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1. Que, la Municipalidad de Coquimbo es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna, según lo dispone el artículo 1° de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
2. Que, el artículo 5° letra f) de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, indica que los Municipios, para el cumplimiento de sus funciones tendrán la siguiente atribución esencial: Adquirir y enajenar, bienes muebles e inmuebles.
3. Que, el Municipio de Coquimbo es una Institución de carácter público que tiene dentro de sus programas el prestar servicios a la comunidad. Uno de esos servicios es el destinar un espacio para que aquellas personas que perdieron un familiar puedan depositar sus restos, de acuerdo a la normativa establecida por el Servicio de Salud. Es importante disponer, entonces, de lugares de resguardo o bodega de los materiales y herramientas operativas que permiten el funcionamiento del recinto municipales. Por lo tanto, es muy importante que los bienes e insumos municipales queden a resguardo del clima y de los posibles robos que se puedan cometer. Esto permitirá, además, mantener un orden y control de los materiales y herramientas. Se complementa con la instalación de una oficina que permita la protección de los bienes municipales y la atención adecuada de los requirentes. Un espacio que permita mantener a resguardo toda la información digitalizada y física de los documentos que autorizaron en un momento la inhumación, exhumación o reducción de cuerpos. Habilitar un espacio cómo este permitirá también dar una atención adecuada a los deudos o familias de los difuntos.
4. Que, mediante Decreto Exento N°1305, de fecha 06 de diciembre de 2024, se aprueban las Bases Administrativas y Técnicas para el “ADQUISICION DE BODEGA Y OFICINA CEMENTERIO MUNICIPAL DE TAMBILLOS”, y la ficha de licitación N°2446-798-LE24.
5. Que, revisado el sistema de información www.mercadopublico.cl, a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se reciben las siguientes:
N° NOMBRE OFERENTE RUT PRECIO OFERTA NETO PRECIO OFERTA IVA INCLUIDO
1 SOCIEDAD EL REY DE LA CASA PREFABRICADA LIMITADA 77.741.249-3 $5.800.000 $6.902.000
2 INVERSIONES KAD SPA 78.076.610-7 $9.940.000 $11.828.600
3 GIORGIO STEFANO RATTO ANDAUR 15.775.663-K $6.000.000 $7.140.000
4 SOCIEDAD COMERCIAL DONOSO & DONOSO LIMITADA 76.160.325-6 $9.660.000 $11.495.400
6. Que, verificado en el sistema de información, se constata que no se reciben dentro del plazo concedido a tal efecto observaciones al acta de apertura de fecha 23 de diciembre de 2024, al tenor de lo establecido en el artículo 33 del DS 250/2004.
7. Que, el evaluador de la propuesta, al revisar los antecedentes que forman parte de la misma, de forma previa a la evaluación, en conformidad a las facultades concedidas en las bases administrativas; realiza revisión de los antecedentes técnicos, administrativos y económicos presentados de las ofertas.
8. Que, en virtud de lo indicado supra, se determina lo siguiente:
a. Se declara inadmisible la oferta presentada por el proponente SOCIEDAD EL REY DE LA CASA PREFABRICADA LIMITADA, RUT 77.741.249-3, por no cumplir con los requisitos técnicos requeridos por el municipio por cuanto, el proponente no oferta el 1 “Container de 40 pies” solicitado en las Bases Administrativas del proceso de licitación. En razón de lo anterior, por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad de los proponentes, se rechaza la oferta, sin derecho a ser evaluada, en especial consideración a las facultades contenidas en la cláusula “Causales de rechazo de las ofertas” de las Bases Administrativas, donde se señala como causal de rechazo de las ofertas el no ofertar la totalidad de los productos requeridos en las bases administrativas.
b. Se declara inadmisible la oferta presentada por el proponente INVERSIONES KAD SPA, RUT 78.076.610-7, por no cumplir con los requisitos técnicos de los productos solicitados por el municipio por cuanto, en las Especificaciones Técnicas se solicita “Container de 20 pies, con revestimiento de 6mm” y “Container de 40 pies, con revestimiento de 6 mm” y al verificar los antecedentes subidos por el oferente se constata que oferta “Container de 40 pies, con revestimiento de 4 mm” y “Container de 20 pies, con revestimiento de 4 mm”. En razón de lo anterior, por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad de los proponentes, se rechaza la oferta, sin derecho a ser evaluada, en especial consideración a las facultades contenidas en la cláusula “Causales de rechazo de las ofertas” de las Bases Administrativas, donde se señala como causal de rechazo de las ofertas el que los productos ofertados no cumplan con uno o más de los requerimientos técnicos de la presente licitación.
c. Se declara inadmisible la oferta presentada por el proponente GIORGIO STEFANO RATTO ANDAUR, RUT 15.775.663-K, por no cumplir con los requisitos técnicos requeridos por el municipio por cuanto, el proponente no oferta el 1 “Container de 40 pies” solicitado en las Bases Administrativas del proceso de licitación. En razón de lo anterior, por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad de los proponentes, se rechaza la oferta, sin derecho a ser evaluada, en especial consideración a las facultades contenidas en la cláusula “Causales de rechazo de las ofertas” de las Bases Administrativas, donde se señala como causal de rechazo de las ofertas el no ofertar la totalidad de los productos requeridos en las bases administrativas.
