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Resolución de Acta de Adjudicación
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Adquisición Nº
229-123-R122
Adjudicación Informada en portal el
26/8/2022 9:41
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En
Coihueco,
22-08-2022
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Nro de
Decreto
6246
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Vistos
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1. La facultades conferidas por el DFL N° 1, del Ministerio del Interior, publicado en el Diario Oficial el 26 de Julio del 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades;
2. Lo dispuesto en la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios publicada en el Diario Oficial con fecha 30.07.02003 y su Reglamento, contenido en el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
3. Lo dispuesto en la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
4. Resolución N° 7, de 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que establece normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
5. Sentencia N° 15 del Tribunal Electoral Regional, de la Octava Región del Biobío, de fecha 30.11.2016, de proclamación de Alcalde de la comuna de Coihueco.
6. Decreto N° 4194 de fecha 03 de junio de 2022, que delega Atribuciones Alcaldicias y Facultad de Firma en materias que indica, art 2 letra b, al Administrador Municipal.
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Considerando
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1. Que, mediante Decreto Alcaldicio Nº 5053 de fecha 07 de Julio de 2022, se procedió a aprobar las Bases Administrativas y técnicas para Adquisición de diversos artículos eléctricos, enceres, dispensadores de agua, artículos de oficina, equipos informáticos, entre otros para uso municipal, generando la licitación pública ID Nº 229-123-LE22, la que fue adjudicada en diversas líneas, las cuales el proveedor Vidapark; Rut: 77.499.221-9 adjudica las linea 1 Adquisición de microondas de 25 litros y Linea 15 Adquisición de Estufa a leña, mediante Decreto Alcaldicio Nª5876 de fecha 08 de Agosto de 2022.
2. Que, con fecha 12 de Agosto de 2022, se procedió a enviar la orden de Compra N°229-619-SE22 al proveedor.
3. Que, con fecha 15 de Agosto de 2022, el proveedor rechaza la Orden de Compra enviada, indicando “que por factores externos que incide en el no cumplimiento de plazos en la entregas, además debido a la inflación que hizo un aumento de los valores de los productos”.
4. Que, como indica el Art 14 der las bases administrativas, en la situación que el oferente adjudicado no acepte, el municipio podrá optar por la segunda oferta y así sucesivamente, de acurdo al informe de evaluación de ofertas.
5. Que, de acuerdo a lo antes expuesto, la Orden de Compra enviada, el proveedor ya ha señalado que no cumplirá con los bienes adjudicados.
6. Que, conforme a lo dispuesto en las bases Administrativas de la licitación ID Nº 229-123-LE22 artículo 14 referente a la readjudicación refiriéndose a lo estipulado el Art 63 del reglamento de ley 19.886 indicando. Si el Adjudicatario se niega a cumplir con su oferta, y a suscribir el correspondiente contrato definitivo, será responsable por el incumplimiento de conformidad a lo establecido en la Ley de Compras y en el Reglamento.
7. Que las bases administrativas de la licitación ID N° 229-123-LE22 indican que el municipio podrá optar por readjudicar la propuesta a la segunda mejor evaluada y así sucesivamente, o declarar desierto el proceso.
8. Que, el informe de evaluación de ofertas de fecha 02/08/2022, que da cuenta de las ofertas presentadas correspondiente a la linea 1 Adquisición de Microondas de 25 litros de la licitación pública ID N° 229-123-LE22, indicando que el segundo lugar en puntaje corresponde al proveedor Comercial Agrícola Mella; Rut: 76.718.730-0 que da cuenta que es el segundo lugar en puntaje correspondiente a la linea 1 Adquisición de Microondas de 25 litros de la licitación pública ID N° 229-123-LE22.
9. Que, se hace necesario proceder a aprobar la readjudicación por medio de acto administrativo, correspondiente a la linea 1 Adquisición de Microondas de 25 litros a fin de llevar a cabo la adquisición de 5 microondas, así como dejar constancia que el proveedor Comercial Vidapark spa, rechazo la Orden de Compra N°229-619-SE22, en razón de los argumentos expresados en el considerando N° 3.
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Resuelvo
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1. DISPONE el término de la contratación con el proveedor Comercial Agrícola Mella; Rut: 76.718.730-0, por rechazar la Orden de Compra N° 229-619-SE22 en las condiciones estipuladas en las bases administrativas de la licitación 229-123-LE22, de acuerdo a su oferta.
2. READJUDÍQUESE Licitación Pública ID N° 229-123-LE 22, “Adquisición de diversos artículos eléctricos, enceres, dispensadores de agua, artículos de oficina, equipos informáticos, entre otros para uso municipal”, al proveedor Comercial Agrícola Mella; Rut: 76.718.730-0, por un valor total de $445.000.-, impuesto incluido.
3. EMITASE de conformidad a lo dispuesto en el art 63 del reglamento de la ley N°19886 la orden de compra al proveedor mencionado en el punto anterior.
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Acta Adjudicación
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Organismo Demandante
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Razón Social
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I MUNICIPALIDAD DE COIHUECO
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Unidad de Compra
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Departamento de Administración y Finanzas
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R.U.T.
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69.141.100-1
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Dirección
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Avda Arturo Prat 1675
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Comuna
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Coihueco
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Ciudad en que se genera la Adquisición
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Región del Ñuble
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Datos del Contacto para esta Licitación
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Nombre Completo
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Carla Andrea Mardones Pereira
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Cargo
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Usuario Comprador
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Teléfono
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56-42-2471002
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Fax
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E-Mail
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Datos de la Adquisición
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Número de Adquisición
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229-123-R122
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Nombre de Adquisición
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ADQUISICION DE DIVERSOS ARTICULOS PARA USO MUNICIPAL
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Tipo de Adquisición
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Licitación Pública Entre 100 y 1000 UTM (LE)
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Descripción
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Adquisición de diversos artículos para uso municipal
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Tipo de Convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Fecha de Publicación
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11/7/2022 17:25
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Fecha de Cierre
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18/7/2022 17:00
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Tipo de Adjudicación
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Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
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Monto Neto Adjudicado
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$ 373.950
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Monto Neto Estimado del Contrato
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$ 93.070
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Análisis de valores de mercado
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Este comprador declaró haber revisado que el acta de evaluación contuviese un análisis de precios de mercado para asegurar que se justifica el monto a pagar por el bien o servicio a contratar.
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Resultado de la Adjudicación
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