las presentes bases administrativas.
b) El proveedor no adjunta Anexos solicitados. Según lo estipulado en los Requisitos de Admisibilidad numeral 4.2.4.2, letra e), de las presentes bases administrativas.
c) El proveedor no realiza entrega de muestras. Según lo estipulado en los Requisitos de Admisibilidad numeral 4.2.4.2, letras f) y g), de las presentes bases administrativas.
• Se rechaza la oferta para la línea 4, del proveedor GLOBAL HEALTHCARE CHILE LP, Rut: 59.106.780-K, debido a los siguientes motivos:
a) El proveedor no cumple con los siguientes atributos de los Requisitos Técnicos de Admisibilidad del Anexo N°6:
- 1.9. “Apósito gasa tejida más algodón”. La Comisión evaluadora indica que es una gasa no tejida.
- 1.10. “Material 100% algodón”. La Comisión evaluadora indica que es de material celulosa.
- 1.11. “Absorción moderada a abundante”. La Comisión evaluadora indica que es de baja absorción.
- 1.13. “Hipoalergénico”. La Comisión evaluadora indica que no especifica.
- 2.1. “ISO 13485”. La Comisión evaluadora indica que no se encuentra en documentación ni en el producto.
- 3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no es materialidad solicitada.
Por lo anterior, el proveedor no aprueba la evaluación de muestra en conformidad con lo establecido en los Requisitos de Admisibilidad, numeral 4.2.4.2, letras h) y j), de las presentes Bases Administrativas.
b) El proveedor no adjunta Anexo N°9. Según lo estipulado en los Requisitos de Admisibilidad numeral 4.2.4.2, letras e), f) y g), de las presentes bases administrativas.
• Se rechaza la oferta para las líneas 2 y 4, del proveedor HOSPITALIA PRODUCTOS MÉDICOS SPA, Rut: 78.233.420-4, debido a que El proveedor no cumple con los siguientes atributos de los Requisitos Técnicos de Admisibilidad del Anexo N°6:
a) Línea 2.
- 1.13. “Hipoalergénico”. La Comisión evaluadora indica que no se menciona en ficha técnica ni documentos adjuntos.
- 3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no cumple con la indicación de ser hipoalergénico y no se encuentra en los documentos.
b) Línea 4.
- 1.13. “Hipoalergénico”. La Comisión evaluadora indica que no se encuentra descrito en documentación (ficha técnica ni adjuntos).
- 3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no cumple con la indicación de ser hipoalergénico y no se encuentra en los documentos.
Por lo anterior, el proveedor no aprueba la evaluación de muestra en conformidad con lo establecido en los Requisitos de Admisibilidad, numeral 4.2.4.2, letras h) y j), de las presentes Bases Administrativas.
- Se deja constancia de que el proveedor IMPORTACIONES Y DISTRIBUCIÓN ADIOFFICE LTDA, Rut: 77.726.170-3, realiza entrega de muestras correspondientes a las líneas 2 y 4. En relación con la línea 4, presenta ambas medidas: “Apósitos 20 cm x 25 cm estéril” y “Apósitos 20 cm x 30 cm estéril”, para su respectiva evaluación. No obstante, al momento de efectuar su oferta en el portal, el proveedor postula únicamente por el insumo “Apósitos 20 cm x 25 cm estéril”, conforme a lo indicado en su Anexo N°6, según se describe en el “Nombre del Archivo”.
• Se rechaza la oferta para las líneas 2, y 4, del proveedor IMPORTACIONES Y DISTRIBUCIÓN ADIOFFICE LTDA, Rut: 77.726.170-3, debido a que el proveedor no cumple con los siguientes atributos de los Requisitos Técnicos de Admisibilidad del Anexo N°6:
a) Línea 2
1.10. “Material 100% algodón”. La Comisión evaluadora indica que presenta propileno más algodón.
1.12. “Que no desprenda hilachas y pelusas”. La Comisión evaluadora indica que si desprende pelusas.
3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no corresponde al material solicitado.
b) Línea 4 “Apósitos 20 cm x 30 cm Estéril”
- 1.10. “Material 100% algodón”. La Comisión evaluadora indica que presenta propileno más algodón.
