Resolución de Acta de Adjudicación
Adquisición Nº 1704-152-LR25
Adjudicación Informada en portal el
20/1/2026 8:16

En , 20-01-2026
Nro de Resolución 170
Vistos
El Decreto con Fuerza de Ley Nº 1 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; El Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud que fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763, de 1979 y de las Leyes Nº 18.933 y Nº 18.469, modificado en virtud de la Ley Nº 21.674; la Ley Nº 19.880 “Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”, la Ley Nº 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; La Ley Nº 20.285, “Sobre Acceso a la información Pública”; Ley Nº21.796 de Presupuestos para el Sector Público, correspondiente al año 2026; el DS Nº 140 de 2004, del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; el DS Nº 38 de 2005, del Ministerio de Salud, que aprueba Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y de los Establecimientos de Autogestión en Red; la Ley Nº 21.634 que moderniza la Ley Nº 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado; el D.S. Nº 661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y deja sin efecto el D.S. Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda; la Resolución N°36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; Resolución Exenta Nº 93, del 16.03.2021, de delegación de facultades y Resolución Exenta RA Nº 120950/1611/2024 del 02.09.2024, que me designa como Director del Hospital San Martín de Quillota, ambas dictadas por el Director del Servicio de Salud Viña del Mar – Quillota - Petorca.
Considerando
1. La Resolución Exenta (E) N°3667 de fecha 7 de noviembre de 2025, que autorizó el llamado a Licitación Pública ID 1704-152-LR25, aprobó Bases Administrativas, Técnicas y Anexos respectivos y aprobó el formato de las cláusulas del contrato de “Servicio de Planes de Tratamiento ambulatorio Intensivo para Adolescentes con Abuso o Dependencia de Alcohol y/o Drogras, Área Quillota” para el Hospital Biprovincial Quillota-Petorca. 2. Que, se estableció un periodo de consultas según cronograma de licitación indicado en el Título 2 de las Bases Administrativas Especiales, donde no hubo preguntas por parte de los proveedores. 3. Que, en el proceso los siguientes oferentes presentaron documentación:  77.593.228-7 CONSULTORA DE EDUCACIÓN Y SALUD INTEGRAL PATRICIO ANDRÉS SEPÚLVEDA CESPEDES EIRL.  65.657.910-2 ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMNETAL DE DESARROLLO CORPORACIÓN PADRE CHANGO 4. Los antecedentes presentados en el proceso de Licitación Pública, realizado a través del portal www.mercadopublico.cl 1704-152-LR25. 5. El Informe Final de Evaluación de fecha 23 de diciembre de 2025, correspondiente a la Licitación ID 1704-152-LR25, elaborado por la comisión evaluadora, esto conforme a lo dispuesto en el artículo N°57 del Decreto 661 de 2024, Ministerio de Hacienda y el numeral 3 del Título VIII de las bases respectivas. 6. Durante la nueva revisión de documentos, la Comisión Evaluadora se percató que el proveedor Organización No Gubernamental de Desarrollo Corporación Padre Chango RUT. N°65.657.910-2, adjuntó en su oferta documento “Formulario de presentación de Propuesta para Licitación 2025-2028. Por lo tanto, no cumple con lo que se indica en Título I, numeral 8 de Bases Administrativas Especiales, en sus notas:  La documentación solicitada en los subnumerales anteriores es de carácter obligatorio, por lo tanto, el proveedor deberá cumplir con todo lo exigido, de lo contrario, su propuesta será declarada inadmisible.  En caso de que uno de los anexos obligatorios sea presentado sin llenar la información requerida, dicho anexo obligatorio se considerará como no presentado y, por lo tanto, su oferta será declarada Inadmisible, salvo tratándose de lo señalado a propósito de la oferta económica, garantía de seriedad de la oferta emitida en forma electrónica  La firma del representante legal del oferente, será exigible solo tratándose del anexo del subnumeral 8.3. De acuerdo a lo anterior, es que la comisión evaluadora propone al Sr. Director declarar inadmisible la oferta del proveedor, por no ajustarse a los requisitos establecidos en las bases. 