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1. Que, la Municipalidad de Coquimbo es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna, según lo dispone el artículo 1° de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
2. Que, el artículo 5° letra c) y f) de la Ley Orgánica de Municipalidades, estipula que las municipalidades para el cumplimiento de sus funciones tiene diversas atribuciones esenciales, tales como administrar los bienes municipales y nacionales de uso público, incluido su subsuelo, existentes en la comuna, salvo que, en atención a su naturaleza o fines y de conformidad a la ley, la administración de estos últimos corresponda a otros órganos de la Administración del Estado; y adquirir y enajenar, bienes muebles e inmueble".
3. Que, en conformidad a lo prescrito en el artículo 35 nonies, de la Ley 19.886, se tiene a la vista, e incorpora a expediente de gasto, declaraciones juradas simple, suscrito por el funcionario evaluador de la Licitación Pública ID 2446-67-LE26.
4. Que, la Adquisición de Materiales de construcción para el Monumento de la Cruz del Tercer Milenio, se encuentra inserto en el Plan Anual de Compras año 2026, con el ID N° 3438-20-PC26.
5. Que, mediante el Decreto Exento N°1151, de fecha 03 de marzo de 2026, se autoriza llamado a propuesta publica N° 36/2026, que aprueba las Bases Administrativas y Técnicas para el “ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE CONSTRUCCION”., y la ficha de licitación N° 2446-67-LE26 mediante el cual se designa a los integrantes de la comisión evaluadora de acuerdo al siguiente cuadro:
Titular:
Cargo Nombre Rut
Funcionaria Monumento Cruz del Tercer Milenio Isabel Villegas Chávez 19.506.904-2
Administrador Estadio Francisco Sánchez Rumoroso Osvaldo Mosquera Jaime 9.115.649-0
Funcionario Contrata Municipal Nibaldo González Ramírez 13.171.146-8
Suplente:
Cargo Nombre Rut
Funcionario Planta Nelson Canihuante Muñoz 10.363.886-0
Profesional de la Administración Municipal Ricardo Antonio Rojas 17.721.689-5
Dichos evaluadores procedieron a la evaluación de las ofertas técnicas, económicas y administrativas recibidas, conforme a lo establecido en la las bases de licitación y de acuerdo a los siguientes criterios de evaluación ahí establecidos:
CRITERIO DESCRIPCION
PORCENTAJE
Precio (Menor Precio Ofertado/ Precio Ofertado) x 100
67%
Cumplimiento Requisitos Formales 100 puntos: Oferta cumple con todos los requisitos de forma. No se solicitaron correcciones, aclaraciones, modificaciones, o acompañar documentación faltante; tampoco debió ser corregida de oficio la propuesta o alguno de sus documentos, ni por la comisión evaluadora en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora.
50 puntos: Oferta no cumple con todos los requisitos de forma. a) Debiendo el municipio solicitar correcciones, aclaraciones, o modificaciones, a la oferta, en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora, sin necesidad de acompañar documentación faltante. b) La oferta o alguno de sus documentos debió ser corregida de oficio por la comisión evaluadora.
0 puntos: Oferta no cumple con todos los requisitos de forma, debiendo el municipio solicitar acompañar documentación faltante en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora.
Se deja expresa constancia que al tenor de lo señalado en el artículo 56 del DS 661/2024 No se considerará error formal errores en el precio de la oferta 10%
Plazo de Entrega (Menor Plazo ofertado/Plazo Evaluado) x 100.
El plazo máximo a ofertar será de 10 días hábiles. Las ofertas en las que no se indique plazo de entrega, o este sea superior a 10 días hábiles, serán declaradas inadmisibles.
El plazo de entrega ofertado debe considerar el producto puesto en bodega municipal.
El plazo de entrega ofertado debe ser en días hábiles, quienes oferten en días corridos serán evaluados con 0 puntos
10%
Comportamiento Contractual Anterior Proveedor No Registra Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 100 Puntos
Proveedor Registra entre 1 y 4 Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 50 Puntos
Proveedor Registra 5 o más Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 0 Puntos
10%
Programa (s) de Integridad y Compliance De acuerdo a lo señalado en el Dictamen Nº E370752/2023, de Contraloría General de la República, se evaluarán a los oferentes sobre la base de la información indicada en Anexo “Programa (s) de Integridad y Compliance”. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Asignando puntaje como se indica a continuación:
El oferente cuenta con programa de Integridad y Compliance conocido por su personal; adjuntando copia del señalado programa, y medios de verificación que acrediten ser conocidos por sus trabajadores. 100 puntos.
