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1. Que, la Municipalidad de Coquimbo es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna, según lo dispone el artículo 1° de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
2. Que, al tenor de lo indicado en el artículo 5° letra c) de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, para el cumplimiento de sus funciones las municipalidades tendrán las siguientes atribuciones esenciales: Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público, incluido su subsuelo, existentes en la comuna, salvo que, en atención a su naturaleza o fines y de conformidad a la ley, la administración de estos últimos corresponda a otros órganos de la Administración del Estado.Que, al tenor de lo indicado en el artículo 4° letras a), e) y l) de la Ley Orgánica de Municipalidades, los municipios, en el ámbito de su territorio, podrán desarrollar, directamente o con otros órganos de la Administración del Estado, funciones relacionadas con la cultura, así como el turismo, la recreación y el desarrollo de actividades de interés común en el ámbito local. Asimismo que el artículo 5° letra f) de la Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades, en el ámbito de su territorio, podrán desarrollar, directamente o con otros órganos de la Administración del Estado, funciones relacionadas con Adquirir y enajenar, bienes muebles e inmuebles
3. Que, mediante Decreto Exento N° 2591, de fecha 26 de junio de 2025, se aprueban las Bases Administrativas y Técnicas para el “ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE ASEO PARA MONUMENTO CRUZ DEL TERCER MILENIO.”, mediante el cual se designa a los integrantes de la comisión evaluadora de acuerdo al siguiente cuadro:
Nombre Rut Cargo
Liz Cuello Cortes 19.257.720-9 Funcionaria Estadio Francisco Sánchez Rumoroso
Osvaldo Mosquera Jaime 9-115.649-0 Administrador Estadio Francisco Sánchez Rumoroso
Nibaldo González Ramírez 13.171.146-8 Funcionario Contrata Municipal
Dicha Comisión procedió a la evaluación de las ofertas técnicas, económicas y administrativas recibidas, conforme a los establecido en las bases de licitación, y de acuerdo a los siguiente criterios de evaluación ahí establecidos:
CRITERIO DESCRIPCION
PORCENTAJE
Precio (Menor Precio Ofertado / Precio evaluado) x 100 37%
Cumplimiento de Requisitos Formales 100 puntos: Oferta cumple con todos los requisitos de forma. No se solicitan correcciones, aclaraciones, modificaciones, o acompañar documentación faltante tampoco debió ser corregida de oficio la propuesta o alguno de sus documentos, ni por la comisión evaluadora en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora.50 puntos: Oferta no cumple con todos los requisitos de forma. a) Debiendo el municipio solicitar correcciones, aclaraciones, o modificaciones, a la oferta, en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora, sin necesidad de acompañar documentación faltante. b) La oferta o alguno de sus documentos debió ser corregido de oficio por la comisión evaluadora (sin necesidad de requerir aclaratoria, por tratarse de errores evidentes).0 puntos: Oferta o cumple con todos los requisitos de forma, debiendo el municipio solicitar acompañar documentación faltante en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora. 20%
Plazo de Entrega (Valor Criterio en días hábiles) (Menor Plazo ofertado/Plazo Evaluado) x100.El plazo máximo a ofertar de 5 días hábiles. Las ofertas en las que no se indique plazo de entrega, o se este sea superior a 5 días hábiles, serán declaradas inadmisibles. El plazo de entrega ofertado debe considerar el producto puesto en bodega municipal. Quienes oferten despacho y no Plazo de Entrega serán declarados inadmisibles. El plazo de entrega ofertado debe ser en días hábiles, quienes oferten en días corridos serán evaluados con 0 puntos. 20%
Comportamiento Contractual Anterior Proveedor no registra reclamos en Mercado Publico, durante los últimos 24 meses: 100 puntos. /Proveedor registra entre 1 y 4 reclamos en Mercado Público, durante los últimos 24 meses: 50 puntos. /Proveedor registra 5 o más reclamos en mercado Publico, durante los últimos 24 meses 0 puntos. 20%
Programa (s) de Integridad y Compliance De acuerdo a lo señalado en el Dictamen Nº E370752/2023, de Contraloría General de la República, se evaluarán a los oferentes sobre la base de la información indicada en Anexo “Programa (s) de Integridad y Compliance”. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Asignando puntaje como se indica a continuación:
El oferente cuenta con programa de Integridad y Compliance conocido por su personal; adjuntando copia del señalado programa, y medios de verificación que acrediten ser conocidos por sus trabajadores. 100 puntos.