- 1.12. “Que no desprenda hilachas y pelusas”. La Comisión evaluadora indica que si desprende pelusas.
- 3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no corresponde al material solicitado.
c) Línea 4 “Apósitos 20 cm x 25 cm Estéril”
- 1.10. “Material 100% algodón”. La Comisión evaluadora indica que presenta propileno más algodón.
- 1.12. “Que no desprenda hilachas y pelusas”. La Comisión evaluadora indica que si desprende pelusas.
- 3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no corresponde al material solicitado.
Por lo anterior, el proveedor no aprueba la evaluación de muestra en conformidad con lo establecido en los Requisitos de Admisibilidad, numeral 4.2.4.2, letras h) y j), de las presentes Bases Administrativas.
• Se rechaza la oferta para las líneas 2 y 4, del proveedor MADEGOM SPA, Rut: 84.609.600-0, debido a que El proveedor no cumple con los siguientes atributos de los Requisitos Técnicos de Admisibilidad del Anexo N°6:
a) Línea 2.
- 1.9. “Apósito gasa tejida más algodón”. La Comisión evaluadora menciona que en la ficha técnica indica apósito gasa/algodón.
- 1.10. “Material 100% algodón”. La Comisión evaluadora indica compuesto por polipropileno, no tejido y pulpa de celulosa.
- 1.11. “Absorción moderada a abundante”. La Comisión evaluadora indica que es de absorción baja.
- 1.13. “Hipoalergénico”. La Comisión evaluadora indica que no especifica, no se encuentra descrito en documentos.
- 3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no cumple con el material solicitado.
b) Línea 4.
- 1.9. “Apósito gasa tejida más algodón”. La Comisión evaluadora menciona que en la ficha técnica indica apósito gasa/algodón.
- 1.10. “Material 100% algodón”. La Comisión evaluadora indica compuesto por polipropileno, no tejido y pulpa de celulosa.
- 1.11. “Absorción moderada a abundante”. La Comisión evaluadora indica apósito absorción baja.
- 1.13. “Hipoalergénico”. La Comisión evaluadora indica que no especifica, no se especifica en ficha de producto ni documentos adjuntos.
- 3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no cumple con el material solicitado.
Por lo anterior, el proveedor no aprueba la evaluación de muestra en conformidad con lo establecido en los Requisitos de Admisibilidad, numeral 4.2.4.2, letras h) y j), de las presentes Bases Administrativas.
• Se rechaza la oferta para las líneas 2 y 4, del proveedor IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA MEDICPRO LTDA, Rut: 76.390.967-0, debido a que el proveedor no cumple con los siguientes atributos de los Requisitos Técnicos de Admisibilidad del Anexo N°6:
a) Línea 2.
- 1.12.“Que no desprenda hilachas y pelusas”. La Comisión evaluadora indica que se desprende hilachas y pelusas abundantes.
- 3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que posee muchas pelusas que expele al tocar y se rompe fácilmente el tejido.
b) Línea 4.
- 1.12.“Que no desprenda hilachas y pelusas”. La Comisión evaluadora indica que se desprende hilachas y pelusas abundantes.
- 3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que se deshilacha al uso, desprende abundante cantidad de pelusas.
Por lo anterior, el proveedor no aprueba la evaluación de muestra en conformidad con lo establecido en los Requisitos de Admisibilidad, numeral 4.2.4.2, letras h) y j), de las presentes Bases Administrativas.
• Se rechaza la oferta para las líneas 1, 2, 3, 4 y 5, del proveedor STOREMED SPA Rut: 77.634.551-2, debido a los siguientes motivos:
a) El proveedor no adjunta Anexo N°9. Según lo estipulado en los Requisitos de Admisibilidad numeral 4.2.4.2, letras e), f) y g), de las presentes bases administrativas.
b) El proveedor no cumple con los siguientes atributos de los Requisitos Técnicos de Admisibilidad del Anexo N°6:
- Línea 1.
