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1. Que, la Municipalidad de Coquimbo es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna, según lo dispone el artículo 1° de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
2. Que, la letra l) del artículo 4º de la citada ley establece que las municipalidades, en el ámbito de su territorio, podrán desarrollar, directamente o con otros órganos de la Administración del Estado, funciones relacionadas con el desarrollo de actividades de interés común en el ámbito local, “Asimismo, la letra f) del artículo 5° de dicho cuerpo legal, establece que, para el cumplimiento de sus funciones, las municipalidades tendrán las siguientes atribuciones esenciales: adquirir y enajenar bienes muebles e inmuebles”.
3. Que, el municipio de Coquimbo, con la finalidad de dar cumplimiento a los requerimientos de la autoridad edilicia, según agenda coordinada desde gabinete para las actividades, efemérides de la Comuna y ceremonias oficiales, se requiere anualmente para ornamentación protocolar, arreglos florales, para entregar a las distintas autoridades, homenajes en los distintos eventos protocolares municipales, asimismo ornamentación floral para los lugares donde se realizan dichas actividades. El contrato de suministro de flores bouquet, centros de mesas, ofrendas protocolares, arreglos de pedestal y coronas fúnebres que permitirá a la oficina de Relaciones Públicas cumplir con el protocolo establecido para las actividades municipales que se requieren para el presente año.
4. Que, en conformidad a lo prescrito en el artículo 35 nonies, de la Ley N°19.886, se tiene a la vista, e incorpora a expediente de gasto, declaraciones juradas simples suscritas por los funcionarios evaluadores de la licitación pública ID 2446-77-LE26.
5. El Decreto Exento N°1468 de fecha 17 de marzo de 2026 que aprueba las bases técnicas y administrativas para el “Suministro de Arreglos Ornamentales y Protocolares año 2026”, mediante el cual se designa a los integrantes de la comisión evaluadora de acuerdo al siguiente cuadro:
Cargo Nombre Rut
Profesional de Apoyo Dideco Karla Oros Astudillo 13.761.749-8
Jefe Departamento Social Claudia González Hidalgo 17.293.635-8
Encargada de la Oficina de Control y Gestión Pilar Montenegro Castillo 8.780.900-5
Dicha Comisión procedió a la evaluación de las ofertas técnicas, económicas y administrativas recibidas, conforme a lo establecido en la las bases de licitación y de acuerdo a los siguientes criterios de evaluación ahí establecidos:
CRITERIO PORCENTAJE DESCRIPCION
PRECIO 40% (Menor Precio Ofertado/ Precio Ofertado) x 100
EXPERIENCIA EN EL RUBRO
30% 0 a 1 documentos que acrediten: 0 puntos
2 a 4 documentos que acrediten: 50 puntos
5 a 7 documentos que acrediten: 80 puntos
8 o más documentos que acrediten: 100 puntos
Para la evaluación de este criterio el oferente deberá acompañar documentos que acrediten experiencia en el mismo rubro o similar a los servicios requeridos en la presente licitación.
Se considerarán como documentos válidos para acreditar la experiencia copias de contratos, órdenes de compra o certificados de cumplimiento o ejecución. Los servicios o trabajos similares respecto de los cuales no se acompañen estos documentos no serán considerados para la evaluación.
COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR 15% Proveedor No Registra Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 100 Puntos.
Proveedor Registra entre 1 y 4 Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 50 Puntos. Proveedor Registra 5 o más Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 0 Puntos.
CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES 10% 100 puntos: Oferta cumple con todos los requisitos de forma. No se solicitaron correcciones, aclaraciones, modificaciones, o acompañar documentación faltante, tampoco debió ser corregida de oficio la propuesta o alguno de sus documentos, ni por la comisión evaluadora en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora.
50 puntos: Oferta no cumple con todos los requisitos de forma. a) Debiendo el municipio solicitar correcciones, aclaraciones, o modificaciones, a la oferta, en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora, sin necesidad de acompañar documentación faltante.
b) La oferta o alguno de sus documentos debió ser corregida de oficio por la comisión evaluadora (sin necesidad de requerir aclaratoria, por tratarse de errores evidentes).