7. Que, en consecuencia, la Comisión Evaluadora procede a evaluar la oferta del proveedor CONSULTORA DE EDUCACIÓN Y SALUD INTEGRAL PATRICIO ANDRÉS SEPÚLVEDA CESPEDES EIRL. RUT 77.593.228-7. Para ello, se utilizaron los criterios de evaluación, reflejados en el cuadro desplegado a continuación en concordancia con lo indicado en Título IV, numeral 2 de las Bases Administrativas Especiales: Componente Ponderador Criterio Puntaje máximo Económico 60% Precio 100 Técnico 35% Experiencia del oferente en el rubro licitado 48 Propuesta Técnica 35 Comportamiento contractual anterior 10 Programa de integridad 7 Administrativos 5% Cumplimiento de requerimientos formales de presentación de la oferta 100 8. En relación a lo anterior, la puntuación obtenida por su oferta es la siguiente: COMPONENTE ECONÓMICO PRECIO COMPONENTE TÉCNICO SEGÚN ANEXO 1 60% 100 PUNTOS 35% ITEM DESCRIPCIÓN PROVEEDOR VALOR POR PLAN PUNTAJE PONDERADO DEL COMPONENTE PUNTAJE PUNTAJE PONDERADO DEL COMPONENTE (A+B+C+D) 1 SERVICIO DE PLANES DE TRATAMIENTO AMBULATORIO INTENSIVO PARA ADOLESCENTES CON ABUSO O DEPENDENCIA DE ALCOHOL Y DROGAS, ÁREA QUILLOTA CONSULTORA DE EDUCACIÓN Y SALUD INTEGRAL PATRICIO ANDRÉS SEPÚLVEDA CESPEDES EIRL. $960.650 60 100 17,15 EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN EL RUBRO PROPUESTA TÉCNICA COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR PROGRAMA DE INTEGRIDAD COMPONENTE ADMINISTRATIVO CUMPLIMIENTO DE REQUERIMIENTOS FORMALES DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA 48 PUNTOS 35 PUNTOS 10 PUNTOS 7 PUNTOS 5% 100 PUNTOS ∑ PUNTAJE PONDERADO (A) PUNTAJE (B) PUNTAJE (C) PUNTAJE (D) PUNTAJE PONDERADO DEL COMPONENTE (A+B) PUNTAJE (A) PUNTAJE FINAL PONDERADO 0 32 10 7 5 100 82,15 Detalle de la evaluación: 1. OFERTA ECONÓMICA 60% a) Precio: La Comisión Evaluadora evaluó este criterio de acuerdo a lo establecido en el título IV numeral 3, subnumeral 3.1.1 de las Bases Administrativas Especiales donde se indica que: Para evaluar la Oferta Económica se utilizará el método de la oferta de menor precio, según valor total exento por plan de acuerdo al Anexo N°1. La fórmula para el cálculo del puntaje de la oferta de menor precio es la siguiente: ((Oferta de menor precio/Oferta a evaluar) * multiplicado por 100) = Puntaje oferta El puntaje obtenido al aplicar la fórmula de evaluación contemplará dos decimales, sin aproximación. Bajo esta fórmula de evaluación, el menor precio obtendrá un puntaje total de 100 puntos. En caso de proceder a evaluar económicamente una sola oferta, se asignará a ésta el puntaje máximo de 100 puntos. Nota: En razón del presente criterio, el Hospital se reserva la posibilidad de considerar una oferta como riesgosa o temeraria en los términos del artículo 61 del Reglamento. El Criterio Precio se acreditará mediante el Anexo N°1. - De acuerdo a lo indicado anteriormente se le asignan 100 puntos al proveedor CONSULTORA DE EDUCACIÓN Y SALUD INTEGRAL PATRICIO ANDRÉS SEPÚLVEDA CESPEDES EIRL. RUT 77.593.228-7. al ser la única oferta presentada. • Posteriormente, en conformidad al párrafo final del título IV, numeral 3 de las Bases Administrativas Especiales, el proveedor CONSULTORA DE EDUCACIÓN Y SALUD INTEGRAL PATRICIO ANDRÉS SEPÚLVEDA CÉSPEDES EIRL. RUT 77.593.228-7, habiendo obtenido 100 puntos en el componente precio, corresponde que tal cantidad sea multiplicada por la ponderación del mismo, esto es 60% obteniendo un total de 30 puntos en su oferta económica. 2. OFERTA TÉCNICA 35%: a) Experiencia del Oferente en el Rubro Licitado: La Comisión Evaluadora evaluó este criterio de acuerdo a lo establecido en el título IV numeral 3, subnumeral 3.2.1 de las Bases Administrativas Especiales donde se indica que: Para efectos de evaluación del presente criterio se tomará en cuenta la experiencia que posea el oferente en el ámbito de salud, habiéndose desempeñado en Establecimientos de Alta Complejidad, conforme a la categorización de la Superintendencia de Salud, tanto en el sector público como en el privado, en el servicio relacionado con la materia en estudio. Se evaluará de acuerdo a la documentación efectivamente acreditada, tomando