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La Constitución Política de la República de Chile; Lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto Refundido, Coordinado y Sistematizado fue fijado por D.F.L. N° 1/19.653 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; La ley 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; La Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; la Ley N°21.634 que moderniza la ley N°19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado; El Decreto N°661 del Ministerio de Hacienda, de fecha 12 de diciembre de 2024, que aprueba el reglamento de la Ley N°19.886 y deja sin efecto el Decreto Supremo N°250/2004; El D.F.L N°1-3.063 de 1980 del Ministerio del Interior y el título XXXIII del Código Civil, que faculta la creación de Corporaciones Municipales y el traspaso de operación y administración de las áreas de educación, de salud o de atención de menores; La Resolución Exenta N°311/25 de fecha 29 de mayo de 2025, que llama a licitación pública y aprueba las bases administrativas y técnicas; Los intereses y necesidades de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Pudahuel, en adelante “CODEP” o “La Corporación”; Las facultades y poderes conferidos a la personería de don Carlos Antonio Maureira Navarrete para actuar en representación de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Pudahuel, que consta en la Escritura Pública de Repertorio N° 429-2024, de fecha 10 de mayo de 2024, otorgada en la Notaría de Pudahuel por la Notario Interino Doña Soledad Andrea Farr Tapia y demás normas pertinentes.
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1. Que, la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Pudahuel, institución sin fines de lucro creada para la satisfacción de necesidades públicas, tiene por objeto administrar los servicios de salud y atención de menores que fueron traspasados desde la Ilustre Municipalidad de Pudahuel. Para el cumplimiento de tales finalidades, requiere el mantenimiento preventivo y correctivo de los vehículos motorizados, incluyendo ambulancias, para el ejercicio de la función pública.
2. Que, mediante Resolución Exenta N° 311/25, de fecha 29 de mayo de 2025, se llamó a licitación pública y se aprobaron las bases de la licitación pública denominada “SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE VEHÍCULOS CORPORATIVOS Y AMBULANCIAS CODEP” publicada en el portal www.mercadopublico.cl bajo el ID 1214102-23-LQ25, desarrollándose el proceso de acuerdo a las etapas y plazos publicados en la ficha de licitación respectiva.
3. Que, la apertura electrónica de las ofertas fue realizada con fecha 19 de junio de 2025, a las 15:30 horas, oportunidad en la que se recibieron 2 ofertas, las cuales fueron aceptadas, según consta en el acta de apertura electrónica emitida por el portal de Mercado Público:
4. Que, los criterios de evaluación y sus ponderaciones se encuentran establecidos en el artículo 10 de las bases administrativas, a saber;
CRITERIO
SUBCRITERIOS
PUNTAJE
PORCENTAJE (%)
ECONOMICO 1 Valor de la oferta 0-100 40
TECNICO 2 Experiencia del Oferente
0-100 25
3 Localidad del Oferente
0-100 20
4 Plazo entrega en Servicio de Mantención Preventiva 0-100 10
ADMINISTRATIVO 5 Cumplimiento de los requisitos formales de la oferta (Artículo N°56 inciso penúltimo del reglamento) en la presentación de antecedentes
0-100 3
6 Pacto de integridad 0-100 2
100 %
5. Que, las fórmulas para ponderar los porcentajes y asignar los puntajes correspondientes también se encuentran en el artículo 10 de las bases administrativas, y son las siguientes:
Criterio económico:
Para este criterio de evaluaron los montos informados en el Anexo 6-A ( valores mantenimiento preventivo de vehículos) y en el Anexo 6 C ( valores mantenimiento preventivo ambulancias)
Puntaje Oferta Económica = ((Precio Oferta Económica mínima) / (Precio Oferta Económica a ser evaluada)) * 100) *0,40)
Criterio Técnico:
a) Experiencia del oferente (25%):
PUNTAJE DESCRIPCIÓN
100 Acredita debidamente 10 o más experiencias
50 Acredita debidamente de 6 a 9 experiencias
20 Acredita debidamente de 1 a 5 experiencias
0 No declara o no acredita debidamente su experiencia
Puntaje Experiencia del Oferente = Puntaje obtenido según tabla x 0,25
b) Localidad del oferente (15%):
LOCALIDAD DEL OFERENTE PUNTAJE
Dentro de las comunas de: Pudahuel, Cerro Navia, Renca, Lo Prado, Estación Central, Maipú y Quinta Normal 100 puntos
Dentro de las comunas de: Conchalí, Independencia, Santiago, Quilicura, y Cerrillos. 50 puntos
Dentro de cualquier otra comuna no señalada anteriormente en la Región Metropolitana 20 puntos
Fuera de la región metropolitana Inadmisible
Puntaje Localidad del Oferente = Puntaje obtenido según tabla x 0,15
c) Plazo de entrega en servicio de Mantención Preventiva (10%)
Criterios administrativos:
a) Cumplimiento de requisitos formales (3%): asignación de 100 puntos si cumple con la presentación completa de antecedentes; 0 puntos si no cumple o los acompaña con posterioridad, o se le solicitó salvar errores u omisiones formales.
