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Resolución de Acta de Adjudicación
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Adquisición Nº
848-9-LR16
Adjudicación Informada en portal el
29/7/2016 14:55
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En
Talca,
01-07-2016
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Nro de
Resolución
15444
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Vistos
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La ley 17.301, que crea la Junta Nacional de Jardines Infantiles y sus modificaciones; el Reglamento de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, establecido por D.S. N°1574, de 1971, del Ministerio de Educación; en el Decreto 98, de fecha 17 de marzo de 2015, que designa en forma Titular a doña Desirée López de Maturana Luna, como Vicepresidenta Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles; en la Resolución N°0026, de 4 de febrero de 2000, de la Junta Nacional de Jardines Infantiles que Delega facultades que indica en Directoras Regionales; en la Resolución N° 015/0191, de 20 de octubre de 2015, de la Junta Nacional de Jardines Infantiles que nombra Director de la Junta Nacional de Jardines Infantiles Región del Maule, a don Andrés Emilio Esquivel Peña; el Decreto con Fuerza de Ley N° 1-19.653 de 2000, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento; el Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones; en la Ley Nº 20.882, modificada por la Ley 20.890, de Presupuestos del Sector Público para el año 2016; en el Decreto Supremo N° 319, de 18 de marzo de 2016, del Ministerio de Hacienda, que identifica iniciativas de inversión en el presupuesto del sector público, Código BIP: 30376422-0; en la Resolución N°157, de 3 de septiembre de 2014, que aprueba Bases Administrativas Tipo, Anexo Complementario, Bases Técnicas, Anexos para la Licitación y Contrato Tipo de diseño de especialidades y Ejecución de Obras y Contrato tipo para la Construcción de Jardines Infantiles, modificada por la Resolución N°151, de 2015; en la Resolución N° 1600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y, la demás normativa aplicable y, la demás normativa aplicable.
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Considerando
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1. Que, mediante solicitud de Compras y Contrataciones N°19664, aprobada con fecha 27 de abril de 2016, el Programa para la Construcción y Expansión de Establecimientos de Educación Parvularia a Nivel Nacional, de la Dirección Regional del Maule, de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, solicita contratar el servicio de “Construcción Sala Cuna y Jardín Infantil JUNJI Don Rodrigo, Comuna de Curicó”.
2. Que, mediante Resolución N° 157, de 3 de septiembre de 2014, se dispuso la aprobación de Bases Administrativas Tipo, Anexo Complementario, Bases Técnicas, Anexos para la Licitación y Contrato Tipo de diseño de especialidades y Ejecución de Obras y Contrato tipo para la Construcción de Jardines Infantiles, tomadas razón por la Contraloría General de la República, con fecha 22 de septiembre de 2014, modificada por la Resolución N°015/0151, tomada de razón con fecha 26 de agosto de 2015.
Que, por Resolución Exenta Nº 015216 de fecha 27 de abril de 2016, de la Dirección Regional del Maule, se autorizó el llamado a Licitación Pública, aprobó anexo complementario y ordenó utilizar las bases administrativas y técnicas tipo, señaladas en el numeral anterior, para la contratación del diseño de especialidades y ejecución de obras, Proyecto Código BIP N°30376422-0, y demás antecedentes tenidos a la vista, que fue publicado con fecha 28 de abril de 2016 en el Sistema de Compras y Contrataciones del Sector Público, con el número de identificación ID N° 848-9-LR16.
Que conforme lo señala el Acta de Evaluación, emitida por la Comisión Evaluadora, designada mediante Resolución N° 015216 de fecha 27 de abril de 2016, citada en Vistos; con fecha 06 de mayo de 2016, se realizó Visita a Terreno de carácter obligatoria, a la que asistieron los siguientes interesados:
CONSTRUCTORA SANTA LAURA LTDA. 77.142.700-6
CONSTRUCTORA LIPANGUE LTDA. RUT 77.019.440-7
MARÍA FARÍAS TORO. RUT 8.670.782-9.