en cuenta los servicios en los que haya participado en los últimos 24 meses, contados hacia atrás desde la presentación de su oferta, no importando el mes de inicio, contabilizando solo una contratación por mes, independiente del número de contrataciones que acredite el proveedor en dicho periodo. En caso de no constar la clasificación de alta complejidad del establecimiento mediante inscripción vigente en el Registro Público de Prestadores Institucionales de Salud Acreditados, de la Superintendencia de Salud, el oferente deberá acompañar copia autenticada o simple de la resolución del Ministerio de Salud que acredite dicha clasificación en el periodo que se invoca para acreditar experiencia. En función de lo anterior, en el presente criterio se le asignará dos puntos por cada mes de experiencia acreditada. Si el oferente no presenta información o no acredita experiencia, se le asignará 0 puntos en el presente criterio. El criterio Experiencia de los oferentes en el rubro licitado se acreditará conforme el Anexo N°7, contra presentación de información requerida. Para corroborar la información proporcionada por el oferente, se deberá adjuntar los documentos solicitados en notas que se desprenden a continuación de este párrafo, que indiquen claramente el periodo en que el proveedor proporcionó los servicios relacionados con la materia en estudio. Notas:  Para el caso de acreditación de experiencia con servicios públicos se debe adjuntar la copia de la Resolución respectiva, sin que resulte taxativo, Resolución aprueba contrato, Resolución de Adjudicación, Resolución Autoriza Trato Directo, Resolución Aprueba Anexo de Contrato, entre otras.  Para el caso de acreditación de experiencia con instituciones privadas, sólo se evaluarán copias de facturas electrónicas o manuales, siempre que cuente con V° B° del mandante (firma acuse recibo conforme).  Si el oferente no adjunta la información que acredite la experiencia de un determinado convenio o contrato, éste no será evaluado.  Será considerada la experiencia que se acredite mediante los documentos de respaldo solicitados.  Tratándose de postulación realizada por Unión Temporal de Proveedores, los integrantes de dicha unión determinarán qué antecedentes presentarán conforme a las reglas expresadas precedentemente. NOTA: EN CASO DE ADJUNTAR DOCUMENTOS QUE INDIQUEN QUE LA FECHA DE INICIO DE ESTE ES A CONTAR DE LA TOTAL TRAMITACIÓN DE OTRO ACTO ADMINISTRATIVO, SE DEBE ADJUNTAR DICHO PLIEGO PARA CORROBORAR EL INICIO EFECTIVO DEL CONTRATO/CONVENIO, DE LO CONTRARIO IMPLICARÁ QUE ESTE (CONTRATO/CONVENIO) NO SERÁ EVALUADO. a) En razón de lo anterior, la Comisión Evaluadora se percató de lo siguiente: - CONSULTORA DE EDUCACIÓN Y SALUD INTEGRAL PATRICIO ANDRÉS SEPÚLVEDA CÉSPEDES EIRL. RUT 77.593.228-7, en su anexo N°8 “Experiencia del oferente en el rubro licitado” señala 3 convenios, de los que se detalla lo siguiente: Nombre del cliente del proveedor Observación Comisión Evaluadora Hospital Biprovincial Quillota - Petorca Adjunta resolución que Regulariza Anexo de contrato, en el criterio “Experiencia del oferente en el rubro licitado” del numeral 3.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, se indica que “…se deberá adjuntar los documentos solicitados en notas que se desprenden a continuación de este párrafo, que indiquen claramente el periodo en que el proveedor proporcionó los servicios relacionados con la materia en estudio”. Por lo anterior, y considerando que resolución no especifica el inicio del contrato. No se considera para acreditar experiencia. Hospital Biprovincial Quillota - Petorca Adjunta resolución que Autoriza Trato directo y Aprueba Contrato de Servicio de Hogar Protegido, en el criterio “Experiencia del oferente en el rubro licitado” del numeral 3.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, se indica que “…tomando en cuenta los suministros en los que haya participado en los últimos 24 meses, contados hacia atrás desde la presentación de su oferta, no importando el mes de inicio, contabilizando solo una contratación por mes”. Por lo anterior, y considerando que la materia de estudio de este Contrato es por Servicio de Hogar protegido, no se considera para acreditar experiencia. Hospital Biprovincial Quillota - Petorca Adjunta resolución que Autoriza Trato directo y Aprueba Contrato, en el criterio “Experiencia del oferente en el rubro licitado” del numeral 3.