1.12.“Que no desprenda hilachas y pelusas”. La Comisión evaluadora indica que desprende pelusas por bordes abiertos.
2.1. “ISO 13485”. La Comisión evaluadora indica que no se encuentra ni en ficha del producto ni documentos anexos.
3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no se adecua a las solicitudes del insumo, desprende pelusas y no se encuentra ISO 13485.
- Línea 2.
1.12.“Que no desprenda hilachas y pelusas”. La Comisión evaluadora indica que desprende pelusas por bordes abiertos.
2.1. “ISO 13485”. La Comisión evaluadora indica que no se encuentra ni en ficha del producto ni en documentos anexos.
3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no cumple con los requerimientos del insumo solicitados en la litación, desprende pelusas y no se encuentra ISO 13485.
- Línea 3.
1.12.“Que no desprenda hilachas y pelusas”. La Comisión evaluadora indica que desprende bastantes hilachas y pelusas.
2.1. “ISO 13485”. La Comisión evaluadora indica que no se encuentra en producto ni documentos adjuntos.
3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no cumple con los requerimientos del producto solicitados en la litación.
- Línea 4.
1.12.“Que no desprenda hilachas y pelusas”. La Comisión evaluadora indica que desprende pelusas y presenta bordes abiertos. Se deshilacha.
2.1. “ISO 13485”. La Comisión evaluadora indica que no se encuentra ni en ficha del producto ni documentos anexos.
3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no cumple con los requerimientos de insumos solicitados en la licitación, desprende pelusas, no se presenta ISO 13485.
- Línea 5.
1.12.“Que no desprenda hilachas y pelusas”. La Comisión evaluadora indica que desprende hilachas y pelusas.
2.1. “ISO 13485”. La Comisión evaluadora indica que no se encuentra ni en ficha del producto ni documentos anexos.
3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no cumple con los requerimientos de insumo, desprende hilachas y pelusas, no se adjunta ISO 13485.
• Se rechaza la oferta para la línea 4, del proveedor TEXTIL SUPER LTDA, Rut: 59.106.780-K, debido a que el proveedor no cumple con los siguientes atributos de los Requisitos Técnicos de Admisibilidad del Anexo N°6:
- 1.9. “Apósito gasa tejida más algodón”. El proveedor indica en su Anexo que no cumple con atributo mencionado.
- 1.10. “Material 100% algodón”. El proveedor indica en su Anexo que no cumple con atributo mencionado.
- 1.11. “Absorción moderada a abundante”. La Comisión evaluadora indica apósito absorción.
- 1.13. “Hipoalergénico”. La Comisión evaluadora indica que no especifica.
- 3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no es el material solicitado.
• Se rechaza la oferta para las líneas 1, 2, 3, 4 y 5, del proveedor VIVIRSALUD LIMITADA, Rut: 76.209.015-5, debido a los siguientes motivos:
a) El proveedor no presenta Garantía de Seriedad de la Oferta. Según lo estipulado en los Requisitos de Admisibilidad numeral 4.2.4.2, letra a), de las presentes bases administrativas.
b) El proveedor no adjunta Anexo N°9 firmado por el funcionario de Licitaciones que recepcionó la muestra. Según lo estipulado en los Requisitos de Admisibilidad numeral 4.2.4.2, letras f) y g), de las presentes bases administrativas.
c) El proveedor no realiza entrega de muestras. Según lo estipulado en los Requisitos de Admisibilidad numeral 4.2.4.2, letras f) y g), de las presentes bases administrativas.
d) El proveedor indica en su Anexo N°8 un plazo de entrega mayor a 48 horas, por lo que no será considerado admisible, según lo estipulado en los Requisitos de Admisibilidad numeral 4.2.4.2, letra i) de las presentes bases administrativas.
6. Que, la oferta en competencia fue evaluada conforme a los criterios de evaluación establecidos para el presente proceso de licitación, de acuerdo con lo establecido en el Acta de Comisión Evaluadora referida anteriormente.
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Resuelvo
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RESUELVO:
I. TÉNGASE PRESENTE, que si ingresaron preguntas en el foro de la Licitación Pública de “SUMINISTRO DE APÓSITOS”, citado en el Considerando N°2.