No acredita contar con programas de Integridad y Compliance y que estos son conocidos por su personal al tenor de lo solicitado en el presente criterio de evaluación. 0 puntos. 3%
4. Que, revisado el sistema de información www.mercadopublico.cl, a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se reciben las siguientes:
N° NOMBRE OFERENTE RUT PRECIO OFERTA NETO PRECIO OFERTA IVA INCLUIDO
1 SORAYA ANICH ALLEL 7.811.115-1 $18.080.995 $21.516.384
2 SOCIEDAD COMERCIAL M&T SPA 77.540.301-2 $11.575.878 $13.775.295
3 SERVICIOS Y ASESORÍA PRO ELITE LIMITADA 77.014.021-8 $9.627.929 $11.457.236
4 INVERSIONES VOR SPA 77.192.382-8 $12.039.050 $14.326.470
5. Que, la comisión evaluadora de la propuesta, al revisar los antecedentes que forman parte de la misma, de forma previa a la evaluación, en conformidad a las facultades concedidas en las bases administrativas; realiza revisión de los antecedentes técnicos, administrativos y económicos presentados de las ofertas se determina lo siguiente:
a) Se declara inadmisible la oferta presentada por el proponente SORAYA ANICH ALLEL, Rut: 7.811.115-1, por cuanto, el punto N°3 “Características generales del llamado a propuesta de las Bases Administrativas señala que “El presupuesto total disponible es de $ 14.898.030.- Impuesto Incluido y al verificar los antecedentes de la propuesta subidos al portal, se constata que presenta oferta por $21.516.384 impuestos incluidos, precio superior al presupuesto máximo disponible para la contratación, en razón de lo cual, por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad de los proponentes, se rechaza la oferta para esta línea, sin derecho a ser evaluada, esto en especial consideración a la sanción que se encuentra expresamente establecida en el punto N°11 “Inadmisibilidad de las ofertas” de las Bases Administrativas, donde se señala como causal de inadmisibilidad el “No ajustarse al presupuesto máximo disponible informado en las presentes bases de licitación, o no cumplir con los requisitos exigidos en las presentes bases administrativas o demás antecedentes de la licitación pública; la Ley N°19.886 y su reglamento al tenor de lo señalado en el artículo N°9 de la Ley de Compras Públicas”.