CONSTRUCTORA SANTA PATRICIA. RUT 76.082.433-K
COMERCIAL ARQLINE LTDA. RUT 76.747.320-6
LUIS OLAVE POLANCO. RUT 7.230.726-7
CONSTRUCTORA PROESSA SpA. RUT 76.173.457-1
PABLO SANTIBAÑEZ. RUT 15.032.190-5
CONSTRUCTORA E INGENIERÍA INGESEP LTDA. RUT N° 76.030.744-0
INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN MDL LTDA RUT 76.121.747-K
MUJICA Y DOCMAC LTDA. RUT 78.508.310-5
EMINET SpA. RUT 76.379.666-K
CONSTRUCTORA MALPO. RUT 79.540.520-8
CONSTRUCTORA BALLADARES LTDA. RUT 76.756.810-K
CONSTRUCTORA CN S.A. RUT 76.170.186-K
SOCIEDAD CONSTRUCTORA MONTECARLO S.A. RUT 76.021.735-2
COMERCIAL GARCES SILVA LTDA. RUT 77.669.850-4
CONSTRUCTORA TRESTEVERE LTDA. RUT 76.168.197-4
CONSTRUCTORA ZAPALLAR. RUT 77.097.050-4
CONSTRUCTORA PASO ANCHO LTDA. RUT 76.110.384-9
CONSTRUCTORA ANGEL BARTOLOMÉ CECCHI LTDA. (ABC LTDA.) RUT 77.257.280-8
SOCIEDAD CONSTRUCTORA LAS ARAUCARIAS LTDA. RUT 78.644.080-7
Que según se desprende del Acta de Evaluación, señalada, se recibieron dentro del plazo establecido en las Bases de Licitación, las garantías de seriedad de la oferta de los siguientes proponentes:
CONSTRUCTORA SANTA LAURA LTDA. 77.142.700-6
COMERCIAL ARQLINE LTDA. RUT 76.747.320-6
CONSTRUCTORA PROESSA SpA. RUT 76.173.457-1
COMERCIAL GARCES SILVA LTDA. RUT 77.669.850-4
CONSTRUCTORA ANGEL BARTOLOMÉ CECCHI LTDA. (ABC LTDA.) RUT 77.257.280-8
CONSTRUCTORA BALLADARES LTDA. RUT 76.756.810-K
CONSTRUCTORA E INGENIERÍA INGESEP LTDA. RUT N° 76.030.744-0
LUIS OLAVE POLANCO. RUT 7.230.726-7
CONSTRUCTORA CN S.A. RUT 76.170.186-K
SOCIEDAD CONSTRUCTORA MONTECARLO S.A. RUT 76.021.735-2
PABLO SANTIBAÑEZ. RUT 15.032.190-5
CONSTRUCTORA ZAPALLAR. RUT 77.097.050-4
Que con fecha 01 de junio de 2016 se procedió al Acto de apertura de ofertas, aceptándose a evaluación las ofertas de los siguientes proponentes:
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL RUT
Inmobiliaria y Constructora Santa Laura Ltda. 77.142.700-6
Comercial Arqline Ltda. 76.747.320-6
Constructora Proessa SpA. 76.173.457-1
Comercial Garcés Silva Ltda. 77.669.850-4
Constructora Ángel Bartolomé Cecchi Ltda. (Abc Ltda.) 77.257.280-8
Constructora e Ingeniería Ingesep Ltda. 76.030.744-0
Luis Horacio Olave Polanco 7.230.726-7
Que la Comisión Evaluadora, procedió a la evaluación de las ofertas técnicas y económicas recibidas, conforme los siguientes criterios de evaluación establecidos en el punto 23 de las Bases Administrativas de Licitación:
Criterios de Evaluación Técnica:
OFERTA TÉCNICA
(65%)
Experiencia profesional de los encargados de estudios y diseño de especialidades
Experiencia del profesional 1
(7,5%)
Más de 15 proyectos 10
desde 11 a 15 proyectos 6
desde 6 a 10 proyectos 3
De 0 a 5 proyectos 1
Experiencia del profesional 2
(7,5%)
Más de 15 proyectos 10
desde 11 a 15 proyectos 6
desde 6 a 10 proyectos 3
De 0 a 5 proyectos 1
Experiencia del oferente
Experiencia en Obras construidas
(30%) Más de 5.000 de m2 construidos ponderados 10
Desde 2.501 m2 hasta 5.000 m2 construidos ponderados 5
Desde 0 hasta 2.500 m2 construidos ponderados 1
Experiencia del Profesional Residente de Obra
(20%) Más de 5.000 de m2 construidos ponderados 10
Desde 2.501 m2 hasta 5.000 m2 construidos ponderados 5
Desde 0 hasta 2.500 m2 construidos ponderados 1
Criterio de Evaluación Económica:
OFERTA ECONÓMICA
(30%)
Presupuesto Ofertado
(30%) Mejor Oferta Económica 10
Resto de los oferentes Ptos=(Menor Precio.×10)/█(Precio ofertado@@)
Criterio de Evaluación Formal:
FORMALIDAD
(5%) Se asignará el máximo de puntaje al oferente que cumpla con la entrega de todos los antecedentes formales dentro del plazo según cronograma de licitación. 10
Los antecedentes o certificados solicitados fueron presentados dentro del plazo extraordinario otorgado según las bases. 3
Que, la Comisión de Evaluación a través del Acta de Evaluación y Adjudicación de fecha 01 de julio de 2016, ha asignado los siguientes puntajes por oferta:
OFERENTE PTEC
Puntaje Técnico PEC
Puntaje
Económico PFORM
Puntaje Formalidad PF (i)
Inmobiliaria y Constructora Santa Laura Ltda.