0 puntos: Oferta no cumple con todos los requisitos de forma, debiendo el municipio solicitar acompañar documentación faltante en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora.
Se deja expresa constancia que al tenor de lo señalado en el artículo 56 del DS 661/2024 No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
PROGRAMA(S) DE INTEGRIDAD Y COMPLIANCE 5% De acuerdo a lo señalado en el Dictamen Nº E370752/2023, de Contraloría General de la República, se evaluarán a los oferentes sobre la base de la información indicada en Anexo Programa(s) de Integridad y compliance. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Asignando puntaje como se indica a continuación:
El oferente cuenta con programas de integridad y compliance conocidos por su personal; adjuntando copia del señalado programa, y medios de verificación que acrediten ser conocidos por sus trabajadores. 100 puntos
No acredita contar con programas de integridad y compliance y que estos son conocidos por su personal al tenor de lo solicitado en el presente criterio de evaluación: 0 Puntos
Para la evaluación de ofertas presentadas por una UTP, todos sus integrantes deberán acreditar contar con un Programa de Integridad y ser conocido por su personal, al tenor de lo indicado en el presente criterio.
6. Que, revisado el sistema de información www.mercadopublico.cl, a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se reciben las siguientes:
N° PROVEEDOR RUT PROVEEDOR TOTAL OFERTA (NETO) TOTAL OFERTA (IVA INCLUIDO)
1 ALICIA SAAVEDRA SANTANDER. 6.891.572-4 $1.352.941.- $1.610.000.-
7. La comisión evaluadora procede a ponderar las ofertas recibidas de acuerdo a lo señalado en las administrativas y técnica, otorgando los siguientes puntajes:
PRECIO (A)
40% EXPERIENCIA EN EL RUBRO (B) 30% COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR (C) 15% CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 10% (D) PROGRAMA(S) INTEGRIDAD Y COMPLIANCE
(E)
5%
PTJE FINAL
NOMBRE OFERENTE RUT PRECIO
OFERTADO IVA INCLUIDO FACTOR PUNTOS EXPERIENCIA OFERTADA FACTOR PUNTOS CUMPLE FACTOR PUNTOS PLAZO OFERTADO FACTOR PUNTOS CUMPLE FACTOR PUNTOS TOTAL
ALICIA SAAVEDRA SANTANDER. 6.891.572-4 $1.610.000 100 40 5 89 26 0 100 15 CUMPLE 100 10 NO CUMPLE 0 0 91
NOMBRE OFERENTE RUT A B C D E TOTAL LUGAR
ALICIA SAAVEDRA SANTANDER. 6.891.572-4 40 26 15 10 0 91 1°
8. Se deja constancia que la evaluadora Sra. Pilar Montenegro Castillo, RUN: 8.780.900-5, con fecha 04 de marzo inicia periodo de feriado legal hasta el 31 de marzo, fecha en que se acogió a retiro. Como indican las bases de llamado n°29/2026, el evaluador suplente será la Sra. Pamela Zárate Arqueros RUN 8.427.163-2; y que la evaluadora Sra. Karla Oros Astudillo RUN 13.761.749-8 encuentra con feriado legal. Como indican las bases de llamado n°29/2026, el evaluador suplente será el Sr. Roberto Andrés Ossandón Iglesias, RUN 14.100.044-6.
9. El Acta de Evaluación de la oferta de fecha 31 de marzo de 2026, donde se propone adjudicar la licitación ID: 2446-77-LE26 al oferente ALICIA SAAVEDRA SANTANDER, RUT: 6.891.572-4, en virtud de obtener el mayor puntaje ponderado (91), cumpliendo con los requisitos de adjudicación
10. El Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°2264 de fecha 07 de abril de 2026 que da cuenta de la existencia de la disponibilidad presupuestaria necesaria para la adquisición. Esto cotejado con la Guía de Requerimiento N°75 de fecha 16 de enero de 2026 y el Proyecto Presupuestario año 2026 del Departamento de Relaciones Públicas y Eventos.
11. Que, verificado el sistema de información, se constatan que no se efectúan observaciones al acto de apertura, al tenor de lo establecido en el artículo 51 del DS 661 de 2024, Reglamento de la Ley N°19.886.
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