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, se indica que “…se deberá adjuntar los documentos solicitados en notas que se desprenden a continuación de este párrafo, que indiquen claramente el periodo en que el proveedor proporcionó los servicios relacionados con la materia en estudio”. Por lo anterior, y considerando que la materia de estudio de este Contrato es Centro diurno de Rehabilitación Psicosocial, no se considera para acreditar experiencia. - Por lo tanto, de acuerdo a la tabla precedente y lo establecido en el numeral 3.2.1 de las bases administrativas especiales, la comisión evaluadora asigna 0 puntos al proveedor CONSULTORA DE EDUCACIÓN Y SALUD INTEGRAL PATRICIO ANDRÉS SEPÚLVEDA CÉSPEDES EIRL. RUT 77.593.228-7 b) Propuesta técnica: La Comisión Evaluadora evaluó este criterio de acuerdo a lo establecido en el titulo IV, numeral 3, subnumeral 3.2.2 de las bases administrativas especiales donde se indica que: Se evaluará de acuerdo a la siguiente tabla: PROPUESTA DE TRABAJO PUNTOS Modelo de Trabajo 7 Horario de cobertura y rutina del centro 7 Funciones del Equipo de Trabajo 7 Desglose caja chica y sueldo de profesionales y técnicos del centro 7 Protocolo Agitación Psicomotora y manejo de Emergencias 7 La Comisión Evaluadora a medida que revise la propuesta técnica presentada por el oferente, irá otorgando 7 puntos a cada ítem que se encuentre en ella y que se ha determinado evaluable conforme a la tabla. El Criterio Propuesta de trabajo se acreditará mediante el Anexo Nº7 “Propuesta de Trabajo”. En caso de no presentar la documentación anteriormente señalada sobre la Propuesta de Trabajo en cada ítem, se asignará puntaje 0. - El proveedor CONSULTORA DE EDUCACIÓN Y SALUD INTEGRAL PATRICIO ANDRÉS SEPÚLVEDA CÉSPEDES EIRL. RUT 77.593.228-7, adjuntó en su oferta toda la información que acredita lo indicado en Anexo N°6. Por lo tanto, luego de ser evaluado por referencia técnica el proveedor antes mencionado obtiene 32 puntos, de acuerdo a los siguientes puntajes: PROPUESTA DE TRABAJO PUNTOS Modelo de Trabajo 6 Horario de cobertura y rutina del centro 7 Funciones del Equipo de Trabajo 6 Desglose caja chica y sueldo de profesionales y técnicos del centro 7 Protocolo Agitación Psicomotora y manejo de Emergencias 6 c) Comportamiento Contractual Anterior: La Comisión Evaluadora evaluó este criterio de acuerdo a lo establecido en el titulo IV, numeral 3, subnumeral 3.2.3 de las bases administrativas especiales donde se indica que: Conforme a la revisión del comportamiento anterior del oferente en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, en los últimos 24 meses contados hacia atrás desde la presentación de su oferta, como se expresa en la siguiente tabla: COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR PUNTOS No tiene multa o cobro de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento cursada en procesos anteriores. 10 Tiene multa(s) o cobro(s) de Garantía(s) de Fiel y Oportuno cumplimiento cursada(s) en procesos anteriores o no adjunta documentación estando inscrito. 0 La Comisión evaluará mediante el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado el presente criterio, a través del comportamiento base, según lo indicado en la ficha del proveedor en dicho portal. Una vez revisada la ficha de los proveedores la Comisión Evaluadora se percata de lo siguiente: - 10 puntos al proveedor CONSULTORA DE EDUCACIÓN Y SALUD INTEGRAL PATRICIO ANDRÉS SEPÚLVEDA CÉSPEDES EIRL. RUT 77.593.228-7 en el presente criterio, por no tener sanciones en el portal. d) Programa de Integridad: En relación a este criterio de evaluación, contenido en el subnumeral 3.2.4 título IV de las Bases Administrativas Especiales, el cual señala que se evaluará según lo siguiente: El oferente deberá indicar el Anexo N°9 si cuenta con programa(s) de integridad que sea(n) conocido(s) por su personal, que permita(n) demostrar que la empresa cuenta con medidas para mitigar los riesgos de corrupción. Para acreditar la existencia de este(os) programa(s), el oferente deberá adjuntar copia de uno o más de ellos, mediante cualquier documentación. PROGRAMAS DE INTEGRIDAD PUNTAJE El oferente cuenta con programa(s) de integridad que sea(n) conocido(s) por su personal. 