II. DECLARENSE INADMISIBLES, las ofertas de los siguientes proveedores por el motivo que a continuación se indican:
• Se declara inadmisible la oferta para las líneas 1, 2, 3, 4 y 5, del proveedor COMERCIALIZADORA COPROCK LIMITADA, Rut: 77.899.722-3, debido a los siguientes motivos:
a) El proveedor no presenta Garantía de Seriedad de la Oferta. Según lo estipulado en los Requisitos de Admisibilidad numeral 4.2.4.2, letra a), de las presentes bases administrativas.
b) El proveedor no adjunta Anexos solicitados. Según lo estipulado en los Requisitos de Admisibilidad numeral 4.2.4.2, letra e), de las presentes bases administrativas.
c) El proveedor no realiza entrega de muestras. Según lo estipulado en los Requisitos de Admisibilidad numeral 4.2.4.2, letras f) y g), de las presentes bases administrativas.
• Se declara inadmisible la oferta para la línea 4, del proveedor GLOBAL HEALTHCARE CHILE LP, Rut: 59.106.780-K, debido a los siguientes motivos:
a) El proveedor no cumple con los siguientes atributos de los Requisitos Técnicos de Admisibilidad del Anexo N°6:
- 1.9. “Apósito gasa tejida más algodón”. La Comisión evaluadora indica que es una gasa no tejida.
- 1.10. “Material 100% algodón”. La Comisión evaluadora indica que es de material celulosa.
- 1.11. “Absorción moderada a abundante”. La Comisión evaluadora indica que es de baja absorción.
- 1.13. “Hipoalergénico”. La Comisión evaluadora indica que no especifica.
- 2.1. “ISO 13485”. La Comisión evaluadora indica que no se encuentra en documentación ni en el producto.
- 3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no es materialidad solicitada.
Por lo anterior, el proveedor no aprueba la evaluación de muestra en conformidad con lo establecido en los Requisitos de Admisibilidad, numeral 4.2.4.2, letras h) y j), de las presentes Bases Administrativas.
b) El proveedor no adjunta Anexo N°9. Según lo estipulado en los Requisitos de Admisibilidad numeral 4.2.4.2, letras e), f) y g), de las presentes bases administrativas.
• Se declara inadmisible la oferta para las líneas 2 y 4, del proveedor HOSPITALIA PRODUCTOS MÉDICOS SPA, Rut: 78.233.420-4, debido a que El proveedor no cumple con los siguientes atributos de los Requisitos Técnicos de Admisibilidad del Anexo N°6:
a) Línea 2.
- 1.13. “Hipoalergénico”. La Comisión evaluadora indica que no se menciona en ficha técnica ni documentos adjuntos.
- 3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no cumple con la indicación de ser hipoalergénico y no se encuentra en los documentos.
b) Línea 4.
- 1.13. “Hipoalergénico”. La Comisión evaluadora indica que no se encuentra descrito en documentación (ficha técnica ni adjuntos).
- 3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no cumple con la indicación de ser hipoalergénico y no se encuentra en los documentos.
Por lo anterior, el proveedor no aprueba la evaluación de muestra en conformidad con lo establecido en los Requisitos de Admisibilidad, numeral 4.2.4.2, letras h) y j), de las presentes Bases Administrativas.
• Se declara inadmisible la oferta para las líneas 2, y 4, del proveedor IMPORTACIONES Y DISTRIBUCIÓN ADIOFFICE LTDA, Rut: 77.726.170-3, debido a que el proveedor no cumple con los siguientes atributos de los Requisitos Técnicos de Admisibilidad del Anexo N°6:
a) Línea 2
1.10. “Material 100% algodón”. La Comisión evaluadora indica que presenta propileno más algodón.
1.12. “Que no desprenda hilachas y pelusas”. La Comisión evaluadora indica que si desprende pelusas.
3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no corresponde al material solicitado.
b) Línea 4 “Apósitos 20 cm x 30 cm Estéril”
- 1.10. “Material 100% algodón”. La Comisión evaluadora indica que presenta propileno más algodón.