9. Que, verificado por el evaluador los criterios y metodología de evaluación, consta en acta de fecha 24 de diciembre de 2024, que el proveedor obtiene el siguiente puntaje:
NOMBRE OFERENTE RUT PUNTAJE
SOCIEDAD COMERCIAL DONOSO & DONOSO LIMITADA 76.160.325-6 95
10. El Acta de Evaluación de las ofertas, de fecha 24 de diciembre de 2024, ingresada en adquisiciones y propuestas públicas con fecha 26 de diciembre de 2024, donde se propone adjudicar la licitación pública ID 2446-798-LE24 al oferente SOCIEDAD COMERCIAL DONOSO & DONOSO LIMITADA, RUT 76.160.325-6, por cuanto obtuvo un puntaje ponderado de 95 puntos; cumpliendo con los requisitos de adjudicación
11. Que, en conformidad a lo prescrito en el artículo 35 nonies, de la Ley 19.886, se tiene a la vista, e incorpora a expediente de gasto, declaraciones juradas simple, suscritos por los funcionarios evaluadores de la Licitación Pública ID 2446-798-LE24.
12. El certificado Disponibilidad Presupuestaria N° 85, de fecha 24 de diciembre de 2024, que da cuenta de la existencia de la disponibilidad presupuestaria necesaria para la ADQUISICION DE BODEGA Y OFICINA CEMENTERIO MUNICIPAL DE TAMBILLOS. Esto cotejado con la Guía de Requerimiento N°14, de fecha 14 de octubre de 2024 y Proyecto presupuestario año 2024
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1. APRUÉBESE el acta de evaluación, de fecha 24 de diciembre 2024, emitida por el evaluador designado mediante la Guía de Requerimiento N°14, de fecha 14 de octubre de 2024 y el Decreto Exento N°1305, de fecha 06 de diciembre de 2024.
2. DECLÁRESE INADMISIBLE, la oferta presentada por el proveedor SOCIEDAD EL REY DE LA CASA PREFABRICADA LIMITADA, RUT 77.741.249-3, INVERSIONES KAD SPA, RUT 78.076.610-7, GIORGIO STEFANO RATTO ANDAUR, RUT 15.775.663-K, al tenor de lo indicado en los considerando séptimo y octavo del presente decreto, conforme lo preceptuado en el artículo 9 de la Ley N° 19.886.
3. ADJUDÍQUESE la licitación Pública 574/2024, ID 2446-798-LE24, denominada “ADQUISICION DE BODEGA Y OFICINA CEMENTERIO MUNICIPAL DE TAMBILLOS” al proveedor SOCIEDAD COMERCIAL DONOSO & DONOSO LIMITADA, RUT 76.160.325-6, por un monto de $11.495.400.- (Once Millones Cuatrocientos Noventa y Cinco Mil Cuatrocientos Pesos) IVA incluido.
4. AUTORÍCESE la emisión de la respectiva Orden de Compra para formalizar la contratación entre la Municipalidad de Coquimbo y el adjudicatario; al tenor de lo señalado en las bases administrativas, y los artículos 22 y 63 del DS 250 del año 2004, Reglamento de la Ley de Compras Públicas. Lo anterior, una vez que el Departamento de Adquisiciones y Propuestas Públicas haya verificado el cumplimiento de los requisitos para contratar establecidos en los documentos del proceso licitatorio.
5. DÉJESE CONSTANCIA que el plazo máximo de aceptación de la orden de compra es de 5 (cinco) días hábiles, posteriores a su envío, según lo indicado en la cláusula “Formalización de la contratación” de las Bases administrativas de la licitación en comento.
6. PUBLÍQUESE el presente Decreto, y Acta de Evaluación adjunta, en el sistema de información www.mercadopublico.cl, para los efectos previstos en la Ley N° 19.886 y en su Reglamento.
7. IMPÚTESE el gasto de la presente licitación al Presupuesto Municipal año 2024, N° de Cuenta: 215-29-04-000-000-000-001. Centro de Costos de la Dirección Salud y Cementerios.
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