36 9.11 10 9.43
Comercial Arqline Ltda.
29 6.85 10 8.23
Comercial Garcés Silva Ltda.
40 9.47 10 9.84
Constructora Ángel Bartolomé Cecchi Ltda. (Abc Ltda.)
36 6.62 10 8.68
Constructora e Ingeniería Ingesep Ltda.
40 10 10 10
Luis Horacio Olave Polanco
40 7.67 10 9.30
Que en relación al proyecto Código BIP 30376422-0, la oferta presentada por CONSTRUCTORA PROESSA SpA fue declarada inadmisible por la Comisión Evaluadora, por los siguientes incumplimientos:
Criterio Oferta Técnica:
Experiencia del Profesional 1: La Comisión Evaluadora dejó constancia de haber observado que el anexo N°7 presenta 81 proyectos, de los cuales acepta 32, ya que el resto no indica la fecha del contrato correspondiente. No obstante lo anterior, esta comisión no considera necesario solicitar una aclaración ya que con el número de proyectos aceptados (32), obtiene el puntaje máximo posible.
Los demás antecedentes técnicos no tienen observaciones.
Criterio Oferta Económica:
La Comisión Evaluadora dejó constancia de haber observado que la propuesta de CONSTRUCTORA PROESSA SpA., presenta error en configuración de su Anexo 9:
“Se desprende de la oferta que el impuesto aplicado al VALOR PROYECTOS ESPECIALIDADES es del 10%, por lo tanto aplicaría una facturación exenta, en cuyo caso debiese ingresar para el ítem IMPUESTOS un valor cero, ya que en esta oferta el impuesto es igual a cero”.
Criterio Cumplimiento Formalidades:
Sin Observaciones.
La Comisión Evaluadora indicó que la inobservancia por parte del oferente de los requisitos y las obligaciones previstas en las bases de licitación afectan la correcta formulación de la oferta en su variable económica, debiendo declararse inadmisible la postulación de CONSTRUCTORA PROESSA SpA., debido a la imposibilidad de modificar el Anexo 9 presentado, de acuerdo a las bases de licitación que rigen este proceso licitatorio.
Que por su parte, el punto 27 de las bases de licitación establece: “La Junta Nacional de Jardines Infantiles declarará fundadamente inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las presentes bases de licitación”.
Que de acuerdo a las razones expuestas en los considerandos anteriores, se estima procedente la descalificación de la oferta presentadas por CONSTRUCTORA PROESSA SpA. por no cumplir con los requisitos esenciales establecidos en las bases de licitación.
Que, en relación al proyecto Código BIP 30376422-0, la Comisión de Evaluación a través del Acta de Evaluación y Adjudicación de fecha 01 de julio de 2016, la que forma parte integrante de la presente resolución, ha propuesto adjudicar a CONSTRUCTORA E INGENIERÍA INGESEP LIMITADA por ser la oferta mejor evaluada, y resultar conveniente a los intereses institucionales.