6. Que, la Comisión evaluadora procede a ponderar la oferta recibida de acuerdo a lo señalado en las bases administrativas y técnicas, otorgando el siguiente puntaje:
PRECIO (A) 37% PLAZO DE ENTREGA (B) 20% COMPORTAMIENTO
CONTRACTUAL
ANTERIOR (C) 20% CUMPLIMIENTO DE
REQUISITOS FORMALES
(D) 20% PROGRAMA(S) INTEGRIDAD
Y COMPLIANCE (E) 3%
NOMBRE
OFERENTE MONTO OFERTA IVA INCLUIDO FACTOR PUNTOS PLAZO OFERTADO FACTOR PUNTOS FACTOR PUNTOS FACTOR PUNTOS FACTOR PUNTOS
SERVICIOS Y ASESORIAS PRO ELITE LIMITADA $11.457.236 100 37 2 50 10 100 20 100 20 100 3
SOCIEDAD COMERCIAL M&T SPA $13.775.295 83,17 31 1 100 20 50 10 100 20 100 3
INVERSIONES VOR SPA $14.326.470 79,97 30 4 25 5 100 20 50 10 0 0
NOMBRE OFERENTE RUT (A) (B) ( C) (D) (E) PUNTAJE
FINAL LUGAR
SERVICIOS Y ASESORIAS PRO ELITE LIMITADA 77.014.021-8 37 10 20 20 3 90 1°
SOCIEDAD COMERCIAL M&T SPA 77.540.301-2 31 20 10 20 3 84 2°
INVERSIONES VOR SPA 77.192.382-8 30 5 20 10 0 65 3°
7. El Acta de Evaluación de las ofertas, de fecha 17 de julio de 2025, ingresada en el Departamento de Adquisiciones y Propuestas Públicas con fecha 22 de julio de 2025, donde se propone adjudicar la licitación pública ID 2446-219-LE25 al oferente SERVICIOS Y ASESORIA PRO ELITE LIMITADA, RUT: 77.014.021-8, por cuanto obtuvo un puntaje ponderado de 90 puntos; cumpliendo con los requisitos de adjudicación.
8. Que, en conformidad a lo prescrito en el artículo 35 nonies, de la Ley 19.886, se tiene a la vista, e incorpora a expediente de gasto, declaraciones juradas simples, suscrito por los integrantes de la Comisión Evaluadora de la Licitación Pública ID 2446-219-LE25.
9. El certificado Disponibilidad Presupuestaria N°4703, de fecha 18 de julio de 2025, que da cuenta de la existencia de la disponibilidad presupuestaria necesaria para la ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE ASEO PARA MONUMENTO CRUZ DEL TERCER MILENIO. Esto cotejado con la Guía de Requerimiento N°760, de fecha 28 de mayo de 2025 y Proyecto presupuestario año 2025.
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DECRETO:
1. APRUÉBESE el acta de evaluación, de fecha 17 de julio de 2025, emitida por la Comisión evaluadora designada mediante la Guía de Requerimiento N°760, de fecha 28 de mayo de 2025 y el Decreto Exento N°2591, de fecha 26 de junio de 2025.
2. DECLARESE INADMISIBLE las oferta presentada por el proveedor SORAYA ANICH ALLEL, RUT 7.811.115-1 al tenor de lo indicado en el considerando quinto del presente decreto, conforme lo preceptuado en el artículo 9 de la Ley N° 19.886
3. ADJUDÍQUESE la licitación Pública ID 2446-219-LE25, denominada “ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE ASEO PARA MONUMENTO CRUZ DEL TERCER MILENIO.”; al proveedor SERVICIOS Y ASESORIA PRO ELITE LIMITADA, RUT: 77.014.021-8, por un monto de $11.457.236.- (Once millones cuatrocientos cincuenta y siete mil doscientos treinta y seis pesos) IVA incluido.
4. AUTORÍCESE la emisión de la respectiva Orden de Compra para formalizar la contratación entre la Municipalidad de Coquimbo y el adjudicatario; al tenor de lo señalado en las bases administrativas. Lo anterior, una vez que el Departamento de Adquisiciones y Propuestas Públicas haya verificado el cumplimiento de los requisitos para contratar establecidos en los documentos del proceso licitatorio.
5. DÉJESE CONSTANCIA que el plazo máximo de aceptación de la orden de compra es de 5 (cinco) días hábiles, posteriores a su envío, según lo indicado en la cláusula “Formalización de la contratación” de las Bases administrativas de la licitación en comento.
6. PUBLÍQUESE el presente Decreto, y Acta de Evaluación adjunta, en el sistema de información www.mercadopublico.cl, para los efectos previstos en la Ley N° 19.886 y en su Reglamento.
7. IMPÚTESE el gasto de la presente licitación al Presupuesto Municipal año 2025, N° de cuenta: 215-22-04-007-000-000-008. Centro de Costos Monumento Cruz del Tercer Milenio.
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