No acredita contar con programas de Integridad y Compliance y que estos son conocidos por su personal al tenor de lo solicitado en el presente criterio de evaluación. 0 puntos.
Para la evaluación de ofertas presentadas por una Unión Temporal de Proveedores, todos sus integrantes deberán acreditar contar con programas de integridad y ser conocidos por su personal, al tenor de lo indicado en el presente criterio
3%
6. Que, revisado el sistema de información www.mercadopublico.cl, a la fecha de cierre de recepción de las ofertas, se reciben las siguientes:
N° PROVEEDOR RUT PROVEEDOR TOTAL OFERTA (IVA INCLUIDO)
1 SORAYA ANICH ALLEL 7.811.115-1 $ 6.717.464
2 SOCIEDAD COMERCIAL M&T SPA 77.540.301-2 $ 7.820.967
3 COMERCIALIZADORA SERVICIOS LYG SPA 77.619.825-0 $ 18.570.557
4 SOCIEDAD EDOMAC SPA 77.210.145-7 $ 7.504.708
5 JIMENEZ SEGOVIA LIMITADA 76.236.539-1 $ 8.752.343
6 SERCATOOLS SPA 77.567.313-3 $ 7.965.121
7 CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS LYG SPA 77.290.971-3 $ 17.363.290
7. Que, la comisión evaluadora de la propuesta, al revisar los antecedentes que forman parte de la misma, de forma previa a la evaluación, en conformidad a las facultades concedidas en las bases administrativas; realiza revisión de los antecedentes técnicos, administrativos y económicos presentados de las ofertas, se determina lo siguiente:
a) Se declara inadmisible la oferta presentada por el proponente SORAYA ANICH ALLEL, RUT 7.811.115-1, por cuanto el Oferente presenta indeterminación en el precio estipulado en el comprobante de ingreso de oferta y el presentado en el formulario de oferta económica, los cuales al no coincidir impiden determinar el valor real de la oferta. Siendo esto causal de inadmisibilidad según el acápite 11 causales de rechazo, en su punto N°8 “Omitir información, o entregar antecedentes confusos o contradictorios que impidan efectuar examen de admisibilidad o evaluación...”
b) Se declara inadmisible la oferta presentada por el proponente SOCIEDAD COMERCIAL M&T SPA, RUT: 77.540.301-2, por cuanto el Oferente no adjunta ficha técnica de las planchas de PVC, guardapolvos, luz led aplique y grifería. Siendo esto causal de inadmisibilidad según el acápite 11 causales de rechazo, en su punto N°5 “No presentar ficha técnica de los productos ofertados; cuando hayan sido solicitados en las bases de esta licitación.”
c) Se declara inadmisible la oferta presentada por el proponente COMERCIALIZADORA SERVICIOS LYG SPA, RUT: 77.619.825-0, por cuanto el Oferente excede el presupuesto máximo disponible de $7.994.000 (IVA incluido), adjuntando formulario de oferta económica por un valor total de $18.570.557 (IVA incluido). Siendo esto causal de inadmisibilidad según acápite 11 causales de rechazo, en su punto N° 2 “no ajustarse al presupuesto máximo disponible.”
d) Se evaluará la oferta presentada por el proponente SOCIEDAD EDOMAC SPA, RUT: 77.210.145-7.
e) Se declara inadmisible la oferta presentada por el proponente JIMENEZ SEGOVIA LIMITADA, RUT: 76.236.539-1, por cuanto el oferente excede el presupuesto máximo disponible de $7.994.000 (IVA incluido), adjuntando formulario de oferta económica por un valor total de $8.752.343 (IVA incluido). Siendo esto causal de inadmisibilidad según acápite 11 causales de rechazo, en su punto N° 2 “no ajustarse al presupuesto máximo disponible.”
f) Se evaluará la oferta presentada por el proponente SERCATOOLS SPA, RUT: 77.567.313-3.
g) Se declara inadmisible la oferta presentada por el proponente CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS LYG SPA, RUT: 77.290.971-3, por cuanto el oferente excede el presupuesto máximo disponible de $7.994.000 (IVA incluido), adjuntando formulario de oferta económica por un valor total de $17.363.290 (IVA incluido). Siendo esto causal de inadmisibilidad según acápite 11 causales de rechazo, en su punto N° 2 “no ajustarse al presupuesto máximo disponible.”
