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1. Que, la Municipalidad de Coquimbo es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna, según lo dispone el artículo 1° de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
2. Que, conforme a lo establecido en el Artículo N°8, de la ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, para el cumplimiento de sus funciones las municipalidades podrán celebran convenios con otros órganos de la Administración del Estado en las condiciones que señálela Ley respectiva, sin alterar las atribuciones y funciones que corresponden a los municipios.
3. Que, en el ejercicio de las atribuciones señaladas precedentemente, la llustre Municipalidad de Coquimbo, suscribe, con fecha 25 de julio de 2025, el Convenio de Transferencia de recursos por trato directo, para la ejecución del Programa Noche Digna, Componente N°1: Plan protege calle, año 2025 con Municipalidad de Coquimbo; dicho convenio fue aprobado mediante Resolución Exenta N°1142, de fecha 22 de julio del 2025.
4. Que, la Municipalidad de Coquimbo, requiere el SERVICIO DE 300 DIAS DE TRASLADO EN VEHICULO TIPO CAMIONETA, para dar cumplimiento a las obligaciones contratadas del convenio de transferencia de recursos para ejecución del Programa Noche Digna, componente N°1: Plan protege calle, año 2025.
5. Que, mediante Decreto Exento N°5794, de fecha 09 de diciembre de 2025, se aprueban las Bases Administrativas y Técnicas para el “SERVICIO DE 300 DIAS DE TRASLADO EN VEHICULO TIPO CAMIONETA.”, mediante el cual se designa a los integrantes de la comisión evaluadora de acuerdo al siguiente cuadro:
Nombre Rut Cargo
Verónica Rojas Ormeño 15.593.971-0 Profesional oficina de proyectos
Jessica Rojas OCalle 12.425.706-9 Oficina control y gestión interna
Dominique Carrasco Carrasco 16.307.727-2 Encargada Registro Social de Hogares
Dicha Comisión procedió a la evaluación de las ofertas técnicas, económicas y administrativas recibidas, conforme a los establecido en las bases de licitación, y de acuerdo a los siguientes criterios de evaluación ahí establecidos:
CRITERIO DESCRIPCION
PORCENTAJE
PRECIO (Menor precio ofertado/Precio Ofertado) x 100 60%
COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR Proveedor No Registra Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 100 Puntos. Proveedor Registra entre 1 y 4 Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 50 Puntos. Proveedor Registra 5 o más Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 0 Puntos. 18%
CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES 100 puntos: Oferta cumple con todos los requisitos de forma. No se solicitaron correcciones, aclaraciones, modificaciones, o acompañar documentación faltante
tampoco debió ser corregida de oficio la propuesta o alguno de sus documentos, ni por la comisión evaluadora en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora.
50 puntos: Oferta no cumple con todos los requisitos de forma. a) Debiendo el municipio solicitar correcciones, aclaraciones, o modificaciones, a la oferta, en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora, sin necesidad de acompañar documentación faltante.
b) La oferta o alguno de sus documentos debió ser corregida de oficio por la comisión evaluadora (sin necesidad de requerir aclaratoria, por tratarse de errores evidentes).
0 puntos: Oferta no cumple con todos los requisitos de forma, debiendo el municipio solicitar acompañar
documentación faltante en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora.
Se deja expresa constancia que al tenor de lo señalado en el artículo 56 del DS 661/2024 no se considerará error formal errores en el precio de la oferta. 20%
PROGRAMA(S) DE INTEGRIDAD Y COMPLIANCE De acuerdo a lo señalado en el Dictamen Nº E370752/2023, de Contraloría General de la República, se evaluarán a los oferentes sobre la base de la información indicada en Anexo Programa(s) de Integridad y compliance. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Asignando puntaje como se indica a continuación:
El oferente cuenta con programas de integridad y compliance que sean conocidos por el personal, y
adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por estos. 100 Puntos
No cuentan con programas de integridad y compliance que sean conocidos por el personal o cuenta con programas de integridad, pero no adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por su personal. 0 Puntos 2%
6. Que, revisado el sistema de información www.mercadopublico.cl, a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se reciben las siguientes:
N° NOMBRE OFERENTE RUT PRECIO OFERTA NETO
1 AUDIO-ESTUDIO19 LIMITADA, RUT: 76.822.088-3 76.822.088-3 $23.000.000
2 FRANCISCO JUVENAL CASTRO GOMEZ 16.595.988-4 $20.997.000
3 AUTOMOTRIZ HECTOR RODRIGO DIAZ FLORES E.I.R.L. 76.146.304-7 $22.500.000
7. Que, la comisión evaluadora de la propuesta, al revisar los antecedentes que forman parte de la misma, de forma previa a la evaluación, en conformidad a las facultades concedidas en las bases administrativas; realiza revisión de los antecedentes técnicos, administrativos y económicos presentados de las ofertas se determina lo siguiente:
a) Se declara inadmisible la oferta presentada por el proponente AUDIO-ESTUDIO19 LIMITADA, RUT: 76.822.088-3, por cuanto, en el formulario de oferta económica el oferente ingresa un valor total neto de $23.000.000, sin embargo, en el comprobante de ingreso de la oferta, ingresa un valor total neto de $22.999.800, valores que difieren entre sí, imposibilitando determinar el valor real de su oferta. En razón de lo anterior, por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad de los proponentes, se rechaza la oferta, sin derecho a ser evaluada, en especial consideración a las facultades contenidas en el punto N°11 “Inadmisibilidad de las ofertas”, numeral 8, de las Bases Administrativas, donde se señala como causal de inadmisibilidad de las ofertas el Omitir información, o entregar antecedentes confusos o contradictorios que impidan efectuar examen de admisibilidad o evaluación de las propuestas sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los proponentes.