- 1.12. “Que no desprenda hilachas y pelusas”. La Comisión evaluadora indica que si desprende pelusas.
- 3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no corresponde al material solicitado.
c) Línea 4 “Apósitos 20 cm x 25 cm Estéril”
- 1.10. “Material 100% algodón”. La Comisión evaluadora indica que presenta propileno más algodón.
- 1.12. “Que no desprenda hilachas y pelusas”. La Comisión evaluadora indica que si desprende pelusas.
- 3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no corresponde al material solicitado.
Por lo anterior, el proveedor no aprueba la evaluación de muestra en conformidad con lo establecido en los Requisitos de Admisibilidad, numeral 4.2.4.2, letras h) y j), de las presentes Bases Administrativas.
• Se declara inadmisible la oferta para las líneas 2 y 4, del proveedor MADEGOM SPA, Rut: 84.609.600-0, debido a que El proveedor no cumple con los siguientes atributos de los Requisitos Técnicos de Admisibilidad del Anexo N°6:
a) Línea 2.
- 1.9. “Apósito gasa tejida más algodón”. La Comisión evaluadora menciona que en la ficha técnica indica apósito gasa/algodón.
- 1.10. “Material 100% algodón”. La Comisión evaluadora indica compuesto por polipropileno, no tejido y pulpa de celulosa.
- 1.11. “Absorción moderada a abundante”. La Comisión evaluadora indica que es de absorción baja.
- 1.13. “Hipoalergénico”. La Comisión evaluadora indica que no especifica, no se encuentra descrito en documentos.
- 3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no cumple con el material solicitado.
b) Línea 4.
- 1.9. “Apósito gasa tejida más algodón”. La Comisión evaluadora menciona que en la ficha técnica indica apósito gasa/algodón.
- 1.10. “Material 100% algodón”. La Comisión evaluadora indica compuesto por polipropileno, no tejido y pulpa de celulosa.
- 1.11. “Absorción moderada a abundante”. La Comisión evaluadora indica apósito absorción baja.
- 1.13. “Hipoalergénico”. La Comisión evaluadora indica que no especifica, no se especifica en ficha de producto ni documentos adjuntos.
- 3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no cumple con el material solicitado.
Por lo anterior, el proveedor no aprueba la evaluación de muestra en conformidad con lo establecido en los Requisitos de Admisibilidad, numeral 4.2.4.2, letras h) y j), de las presentes Bases Administrativas.
• Se declara inadmisible la oferta para las líneas 2 y 4, del proveedor IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA MEDICPRO LTDA, Rut: 76.390.967-0, debido a que el proveedor no cumple con los siguientes atributos de los Requisitos Técnicos de Admisibilidad del Anexo N°6:
a) Línea 2.
- 1.12.“Que no desprenda hilachas y pelusas”. La Comisión evaluadora indica que se desprende hilachas y pelusas abundantes.
- 3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que posee muchas pelusas que expele al tocar y se rompe fácilmente el tejido.
b) Línea 4.
- 1.12.“Que no desprenda hilachas y pelusas”. La Comisión evaluadora indica que se desprende hilachas y pelusas abundantes.
- 3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que se deshilacha al uso, desprende abundante cantidad de pelusas.
Por lo anterior, el proveedor no aprueba la evaluación de muestra en conformidad con lo establecido en los Requisitos de Admisibilidad, numeral 4.2.4.2, letras h) y j), de las presentes Bases Administrativas.
• Se declara inadmisible la oferta para las líneas 1, 2, 3, 4 y 5, del proveedor STOREMED SPA Rut: 77.634.551-2, debido a los siguientes motivos:
a) El proveedor no adjunta Anexo N°9. Según lo estipulado en los Requisitos de Admisibilidad numeral 4.2.4.2, letras e), f) y g), de las presentes bases administrativas.
b) El proveedor no cumple con los siguientes atributos de los Requisitos Técnicos de Admisibilidad del Anexo N°6:
- Línea 1.