8. Que, la comisión evaluadora procede a ponderar las ofertas recibidas de acuerdo a lo señalado en las bases administrativas y técnica, según lo indicado en el numeral 7, dejando en constancia en el acta de evaluación “Se recibe siete ofertas de las cuales solo se evaluarán dos, otorgando el siguiente puntaje:
9. Que, verificado por el evaluador los criterios y metodología de evaluación, consta en acta de fecha 15 de abril de 2026, que los proveedores obtienen los siguientes puntajes:
NOMBRE OFERENTE RUT PUNTAJE
SOCIEDAD EDOMAC SPA 77.210.145-7 95
SERCATOOLS SPA 77.567.313-3 86
10. El Acta de Evaluación de las ofertas, de fecha 15 de abril de 2026, ingresada en el Departamento de Adquisiciones y Propuestas Públicas, se propone adjudicar la licitación pública ID 2446-67-LE26 al oferente SOCIEDAD EDOMAC SPA, RUT 77.210.145-7, por cuanto obtuvo un puntaje ponderado de 95 puntos; cumpliendo con los requisitos de adjudicación.
11. El certificado Disponibilidad Presupuestaria N° 2485, de fecha 17 de abril de 2026, que da cuenta de la existencia de la disponibilidad presupuestaria necesaria para el “ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE CONSTRUCCION”., Esto cotejado con la Guía de Requerimiento N°127, de fecha 22 de enero de 2026 y Proyecto presupuestario año 2026.
12. Que, verificado el sistema de información, se constatan que no se efectúan observaciones al acto de apertura, al tenor de lo establecido en el artículo 51 del DS 661 de 2024, Reglamento de la Ley N°19.886.
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1. APRUÉBESE el acta de evaluación, de fecha 15 de abril de 2026, emitida por el evaluador designado mediante la Guía de Requerimiento N°127, de fecha 22 de enero de 2026 y el Decreto Exento N° 1151 que aprueba el llamado a propuesta Publica N° 36/2026 de fecha 03 de marzo de 2026.
2. DECLÁRESE INADMISIBLE, las ofertas presentadas por los proponentes SORAYA ANICH ALLEL, RUT 7.811.115-1, SOCIEDAD COMERCIAL M&T SPA, RUT: 77.540.3012, COMERCIALIZADORA SERVICIOS LYG SPA, RUT: 77.619.825-0, JIMENEZ SEGOVIA LIMITADA, RUT: 76.236.539-1 y CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS LYG SPA, RUT: 77.290.971-3, al tenor de lo indicado en el considerando séptimo del presente decreto, conforme lo preceptuado en el artículo 9 de la Ley N° 19.886.
3. ADJUDÍQUESE la licitación Pública ID 2446-67-LE26, denominada “ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE CONSTRUCCION”; al proveedor SOCIEDAD EDOMAC SPA, RUT 77.210.145-7, por un monto de $ 7.504.708.- (Siete Millones quinientos cuatro mil setecientos ocho pesos) IVA incluido.
4. PUBLÍQUESE la presente resolución en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, para los efectos previstos en la Ley N° 19.886 y en su Reglamento.
5. IMPÚTESE el gasto de la presente licitación al Presupuesto Municipal año 2026, N° de cuenta: 215-22-04-010-000-000-008 Centro de Costos de la Cruz del Tercer Milenio.
6. AUTORÍCESE la emisión de la respectiva Orden de Compra para formalizar la contratación entre la Municipalidad de Coquimbo y el adjudicatario; al tenor de lo señalado en las bases administrativas. Lo anterior, una vez que el Departamento de Adquisiciones y Propuestas Públicas haya verificado el cumplimiento de los requisitos para contratar establecidos en los documentos del proceso licitatorio.
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