7 El oferente no cuenta con programa(s) de integridad que sea(n) conocido(s) por su personal. 0 En caso de no acompañar la documentación solicitada, implicará que se le otorgue 0 puntos al proveedor en este criterio. - El proveedor CONSULTORA DE EDUCACIÓN Y SALUD INTEGRAL PATRICIO ANDRÉS SEPÚLVEDA CÉSPEDES EIRL. RUT 77.593.228-7 en su Anexo N°9 indica que, SI cuenta con un Programa de Integridad que sea conocido por su personal y entrega declaraciones firmadas de cada uno, por lo que, de acuerdo a lo señalado en la tabla de puntaje del presente criterio se le otorgan 7 puntos al proveedor. Posteriormente, en conformidad al párrafo final del título IV, numeral 3 de las Bases Administrativas Especiales en relación al “Oferta Técnica” el proveedor obtiene los siguientes puntajes: - CONSULTORA DE EDUCACIÓN Y SALUD INTEGRAL PATRICIO ANDRÉS SEPÚLVEDA CÉSPEDES EIRL. RUT 77.593.228-7, habiendo obtenido 0,00 puntos en el Criterio Experiencia del Oferente en el rubro licitado, 32 puntos en el criterio de Propuesta técnica, 10 puntos en el Criterio de Comportamiento contractual y 7 puntos en el Criterio de Programas de Integridad, por lo que corresponde que esta sumatoria es de 49,00 puntos y multiplicada por la ponderación del componente, esto es 35%, se obtiene un total de 17,15 puntos en su componente técnico. 3. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS 5%: Cumplimiento de requerimientos formales de presentación de la oferta: Se evaluará la presentación correcta y oportuna de todos los requerimientos formales solicitados para la presentación de la propuesta, mediante la siguiente tabla: CUMPLIMIENTO DE REQUERIMIENTOS FORMALES DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA PUNTOS Oferente presenta todos los antecedentes antes del cierre de recepción de ofertas. 100 100 Oferente presenta antecedentes solicitados dentro del plazo extraordinario. 50 50 Oferente no presenta antecedentes solicitados dentro del plazo extraordinario. 0 - Por lo tanto, y en conformidad a la tabla de puntajes desprendida de este criterio de evaluación, la comisión evaluadora asigna 100 puntos al proveedor CONSULTORA DE EDUCACIÓN Y SALUD INTEGRAL PATRICIO ANDRÉS SEPÚLVEDA CÉSPEDES EIRL. RUT 77.593.228-7, en el presente criterio. • Posteriormente, en conformidad al párrafo final del título IV, numeral 3 de las Bases Administrativas Especiales en relación al “Componente Administrativo” el proveedor obtiene los siguientes puntajes: - CONSULTORA DE EDUCACIÓN Y SALUD INTEGRAL PATRICIO ANDRÉS SEPÚLVEDA CÉSPEDES EIRL. RUT 77.593.228-7, habiendo obtenido 100 puntos en el Criterio de Cumplimiento de Requerimientos Formales de la presentación de la Oferta, por lo que corresponde que esta sumatoria es de 100,00 puntos y multiplicada por la ponderación del componente, esto es 5%, se obtiene un total de 5 puntos en su componente administrativo. 9. Que, en consecuencia, de lo señalado en los considerandos anteriores, la Comisión Evaluadora propuso a esta Dirección, mediante el informe final de evaluación indicado en el considerando N°5 del presente instrumento, adjudicar la propuesta presentada por el proveedor Consultora de Educación y Salud Integral Patricio Andrés Sepúlveda Céspedes. RUT 77.593.228-7, por “Servicio de Planes de Tratamiento Ambulatorio Intensivo para Adolescentes con Abuso o Dependencia de Alcohol y/o Drogas, Área Quillota” para el Hospital Biprovincial Quillota-Petorca por haber cumplido con todo lo establecido en las Bases y en atención a que su oferta resulta la más conveniente a los intereses de la institución. 10. El Certificado de Disponibilidad Presupuestaria de fecha 7 de enero de 2026, emitido por la Unidad de Abastecimiento y firmado por el Subdirector Administrativo del Hospital San Martín de Quillota, que da cuenta que a la fecha la Institución cuenta con el presupuesto para financiar la “Servicio de Planes de Tratamiento Ambulatorio Intensivo para Adolescentes con Abuso o Dependencia de Alcohol y/o Drogas, Área Quillota” para el Hospital Biprovincial Quillota-Petorca. 