13. Que conforme los antecedentes que se tuvieron a la vista y los hechos expuestos en los considerandos precedentes, se estima procedente adjudicar el presente proceso de licitación pública en relación al proyecto Código BIP 30376422-0, a CONSTRUCTORA E INGENIERÍA INGESEP LIMITADA, RUT N° 76.030.744-0; en atención a que dio cumplimiento a los requisitos exigidos en las Bases de Licitación, obteniendo una calificación final de 10 puntos, la que resulta ventajosa teniendo en cuenta las condiciones y criterios objetivos de evaluación contenidos en las Bases de Licitación, a los que alude la norma contenida en el inciso segundo del artículo 10° de la Ley Nº 19.886 y el numeral 7, del artículo 22 de su Reglamento, ambos cuerpos normativos citados en Vistos.
14. Que según lo dispuesto en el punto 27 de las bases de licitación en relación al punto 8 del Anexo Complementario, ya citados, los oferentes podrán efectuar consultas respecto del presente acto, con el responsable del contrato, don Rodrigo Aravena Muñoz, casilla de correo electrónico raravena@junji.cl
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Resuelvo
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1° DECLÁRASE INADMISIBLE la oferta presentada por CONSTRUCTORA PROESSA SpA. en el proceso de licitación pública Código BIP 30376422-0, por no cumplir con los requisitos esenciales establecidos en las Bases de Licitación y su Anexo Complementario.
2° ADJUDÍQUESE A CONSTRUCTORA E INGENIERÍA INGESEP LIMITADA, RUT N° 76.030.744-0, la realización de los servicios de diseño y ejecución de obras respecto de la Construcción de Sala Cuna y Jardín Infantil JUNJI Don Rodrigo, comuna de Curicó, Código BIP 30376422-0.
3° El valor de la contratación, asciende a la suma de $605.002.696 (SEISCIENTOS CINCO MILLONES DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS).
4° REQUIÉRASE al adjudicatario la respectiva garantía de fiel y oportuno cumplimiento, conforme al Punto 33 de las Bases de Licitación y al punto N° 10 de su Anexo Complementario.
5° El plazo para la ejecución del diseño de especialidades y de la obra es de 240 días corridos contados desde la fecha de entrega de terreno.
6° SUSCRÍBASE el contrato correspondiente.
7° EMÍTASE la respectiva Orden de Compra una vez aprobado el contrato.
8° IMPÚTESE el gasto al Subtítulo 31 Ítem 02, Asignación 002, del presupuesto de la institución.
9° PUBLÍQUESE en su oportunidad la presente Resolución Afecta en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl para el ID N° 848-9-LR16.
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Acta Adjudicación
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Organismo Demandante
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Razón Social
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JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
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Unidad de Compra
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Junji - VII Región
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R.U.T.
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70.072.600-2
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Dirección
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3 Oriente 3 y 4 Norte, Sitio N°2
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Comuna
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Talca
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Ciudad en que se genera la Adquisición
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Región del Maule
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Datos del Contacto para esta Licitación
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Nombre Completo
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Patricia Herrera Nuñez
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Cargo
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Encargada de Recursos Físicos
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Teléfono
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56-71-2516000
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Fax
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E-Mail
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Datos de la Adquisición
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Número de Adquisición
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848-9-LR16
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Nombre de Adquisición
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Construcción Jardín Infantil Don Rodrigo, Curicó
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Tipo de Adquisición
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Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
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Descripción
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Construcción Jardín Infantil Don Rodrigo, comuna de Curicó, Junji Región del Maule. Según Bases de Licitación
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Tipo de Convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Fecha de Publicación
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28/4/2016 15:43
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Fecha de Cierre
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31/5/2016 16:00
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Tipo de Adjudicación
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Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
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Monto Neto Adjudicado
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$ 508.405.627
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Monto Neto Estimado del Contrato
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$ 508.405.627
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Comisión Evaluadora
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| 12.905.211-2 | GONZALO VASQUEZ | Subdirector RRFF |
| 15798484-5 | PIA DIAZ DIAZ | ENCARGADA DE PRESUPUESTO |
| 10959349-4 | CECILIA GONZALEZ MORALES | ENCARGADA DE REMUNERACIONES |
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Resultado de la Adjudicación
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Total Línea |
$ 489.123.583 |
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