1.12.“Que no desprenda hilachas y pelusas”. La Comisión evaluadora indica que desprende pelusas por bordes abiertos.
2.1. “ISO 13485”. La Comisión evaluadora indica que no se encuentra ni en ficha del producto ni documentos anexos.
3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no se adecua a las solicitudes del insumo, desprende pelusas y no se encuentra ISO 13485.
- Línea 2.
1.12.“Que no desprenda hilachas y pelusas”. La Comisión evaluadora indica que desprende pelusas por bordes abiertos.
2.1. “ISO 13485”. La Comisión evaluadora indica que no se encuentra ni en ficha del producto ni en documentos anexos.
3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no cumple con los requerimientos del insumo solicitados en la litación, desprende pelusas y no se encuentra ISO 13485.
- Línea 3.
1.12.“Que no desprenda hilachas y pelusas”. La Comisión evaluadora indica que desprende bastantes hilachas y pelusas.
2.1. “ISO 13485”. La Comisión evaluadora indica que no se encuentra en producto ni documentos adjuntos.
3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no cumple con los requerimientos del producto solicitados en la litación.
- Línea 4.
1.12.“Que no desprenda hilachas y pelusas”. La Comisión evaluadora indica que desprende pelusas y presenta bordes abiertos. Se deshilacha.
2.1. “ISO 13485”. La Comisión evaluadora indica que no se encuentra ni en ficha del producto ni documentos anexos.
3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no cumple con los requerimientos de insumos solicitados en la licitación, desprende pelusas, no se presenta ISO 13485.
- Línea 5.
1.12.“Que no desprenda hilachas y pelusas”. La Comisión evaluadora indica que desprende hilachas y pelusas.
2.1. “ISO 13485”. La Comisión evaluadora indica que no se encuentra ni en ficha del producto ni documentos anexos.
3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no cumple con los requerimientos de insumo, desprende hilachas y pelusas, no se adjunta ISO 13485.
• Se declara inadmisible la oferta para la línea 4, del proveedor TEXTIL SUPER LTDA, Rut: 59.106.780-K, debido a que el proveedor no cumple con los siguientes atributos de los Requisitos Técnicos de Admisibilidad del Anexo N°6:
- 1.9. “Apósito gasa tejida más algodón”. El proveedor indica en su Anexo que no cumple con atributo mencionado.
- 1.10. “Material 100% algodón”. El proveedor indica en su Anexo que no cumple con atributo mencionado.
- 1.11. “Absorción moderada a abundante”. La Comisión evaluadora indica apósito absorción.
- 1.13. “Hipoalergénico”. La Comisión evaluadora indica que no especifica.
- 3.1. “Funcionamiento acorde con los requerimientos de la institución”. La Comisión evaluadora indica que no es el material solicitado.
• Se declara inadmisible la oferta para las líneas 1, 2, 3, 4 y 5, del proveedor VIVIRSALUD LIMITADA, Rut: 76.209.015-5, debido a los siguientes motivos:
a) El proveedor no presenta Garantía de Seriedad de la Oferta. Según lo estipulado en los Requisitos de Admisibilidad numeral 4.2.4.2, letra a), de las presentes bases administrativas.
b) El proveedor no adjunta Anexo N°9 firmado por el funcionario de Licitaciones que recepcionó la muestra. Según lo estipulado en los Requisitos de Admisibilidad numeral 4.2.4.2, letras f) y g), de las presentes bases administrativas.
c) El proveedor no realiza entrega de muestras. Según lo estipulado en los Requisitos de Admisibilidad numeral 4.2.4.2, letras f) y g), de las presentes bases administrativas.
d) El proveedor indica en su Anexo N°8 un plazo de entrega mayor a 48 horas, por lo que no será considerado admisible, según lo estipulado en los Requisitos de Admisibilidad numeral 4.2.4.2, letra i) de las presentes bases administrativas.