8. Que, la Comisión evaluadora procede a ponderar la oferta recibida de acuerdo a lo señalado en las bases administrativas y técnicas, otorgando el siguiente puntaje:
PRECIO (A) 60% COMPORTAMIENTO
CONTRACTUAL
(B) 18% CUMPLIMIENTO DE
REQUISITOS FORMALES
(C) 20% PROGRAMA(S) INTEGRIDAD
Y COMPLIANCE (D) 2%
NOMBRE
OFERENTE MONTO OFERTA NETO FACTOR PUNTOS CANTIDAD RECLAMOS FACTOR PUNTOS FACTOR PUNTOS FACTOR PUNTOS
FRANCISCO JUVENAL CASTRO GOMEZ $20.997.000 100 60 1 50 9 100 20 0 0
AUTOMOTRIZ HECTOR RODRIGO DIAZ FLORES E.I.R.L. $22.500.000 93,32 55,99 0 100 18 100 20 100 2
NOMBRE OFERENTE RUT (A) (B) (C) (D) PUNTAJE
FINAL LUGAR
FRANCISCO JUVENAL CASTRO GOMEZ 16.595.988-4 60 9 20 0 89 2°
AUTOMOTRIZ HECTOR RODRIGO DIAZ FLORES E.I.R.L. 76.146.304-7 55,99 18 20 2 96 1°
9. El Acta de Evaluación de las ofertas, de fecha 29 de diciembre de 2025, ingresada en el Departamento de Adquisiciones y Propuestas Públicas con fecha 30 de diciembre de 2025, donde se propone adjudicar la licitación pública ID 2446-484-LE25 al oferente AUTOMOTRIZ HECTOR RODRIGO DIAZ FLORES E.I.R.L., RUT: 76.146.304-7, por cuanto obtuvo un puntaje ponderado de 96 puntos; cumpliendo con los requisitos de adjudicación.
10. Que, verificado el sistema de información, se constatan que no se efectúan observaciones al acto de apertura, al tenor de lo establecido en el artículo 51 del DS 661 de 2024, Reglamento de la Ley N°19.886.
11. Que, en conformidad a lo prescrito en el artículo 35 nonies, de la Ley 19.886, se tiene a la vista, e incorpora a expediente de gasto, declaraciones juradas simples, suscrito por los integrantes de la Comisión Evaluadora de la Licitación Pública ID 2446-484-LE25.
12. El Convenio Vigente de transferencia de recursos por trato directo Programa Noche Digna, Componente N°1: Plan Protege Calle 2025, para la región de Coquimbo entre Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social y familia región de Coquimbo y municipalidad de Coquimbo. Esto cotejado con la Guía de Requerimiento N°1938, de fecha 20 de octubre de 2025 y el Convenio.
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1. APRUÉBESE el acta de evaluación, de fecha 29 de diciembre de 2025, emitida por la Comisión evaluadora designada mediante la Guía de Requerimiento N°1938, de fecha 20 de octubre de 2025 y el Decreto Exento N°5794, de fecha 09 de diciembre de 2025.
2. DECLARESE INADMISIBLE la oferta presentada por el proponente AUDIO-ESTUDIO19 LIMITADA, RUT: 76.822.088-3 al tenor de lo indicado en el considerando séptimo del presente decreto, conforme lo preceptuado en el artículo 9 de la Ley N° 19.886
3. ADJUDÍQUESE la licitación Pública ID 2446-484-LE25, denominada “SERVICIO DE 300 DIAS DE TRASLADO EN VEHICULO TIPO CAMIONETA.”; al proveedor AUTOMOTRIZ HECTOR RODRIGO DIAZ FLORES E.I.R.L., RUT: 76.146.304-7, por un monto de $22.500.000.- (Veintidós millones quinientos mil pesos) IVA EXENTO.
4. AUTORÍCESE la emisión de la respectiva Orden de Compra para formalizar la contratación entre la Municipalidad de Coquimbo y el adjudicatario; al tenor de lo señalado en las bases administrativas. Lo anterior, una vez que el Departamento de Adquisiciones y Propuestas Públicas haya verificado el cumplimiento de los requisitos para contratar establecidos en los documentos del proceso licitatorio.
5. DÉJESE CONSTANCIA que el plazo máximo de aceptación de la orden de compra es de 5 (cinco) días hábiles, posteriores a su envío, según lo indicado en el punto N°18 “Formalización de la contratación” de las Bases administrativas de la licitación en comento.
6. PUBLÍQUESE el presente Decreto, y Acta de Evaluación adjunta, en el sistema de información www.mercadopublico.cl, para los efectos previstos en la Ley N° 19.886 y en su Reglamento.
7. IMPÚTESE el gasto de la presente licitación al Presupuesto Administración de Fondos proveniente del Convenio Vigente de transferencia de recursos por trato directo Programa Noche Digna, Componente N°1: Plan Protege Calle 2025, para la región de Coquimbo entre Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social y familia región de Coquimbo y municipalidad de Coquimbo, N° de cuenta: 114-05-01-133-072.
Anótese, Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.
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