11. Que, de acuerdo a lo señalado en el Artículo N° 58 del Reglamento de la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, corresponde adjudicar y publicar la Resolución en el Sistema de Información, toda vez que un oferente ha cumplido con todo lo establecido en las Bases y su oferta resulta ser la más conveniente a los intereses de la institución. 12. Que, conforme se consigna en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, portal web www.mercadopublico.cl, el oferente Consultora de Educación y Salud Integral Patricio Andrés Sepúlveda Céspedes. RUT 77.593.228-7, se encuentra hábil para contratar con el Estado. 13. De acuerdo a lo expuesto, dicto lo siguiente:
Resuelvo
1. ADJUDÍQUESE, la licitación pública ID 1704-152-LR25 de acuerdo al siguiente detalle: PROVEEDOR RUT ADQUISICIÓN VALOR TOTAL EXENTO CONSULTORA DE EDUCACIÓN Y SALUD INTEGRAL PATRICIO ANDRÉS SEPÚLVEDA CÉSPEDES EIRL 77.593.228-7 Servicio de Planes de Tratamiento Ambulatorio Intensivo para Adolescentes con Abuso o dependencia de Alcohol y/o Drogas, Área Quillota $415.000.800.- 2. SOLICÍTESE, al proveedor Consultora de Educación y Salud Integral Patricio Andrés Sepúlveda Céspedes. RUT 77.593.228-7, para que este, dentro de un plazo de 10 días corridos antes del vencimiento del plazo para suscribir el contrato, haga entrega del Instrumento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato por un monto de $20.750.040.- (veinte millones, setecientos cincuenta mil, cuarenta pesos), equivalente al 5% del precio final neto ofertado por el proveedor, con vencimiento de 60 días hábiles posteriores a la fecha de término de la vigencia del contrato. 3. REQUIÉRASE, del proveedor Consultora de Educación y Salud Integral Patricio Andrés Sepúlveda Céspedes. RUT 77.593.228-7, antes del envío de la orden de compra, certificado(s) para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones previsionales para con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, emitido(s) por la(s) entidad(es) competente(s). 4. SUSCRÍBASE, el respectivo contrato entre el Hospital San Martín de Quillota R.U.T N°61.606.608-0 y el proveedor Consultora de Educación y Salud Integral Patricio Andrés Sepúlveda Céspedes. RUT 77.593.228-7, una vez que el proveedor cumpla lo solicitado en el punto resolutivo N°2 y N°3 del presente instrumento, en un plazo de 30 días corridos posteriores al vencimiento del plazo de diez días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación. 5. PÁGUESE, el Departamento de Finanzas del Hospital San Martín de Quillota, al proveedor individualizado en el punto resolutivo N°1 de este instrumento, hasta la suma total de $415.000.800.- (cuatrocientos quince millones, ochocientos pesos) exento de impuesto, de manera mensual, según requerimiento contra lo efectivamente utilizado y una vez realizada la recepción conforme correspondiente, en un plazo que no podrá exceder de 30 días corridos desde que la factura sea aceptada o en el plazo que señale la Ley respectiva, y en la medida que el Hospital cuente con disponibilidad presupuestaria según la Ley de Presupuestos del Sector Público del año respectivo y cumplan con las condiciones previstas para esos desembolsos. Con todo, durante la mantención del contrato, la entidad licitante procederá siempre al pago de los estipendios correspondientes por los bienes efectivamente utilizados, no pudiendo en caso alguno producirse o verificarse un enriquecimiento ilícito para aquella en perjuicio del prestador de los bienes. 6. ENCOMIÉNDESE, a la referente técnico Enfermero supervisor CAE salud mental o quien lo subrogue o reemplace, la correcta entrega del servicio solicitado de acuerdo a las bases técnicas especiales. 7. PUBLÍQUESE, la presente Resolución en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, portal www.mercadopublico.cl y llévese a cabo el procedimiento del llamado a Propuesta Pública del Hospital Biprovincial Quillota Petorca.