III. ADJUDÍQUENSE, las líneas 1, 2, 3, 4 y 5 de la Licitación Pública de ID 2111-17-LR26, para el “SUMINISTRO DE APÓSITOS” para el H.U.A.P, por 36 meses a los proveedores y a los precios que a continuación se detallan:
Debido a que la presente adjudicación supera el tramo autorizado, el HUAP procede a realizar una disminución promedio correspondiente al 16% de las cantidades originalmente adjudicadas de acuerdo a los establecido en el numeral 1.2. de las Bases Administrativas del presente proceso licitatorio, “Las cantidades que resulten adjudicadas, se podrán aumentar o disminuir a un máximo de un 30% de lo adjudicado, de acuerdo a las necesidades existentes y recursos del HUAP”. Se procede a la reducción de las cantidades de los productos requeridos en esta Licitación.
La presente adjudicación se motiva en las ofertas presentadas por los proveedores antes señalados, quienes cumplen con los requerimientos administrativos y técnicos exigidos por el Hospital de Urgencia Asistencia Pública para el “SUMINISTRO DE APÓSITOS”, logrando los siguientes porcentajes en los criterios de evaluación:
Lo anterior, consta en el Acta de Evaluación, citada en el numeral 15., de los vistos, en concordancia con el Art. 10 de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
IV. TÉNGASE PRESENTE, que el contrato para las líneas 1, 2, 3 y 4 entrarán en vigencia desde que se encuentra totalmente tramitado el acto que lo aprueba y la duración del Suministro será de 36 meses o hasta completar el monto total adjudicado.
En caso excepcional y por razones de buen servicio, se podrá dar inicio a la ejecución de este una vez adjudicado y entregada por el proveedor la Garantía de Fiel Cumplimiento, sin embargo, el pago se podrá efectuar una vez se encuentre totalmente tramitado el contrato.
El contrato para la línea 5 entrará en vigencia desde la adjudicación y entrega de la documentación y se formalizará mediante el envío y aceptación de la Orden de Compra por el proveedor. Ésta (O.C) hará las veces de contrato y le será aplicable todo lo señalado en las presentes Bases Administrativas que hagan referencia a “contrato”.
V. AUTORÍZASE, la disponibilidad presupuestaria señalada en los Certificados de Disponibilidad Presupuestaria N°297, N°298, N°299 y N°300, de fecha 08 de abril de 2026.
VI. IMPÚTESE el gasto que irrogue la presente Licitación al Ítem Presupuestario 22-04-005-003 “Otros Insumos Clínicos” del presupuesto 2026, 2027, 2028 y 2029 del Hospital de Urgencia Asistencia Pública.
VII. INFÓRMESE Y PUBLÍQUESE la presente Resolución a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, de acuerdo con lo dispuesto en la ley Nº21.634, que moderniza la Ley N°19.886 y su Reglamento.
ANÓTESE, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE en su oportunidad.
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Acta Adjudicación
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Organismo Demandante
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Datos del Contacto para esta Licitación
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Nombre Completo
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ANGELA HABERT RIVERA
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Cargo
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PROFESIONAL DE LICITACIONES
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Teléfono
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56-22-25681211
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Fax
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--
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E-Mail
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Datos de la Adquisición
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Número de Adquisición
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2111-17-LR26
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Nombre de Adquisición
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SUMINISTRO DE APÓSITOS
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Tipo de Adquisición
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Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
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Descripción
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Se requiere contratar el Suministro de Apósitos para el HUAP.
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Tipo de Convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Fecha de Publicación
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9/2/2026 15:48
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Fecha de Cierre
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16/3/2026 15:00
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Tipo de Adjudicación
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Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
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Monto Neto Adjudicado
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$ 586.142.234
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Monto Neto Estimado del Contrato
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$ 586.142.234
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Comisión Evaluadora
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| 16579628-4 | Yanet Badilla Galaz | Enfermera Continuidad del Servicio Quemados |
| 15721744-5 | Patricia Medalla Soza | Enfermera Continuidad del Servicio Pabellón |
| 17312692-1 | Ana Rubio Carmona | Enfermera Continuidad del Servicio Quemados |
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Resultado de la Adjudicación
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Total Línea |
$ 139.750.000 |
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Total Línea |
$ 169.007.200 |
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Total Línea |
$ 163.056.000 |
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