Puntaje= Puntaje obtenido x 0,03
b) Pacto de Integridad (2%):
DETALLE DE EVALUACIÓN PUNTAJE
Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal. 100 puntos
No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal. 0 puntos
Puntaje = Puntaje obtenido x 0,02
El puntaje total se calculó en base a la siguiente fórmula:
Puntaje Total = (Puntaje oferta económica * 40%) + (Experiencia del Oferente * 25%) + (Localidad el Oferente * 20%) + (Plazo entrega en Servicio de Mantención Preventiva * 10%) + (Puntaje Cumplimiento Requisitos formales * 3%) + Puntaje Pacto de Integridad * 2%)
6. Que, con fecha 14 de julio de 2025, se realizó la evaluación de las ofertas aceptadas en el portal por la comisión evaluadora constituida para tal efecto, conformada por, Rodrigo Ilabaca Yáñez, Subdirector administrativo Dirección de Salud; Génesis Meza Mejías, Coordinadora (s) Central de Ambulancias, Gonzalo Farías Barrientos, encargado vehículos Dirección de Salud, Marcelo Teke Veloso, Director de Finanzas y Presupuesto y Nicole Araya Campos, Subdirectora de Compras, quienes suscribieron en aquella oportunidad las declaraciones juradas sobre ausencia de conflictos de interés, las cuales se adjuntan al presente acto administrativo y forman parte integrante del mismo. A su vez, la comisión realizó el informe de evaluación, el cual contiene el desglose de la evaluación de las ofertas de conformidad a los criterios administrativos, económicos, técnicos y de sustentabilidad. En el informe de evaluación, se determinó lo siguiente:
6.1. Por cumplir con los requisitos establecidos en las bases de licitación aprobadas para estos efectos, se declaran admisibles las ofertas presentadas por COMERCIALIZADORA CYG LTDA., RUT N°76.306.915-K y COMERCIAL SANUSA SPA., RUT N°77.634.778-7 .
6.2. Que, los valores ofertados por los proponentes según lo solicitado en las bases administrativas y técnicas fueron los siguientes:
N°LÍNEA PROVEEDOR ANEXO VALOR CON IMPUESTOS INCLUIDOS
COMERCIALIZADORA CYG LTDA 6-A $6.723.500
COMERCIALIZADORA CYG LTDA 6-C $1.713.600
COMERCIAL SANUSA SPA 6-A $11.406.150
COMERCIAL SANUSA SPA 6-C $3.962.700
6.3. Que, en observancia a los criterios de evaluación elaborados y la evaluación realizada por la comisión, los puntajes obtenidos fueron los siguientes:
7. Que, de acuerdo con el informe suscrito por la comisión evaluadora, el cual forma parte integrante del presente acto administrativo para todos los efectos legales, la oferta presentada por el proponente COMERCIALIZADORA CYG LTDA., RUT N°76.306.915-K, obtuvo el mejor puntaje en ambas líneas del proceso concursal, esto es, 97 puntos en cada una, tal como lo muestra la tabla adjunta precedentemente, en observancia a los criterios de evaluación establecidos para tal efecto. En este contexto, y cumpliendo con todos los requerimientos solicitados en las bases de licitación, la comisión evaluadora sugiere adjudicar la licitación pública “SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE VEHÍCULOS CORPORATIVOS Y AMBULANCIAS CODEP” ID 1214102-23-LQ25 al oferente COMERCIALIZADORA CYG LTDA., RUT N°76.306.915-K.