Acta Adjudicación
Organismo Demandante
Razón Social SERVICIO DE SALUD VINA DEL MAR QUILLOTA
Unidad de Compra Hospital San Martín de Quillota
R.U.T. 61.606.608-0
Dirección
Comuna
Ciudad en que se genera la Adquisición Región de Valparaíso
Datos del Contacto para esta Licitación
Nombre Completo GABRIELA ALEJANDRA GARRIDO HURTADO
Cargo EJECUTIVO DE LICITACIONES
Teléfono 56-33-2298360
Fax --
E-Mail
Datos de la Adquisición
Número de Adquisición 1704-152-LR25
Nombre de Adquisición TRATAMIENTO ADOLESCENTES ABUSO ALCOHOL Y DROGAS
Tipo de Adquisición Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Descripción Servicio de Planes de Tratamiento Ambulatorio Intensivo para Adolescentes con Abuso o dependencia de Alcohol y Drogas, Área Quillota
Tipo de Convocatoria ABIERTO
Moneda Peso Chileno
Fecha de Publicación 7/11/2025 10:51
Fecha de Cierre 9/12/2025 15:01
Tipo de Adjudicación Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
Monto Neto Adjudicado $ 415.000.800
Monto Neto Estimado del Contrato $ 415.000.800
Análisis de valores de mercado Este comprador declaró haber revisado que el acta de evaluación contuviese un análisis de precios de mercado para asegurar que se justifica el monto a pagar por el bien o servicio a contratar.



Anexos a la Adjudicación
Sel.AnexoTipoDescripciónTamañoFecha de AdjuntoAcciones
REX. N°170 QUE ADJUDICA LICITACIÓN 1704-152-LR25 ALCOHOL Y DROGAS.pdfResolución/Decreto Adjudicación493 Kb20-01-2026 08:14:52
DECLARACIONES 1704-152-LR25.pdfDOCUMENT_TYPE_DJ_ABSENCE_CONFLICTS_OF_INTEREST1694 Kb20-01-2026 08:13:58
Informe de Evaluación 1704-152-LR25 Alcohol y Drogas.pdfDOCUMENT_TYPE_ACTA_EVALUACION_ADJ_ATTACHMENT3608 Kb20-01-2026 08:13:50

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Comisión Evaluadora
RutNombreCargo
16665566-8ESTEBAN HENRIQUEZ ABARCASubdirector Administrativo
16819987-2Paula Oyarzo DíazSubdirectora Médica
16468080-0Patricio Limarí BraniffJefe Cae Salud Mental
17688913-6Gonzalo Mondaca TobarEnfermero Supervisor
 
Resultado de la Adjudicación
 

1 Clasificación ONU : 86131904 Servicios de rehabilitación especializada para personas discapacitadas
Especificaciones del Comprador : Servicio de Planes de Tratamiento Ambulatorio Intensivo para Adolescentes con Abuso o dependencia de Alcohol y Drogas, Área Quillota
Cantidad : 1
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
65.657.910-2 ORGANIZACION NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO CORPORACION PADRE CHANGO padre chango $ 1 0 0 No Adjudicada
77.593.228-7 CONSULTORA DE EDUCACIÓN Y SALUD INTEGRAL PATRICIO ANDRES SEPULVEDA CES Precio según anexo 1 $ 415000800 1 415000800 Adjudicada

Total Línea

$ 415.000.800



Monto Total Adjudicado $ 415.000.800