8. Que, en este contexto, y en observancia de los principios orientadores de eficiencia y eficacia que rigen las compras públicas, el principio de estricta sujeción a las bases dispuesto en el artículo 10 de la Ley N°19.886, el artículo 58 del D.S. N°661/2024 del Ministerio de Hacienda y lo establecido en el artículo 12 de las bases administrativas, esta autoridad adjudicará ambas líneas de la licitación pública “SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE VEHÍCULOS CORPORATIVOS Y AMBULANCIAS CODEP” ID 1214102-23-LQ25 al oferente COMERCIALIZADORA CYG LTDA., RUT N°76.306.915-K, por haber presentado las ofertas más ventajosas en relación a las condiciones y criterios establecidos en las bases que regulan este procedimiento concursal, siendo la propuesta que mejor satisface los intereses y necesidades de la Corporación.
9. Que, se encuentra certificada la disponibilidad presupuestaria para financiar la contratación objeto de la licitación que por este acto se adjudicará, según da cuenta el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°835/2025 de fecha 28 de mayo de 2025, emitido por el Director de Finanzas y Presupuesto de la Corporación.
10. Las facultades que me confiere mi calidad de secretario general de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Pudahuel.
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1. RATIFÍQUESE Y APRUÉBASE el informe elaborado por la comisión constituida para tal efecto, denominado “Informe de evaluación servicio de mantención preventiva y correctiva de vehículos corporativos y ambulancias de la CODEP”, de fecha 8 de julio de 2025 y en consecuencia ADJUDÍQUESE ambas líneas licitación pública denominada “SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE VEHÍCULOS CORPORATIVOS Y AMBULANCIAS CODEP” ID 1214102-23-LQ25, en virtud de lo razonado en los considerandos de la presente resolución al oferente COMERCIALIZADORA CYG LTDA., RUT N°76.306.915-K.
2. FORMALÍCESE la contratación con el proveedor adjudicado COMERCIALIZADORA CYG LTDA., RUT N°76.306.915-K., de conformidad a lo dispuesto en el artículo N°117 del D.S. N°661/2024 del Ministerio de Hacienda, mediante la suscripción de un contrato. ORDÉNESE a la asesoría jurídica de la Dirección de Finanzas y Presupuesto redactar el contrato referido, estableciendo las obligaciones de ambas partes, la forma de pago, los efectos derivados de incumplimientos contractuales, las cláusulas de término del contrato, las formas de notificación y demás requisitos establecidos en la Ley de Compras N°19.886, su reglamento y lo dispuesto en las bases que regulan el proceso licitatorio. La vigencia de la contratación será de 24 meses contados a partir del acto administrativo que apruebe el contrato suscrito entre las partes.
3. TÉNGASE PRESENTE que esta Resolución Exenta se entenderá notificada a los proponentes luego de 24 horas transcurridas desde que la Corporación publique el presente acto administrativo en el Sistema de Información, conforme lo dispone el artículo 9 del reglamento de la Ley N°19.886.
4. APRUEBÁSE el monto total adjudicado que asciende a la suma de $247.000.000 impuestos incluidos. El monto referido será pagado contra la correspondiente factura emitida por el proveedor, mediante estados de pago concordantes con los servicios efectivamente entregados, previa recepción conforme por parte de la referencia técnica de la Central de Ambulancias, Dirección de Salud o Administración Central, y según las condiciones y montos acordados en el contrato suscrito entre la Corporación y el adjudicatario. La factura aceptada será pagada dentro de los 30 días siguientes a haberse recibido conforme, en virtud de lo establecido en el reglamento de la Ley N°19.886.
5. SOLICÍTESE al proveedor adjudicado la entrega de una garantía por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por un monto equivalente al 5% de valor neto del contrato, la que deberá ser entregada dentro de 10 días hábiles siguientes a la notificación de adjudicación.
6. IMPÚTESE el gasto de esta contratación al centro de costo 1-60-001 correspondiente al Departamento de Higiene y Medioambiente
7. PUBLÍQUESE la presente Resolución Exenta en el Sistema de Información y contratación pública www.mercadopublico.cl por parte del Departamento de Abastecimiento de la CODEP, en virtud de lo dispuesto en la Ley N°19.886 y su reglamento.
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